CAUSA 124 DE 1939 CONTRA JOVITA REBOSO QUINTERO


PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                                              AÑO DE 1.939

7807  –  250 –  14

 COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS

 JUZGADO PERMANENTE

 CAUSA                        NUMERO    124.

INSTRUÍDA contra JOVITA REBOSO QUINTERO, por el delito de desobediencia grave a la Autoridad.

OCURRIO el hecho el dia 23 de Abril de 1.939

DIERON principio las actuaciones el dia 10 de Mayo de 1.939

 

JUEZ  INSTRUCTOR

SECRETARIO 

El Comandante de Infantería

El Sargento de igual arma con

D. Justo Blanquez Izquierdo

D. Francisco Castañeda Gutierrez

   

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5. – 7807-250-14.- Causa 124 de 1939 contra JOVITA REBOSO QUINTERO.- Cubierta.

CAUSA 147 DE 1936 CONTRA PEDRO GONZÁLEZ ÉVORA


D.2,630,743

Nº 3932     Legº -159-2

 

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

Plaza de Orotava

JUZGADO ESPECIAL MILITAR     CAUSA SUMARISIMA Nº 147 DE 1,936

PROCESADO :; Pedro González Evora

 Ocurrió el hecho el dia 9 de Agosto de 1.936.

Dieron principio estas actuaciones el dia 22 de Agosto del año actual.

de 1936

 

 

JUEZ INSTRUCTOR:

SECRETARIO:

Tte. D. Juan Echandi Uriz.

Sargento D. Antonio Cordero Sanchez

otro:

 

Don Ricardo Alvarez Diaz

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3932-25-159-13.- Diligencias previas 161 de 1936.- Cubierta.

 

SOLICITANDO PIEZA SEPARADA EN CAUSA 77 DE 1934


Sr. Auditor

 

El FISCAL, en la causa nº 77-1934, seguida por ocupación y hallazgo de materias explosivas, dice:

La forma en que se ha preparado el delito perseguido, está comprobada suficientemente, desde el momento en que los procesados, respecto de los que se dictó el auto de folio 18 y vuelto, lograron adueñarse de las substancias peligrosas, ya inutilizadas, obrante por copia al folio 6, mas no así en cuanto a la participación que tuvieron otras personas de quienes provenian tales efectos.

Estas últimas, aludidas en distinta declaraciones de los deponentes, y, entre otras, las que obran a los folio 1v.3v.12, 12, 28,28 v., 29 y 29 v.,  conducen a la apreciación de responsabilidades para aquello sujetos que facilitaron los explosivos en el punto señalado como cercano al pueblo de Arucas, y cuyos individuos no han podido ser habidos. ni identificados, dada la vaguedad de su determinación respectiva, circunstancias estas que comprende también al aludido en providencia judicial del folio 41 v., como uno de los co-autores de la ocupación y al que asimismo se refiere el oficio de la Comisaria y Vigilancia de Las Palmas unido a folio 48.

Por ende, esta Representación, con vistas del art. 403 del Código de Justicia Militar, y mas concretamente del nº 3 de dicha cita legal, a su Autoridad propone la formación de pieza separada comprensiva de los siguientes extremos:

  1. — Para el esclarecimiento de la coparticipación de aquellos individuos que el domingo, siete del actual, hicieron entrega a los procesados, Manuel Azcárate Marina y José Luis Gauttier D´alarcó, en unión de otro y en punto cercano al pueblo de Arucas (Gran Canaria) de las substancias explosivas mas tarde ocupadas.
  2. — Para la determinación del individuo que fué hasta el punto señalado en autos, y al que se alude en el apartado A), de este escrito, en unión de los señalados Azcárate y Gauttier, a buscar los efectos ocupados.
  3. — Para la continuación del diligenciado en cuanto a Juan Montañés, requisitoriado al folio 59, al efecto de no entorpecer el curso de este sumario, paralizando su tramitación hasta cumplirse el plazo de 15 diasque se le señalan para su comparecencia, y de decretándose la rebeldía, conforme a los arts. 666 y siguientes de nuestro código en la pieza separada que se propone.

De acordarlo asi V.S. a los fines de rapidez

Z.4,079,446

72

del sumario, deberán elevarse las actuaciones a plenario contra los procesados y presos, ALFONSO MARTINEZ RUIZ, JOSE LUIS GAUTTIER D`ALARCO, MANUEL AZCARATE MARINA, MANUEL MARTIN GONZALEZ, JOSE ABRALDES TORRES y JOSEFA ZAPATA ESPINAL, si bien, previamente, pasarán al Instructor, antes de evacuarse, por esta Fiscalia, el escrito de calificación prevenido en el art.542 del Código Castrense, con objeto de que se halle acreditado en autos, la deducción de los testimonios de particulares correspondientes a los comprensivos de  tramitación separada y formación de pieza independiente.

Si V.S. lo estimara, la incoación del diligenciado que se propone, deberá hallarse a cargo del Capitán Juez Instructor que tramita la presente causa.

Santa Cruz de Tenerife, 27 de Octubre de 1934

El Fiscal

[Sello elíptico en tinta de la FISCALIA JURÍDICO MILITAR DE CANARIAS, y firma rubricada de LORENZO MARTÍNEZ FUSET]

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.-13248-429-8.- Causa 77 de 1934.- Folios 71 vuelto y 72.

CAUSA 77 DE 1934 POR TENENCIA DE EXPLOSIVO


J.2,976,586

PLAZA DE LAS PALMAS                                         AÑO DE 1.934

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

JUZGADO EVENTUAL

Causa Numero  77

Instruida contra los paisanos Jose Luis Gauttier D´Alarcon, Manuel Azcarate Marina, Alfonso Martinez Ruiz, Jose Abraldes Torres, Manuel Martin Gonzalez, Juan Montañes y Josefa Zapata Espinel.

Ocurrió el hecho el día 10 de Octubre de 1934.

Comenzo el actuado el dia 12 de Octubre de 1934.

13248 – 429 – 8

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitan de Infanteria Don

El Sargento de Infanteria Don

CRISTOBAL GARCIA UZURIAGA

JUAN CASTRO Y CASTRO.

Otro

Otro

El Capitan de Infanteria Don

El Brigada de Caballleria Don

ROMAN LEON VILLAVERDE,

MANUEL LOBERA CASAMAYOR.

Otro

Otro

El Capitan de Infanteria Don

El Sargento de Infanteria Don

CRISTOBAL GARCIA UZURIAGA

JUAN CASTRO Y CASTRO.

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.-13248-429-8.- Causa 77 de 1934.- Folio de portada.

 

JUANA MEDINA PÉREZ DETENIDA EN SU CASA


Señor Auditor:

Don Leon Gil de Palacio Mellid, Teniente de la Comandancia de la Guar-

dia Civil

dia Civil de Santa Cruz de Tenerife y Juez Instructor de las presen-

tes diligencias previas, en virtud de lo preceptuado en el articulo

treinta y siete del Código de Justicia Militar, a V.S. tiene el honor

de exponer:

Que de todo lo actuado resulta; el día treinta del

anterior mes de Marzo, sobre las quince horas, en

ocasión de hallarse la pareja del Cuerpo formada

por los guardias segundos, Emilio Navarro Ybañez y

Manuel Rodriguez Parra, en el Pago de Lomo Pelado

del termino municipal del Rosario, auxiliando al

agente ejecutivo Don Pablo Ruiz de Leon, para co-

branza de los arbitrios, al intentar este embargar

algunos efectos al vecino de dicho lugar Ysaac Li-

zardo Rigor, encontró resistencia en la esposa de

este, Juana Medina Perez y dos hijas que en ella se

hallaban, por cuya  razón requirió el auxilio de la

pareja dicha que se hallaba en el exterior del edi-

ficio la cual ante la negativa reiterada a dejar

actuar al referido agente ejecutivo y desovediencia

tuvo que apelar al procedimiento coactivo de hacer

las salir a las tres mujeres del local cogiéndolas

de un brazo; la Juana que desde el primer momento

empleo frases insultantes e injuriosas contra el

agente, intento entrar de nuevo y ante la amenaza de

la pareja de que seria detenida, hizo extensivos los

denuestos a la pareja y al Regimen, empleando entre

otros la frase de que “aquello era una canallada y

tanto la republica como la Guardia Civil que auto-

rizan estos hechos unos canallas y unos sinverguen

zas “,cogiendo al mismo tiempo algunas piedras para

al parecer agredir a los que insultaba pero sin lle

gar a efectuarlo.

No obstante negar la interesada estos extremos (fo

lio /3v), como los testigos confirman las injurias

(folios 13 y /14v) si bien solo uno de ellos dice lo mis

mo de los del intento de agresión (folio /3) además de

las manifestaciones de la pareja, considera el Oficial

que suscribe, comprobado la existencia de los insul

de palabra e injurias a los citados Guardias en

acto del servicio, asi como a la institución a que

pertenecen, por cuya razon, considerandola incursa en

los articulos dos cientos cincuenta y seis y dos

cientos cincuenta y nueve del Código de Justicia Mi

litar, acordo la detencion de la Juana Medina, pero

hallándose esta en casa y enferma según manifesto

la interesada (folio / 1) y no existiendo titular ni

medico alguno que pudiera reconocerla, quedo en con

cepto de detenida en su casa (folio /5).

Y finalmente, considerando el Juez Instructor que

suscribe evacuadas las primera diligencias y de

laraciones mas importantes que ha sido posible to

mar, ya que las del Guardia Manuel Rodriguez Parra

compañero de pareja y testigo citado Eusebio Jerez

no ha sido posible tomarlas, por encontrarse el

primero de servicio y el segundo ausente de su do

micilio (folio /5 ), me honro en elevarlas a sus ma

nos a los efectos que en justicia estime proceden

tes.

San-

[Al dorso]

U.4,933,091

23

 

-Ta Cruz de Tenerife cuatro de Abril de mil nove

cientos trinta y dos.

El Juez Instructor

[Firma rubricada de LEON GIL DE PALACIO MELLID]

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 2303-137-12.- Causa 33 de 1932.- Folio 22 vuelto y 23].

EXPEDIENTE POR FUSILES CAIDOS AL GASÓMETRO


Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                 Año de 1935

3713                   Legajo 151-24

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

 EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO Nº 10.

Instruido con motivo de la pérdida del fusil Mauser número 4362, a cargo del cabo del Regimiento de Infantería Tenerife número 38, SILVESTRE GONZALEZ QUINTERO, y desperfectos sufridos por el fusil Mauser número 1789, serie C, a cargo del soldado del mismo MIGUEL SANCHEZ TORRES, por haber caído dichas armas al fondo del Gasómetro de la Fábrica del Gas.

Ocurrió el hecho, el 22 de Abril de 1936.

Dieron principio estas actuaciones el 26 de Abril de 1.936.

 

 

JUEZ INSTRUCTOR S E C R E T A R I O

El Comandante de Infantería don

El Capitán de Infantería don
Francisco Sánchez Pinto.

Antonio Pérez Linares y Rodríguez

Otro: D. Elisardo Edel Rodriguez

Otro: Alfz. D. Agustín Durán

Delgado

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3713-151-24. Expediente 10 de 1936.- Cubierta.

DESOBEDIENCIA AL JEFE DE LA FUERZA MILITAR EN LA PLAZA DE LA PAZ


U.4,912,620

Nº 3359 = Legº 139  – nº 15

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1933.

 Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

 Diligencias previas Nº 4.

Que se instruyen en averiguación de los hechos ocurridos entre los paisanos Antonio González González y Antonio Alvarez Amaral como presuntos autores de desobediencia al Jefe de la fuerza militar de servicio en la Plaza de la Pa

Ocurrió el hecho, el 11  de Enero de 1933

Dieron principio estas actuaciones el 14  de enero de 1933.

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El Sargento de Caballería don

Conrado Guinart Llauradó

Antonio Carballo Arias

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3359-139-15.- Cubierta.

DESOBEDIENCIA A FUERZA DEL EJÉRCITO


Nº 3357 – Legº 139  – nº 13

 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1933

Capitanía General de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

Diligencias previas nº 8

Seguidas contra el paisano Antonio Alvarez Amaral por supuesto delito de desobediencia a fuerza del Ejército.

Ocurrió el hecho, el 10 de enero de 1933

Dieron principio estas actuaciones el 11 de enero de 1933

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El Sargento de Caballería don

Conrado Guinart Llauradó

Antonio Carballo Arias

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3357-139-13.- Cubierta.

CAUSA 69 DE 1932 CONTRA LAIR BEN LAHASEN POR DESERCIÓN


U.4.923,194

Nº 3355 – Legº 139  – nº 11

 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1932.

 Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

C A U S A   N U M E R O   69

Seguida contra el Maún número 134 de las Tropas de Policia del Sahara (Mia a Camellos) Lair Ben Lahasen, por el delito de deserción con armas y abandono de servicio.

Ocurrió el hecho, el 29 de Septiembre de 1932.

Dieron principio estas actuaciones el 4 de Octubre de 1932.

Se recibieron en este Juzgado para continuación el 12 Nobre 1.932

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitan de Infantería don

El Brigada de Caballeria don

Conrado Guinart Llaurado.

Luis Montesdeoca Ponce. Otro

Sargento de Caballería Don José Ramos
Montero

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3355-139-11.- Cubierta.

SOLVENCIA DE PEDRO FERNÁNDEZ RUIZ


Z.4,053,703

 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                            Año de 1935

 Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

Pieza de solvencia e insolvencia

Dimanante de la causa nº 32 de 1.936, instruida contra el soldado del Regimiento de Infanteria Tenerife n 37, PEDRO FERNANDEZ RUIZ, por delito de hurto.

 Ocurrió el hecho, el    de          de 19

Dieron principio estas actuaciones el 28 de noviembre de 1935.

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitan de Infantería don

El Sargento de Caballeria

Conrado Guinart Laurado

Antonio Carballo Arias

El Comte de Infª Don

 

Francisco Sánchez Pinto

 

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3516-147-7.- Cubierta interior.