M.8,916,216
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DICTAMEN DEL AUDITOR.
Excmo. Señor:
El Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, reunido en esta para ver y fallar la causa seguida contra el paisano ANTONIO GONZALEZ REYES, ha pronunciado sentencia absolutoria, después de cumplidos los trámites legales, estimando que los hechos perseguidos no son constitutivos de delito alguno.
No existiendo error manifiesto en la apreciación de la prueba que pueda motivar disentimiento, por parte alguna del que suscribe.
El Auditor propone a V.E. se sirva prestarle al fallo en consulta la aprobación necesaria para que sea firme.
El procesado absuelto por no tener antecedentes de peligrosidad, deberá ser puesto en libertad definitiva una vez firme la sentencia.
V.E. no obstante, resolverá.
Santa Cruz de Tenerife a 2 de Febrero de 1,937.
EL AUDITOR
José Samsó
[Firma rubricada]
[A la izquierda de la firma rubricada del Coronel JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, está estampado en tinta el sello ovalado de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS * SANTA CRUZ DE TENERIFE]
San
[Al dorso]
—ta Cruz de Tenerife 24 de Febrero de 1937.
De conformidad con el fallo dictado por el Consejo de Guerra y anterior dictamen, absuelvo al procesado, ANTONIO GHONZALEZ REYES del delito de excitación a la rebelión del que le acusa el Ministerio Fiscal; y vuelva esta causa al Sr. Auditor de Guerra de esta Comandancia General, a los fines pertinentes.
[A la izquierda de la firma rubricada del General CARLOS GUERRA ZAGALA, está estampado en tinta, el sello ovalado de la COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS]
P R O V I D E N C I A .//
del Sr. Auditor.//
Santa Cruz de Tenerife a veinte y seis de Febrero de mil novecientos treinta y siete.
Firme la sentencia recaida, acuerdo vuelva esta causa Nº 632 de 1.936, a su Instructor, a los fines de cumplimiento, notificación, remisión de testimonio con los particulares que previene el numero 12 del artículo 28 del código de Justicia Militar, para su curso por conducto de esta Auditoria al Alto Tribunal de Justicia Militar, otro a la Fiscalia Juridico Militar de Canarias, y demás pertinentes.
EL AUDITOR
José Samsó
[Firma rubricada]
[A la izquierda de la firma rubricada del Coronel JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, está estampado en tinta el sello ovalado de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS * SANTA CRUZ DE TENERIFE]
OTROSI.= El procesado absuelto acuerdo quede en libertad definitiva inmediatamente librándose por el Instructor el oportuno mandamiento.
José Samsó
[Firma rubricada]
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3913-159-1.- Causa 632 de 1936 contra ANTONIO GONZÁLEZ REYES.- Folio 44.