HABILITACIÓN DEL LIBRO DE ACTAS MUNICIPALES


Cuando inicié mi trabajo de pesquisa documental en el Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife, al preguntar por los Libros de Actas Municipales de aquella época, el Archivero, Febe Fariña, y yo quedamos desolados, porque no fuimos capaces de localizar ninguno de los libros de actas de los Plenos Municipales de 1931 a 1938.

En la estantería correspondiente a los libros de Plenos, había seis libros numerados del 1 al 6, que comprendían el periodo correspondiente a la Dictadura de Primo de Rivera, durante la cual fue Alcalde Don Santiago García Sanabria.

El número 1 comenzaba con el acta de fecha 20 de febrero de 1924.

El número 6 acababa con el acta de fecha 7 de octubre de 1930.

Los libros de actas de plenos que están a continuación en dicha estantería, correspondían al periodo franquista.

El primero de estos libros de actas de pleno, identificado con otro número 1, que iniciaba otra serie de libros de actas de plenos municipales, comenzaba con el acta de fecha 9 de enero de 1939.

Desconcertados por esta «desaparición de libros» buscamos otra vía alternativa para la investigación del periodo.

Esta vía consistió en desbrozar unos legajos que contenían una documentación muy fragmentaria y bastante fragmentada e incompleta: Eran oficios, listados y algunos otros papeles de la actividad plenaria del Ayuntamiento.

Cuando el análisis de estos papeles se agotó, solicité ver los libros de Actas de las Comisiones Municipales Permanentes.

Y – ¡eureka! – encontramos las actas de plenos municipales a partir del folio 61 del libro 13 de Comisiones Municipales Permanentes.

* * * * * * * * * *

Al proclamarse la Segunda República Española, en Santa Cruz de Tenerife, se constituye un nuevo ayuntamiento republicano, presidido por Andrés Orozco y Batista, aplicando la ley municipal de 1877.

Para dejar constancia de las deliberaciones se habilita el libro 13 CMP, escribiendo en su página 61 este texto:

Diligencia

Este libro que se reintegra con el correspondiente a la toma de posesión del Sr. Alcalde don Andrés Orozco y Batista, se habilita para continuar extendiendo en él las actas de este Excmo. Ayuntamiento, constituido ahora con arreglo a la Ley Municipal de mil ochocientos setenta y siete por orden del Gobierno Provisional de la República.

Santa Cruz de Tenerife, a diez y ocho de Abril de mil novecientos treinta y uno.ye un nuevo ayuntamiento republicano, presidido por Andrés Orozco y Batista, aplicando la ley municipal de 1877.

Para dejar constancia de las deliberaciones se habilita el libro 13 CMP, escribiendo en su página 61 este texto:

D

VºBº                      El Secretario

El Alcalde             HFumagallo

AOrozco 

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