REQUISITORIA CONTRA MARCOS GARCÍA SEIJAS


 En la portada del número 127 del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, publicado el miércoles 21 de octubre de 1936, apareció esta

REQUISITORIA

Garcia Seijas, Marcos; hijo de Antonio y de Carmen, natural de lcod, provincia de Santa Cruz de Tenerife, de veinticuatro años de edad, de oficio zapatero, cuyas señas personales son las siguientes: estatura, un metro setecientos noventa y tres milímetros; pelo, negro; cejas al pelo; ojos, negros; nariz, regular; barba, escasa; boca, regular; color, moreno; frente, ancha; aire, marcial y producción fácil; encartado en expediente número 27 del presente año, por falta a concentración ;

y domiciliado últimamente en Icod (calle de San Sebastián, 14) comparecerá en el término de diez días ante el Alférez Juez Instructor don Antonio Robles García, con residencia actualmente en el cuartel de Almeida de esta Plaza, que de no efectuarla será declarado rebelde.

Dado en Santa Cruz de Tenerife a diecisiete de Octubre de mil novecientos treinta y seis.- El Alférez Juez Instructor, Antonio Robles.

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MARCOS GARCIA SEIJAS había nacido el 16 de diciembre de 1912.

Había sido filiado el 19 de febrero de 1933, para el servicio Militar forzoso, por el tiempo de 18 años.

Licenciado de la mili el 30 de enero de 1935, pasaría al depósito de Reserva y Movilización, fijando su residencia en Icod.

Producida la sublevación militar contra el Gobierno Republicano de España, es ordenada su movilización, no efectuando su incorporación a filas.

Se le abrió el expediente número 27 de 1936, siendo declarado en rebeldía hasta su presentación o captura.

Desde el 18 de julio de 1936, MARCOS GARCÍA SEIJAS estuvo escondido en Icod.

Sería encartado en la Causa sumarisima nº 361 de 1936, instruida contra el ex-Alcalde de Icod Marcos Martel Garcia y 45 mas por presunto delito de rebelión comprendido en el artº. 5º del Bando declaratorio del Estado de Guerra.

Causa iniciada el 5 de octubre de 1936

A pesar de tener el carácter de procedimiento SUMARÍSIMO, esta causa 361/1936 no es fallada hasta bien avanzado el año 1938, después de dos años de cautiverio en incertidumbre.

El Auditor de Guerra MARIANO GARCÍA CAMBRA, decretaría la nulidad de esta sentencia y de sus actuaciones concurrentes, porque en la misma se había ignorado que uno de los condenados era menor de edad legal: El condenado CARMELO MIRANDA LOZANO, nacido el 14 de septiembre de 1919, en Santa Clara (Cuba), era mayor de 16 años y menor de 18 años, en 18 de julio de 1936.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2010/05/07/declaracion-de-marcos-garcia-seijas/

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