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ACTA DE CELEBRACION DEL CONSEJO
En Santa Cruz de Tenerife a veintidos de Agosto de mil novecientos treinta y seis.
Se extiende la presente en cumplimiento de lo preceptuado en el articulo 585 del Codigo de Justicia Militar, para hacer constar: Que en dicha fecha y siendo las diecisiete horas se reunión en el Cuartel de San Carlos de esta Plaza el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza para ver y rallar la causa seguida contra el paisano Jose Rada Nava por el delito de excitación a la rebelión, dicho Tribunal se halla constituido por el Teniente Coronel de Ingenieros Don Enrique Rolandi Pera, como vocales, los capitanes Don Tomás Lluna Gordillo de la Comandancia Militar, Don Juan Pallero Sanchez, del Regimiento de Infanteria Tenerife numero treinta y ocho, Don Felix Diaz Diaz, de la Comandancia Militar citada, Don Luis Gomew Carbó, de la Caja de Recluta numero cincuenta y nueve y Don Mariano San Segundo Gimenez, del Regimiento de Infantería Tenerife numero treinta y ocho, Vocal Ponente el Comandante Auditor D. Eduardo Callejo Garcia-Amado, y como vocales suplentes, los del mismo empleo, Don Francisco Arriaga Adán, de la Comandancia Militar y Don Sebastian Martin Diaz-Llanos del Grupo Mixto de Artillería numero dos, como Fiscal el oficial habilitado por la Fiscalía Jurídico Militar, Don Pedro Doblado Saiz y como Defensor el Capitan Infanteria Don Augusto Machado Mendez, presente el procesado.
Leido el apuntamiento por el Instructor en que se dió cuenta de la causa en audiencia publica, comparecenlos médicos, que manifiestan que el procesado tiene mas de dieciocho años. Preguntados los testigos Don Matias Guigou, Don Domingo Garcia Guanche y Don Sandalio Alberto por el señor Fiscal con respecto a los hechos, estos ratifica n sus manifestaciones. Examinados dichos testigos por el Defensor sobre si la apuesta era sobre un convenio de formación de un gobierno centro derecha, presidido por el Señor Martinez Barrios, con el General Mola, contestan que no, que solo se referia al triunfo de del Gobierno de Madrid sobre el movimiento Militar. El Vocal capitán Don Tomas Lluna, pregunta a los testigos si el procesado profirió las frase de cabrones sobre los Oficiales, replicando que no pueden asegurarlo.
A continuación el señor Fiscal, relata los hechos de autos. Dice que no estando probado el insulto de palabras contra los Oficiales del Ejercito, no procede formular acusación sobre este extremo y con respecto al delito de excitación a la rebelión , termina pidiendo para el procesado, la pena de cuatro meses de arresto mayor y dos mil pesetas de multa.
El Defensor, dice que el Domingo Garcia Guanche, es enemigo profesional de su Defendido y por esto intentó trabar la apuesta con el procesado, solo para perjudicarlo y termina solicitando la absolución para su patrocinado
Preguntado por el señor Presidente el procesado si tiene algo que exponer, contesta, que debido a su capacidad profesional, le tienen rivalidad todos los de su misma profesión y particularmente, el testigo Domingo García Guanche, que en algunas ocasiones trató de quitarles los operarios de su taller, para llevárselos a trabajar con el aprovechando las presentes circunstancias, intentó perderlo con la apuesta que hizo en la barbería, sobre el movimiento salvador de España. Quedando seguidamente reunido el Consejo de Guerra en sesión secreta para deliberar y dictar sentencia, retirándose en este momento los vocales suplentes. De todo lo cual doy fe.
Entre lineas – Comandante auditor – Don Eduardo Callejo Garcia Amado – vale.
Fernando Lopez Pozas
[Firma rubricada someramente]
Vto. Bno.
El Teniente Coronel Presidente.
Rolandi
[Firma rubricada]
Cfr.: A-TMTQ 3671-150-17.- Causa 106 de 1936 contra JOSÉ RADA NAVA.- Folio 32.