PLIEGO DE CARGOS CONTRA VÍCTOR CABRIA BUSTAMENTE


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Providencia.- Santa Cruz de Tenerife 4 de Abril 1937.

Considerando no ser necesario la práctica de ninguna otra diligencia se procede á formular el reglamentario en la forma que sigue:

PLIEGO DE CARGOS

‘Unico: Haber sido dirigente de Asociaciones peligrosas que en todo momento actuaron fuera de la Ley.

El expresado hecho está sancionando por el artº 1º 3º del Decreto de 13 de Septiembre de 1.937, cuando así los aconsejen sus actuaciones antipatrióticas o contrarias al Movimiento Nacional.

Hallandosa el encartado en ignorado paradero emplacesele por medio del Boletín Oficial de esta provincia para hacerle entrega del pliego de Cargos que antecede, can la advertencia de que si en el plazo de ocho días no compareciese se seguirá sin su Audiencia la tramitación del expediente

Santa Cruz de Tenerife 5 de Abril de 1937.

 

Cfr.: AMSCT.- Expediente de depuración 53/06.- Folio 3.

 

* * * * * * * * * * ** *** * * * *

Inverecundia e iniquidad la del Gestor-instructor PEDRO DUQUE DÉNIZ.

Por los documentos manejados en la tramitación de este expediente contra VÍCTOR CABRIA BUSTAMENTE, conocía que éste había embarcado para la Península dos meses antes del denominado Alzamiento Nacional.

Por tanto, PEDRO DUQUE DÉNIZ podía prever que, atrapado en pleno conflicto bélico, sería imposible que VÍCTOR CABRIA BUSTAMENTE pudiera leer el Boletín Oficial de esta provincia- Y mucho menos comparecer.

Pero, lo más sangrante, es que imputa a VÍCTOR CABRIA BUSTAMENTE, para ser sancionado por el artº 1º 3º del Decreto de 13 de Septiembre de 1.937.

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