PROCESANDO A ERNESTO CASTRO MARTÍN


diecisiete

AUTO

 

RESULTANDO: Que ERNESTO CASTRO MARTIN ingresó en la masonería en la logia Añaza num. doscientos setenta de Santa Cruz de Tenerife en fecha posterior a diez de abril de mil novecientos veintitrés, alcanzando el grado cuarto de Maestro Secreto en el primer trimestre de mil novecientos veintinueve, no tuvo cargos, perteneció al capítulo Añaza num. cincuenta y uno, no se dio de baja y presentó retractación.

CONSIDERANDO: Que los hechos relacionados revisten los caracteres del delito definido en los artículos 1º y 4º de la Ley de primero de marzo de 1940; y de lo actuado resultan indicios racionales de criminalidad contra ERNESTO CASTRO MARTÍN por lo que procede acordar su procesamiento.

CONSIDERANDO: Que si bien la pena es la señalada en el artículo 5º y es pertinente la prisión provisional, atendidas las circunstancias del caso y la falta de peligrosidad del encartado, procede acordar su libertad provisional.

CONSIDERANDO: Que la responsabilidad civil es exigible, por los trámites de la Ley de 9 de febrero de 1939, conforme al artículo 8º de la Ley primero citada, y se debe poner este auto en conocimiento del Tribunal de Responsabilidades Políticas.

SE DECLARA PROCESADO en este sumario a ERNESTO CASTRO MARTÍN a quien se notificará este auto. Recíbasele declaración indagatoria: se le declara en libertad provisional, con la obligación de presentarse en este Juzgado cuantas veces fuere llamado y de comunicar al mismo todos sus cambios de domicilio. Remítase testimonio de este auto al Ministerio Fiscal y dése cuenta al Tribunal de Responsabilidades Políticas.

Lo mandó y firma el Sr. Juez Especial número TRES. En Madrid a 13 de septiembre de 1943. Doy fe.

[Dos firmas rubricadas ilegibles]

NOTIFICACION: Acto seguido y teniendo a mi presencia al procesado le notifiqué por lectura íntegra y entrega de copia el anterior auto y contrae la obligación de presentarse en este Juzgado cuantas veces fuere llamado y de comunicar al mismo todos los cambios de domicilio; y en prueba de ello firma el Secretario que doy fe.

[Firmas rubricadas de Ernesto Castro Martín y otra ilegible del secretario]

DILIGENCIA: En el mismo día se cumple lo acordado, doy fe.

[Nueva firma rubricada e ileguble del secretario]

Cfr.:

Centro Documental de la Memoria Histórica, Fondo: Delegación Nacional de Servicios Documentales. Serie: Fichero general de la sección político-social.

Sumario 254-43 contra Ernesto Castro Martín. Rollo: Salamanca núm. 1863. Folio 17.

[APORTACIÓN DEL AMIGO FABIÁN HERNÁNDEZ ROMERO]

3 comentarios en “PROCESANDO A ERNESTO CASTRO MARTÍN

  1. Le aporto datos sobre un masón amigo de Ernesto Castro Martín, que al igual que éste también fue condenado por masón, y al que ahora quieren volver a condenar por «franquista»: Américo López Méndez.
    Si usted tiene el gusto de aportarme una dirección de email, le enviaré por we transfer la información de la que dispongo sobre el tema.
    Un saludo

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