El folio 114 de la Causa número 39 de 1938 (5439 – 177 – 32), está encabezado por dos pólizas con el escudo republicano español. La primera, de color marrón, es de 25 céntimos, y la segunda, de color verde azulado, es de 1,50 pesetas.
Debajo de estas pólizas se lee este texto mecanografiado:
I l t m o . S r.
D. Inocencio Florido Menace – – – – – – – – – – – – – mayor de edad, casado, jornalero y vecino de Sta. Ursula, a V.I., respetuosamente y como mas haya lugar en derecho tiene el honor de exponer: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –
Que la jurisdicción de guerra entiende de una causa instruida por el Sr. Capitan Juez Instructor del Juzgado Permanente Don Justo Blazquez Izquierdo, contra Joaquin Yumar Gutierrez y José Padilla, por supuesto delito de violación realizada en mi hija Rosa Florido Flórez, por virtud de cuya causa fueron procesados los citados individuos. – – – – – – – – – – – – – –
El que suscribe, en concepto de padre y representante legal de su dicha hija, desiste de las acciones que pudieran corresponderle con arreglo a Ley, en razon del susodicho delito y en su virtud perdona irrevocablemente a los acusados; y para que se dé a la causa de referencia el tramite procesal prevenido por el Codigo de Justicia Militar y disposiciones concordantes, formulo este escrito y – – – – – – – – – – – – – – – – –
Suplico a V.I. que habiendolo por presentado, se sirva estimarlo y ordenar lo que en justicia proceda. – – – – – – – – – – –
Santa Cruz de Tenerife 25 de febrero de 1.939.- Tercer año triunfal.- – – –
Inmediatamente, a renglón seguido, figura este texto manuscrito:
Arruego de Inocencio Florido
pornosaber autorisa a
José Izquierdo y Luciano Alonso
Al pie del folio, mecanografiado, se lee el destinatario del escrito:
Ilmo. Sr. Auditor de Guerra de esta Comandancia
P l a z a
El folio 115 de la Causa número 39 de 1938 (5439 – 177 – 32), es del siguiente tenor:
Santa Cruz de Tenerife a veinte y ocho de febrero de mil novecientos treinta y nueve.
Pase la presente acusa numero 39 de 1938, el señor Fiscal Jurídico Militar de Canarias, a los efectos de informe.
EL AUDITOR,
P. E- del D
Pedro Doblado
[firmado y rubricado]
Fiscalia 321
SEÑOR AUDITOR.:
EL FISCAL, evacuando su informe dice: que conforme a lo que determinan los articulos 25, 115, nº 3, y 443 del Codigo Penal Común y 106 de la Ley de Enjuiciamento Criminal, procede acceder a la petición del solicitante entendiendose por tanto extinguida la pena que se impuso en la sentencia a los dos culpables de referencia Joaquin Yumar Gutierrez y José Padilla Perez por el delito de violación.
Santa Cruz de Tenerife 5 de Marzo de 1.939
EL FISCAL
Miguel Zerolo
[firmado y rubricado]
A la izquierda de la firma hay un sello en tinta con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR – CANARIAS rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico.
Nota:
Por respeto a la joven víctima violada, tanto su nombre como el de su padre, han sido sustituidos por seudónimos, tal como hicimos en la referencia anterior a esta Causa número 39 de 1938 (5439 – 177 – 32), publicada en
https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/01/06/cuatro-informes-del-fiscal-miguel-zerolo/
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