SENTENCIA ABSOLVIENDO A DOLORES BARRIOS FIERRO


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En La Plaza de Las Palmas a seis días del mes de Julio de mil novecientos treinta y nueve. Año de la Victoria.

Reunido en la Sala de Justicia del Cuartel del Regimiento de Infanteria del Canarias nº 39 el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza para ver y fallar la causa seguida contra DOLORES BARRIO FIERRO por el presunto delito de injurias al Jefe del Estado, visto el resultado de las pruebas practicadas, oidas la acusación Fiscal y la defensa y

RESULTANDO que el tres de Febrero del ano en curso , Rafaela Rodriguez Rivero, presentó denuncia contra las procesada Dolores Barrios Fierro ante la Comisaría de Vijilancia, en cuya denuncia acusaba a la procesada de hacerla objeto de insultos sin causa justificadas y pasada las referida denuncia al Juzgado Municipal correspondiente, al celebrarse el juicio verbal la denunciante la amplio afirmando que no solo la insultaba a ella si que también el días de la toma de Barcelona la procesada había dicho que se cagabas en Franco y las camisas azules, sin que de la prueba practicada pueda deducirse la certeza de que la primera de dichas frases se pronuncio y en cuanto a la segunda tampoco puede afirmarse su certeza pese a la insinuacion de uno de los testigos por cuanto que lo único que se desprende de la causa habida cuenta del origen de la misma es la existencia de unas cuestión de vecindad sin trascendencia mayor ni haber salido de las personas que en ella intervinieron siendo tanto mas que de estimar este criterio por cuanto la procesada tenia a su marido prestando servicio en el Ejercito.

RESULTANDO que el Ministerio Fiscal en su acusación narando los hechos en la forma que estimó oportuna modificó sus conclusiones provisionales y calificó aquellos como integrantes de un solo delito de injurias leves al Jefe del Estado definido y sancionado en el articulo 149 del Codigo Penal y que la defensa solicito la libre la libre absolución de su patrocinada.

CONSIDERANDO que los hechos relatados en el primer resultando no pueden estimarse constitutivos de delito y en todo caso el mismo no puede enterderse probado razón por la cual es pertinente la libre absolución de la procesada DOLORES BARRIOS FIERRO.

Vistos con los citados los demás preceptos de general aplicacion

EL CONSEJO DE GUERRA FALLA , que debe absolver y absuelve a la procesada DOLORES BARRIOS FIERRO del delito de injurias al Jefe del Estado de que le acusaba el Ministerio Fiscal

[Siguen las firmas rubricadas de los miembros del tribunal iniciadas por la Presidente JUAN CASTRO LÓPEZ y acabando con la de LUIS PIERNAVIEJA DEL POZO, ponente de la sentencia]

 

 

 

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