Iltmo. Señor:
Don Francisco Perez Perez Juez Instructor de la presente causa, en cumplimiento de lo preceptuado en el articulo 532 del Codigo de Justicia Militar, tiene el honor de formular el siguiente dictamen:
Se instruye este procedimiento por orden Auditorial numero 2.042, y como consecuente de los atestado que obran a los folios 2, 3 y 4 en los que se dice que encontrándose el paisano Jose Vizcaino Hernandez en union de otros tres en la Playa de las Canteras llamados Jose Luis Antunez, Juan Estupiñan Bosa y Antonio Garcia Sosa, el primero dijo por dos veces dijo “Muera el general Franco y todos los de Falanges son una manada de desgraciados”.
Al folio 6, 6 vuelto y 7 declaran el denunciante y los testigos los cuales están de acuerdo en que el procesado dijo Muera el general Franco a lo que el Garcia Sosa contesto que como lo volviera a decir lo denunciaba y el otro volvió a decir muera el general Franco y todos los falangistas son una manada de desgraciados.
Al Folio 7 vuelto declara el procesado, conforme con la declaración n “Oye y si matan al General Franco el Glorioso” y que no dijo nada mas.
Al folio 8 se le recibe declaración indagatoria, después de habersele dictado aude los testigos ecepto en lo de las palabras pronunciadas por el que dicen que fueroto de procesamiento por el delito de
M.8,843,756 10
insultos al ejercito; En cuya indagatoria no añadió nada a sus anterior declaracion.
Al folio 9 se hace un dictamen pericial de la edad.
En atención a lo expuesto y estimando el Juez que suscribe haberse practicado las diligencias conducentes para la comprobación del delito y sus circunstancias y averiguación de la persona responsable, sin que se halle indicada ninguna otra que ofrezca mejor resultado, tiene el honor de elevar las actuaciones a la superior autoridad de V.I. a los fines del articulo 533 del Codigo castrense.
V.I. no obstante resolverá.
Las Palmas a doce de Septiembre de mil novecientos treinta y seis
[Firma rubricada de FRANCISCO PÉREZ PÉREZ, Capitán Juez Instructor]
DILIGENCIA .
Seguidamente se remiten las actuaciones al Sr Auditor con atento oficio que consta de 10 folios útiles. Doy fé
[Firma rubricada de JUAN SAN MARTIN REINA, Soldado Secretario fedatario]]
Cfr.: A-TMTQ 12897-413-17 Causa 210 de 1936.- Folios 9 vuelto y 10.