J.2.980.071
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DECLARACIÓN DE DON MIGUEL LOPEZ SALINAS
En Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.
Ante el Señor Juez Instructor, hallándose presente el Secretario, compareció el anotado al margen para prestar declaración, el que fué advertido de las prevenciones del articulo 451 del Código de Justicia Militar y, enterado prometió decir verdad.
Interrogado a tenor del articulo 453 del mismo Código, dijo:
Llamarse como al márgen se expresa
natural de Marrnia (Orán) Provincia de de mayor de edad años de edad, de estado casado profesión empleado.
PREGUNTADO convenientemente DIJO; Que en efecto, denunció al Ricardo García Mora al policía porque concurriendo hace días a un servicio de policiía en el barrio de Salamanca, lo encontró creyéndolo detenido, pues con anterioridad le denunció por los mismos hechos a Don Manuel Cruz, su Jefe, Inspector del servicio de incendios, en el que presta servicio el declarante como Cabo de Bomberos. Las noticias que tiene el declarante acerca de las estaciones que capta son porque un día hablando con el declarante en la explanada del muelle, en el momento que desembarcaban las tropas que habían ido a la Gomera, le dijo ante Antonio Pineda, otro bombero, que la noche anterior se había emocionado de lo grandioso que había resultado una manifestación ante la Puerta del Sol donde había hablado un Ministro desde gobernación y momentos más tarde, viendo pasar la tropa que desembarcaba de la Gomera, les dijo “ya vienen los borregos”. Que el declarante y el compañero nada le contestaron y después de ver el desfile dieron cuenta, como ya dice, a Don Manuel Cruz, por lo que suponía que estaría preso y no habiendo sido así, la noche que lo vió lo denunció al policía que les acompañaba en el servicio de registro que como miembro de Acción Ciudadana se había confiado al declarante. Que no tiene más que decir y leída que le fue la encuentra conforme y la firma.
Angel Herrera Zayas Miguel LS
Gregorio Rodríguez López-
[Las tres firmas rubricadas]
Cfr.: Folio 4 de Causa 431/1936 [3948-159-36].