ANTONIO GONZÁLEZ MEDINA DESIGNADO DEFENSOR


D.2,600,894

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NOTIFICACION . . . . . . . . . . . .

En Las Palmas a veintiocho de Julio de mil novecientos treinta y seis siendo las diez y nueve horas del dia y teniendo en mi presencia al procesado DON ANDRES ZAMORA ZARRAQUINO, le notifique el Auto en que se acordó su referida situación por lectura integra y copia literal, haciéndole saber que puede nombrar defensor a un oficial o abogado con estudio abierto que le sea dable ejercer su profesión en la plaza donde haya de celebrarse el Consejo de guerra y que podía por si mismo o por medio de su defensor solicitar la revocación de su procesamiento de la autoridad Judicial en el plazo de tres días a contar de la presente y dándose por notificado firmo la presente, de lo que doy fé.

Andrés Zamora             Herminio Barba

[Ambas firmas rubricadas]

 

 Providencia del Sr. Juez don Daniel Rodrigo Macias

En Las Palmas a veintiocho de Julio de mil novecientos treinta y seis.- Remitase escrito al Sr. Abogado Don Antonio Gonzalez Medina comunicándole que ha sido designado defensor por el procesado y a la comisaria de Vigilancia de esta plaza interesando remita los antecedentes penales del encartado.

Así lo proveyó y rubrica S.S. Doy fé.

[Somero trazo del Capitán Juez Daniel Rodrigo Macías]    Herminio Barba

[Firma rubricada]

 

En igual fecha queda cumplimentado lo anteriormente acordado por S.-S. Doy fé.

Herminio Barba

[Firma rubricada]

Providencia del Juez Sr. Rodrigo

Las Palmas a veintinueve de Julio de mil novecientos treinta y seis.

El Sr. Juez recibió escrito de la Comisaria de Vigilancia con antecedentes enales del encartado y otro escrito del abogado Don Antonio Gonzalez Medina en el cual manifiesta que no acepta el cargo de defensor del encartado ni de ningún otro procesado por el presente movimiento.

S.S, dispuso se uniera a continuación y dirigir atento oficio al Iltmo. Sr Auditor de esta Plaza comunicandole la resolución de dicho abogado.

Así proveyó y rubrica S.S. Doy fé.

 

[Somero trazo del Capitán Juez Daniel Rodrigo Macías]               Herminio Barba

[Firma rubricada]

 

[El mentado abogado ANTONIO GONZÁLEZ MEDINA, era Capitán de Ingenieros en situación de retirado voluntario. Y tras haber presentado escrito manuscrito (folio 11) donde dijo «Que no acepta la defensa del Sr. Zamora Zorraquino ni de ningún otro procesado por el presente movimiento», poco después, y en este mismo miércoles día 29, presentó otra hoja manuscrita sobre papel oficial M.8,734,200,(folio 12), desdiciéndose, solicitando la anulación de su escrito anterior y aceptando la defensa del Sr. Zamora Zorraquino.]

 

[Como queda constatado, a esta altura de la causa 15 de 1936, el Secretario inicial, Brigada JOSÉ RODRÍGUEZ DÍAZ, ha sido sustituido por HERMINIO BARBA FEITO, soldado de Infantería.]

 Cfr.: Causa 15 de 1936 (13429-436-19).- Folios 9, 11 y 12.

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