PARA ESCLARECER SUCESOS DEL 24 DE JULIO DE 1936 EN VALLEHERMOSO


El folio 1 de la causa 116 de 1936, es una cuartilla de papel común, sobre la que se ha manuscrito este texto:

Comandancia Militar de Canarias

 

——

 

Columna de Operaciones

 

——

 

Jefe

—–

Con el carácter de Juez
Instructor y con el se-
cretario que Ud. designe
sírvase al recibo de es-
ta, comenzar a practi-
car las oportuna di-
ligencias a fin de
esclarecer los sucesos
ocurridos en este pue.
blo en el dia 24 del
actual mes, entre u-
na sección de Infan-
teria del Regimiento
nº 38 y fuerzas de
del Instituto de la
la Guardia Civil y paisa-
nos de esta localidad
Lo que comunico
a Ud. para sus efec-
tos correspondientes.
Viva a Ud. muchos años
Vallehermoso 27 de Julio
de 1.936
El Teniente Coronel de
la Guardia Civil
Isidro Cáceres
Ponce de León

[Al pie]

 Sr. Capitán de la columna expedicionaria Don Nicolas Prat Ordoñez.

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 7921-254-10.- Causa 116 de 1936.- Folio 1.

[pms1]

DECLARACIÓN DE MANUEL NEGRIN ARMAS EN CAUSA 212 ACUMULADA A 207 DE 1937


82     148

DECLARACIÓN DE MANUEL NEGRIN ARMAS.-

En Santa Cruz de la Palma a veinte y cuatro de Marzo de mil novecientos treinta y ocho.-

Ante el Sr. Juez y con mi asistencia comparece el individuo anotado al marge, que se llama como queda dicho y cuyas circunstancias personales ya constan al folio 3I Vto. de estas actuaciones a quien S.Sª, hizo ver la obligación que tiene de decir la verdad en sus manifestaciones y exhorto a decirla.

PREGUNTADO.- Si se afirma y ratifica en sus declaraciones que obran 2, 5 y 31 Vto, dijo.- Que si se afirma y ratifica en sus declaraciones.

PREGUNTADO.- Si como se desprende de sus declaraciones es cierto que existía en la semana Roja un Comité Federal integrado pos Delegados de los Sindicatos en la Federacion, y que dicho Comité en contacto con el del Bloque declaro la Huelga en dicha semana prorrogándola por días dijo.- Que es cierto que un dia reunidos en la Federacion algunos Delegados que no recuerda entre ellos sino a Florisel Mendoza delegado del Sindicato de Oficios Varios, disputaban sobre la conveniencia de declarar la Huelga.

Que efectivamenteLa Huelga se declaro pues habían trabajadores en Huelga, pero que quiere hacer constar que su gremio no declaro la Huelga, y que esto lo puede aseverar con los testigos que ya propuso Abrhan Cabrera y Francisco Felipe, panaderos, y tambien con el publico en general puesto que en dicha semana hubo pan todos los días.-

Que no recuerda quienes eran los Delegados del Sindicato o de los Sindicatos en la Federacion,, pues por casa sindicato eran tres personas, y que en cuanto a denominaciones de organismos etc por falta de cultura no esta enterado.-

PREGUNTADO.- Sobre su significación política dijo.- Que pertenecio al Partido Comunista a la Celula I A, pero no fue secretario de dicha Celula. A no ser que ser secretario de la celula y Agitacion sea la denominación que una vez se enteró le dieran dentro de la Celula y que es “ jipres “.

PREGUNTADO.- Por las veces que estuvo en la Delegacion en la semana roja, dijo.- Que no estuvo nunca en la Delegacion y que su actividad en la Semana Roja fue su trabajo e ir a la Federación la vez que lo cito Florisel Mendoza para declaración de huelga a lo que se opuso, y por la mañana a la repartición del trabajo como se hacia siempre.

PREGUNTADO.- Si tiene algo mas que decir dijo. Que no.

Leida se afirma, ratifica y firma con S.Sª. DOY FE

[Firmas rubricadas de MANUEL NEGRIN ARMAS, JOSÉ GUTIERREZ DIAZ e IGNACIO FELICIANO PÉREZ, procesado declarante, secretario fedatario y Alférez juez instructor, respectivamente]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- Folio148.

AGUSTÍN DURÁN DELGADO, ALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ALTO TRIBUNAL DE JUSTICIA MILITAR, AMADO MARTÍN BIÉNZOBAS, ARCADIO FERRAZ BRITO, ARMANDO CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ, CONRADO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, DIONISIO CANALES MAESO, ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ, EMILIO BARRERA LUYANDO, ERNESTO PÉREZ MARTÍN, ESTANISLAO DUQUE PÉREZ, EZEQUIEL HERNÁNDEZ GARCÍA, EZEQUIEL P. CUEVAS CABRERA, FLOREAL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, FLORISEL MENDOZA SANTOS, FRANCISCO BRITO GARCÍA, FRANCISCO LORENZO PÉREZ, FRANCISCO PÉREZ TRIANA, FRANCISCO RUIZ DEL PORTAL MARTÍNEZ, GABRIEL ARROCHA MARTÍN, GREGORIO GÓMEZ HERNÁNDEZ, GUZMÁN GÓMEZ HERNÁNDEZ, IMELDO GUERRA HERNÁNDEZ, ISMAEL HERNÁNDEZ DÍAZ, JOSÉ CASTILLO GARCÍA, JOSÉ CASTRO PAZ, JOSÉ ECHANOVE, JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, JOSÉ MAXIMINO SIMÓN HERNÁNDEZ, JOSÉ MIGUEL PÉREZ PÉREZ, JUAN MANUEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO, JUSTO PÉREZ GARCÍA, LORENZO DE PAZ MARTELL, LUIS DE CUENCA Y FERNÁNDEZ DEL TORO, MANUEL ACOSTA FELIPE, MANUEL BRITO GARCÍA (A) MORITA, MANUEL ISIDRO GONZÁLEZ, MANUEL NEGRÍN ARMAS, MANUEL PEDRIANES HERNÁNDEZ, MANUEL PEREZ RIVERO, MANUEL RODRÍGUEZ ACOSTA, MANUEL SANJUÁN CONCEPCIÓN, MARIANO GARCÍA CAMBRA, MARCIANO CABALLERO GÓMEZ, MARIO BAUDET OLIVER, MIGUEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, MIGUEL PÉREZ-ZAMORA, MIGUEL RAMOS FLEITAS, NELSON PESTANA GÓMEZ, PEDRO CUEVAS PINTO, PEDRO DOBLADO SÁIZ, PEDRO EXPÓSITO GARCÍA, PEDRO GILI TOUS, RAMÓN SAN JUAN CASTRO, SEBASTIÁN ÁLVAREZ ORTEGA, SERGIO SANFIEL CASTILLO, SERVANDO ACCAME AMAYA, TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, VICENTE MÉNDEZ HERNÁNDEZ, VICENTE VALDERRAMA ARIAS,

 

SUSPENDIENDO ACTUACIONES HASTA PRESENTACIÓN O CAPTURA DEL ENCARTADO


40

 

—ta Cruz de Tenerife 8 de Abril de 1.947.

De conformidad con el precedente dictamen de mi Auditor de Guerra y por sus propios fundamentos, ACUERDO declarar desertor rebelde al encartado en la presente Causa número 147 de 1.946, ANTONIO PAZ ACOSTA.

Y vuelva lo actuado a su Juez Instructor para cumplimiento de lo acordado, dejando en suspenso la tramitación de las actuaciones hasta la presentación o captura del encartado; remitiéndose por el Instructor testimonio de la resolución al Cuerpo y Caja de Recluta de procedencia,

Reiterando las órdenes de busca y captura en todo tiempo a la Guardia Civil y demás diligencias que sean procedentes

EL CAPITAN GENERAL ACCTAL.,

[Firma rubricada del General de brigada CARLOS RUBIO LÓPEZ GUIJARRO.]

 

[Sello elíptico en tinta de la CAPITANIA GENERAL DE CANARIAS – SANTA CRUZ DE TENERIFE, que lleva en su interior el águila aferrando el Yugo y las Flechas del escudo nacional, e insertado manuscrito el texto alfanumérico 5647-B].

 

Cfr.: A-TMT5 9859-314-1.- Causa 147 de 1946 contra ANTONIO PAZ ACOSTA.- Folio 40.

* * * * * * * * * * * * * * * *

CARLOS RUBIO LÓPEZ GUIJARRO era Gobernador Militar de Tenerife en 1946, desempeñando el puesto del Capitán General accidental por ausencia de su titular, FRANCISCO GARCÍA-ESCÁMEZ E INIESTA.

En este Causa 147 de 1946, no consta que ANTONIO PAZ ACOSTA fuera capturado, habido o presentado.

Declarado en rebeldía, no podía ser enjuiciado en consejo de guerra, estando ausente.

Siendo de temer que fuera engullido por la gran tragedia que fue la devastadora guerra entre Rusia y la Alemania nazi.

AUDITOR PROPONE DECLARACIÓN DE DESERTOR REBELDE


                                                                                                                                                                                                                                                                   H.9,617,355

39

 

Excmo. Señor:

Vista la presente Causa núm. 147 de 1.946, y practicado el procedimiento de ausencia y rebeldía que dispone el artículo 938 y siguientes del Código de Justicia Militar, diligencias de busca y captura y llamamiento por requisitorias sin resultado alguno, pudiera V.E. acordar la declaración de desertor rebelde del encartado ANTONIO PAZ ACOSTA así como dejar en suspenso la tramitación de las actuaciones hasta la presentación o captura del mismo, volviendo a su Juez Instructor para cumplimiento, remisión de testimonios al Cuerpo y Caja de Recluta de procedencia, reitero las órdenes de busca y captura en todo tiempo a la Guardia Civil, consultando después para archivo.

V.E. no obstante resolverá

Santa Cruz de Tenerife, 2 de abril de 1.947

EL AUDITOR

P.I

[Firma rubricada]

[Sello ovalado en tinta, de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS – SANTA CRUZ DE TENERIFE, que lleva en su interior el escudo nacional del águila imperial aferrando el Yugo y las Flechas]

[Sello rectangular en tinta, de ENTRADA en el registro de CAPITANÍA GENERAL DE CANARIAS, datada el 5 de abril de 1947]

 

Cfr.: A-TMT5 9859-314-1.- Causa 147 de 1946 contra ANTONIO PAZ ACOSTA.- Folio 39.

 

REMITIENDO CAUSA 147 DE 1946 CON 38 FOLIOS ÚTILES


Iltmo. Señor.-

DON ENRIQUE CUADROS TORRES, Teniente de Infanteria (Escala Auxiliar) Juez Instructor del Batallón de Infanteria La Palma número XXIX, y de la presente Causa, a V.I. tiene el honor de exponer:

Fué remitido en consulta con fecha cuatro de Octubre del pasado año, con informe obrante al folio 27 y vuelto con carácter de Expediente Judicial, y devuelto a este Juzgado con ACUERDOS obrantes a los folios 28 y 29, y al mismo tiempo para su elevación a Causa del citado Expediente.

Al folio 30 se une copia de la Requisitoria que se le remitió a los Boletines Oficiales del Estado y de la Provincia respectivamente, como asimismo al periódico local “Diario de Avisos”.

Al folio 31 se une el citado “Diario de Avisos” en el cual aparece inserta la Requisitoria del soldado objeto de estas actuaciones.

Al folio 32 obra AUTO de elevación a Causa del presente Expediente Judicial.

Al folio 34 vuelto obra requisitoria inserta, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Al folio 37 vuelto obra escrito del Señor Administrador del Boletín Oficial del Estado en el que comunica que en el número 46 del citado Boletín Oficial, correspondiente al día 15 de Febrero del corriente año, se publicó el Edicto Requisitoria relativa al Soldado ANTONIO PAZ ACOSTA.

Por todo lo expuesto y creer el Juez que suscribe haber dado cumplimiento a cuanto se ordenaba en sus Superiores ACUERDOS, se honra en elevar nuevamente a V.I. la presente Causa para la resolución que proceda.

V.l. no obstante resolverá.

Santa Cruz de la Palma a veinticinco de Marzo de mil novecientos cuarenta y siete.

[Firma rubricada de ENRIQUE CUADROS TORRES]

 

Diligencia- Seguidamente se remiten las presentes actuaciones al Iltmo. Señor Auditor de Guerra de Canarias, por conducto del Señor Teniente Coronel Primer Jefe de este Batallón, las cuales constan de Treinta y Ocho folios útiles.

Doy Fe.

[Firma rubricada de FELICIANO GALÁN VALLE, Brigada secretario fedatario]

 

Cfr.: A-TMT5 9859-314-1.- Causa 147 de 1946 contra ANTONIO PAZ ACOSTA.- Folio 38 vuelto.

SE DECLARA REBELDE AL PROCESADO ANTONIO PAZ ACOSTA


A U T O

En Santa Cruz de la Palma a veintiséis de Marzo de mil novecientos cuarenta y siete. RESULTANDO, que en los números 46 y 135 correspondientes a los días 15 de Febrero de mil novecientos cuarenta y siete y 11 de Noviembre del pasado año de los Boletines Oficiales del Estado y de la provincia de Santa Cruz de Tenerife respectivamente, sellamó por Requisitoria al inculpado en estas actuaciones ANTONIO PAZ ACOSTA dándosele el plazo de treinta días para que se presentara ante este Juzgado.

CONSIDERANDO, que en fuerza a lo dispuesto en el párrafo 5º del articulo 939 de la Ley Militar, transcurrido el plazo de la Requisitoria si el procesado no compareciese o no fuera habido se le declarará REBELDE.

SE DECLARA rebelde al procesado ANTONIO PAZ ACOSTA, visto que no ha efectuado su presentación ante este Juzgado en el plazo señalado en las citadas Requisitorias, remitiéndose las presentes actuaciones a la Superioridad para la resolución que proceda.

Lo mandó y firma S. S; doy fe.-

[A renglón seguido, siguen las firmas rubricadas de ENRIQUE CUADROS TORRES y FELICIANO GALÁN VALLE, Teniente Juez Instructor y Brigada secretario fedatario, respectivamente].

 

Cfr.: A-TMT5 9859-314-1.- Causa 147 de 1946 contra ANTONIO PAZ ACOSTA.- Folio 38 vuelto.

* * * * * * * * * *

Estando en Rusia, pasado a las filas enemigas, ANTONIO PAZ ACOSTA no habría podido leer las requisitorias; y mucho menos venir a Santa Cruz de la Palma, para presentarse en el Juzgado.

REQUISITORIA CONTRA ANTONIO PAZ ACOSTA


R E Q U I S I T O R I A

PAZ ACOSTA, ANTONIO Hijo de Manuel y de María, Nicolasa, natural de Santa Cruz de la Palma (Canarias), de estado soltero, profesión del Campo, de 24 años de edad, de 1 metro 726 milímetros; pelo negro, cejas al pelo, ojos pardos, nariz recta, barba poblada, boca regular, color trigueño, sin ninguna sea particular, domiciliado últimamente en Santa Cruz de la Palma, procesado por el supuesto delito de deserción, comparecerá en el término de 30 días ante el señor Juez Instructor del Batallón de Infantería La Palma número 29, Teniente Don Enrique Cuadros Torres, sito en el Cuartel del citado Batallón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.

Santa Cruz de la Palma a 23 de Octubre de 1946.

1706

 

Cfr.: A-TMT5 9859-314-1.- Causa 147 de 1946 contra ANTONIO PAZ ACOSTA.- Folio 33 vuelto.

* * * * * * * * * *

Esta requisitoria sería publicada en la página 4 del número 135 del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, editado el lunes 11 de noviembre de 1946.

 

 

EN LA HOJA DE MEDIA FILIACIÓN DEL SOLDADO ANTONIO PAZ ACOSTA


En la hoja de MEDIA FILIACIÓN del Soldado ANTONIO PAZ ACOSTA, constan estos datos:

Soldado del Batallón de Infantería LA PALMA XXIX

ANTONIO PAZ ACOSTA

Hijo de Manuel y de María

Natural de Santa Cruz de La Palma

parroquia de Idem

Ayuntamiento de Idem

Concejo de Idem

Provincia de Tenerife

Capitanía General de Canarias

Nació en 20 de Noviembre de 1921

Oficio Campo

Estado Soltero

Estatura un metro 726 milímetros

Señas personales

Pelo negro

Cejas al pelo

Ojos pardos

Nariz recta

Barba redonda

Boca regular

Color trigueño

Señas particulares ninguna

Fue filiado como del reemplazo de 1.942

Caja de Reclutas de Tenerife núm. 72

Prestó juramento de fidelidad a la Bandera en [Fecha en blanco]

Santa Cruz de La Palma 3 de Enero de 1946

Cfr.: A-TMT5 9859-314-1.- Causa 147 de 1946 contra ANTONIO PAZ ACOSTA.- Folio 2.