L.5,714,028
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Ilustrisimo Señor
DON JOSE NAVARRO AZAÑON, Defensor del soldado JOSE PONTIVEROS LOPEZ, en la causa numero 880 instruida contra el mismo por delitos de abandono de servicio y deserción, a V.I. con todo respeto expone:
Que apreciandose del examen del condenado una carencia de facultades mentales que pudieran traducirse en una irresponsabilidad o en una atenuacion muy cualificada
SUPLICO a V.I. si lo estima prtinente ordene el examen facultativo del soldado JOSE PONTlVEROS LOPEZ, y si del dictamen cientifico se desprendieran motivos suficientes, se acuerde la revisión del PROCESO.
Es gracia que pido en Toledo a ocho de Septiembre de mil novecientos treinta y siete del SEGUNDO AÑO TRIUNFAL.
[Firma rubricada de JOSÉ NAVARRO AZAÑÓN]
Cfr.: A-TMTQ 6323–205–7.- Causa 880 de 1937 contra JOSÉ PONTIVEROS.- Folio 61.