ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA CONTRA CRISTÓBAL VEGA BAUTISTA


M.8,734,384

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 Acta de celebración del Consejo

En Las Palmas a 18 de octubre de 1.936.

Se extiende la presente en cumplimiento delo preceptuado en el articulo 585 del Codigo de Justicia Militar, para hacer constar:

Que en dicha fecha y siendo las 18 horas, se reunio en el Cuartel de San Francisco de esta Ciudad el Consejo de Guerra Ordinario de aza, para ver y fallar la Causa instruida contra el procesado paisano Cristobal Vega Bautista, por el presunto delito de rebelión; dicho Tribunal se hallaba constituido por el Sr. Teniente Coronel de Artilleria D. Ernesto Pascual Lascuevas, como Presidente; como Vocales los Capitanes D. Guillermo Siso Pedros D. Daniel Rodrigo Macias, D. Fernando Delgado Rius, D. Emilio Ramiz Gonzalez y D. Luis del Castillo Matienzo, con asistencia del Ministerio Fiscal representado por el Oficial primero de Complemento del Cuerpo Juridico Militar D. Pedro Doblado Saiz y como Vocal Ponen te el Teniente Auditor de segunda movilizado, D. Luis Piernavieja del Pozo y del Alferez de Complemento de Intendencia D. Francisco Naranjo Hermosilla como Defensor, no estando presente el procesado, pero si a disposición del Consejo.

Leido el apuntamiento por el Instructor, en que se dio cuenta de la Causa, en Audiencia pública, el Defensor intereso la presentación y declaración separadamente, de los testigos Antonio Navarro y todos los demás que han depuesto en la Causa y preguntados convenientemente dijeron: Antonio Navarro, Jose Vega MARTIN Y Juan Aleman Vega, que le oyeron pronunciar las frases al procesado y losr restantes testigos dijeron que no habían oído dichas frases. El Sr. Fiscal preguntó a los primeros testigos, los cuales manifestaron que habían oído las citadas frases.

A continuación se leyeron por el Sr. Fiscal y Defensor respectivamente sus escritos en los cuales se ratificaron, pidiendo el Sr. Fiscal para el procesado Cristobal Vega Bautista una pena de doce años de prisión mayor y accesorias correspondientes, y el Defensor solicito se le impusieras solamente seis años de prisión.

Preguntado el encartado por el Sr. Presidente si tenían algo que exponer, dijo: que no, quedando inmediatamente reunido el Consejo de Guerras en sesión secreta para deliberar y dictar sentencia, de todo lo cual doy fe.

[Firma rubricada de JULIO CRESPO COLOMER].

             Vº.   Bº.

El Tente. Coronel Presidente.

[Firma rubricada de ERNESTO PASCUAL LASCUEVAS]

 

Cfr.: A-TMTQ 5956-194-34.- Causa nº 192 de 1936.- Folio 31.

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