ORDEN PARA CONSEJO DE GUERRA CONTRA NICASIO ROMERO TORRES


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GOBIERNO MILITAR DE LA PLAZA Y PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

Comandancia General de Canarias                     Secretaría de Justicia

 

DE LA PLAZA

Orden del día 28 de E n e r o  de 1941 en Santa Cruz de Tenerife

El próximo día 31 de los corrientes a las 10 horas, se reunirá en la Sala de Actos del Regimiento de Infanteria núm. 38  de esta Capital

el Consejo de Guerra Ordinario de Cuerpo que ha de ver y fallar la causa seguida contra el soldado del Regimiento de Infanteria núm. 38 NICASIO ROMERO TORRES

por el delito de traición.

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRÁ EN LA FORMA SIGUIENTE:

PRESIDENTE

Coronel Sr. Don Jose Maria del Campo Tabernilla

VOCALES-CAPITANES

NOMBRES

DESTINO

Don Joaquin Serrano Palacios Regimiento de Infanteria núm. 38
Fernando Gonzalez Amor

Idem

 

Antonio Garcia Gonzalez

Idem
Eladio Mille Villegas

Regimiento Mixto Artillería núm. 7

Rafael Peña León

Idem

VOCAL PONENTE

El Oficial 1º del Cuerpo J.M. D. Rafael Martin Hernandez

VOCALES-SUPLENTES

 

NOMBRES DESTINO
Don Serafin Moreno Pato Regimiento de Infanteria núm. 38

Nicasio Gonzalez Morato Regto. Artill. 7.- Grupo Campaña

 FISCAL

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

JUEZ INSTRUCTOR

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

EL CORONEL GOBERNADOR MILITAR GENERAL,

Firma de EUGENIO SANZ LARÍN

         Comunicada:

EL COMDTE. SARGENTO MAYOR DE PLAZA

[Firma rubricada de FÉLIX DÍAZ DÍAZ, acompañada a su derecha por el sello ovalado en tinta del GOBIERNO MILITAR DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE]

 

Cfr.: A-TMTQ 5375-176-4.- Causa 395 de 1936.-.- Folio 73.

* * * * * * * * * * *

Como ya ha sido adelantado en este blog, sabemos que el Fiscal actuante en este Consejo de Guerra, fue MIGUEL ZEROLO FUENTES, quien interesó la aplicación de la pena capital al procesado.

El Teniente retirado de Ingenieros JUAN DÍAZ LLANOS, defensor de NICASIO ROMERO TORRES, solicitó para su defendido la libre absolución del mismo.

NICASIO ROMERO TORRES sería sentenciado por el tribunal a la pena de TREINTA años de reclusión mayor, accesorias de interdicción civil e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y expulsión de las filas del Ejército y pérdida de todos los derechos adquiridos en él.

El General RICARDO SERRADOR SANTÉS, condenaría a la pena sentenciada por el Consejo de Guerra, no habiendo lugar a proponer conmutación de la pena impuesta.

 

 

 

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