DECLARACIÓN DE SIXTO JUAN CONCEPCIÓN


 M.8,857,850

57

A C T A.-

En Santa Cruz de Tenerife, a veintisiete de Noviembre de mil novecientos treinta y seis.- A los fines prevenidos en la regla tercera del Artículo 643 del Código de Justicia Militar, el Señor Juez, acordó levantar la presente acta, y que comparecieran los testigos y encartados y habiéndolo verificado

SIXTO JUAN CONCEPCION,

el que advertido que iba a prestar declaración, exhortado a decir verdad é interrogado por las generales de la Ley, dijo;-

Que se llama como queda expresado, ser de veintiocho años de edad, natural de Barlovento isla de La Palma, provincia de Santa Cruz de Tenerife, casado, y su profesión librero, vecino y residente en esta Capital, en la Camino del Manicomio, y al que no le comprenden las demás generales de la Ley.-

PREGUNTADO CONVENIENTEMENTE, dijo; que el día diez y ocho de Julio próximo pasado, día que se inició el Glorioso Movimiento Nacional, fue a casa del dicente a las cinco de la tarde ANTONIO VIDAL ARABI, el cual invito al declarante a ir a la carretera de Los Campitos, con objeto de asistir a una reunión con varios amigos, exponiéndole durante el camino el motivo de la reunión, que era cambiar impresiones sobre el movimiento; que allí llegaron a reunirse ya oscurecido, ANTONIO VIDAL, PEPE EL GORDO O EL CATALAN, al que por primera vez, vio esa noche, ENRIQUE VILLAVERDE, no tiene seguridad que estuviese JORGE HERNANDEZ MORA, ni LEOCADIO VALENTIN, pero si estaba SANTIAGO HUERRA, ANTONIO PINTO no puede precisarlo, MODESTO CARBALLO SOSA, INOCENCIO DELGADO Y SU COMPAÑERA AMERICA, FRANCISCO INFANTE y otros mas que no recuerdo, aun cuando que los que estaba eran los que ha dicho; que hace uso de la palabra, PEPE EL GORDO O EL CATALAN, el que dijo que, pero antes de se expresaron algunos de los elementos de los reunidos diciendo que las organizaciones no podían lanzarse a un movimiento de huelga, por no jugarse en esta contienda ningun asunto que les interesase a las organizaciones; que a pesar de estas manifestaciones, dijo PEPE EL GORDO, que en el caso que las organizaciones se decidiesen a lanzarse a la calle que ponía a su disposición, una determinada cantidad de pistolas, bombas y una carabina y que tenía material para cargar las bombas; que tambien pidió un voto de confianza y por motivos de no haber número suficiente de concurrentes, que se volverían a reunir al dia siguiente; que antes de esto, se cito como ejemplo que el golpe que se trataba de adr, podría ser al destacamento de la Plaza de la Paz, pero que sería un derramamiento de sangre inútil: que estas palabras, las dijo PEPE EL GORDO; que el lunes dia veinte por la mañana fue a casa del declarante ANTONIO VIDAL, informándoles que la noche anterior habían tenido una nueva reunión en la cual, se acordó aplazar toda clase de movimiento de huelga y que ese mismo a las dos de la tarde fué detenido.- Que no tiene mas que decir.-

La leyó, se afirmó y la firma.

Sixto J. Concepción

[Firma rubricada]

Cfr.: Folio 57 de la 3ª Pieza Separada de la Causa 246 de 1936. [6229-202-1].

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