YA VEREMOS QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO


Había dos capitanes de la Guardia Civil en Santa Cruz de Tenerife, que se conocían desde sus tiempos de cadetes en la Academia de Toledo, allá por el año 1914.

En el mes de abril de 1936, ya comentaban y estaban preocupados por todo lo que estaba ocurriendo en la Península, pero estaban ignorantes de lo que el GENERAL MOLA tramaba.

Uno de estos Capitanes por motivos del servicio, tuvo que realizar unas gestiones tanto en Barcelona como en Madrid.

A su regreso de nuevo a Santa Cruz, tuvo que presentarse al Coronel de E.M. TEÓDULO GONZALEZ PERAL, el cual a su vez le hace pasar al despacho del Comandante Militar de Canarias, General de División FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE, quien deseaba saber qué ambiente se respiraba en la Guardia Civil en aquellas dos capitales, donde se estaban viviendo momentos muy tensos.

El General FRANCO prestó atención a lo expuesto por aquel Capitán de la Guardia Civil, y acabó la entrevista con

«YA VEREMOS QUIÉN LE PONE EL CASCABEL AL GATO”.

 

AGUSTÍN PIÑOL RIERA, Coronel Jefe del 24 tercio de la Guardia Civil, con jurisdicción sobre las Islas Canarias, nunca comentó a sus inmediatos subordinados, nada relacionado con el golpe militar, que se veía venir.

Pero si parece ser que el Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, Teniente Coronel ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, a espaldas de su Coronel, si estaba actuando por su cuenta en favor del Alzamiento, como se vio una vez iniciado.

Amanece el 18 de julio de 1936, con el Ejército ocupando la capital de Santa Cruz de Tenerife.

Mientras la Guardia Civil estaba acuartelada. Tanto en la Comandancia como en la Casa Cuartel de la calle del Pilar.

Claro está que, reunidos en la Comandancia de la Guardia Civil el Comandante IGNACIO GÁRATE ECHETO, y los Capitanes GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD, GORGONIO PÉREZ VELASCO y RAFAEL HERRERA ZAYAS comentarían todo lo que estaba pasando,

Y más cuando en la tarde de aquel sábado 18, se enfrentan Guardia de Asalto y Ejército.

Es en aquella madrugada ya del día 19, cuando por instancia del Capitán GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD, deciden presentarse en el despacho del Coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA, para ver claro lo que estaba sucediendo, no sea que se repitiera el fiasco del 10 de agosto del 32, con el General SANJURJO.

El Coronel AGUSTÍN PIÑOL les asegura que no los va a comprometer.

FRANCO ya se había unido a MOLA en el Golpe Militar, Y sería una locura ir contra el Ejército una vez, éste dueño de la situación en Canarias; que tuvieran confianza y que la Guardia Civil estaba para mantener el orden.

Lo que pasó después es conocido.

Pero, en julio de 1939, sobreviene la denuncia de ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, a la sazón Coronel del 22 Tercio en Santander.

Para nada cabe pensar que aquellos cuatro mandos de la Guardia Civil, con un Golpe Militar en marcha, iban a decirle a su Coronel que no estaban conformes con el Alzamiento, y menos, que lo comunicara a Capitanía.

Hubiera sido, para ellos, ponerse por sí mismos, la cuerda al cuello, al confesarse no adictos al Movimiento.

El domingo, 31 de enero de 2010 el periódico EL DÍA de Santa Cruz, publicó un artículo, «MÁS SOBRE LA GUARDIA CIVIL DE SANTA CRUZ«, donde puede verse lo relacionado con la causa nº 88 de 16 de mayo de 1940.

 

MÁS SOBRE LA GUARDIA CIVIL DE SANTA CRUZ

He leído lo publicado en su periódico el 16 de noviembre «La Guardia Civil, siempre en el camino», de María del Pino Fuentes de Armas.

La cita en julio de 1898 y en julio de 1959.

Yo la cito en julio de 1936, por cosas ocurridas en su Comandancia de Santa Cruz en la madrugada del 19 de julio de dicho año, que dio lugar a lo que a continuación transcribo, literalmente sacado del original que en su día perteneció a uno de los oficiales del Cuerpo imputado.

Don MANUEL LOJENDIO CLAVIJO, capitán de Artillería con destino en el Regimiento Mixto de Artillería Número Siete, Secretario de la causa nº 88, seguida contra un jefe y tres capitanes de la Guardia Civil, por denuncia formulada por el teniente coronel de dicho Benemérito Instituto, don ISIDRO CÁCERES Y PONCE DE LEÓN, de la que es juez instructor el coronel de Artillería del Regimiento Mixto Número Siete, don SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ.

«Certifico: que a los folios que se expresan figuran los escritos que copiados dicen:

Auto.- En Santa Cruz de Tenerife, once de abril de mil novecientos cuarenta… Resultado: Que se inició el presente procedimiento en virtud de denuncia formulada por el teniente coronel de la Guardia Civil don Isidro Cáceres y Ponce de León contra el comandante y capitanes de dicho Benemérito Instituto don Ignacio Garate Echeto, don Guillermo Candón Catalayud, don Gorgonio Pérez Velasco y don Rafael Herrera Zayas, en la que se imputaba a los referidos jefes y oficiales que en la madrugada del día 19 de julio de 1936, encontrándose en el despacho del denunciante, que en tal fecha desempeñaba el cargo de jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de este plaza, y en presencia del coronel de dicho Cuerpo don Agustín Piñol Riera, dijeron que «los cuatro habían estado tratando toda la noche lo que había sucedido el día anterior y que habían acordado avisar al coronel Piñol y al denunciante que estaba descansando para que el primero fuera a la Comandancia Militar a hacer presente que no están conformes con el movimiento subversivo de la fuerza militar y de la Guardia Civil, agregando la denuncia que en la mañana de dicho día el teniente coronel Cáceres dio parte verbal de lo ocurrido al coronel de Estado Mayor don Teódulo González Peral que ejercía interinamente el cargo de comandante militar de estas Islas, sin que se tomase entonces una resolución contra los denunciados por la falta de oficiales en que quedaría la comandancia de la Guardia Civil.

Resultado: Que para el esclarecimiento de los hechos prestan declaración el coronel don Agustín Piñol, quien niega categóricamente el contenido de la denuncia informando por el contrario que la conducta de los denunciados en orden al Movimiento Nacional fue de absoluta adhesión sin que en ningún momento se plateasen dudas respecto a dicho punto hasta el extremo de confiárseles misiones incompatibles con el concepto que al denunciante le merecen aquellos oficiales.

Resultando: Que el coronel de Estado Mayor don Teódulo González Peral declara que en la fecha de autos el teniente coronel Cáceres no le dio parte verbal alguno y que sólo unos quince días después le habló de choque de pareceres entre jefes y oficiales de la Guardia Civil, con relación al Movimiento Nacional, pero sin concretar ni especificar nombres.- Resultando: Que los denunciados niegan los hechos que se les imputan y que practicada una prueba complementaria, por declaración de dos individuos de la Guardia Civil, estos nada aportan al procedimiento por no haber sido testigos presenciales de los hecho, ni aducen aclaración alguna por referencias.

Considerando: Que dado el contenido de la prueba vertida en autos si bien no cabe estimar los hechos denunciados como probados a los efectos de dictar una resolución condenatoria, del examen de la declaración prestada por el coronel del Estado Mayor don Teódulo González Peral se deducen que existían entre los jefes y oficiales de la Guardia Civil de esta Comandancia discrepancias en cuanto a su adhesión al Movimiento Nacional por lo que sólo cabe dar al procedimiento una terminación de carácter provisional por si en su día nuevos elementos de juicio hiciesen aconsejable la reapertura del mismo, ya que actualmente se encuentra agotada la investigación sumarial en tal sentido. Considerando: Que dada la naturaleza de los hechos perseguidos es procedente la elevación a causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma conforme al número UNO del Artículo 538 del Código de Justicia Militar.

Visto el expresado precepto, artículo 396 del mismo Cuerpo legal y demás de general aplicación.

Acuerdo: La elevación a causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma. Y remítase los autos al Excmo. Sr. general comandante general de Canarias, autoridad judicial de estas Islas a los efectos de aprobación si así lo estima, debiendo acordarse por esta Autoridad caso afirmativo sobre las diligencias de ejecución pertinentes.

El Auditor.- P.I. Francisco Carnero. Rubricado. Hay un sello que dice: Auditoría de guerra de Canarias. Santa Cruz de Tenerife.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de mayo de 1940.

De conformidad con lo expuesto en el Auto precedente, y por los fundamentos del segundo considerando del mismo, elevo este procedimiento a causa, decretando su sobreseimiento provisional; y vuelva la misma al Sr. auditor de guerra de esta Capitanía General, a los fines pertinentes. Serrador. Rubricado. Hay un sello que dice: Capitanía General de Canarias. E.M.

Y para que conste y a petición de la parte interesada expido el presente, visado por S.S. en Santa Cruz de Tenerife a doce de julio de mil novecientos cuarenta.

Vº.Bº. El Coronel Juez Instructor».

De lo que se habló en dicha reunión, me lo reservo, ya que han pasado muchos años, y ninguno de ellos vive para dar más luz a todo esto.

El coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA se retiró de general de División.

El comandante IGNACIO GÁRATE ECHETO, de teniente coronel.

El capitán GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD de General de Brigada, habiendo sido, Jefe superior de Policía en Barcelona y Gobernador Civil y Jefe Provincial del Movimiento en Vizcaya.

El capitán GORGONIO PÉREZ, como así era conocido, de teniente coronel.

El capitán RAFAEL HERRERA ZAYAS, de Coronel.

El Teniente Coronel ISIDRO CÁCERES Y PONCE DE LEÓN, ascendería a Coronel, pasando al retiro en el año 1941.

 [APORTACIÓN DE BALTASAR PÉREZ BES]

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Nota del editor del blog

La denuncia de ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, sería trasladada por los conductos reglamentarios a la Comandancia General de Canarias, donde su Jefe el General VICENTE VALDERRAMA ARIAS, ordenaría al Coronel SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ la confección de una INFORMACIÓN RESERVADA, que conduciría al procedimiento de Diligencias Previas 225 de 1939, que devendría en Causa 88 de 1940.

Procedimiento 88 de 1940 que sería declarada sobreseído, acabando archivada dentro del legajo 191, bajo la identificación 5842-191-29.

Abundantes detalles de la causa 88 de 1940 han sido publicados en este blog.

 

Los momentos tensos a que hace referencia Don Baltasar, devenían del resultado electoral, emanado de los comicios, que había dado el triunfo a la coalición denominada FRENTE POPULAR.

La reaccionaria y conspiradora derecha española, no aceptaba tal resultado electoral. E hizo todo lo que pudo para provocar una ilegítima rebelión militar, que desató un baño de sangre en España.

FRANCISCO FRANCO ILUSTRE HIJO ADOPTIVO DE TENERIFE


 

 

En la primera página del número 8618 de GACETA DE TENERIFE del viernes 28 de agosto de 1936, fue publicada esta noticia:

El presidente del Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de haber acordado la mencionada corporación nombrar al insigne general Franco Ilustre Hijo Adoptivo de Tenerife, ha enviado al ilustre caudillo el siguiente telegrama:

“La relevante personalidad de vuecencia y el orgullo que para Tenerife representa el haberle albergado en su suelo cuando en vuestra alma se engendraba el alto sentimiento de lucha por lograr la independencia del solar hispano y su reconquista del yugo soviético ha proporcionado a este Cabildo Insular la grata satisfacción, el deber y el honor de nombrar a vuecencia Ilustre Hijo Adoptivo de Tenerife. Al comunicarlo a vuecencia cumpliendo acuerdo corporativo, le saluda respetuosamente.- Presidente Cabildo, García Pallasar.

 

En la página siguiente de este mismo número 8618 de GACETA DE TENERIFE publicado el viernes 28 de agosto de 1936, el gacetillero de turno, da cuenta de que en la tarde anterior, había celebrado sesión la Comisión Gestora del Cabildo Insular de Tenerife, bajo la presidencia de don Joaquín García Pallasar, con asistencia de los señores [Casiano] García Feo, Núñez López, [José] Arencibia Montesdeoca, Oramas Díaz Llanos, Menéndez y Monares.

La gacetilla acaba con este texto:

La Comisión acordó, por unanimidad, nombrar Iltre. Hijo Adoptivo de Tenerife al glorioso general don Francisco Franco Bahamonde, en atención al orgullo que para la isla representa el haberle albergado en su suelo cuando en su alma se engendraba el alto sentimiento de lucha por lograr la independencia del solar hispano y su reconquista del yugo soviético.

 

De este modo, FRANCISCO PAULINO HERMENEGILDO TEÓDULO FRANCO BAHAMONDE se convirtió en ILUSTRE HIJO ADOPTIVO DE TENERIFE.

 

Llama la atención, que en fecha tan temprana como el 28 de agosto de 1936, el plumífero de GACETA DE TENERIFE, llame glorioso caudillo al recién nombrado ILUSTRE HIJO ADOPTIVO DE TENERIFE.

La carrera para honorificar a FRANCO, había comenzado, de modo imparable.

La adulonería de aquellos ditirámbicos y belicosos individuos, desencadenadores de la más cruenta guerra civil española, alcanzaría cotas inmarcesibles.

En esta carrera compitieron muchos.

Registrándose una pugna entre las dos islas capitalinas, Tenerife y Gran Canaria, para sobreponerse la una a la otra, en adulonería, para cubrir de honores al que acabaría siendo reconocido como Caudillo de España por la gracia de Dios.

Inicialmente, en la primera parte de esta carrera o competición para loar a Franco, Santa Cruz de Tenerife conseguiría una notable ventaja sobre Las Palmas de Gran Canaria.

Pero más tarde, los grancanarios nos superarían, en cantidad y calidad de honores, al invicto Caudillo.

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El Coronel de Artillería JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR había ocupado la Presidencia del Cabildo Insular de Tenerife, en 23 de julio de 1936, desplazando al Vicepresidente republicano del mismo, MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, quien sería conducido a la Prisión Flotante.

MANUEL BETHENCOURT DEL RIO había quedado como Presidente en funciones, por ausencia de su titular FERNANDO AROZENA QUINTERO, que se encontraba en Madrid haciendo gestiones de su cargo, cuando se produjo la sublevación del 17 de julio de 1936.

De todos modos, el desempeño de la Presidencia del Cabildo tinerfeño por el Coronel de Artillería JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR, no llegaría más allá del 9 de septiembre de 1936, ya que sería llamado por FRANCO, para hacerse cargo del puesto de Comandante General de Artillería del Ejército Nacional, en plaza de superior categoría.

Su lugar en el Cabildo Insular de Tenerife, sería ocupado por el Coronel ANATOLIO FUENTES GARCÍA, quien, a su vez, desempeñaría tal cargo unos dos meses, puesto que también sería llamado al frente de guerra en la Península.

Le sustituiría bastante efímeramente, CASIANO GARCÍA FEO, hasta que otro militar, el Teniente Coronel JOSÉ MALDONADO DOGOUR ocupo el puesto de Presidente del Cabildo, en 23 de noviembre de 1936, permaneciendo al frente de la institución insular durante casi un año.

JUAN MUÑOZ REJA LAPEIRA SOLICITA LA MEDALLA DE LA CIUDAD


Instancia, reintegrada con una póliza de 8ª clase por importe de 1’50 ptas., y dos timbres municipales de sesenta céntimos cada uno, que dice así:

Juan Muñoz-Reja Lapeira, mayor de edad, vecino de esta Capital, y miembro de ACCION CIUDADANA hasta su extinción, a V.S. con el debido respeto tiene el honor de exponer:

Que con motivo del Glorioso Movimiento Nacional, dada la escasez de fuerzas militares en esta Provincia por aquel entonces, y la extensa y perfecta organización de la confederación Nacional de Trabajadores, que consideraban la Tenerife como la segunda en importancia de toda la Nación, la entonces Comandancia Militar de Canarias organizó la Milicia de Acción ciudadana con mandos militares, siendo su primer Jefe el General don Anatolio Fuentes, y honrandola no solo con la guardia de honor de la Comandancia, custodia de S.E., servicios de censura telefonica y telegrafica, guardia del Muelle, conducción de presos, vigilancia nocturna de la población, etc. etc., sino también para utilizarla como elemento de defensa ante la posibilidad de ataques por la marina roja, servicios que, a plena satisfacción de las autoridades Militares, Civiles y vecindario, prestó hasta su extinción en el mes de Junio de 1.937.-

Que a sus afiliados les ha sido concedida por el Caudillo la medalla de campaña con pasador de retaguardia, que Instituciones análogas en la Península han recibido el galardón de la medalla de las respectivas ciudades, como Vigo, Coruña, San Sebastián, Zaragoza, etc.etc., y que el poder ostentar la del Excmo. Ayuntamiento de su digna Presidencia, lo conceptuaría como un alto honor, y habiendo tenido el que suscribe la honra de pertenecer a la Milicia de Acción Ciudadana hasta su extinción y prestado otros servicios a la Ciudad como lo atestigua el documento presentado, se dirige respetuosamente en

S U P L I C A a V.S. para que previos los informes y formalidades que su alto criterio juzgue necesarias, se digne proponer al Excmo. Ayuntamiento de su digna Presidencia, le sea otorgada la Medalla de la Ciudad, para poderla ostentar como testimonio de haber cumplido sus deberes de ciudadanía en momentos difíciles.-

Dios guarde a V.S. muchos años.-

Santa Cruz de Tenerife, 20 de Noviembre de 1.942.-

[Firma y rúbrica ilegibles]

Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

NOTAS SOBRE AGUSTÍN PÌÑOL RIERA


Por orden publicada en la página 900 del número 121 de la Gaceta de Madrid, de fecha 30 de abril de 1936, firmada por SANTIAGO CASARES QUIROGA, entonces Ministro de la Guerra y Jefe del Gobierno de la República, el coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA había sido destinado al mando del 24 Tercio de la Guardia Civil (Canarias), cesando en la situación de disponible en que se encontraba en Granada.

En 20 de junio de 1936, por el Ministerio de la Gobernación había sido dispuesto que el coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA debía pagar 240 pesetas. Este importe era el correspondiente a los pluses de concentración de seis individuos, devengados en el mes de marzo de 1934,-  cuando PIÑOL mandaba la Comandancia de Cudad Real -, no obstante haberse presentado en la misma con oportunidad, por el jefe de la fuerza concentrada en Albadalejo y Alcubillas, las relaciones correspondientes.

Contra esta disposición el coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA había presentado instancia, en súplica de ser relevado de dicho pago.

El Ministerio de la Gobernación resolvería desestimando lo solicitado en la instancia, argumentando que el coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA, carecía de derecho a lo que había solicitado.

La resolución desestimatoria fue publicada en la página 1284 del número 229 de la Gaceta de Madrid de fecha !!!16 DE AGOSTO DE 1936¡¡¡.

La máquina burocrática de la administración seguía funcionando implacablemente, ciega y sorda a los acontecimientos.

El coronel AGUSTÍN PIÑOL RIERA fue promovido a General de Brigada de la Guardia Civil, por Decreto dado en Burgos el doce de mayo de 1938, II Año Triunfal, publicado en la página 7310 del número 570 del Boletín Oficial del Estado de fecha 14 de mayo de 1938. Decreto firmado por FRANCISCO FRANCO, y refrendado por el Ministro de Defensa Nacional FIDEL DÁVILA ARRONDO.

Dos semanas después, el septuagenario general SEVERIANO MARTÍNEZ ANIDO, Ministro de Orden Público del gobierno de FRANCO, dictaría orden datada en Valladolid, 27 de mayo de 1938, II Año Triunfal, disponiendo que el recién ascendido General de Brigada de la Guardia Civil AGUSTÍN PIÑOL RIERA pase a las inmediatas órdenes del Inspector General del Instituto.

Esta Orden aparece publicada en la página 7614 del número 585 del Boletín Oficial del Estado de fecha 31 de mayo de 1938.

Habiendo solicitado la concesión de la Gran Cruz de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, ésta le fue concedida por decreto de 23 de noviembre de 1940.

Decreto publicado en la página 8391 del número 342 del B.O.E. del día 7 de diciembre de este mismo año 1940.

Por decreto dado en El Pardo el siete de febrero de 1941, es nombrado Subdirector de la Guardia Civil el General de División del propio Cuerpo AGUSTÍN PIÑOL RIERA.

Este Decreto aparece publicado en la página 1009 del número 44 del B.O.E.

En esta misma página están también publicados tres decretos de la misma fecha y lugar, relacionados con altos mandos militares de Canarias.

El primero de ellos disponía que el General de División JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR, quedase en situación de disponible en la Primera región Militar, continuando en el desempeño en comisión del cargo de Director General de Industria y Material del Ministerio del Ejército.

En segundo lugar, es nombrado Jefe de la División número 43, en plaza de superior categoría, el General de Brigada ANATOLIO FUENTES GARCÍA.

Y, finalmente, se nombra gobernador Militar de Tenerife, al General de Brigada EUGENIO SANZ DE LARIN, que ya había desempeñado tal destino con el grado de Coronel.

 

 

FIN DEL PROCEDIMIENTO 88 DE 1940


Decretado el sobreseimiento de la Causa 88 de 1940, solo restaba comunicar su resolución a los afectados por la peregrina denuncia efectuada por ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEÓN, cuyo testimonio ha quedado desacreditado.

El Juez Instructor, Coronel de Artillería SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ, ordena en oportuna providencia de fecha 4 de junio de 1940, que se notifique el auto de sobreseimiento a los encartados; a los presentes en la Plaza, previa citación y a los ausente por medio de exhorto.

Y así lo ejecuta el Secretario, Capitán MANUEL LOJENDIO CLAVIJO.

1.-

El 12 de julio de1940 a las once horas, es notificado el Comandante GORGONIO PÉREZ VELASCO, que se presentó ante S.Sª y el Secretario, que da fe en oportuna diligencia.

2.-

Al dia siguiente y misma hora, comparece RAFAEL HERRERA ZAYAS, quien seguía con el mismo grado de Capitán de la Guardia Civil.

3.-

A IGNACIO GÁRATE ECHETO se le envía el oportuno exhorto a Alicante, donde desempeñaba el cargo de Teniente Coronel Primer Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil, siéndole comunicado el 12 de septiembre de 1940.

4.-

En Madrid, el 13 de noviembre de 1940, le es notificado el auto de sobreseimiento a GUILLERMO CANDÓN CALATAYUD, que ya era Comandante, estando destinado en la Inspección General de la Guardia Civil, como Ayudante del General 2º Jefe, AGUSTÍN PIÑOL RIERA.

* * * * * * * * *

La orden de archivo de esta Causa número 88 de 1940 [5842-191-29], es de fecha 30 de diciembre de 1940, estando firmada por el general de división RICARDO SERRADOR SANTÉS, General Jefe de las Fuerzas de Tierra, Mar y Aire de las Islas Canarias, y Capitán General de este Archipiélago.

CAPITÁN GENERAL SERRADOR DECRETA SOBRESEIMIENTO



 O.555.104

78

Santa Cruz de Tenerife 16 de Mayo de 1.940

De conformidad con lo expuesto en el Auto precedente y por los fundamentos del segundo considerando del mismo, elevo este Procedimiento a Causa, decretando su sobreseimiento provisional; y vuelva la misma al Sr. Auditor de Guerra de esta Capitanía  General a los fines pertinentes.

Serrador

[Firma rubricada]

 

Debajo y a la izquierda de la rubricada firma del Capitán General de Canarias, general de división Ricardo Serrador Santés, hay un sello elíptico, en tinta, en cuyo interior figura el escudo nacional del águila aferrando el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda CAPITANIA GENERAL DE CANARIAS – E.M.

A la derecha de este sello elíptico, hay otro sello rectangular, en tinta roja, dentro del cual se lee:

COMANDANCIA GENERAL

CANARIAS

REGISTRO DE SALIDA

Número 20774

PROVIDENCIA DEL SEÑOR AUDITOR

En Santa Cruz de Tenerife a veinticuatro de Mayo de mil novecientos cuarenta.

Firme la resolución dictada en esta Causa que queda registrad al número 88 de esta Auditoria, vuelvan las actuaciones al Juez Instructor para práctica de las diligencias de ejecución pertinentes.

EL AUDITOR

P.I.

Francisco C Moscoso

[Firma rubricada]

A la izquierda de la rubricada firma del Auditor FRANCISCO CARNERO MOSCOSO, hay un sello elíptico, en tinta, en cuyo interior figura el escudo nacional del águila aferrando el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda AUDITORIA DE GUERRA DE CANARIAS – Santa Cruz de Tenerife.

Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folio 78.

AUTO DE SOBRESEIMIENTO DEL AUDITOR FRANCISCO CARNERO



O.555.103

77

AUTO.-

En Santa Cruz de Tenerife a once de Abril de mil novecientos cuarenta.

RESULTANDO

Que se inició el presente procedimiento en virtud de denuncia formulada por el Teniente Coronel de la Guardia Civil Don Isidro Cáceres y Ponce de León contra el Comandante y Capitanes de dicho Benemerito Instituto DON IGNACIO GARATE ECHETO, DON GUILLERMO CANDON CALATAYUD, DON GORGONIO PEREZ VELAZCO y DON RAFAEL HERRERA ZAYAS en la que se imputaba a los referidos Jefe y Oficiales que en la madrugada del dia 19 de Julio de 1936, encontrándose en el despacho del denunciante, que en tal fecha desempeñaba el cargo de Jefe de la Comandancia de la Guardia Civil de esta Plaza, y en presencia del Coronel de dicho Cuerpo, Don Agustin Piñol Riera, dijeron que “ los cuatro habían estado tratando toda la noche anterior lo que había sucedido el anterior y que habían acorado avisar al Coronel Piñol y al denunciante que estaban descansando para que el primero fuera a la Comandancia Militar a hacer presente que no estaban conformes con el movimiento subversivo de la fuerza militar y de la Guardia Civil”, agregándola denuncia que en la mañana de dicho dia el Teniente Coronel Cáceres dio parte verbal de lo ocurrido al Coronel de Estado Mayor Don Teodulo Gonzalez Peral que ejercía interinamente el cargo de Comandante Militar de estas Islas, sin que se tomase entonces una resolución contra los denunciados por la falta de Oficiales en que quedaría la Comandancia de la Guardia Civil.

RESULTANDO:

Que para el esclarecimiento de estos hechos prestan declaración al Coronel Don Agustin Piñol, quien niega categóricamente el contenido de la denuncia informando por el contrario que la conducta de los denunciados en orden al Movimiento Nacional fue de absoluta adhesión sin que en ningún momento de planteasen dudas respecto a dicho punto hasta el extremo de confiárseles misiones incompatibles con el concepto que al denunciante le merecen aquellos Oficiales.

RESULTANDO:

Que el Coronel de Estado Mayor Don Teodulo Gonzalez Peral declara que en la fecha de autos el Teniente Coronel Cáceres, no le dio parte verbal alguno y que solo unos quince días después le habló de choque de pareceres entre Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, con relación al Movimiento Nacional, pero sin concretar ni especificar nombres.

RESULTANDO:

Que los denunciados niegan los hechos que se le imputan y que practicada una prueba complementaria, por declaración de dos individuos de la Guardia Civil, estos nada aportan al procedimiento por no haber sido testigos presenciales de los hechos, ni aducen aclaración alguna por referencias.

CONSIDERANDO:

Que dado el contenido de la prueba vertida en autos, si bien no cabe estimar los hechos denunciados como probados a los efectos de dictar una resolución condenatoria, del examen de la declaración prestada por el Coronel de Estado Mayor Don Teodulo Gonzalez Peral se deduce que existían entre los Jefes y Oficiales de la Guardia Civil de esta Comandancia, discrepancias en cuanto su adhesión al Movimiento Nacional porque solo cabe dar al procedimiento una terminación de carácter provisional por si en su dia nuevos elementos de juicio hiciesen aconsejable la reapertura del mismo, ya que actualmente se encuentra agotada la investigación sumarial en tal sentido.

CONSIDERANDO:

Que dada la naturaleza de los hechos perseguidos es procedente la elevación a Causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma conforme al nº 1º del Artº 538 del Código de Justicia Militar.

Vistos el expresado precepto, artículos 396 del mismo Cuerpo legal y demás de general aplicación.

A C U E R D O:

La elevación a Causa de las actuaciones y el sobreseimiento provisional de la misma. Y remitase los autos al Exmo. Sr. General Comandante General de Canarias, Autoridad Judicial de estas Islas a los efectos de aprobación si asi lo estima, debiendo acordarse por esta Auditoria caso afirmativo sobre las diligencias de ejecución pertinentes.

EL AUDITOR

P.I.

Francisco C Moscoso

 [Firma rubricada]

A la izquierda de la rubricada firma del Auditor FRANCISCO CARNERO MOSCOSO, hay un sello elíptico, en tinta, en cuyo interior figura el escudo nacional del águila aferrando el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda AUDITORIA DE GUERRA DE CANARIAS – Santa Cruz de Tenerife.

Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folio 77.

AUTO DEL JUEZ CORONEL SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ



EXCMO. SEÑOR:

Don Salvador Iglesias Dominguez Coronel de Artilleria, Juez Instructor de las presentes diligencias previas, tiene el honor de formular su dictamen conforme a lo prevenido en el articulo 532 del Código de Justicia Militar en los siguientes términos: Se iniciaron estas actuaciones con el carácter de información el dia 28 de Julio de 1.939 en virtud de orden del Excmo. Sr. General Comandante General de Canarias, que obra, al folio 1º.

Tomadas las declaraciones pertinentes a los Señores, Coronel de Estado Mayo, Don Teodulo González Peral, y los Capitanes de la Guardia Civil D. Guillermo Candon Calatayud, Don Gorgonio Pérez Velasco y D. Rafael Herrera Zayas, presentes en esta Plaza, de ellas se desprenden los siguientes hechos:

Es unánime la afirmación de que las órdenes de acuartelamiento y distribución de fuerzas de la Guardia Civil, para cooperar al Movimiento Nacional han sido dadas por el entonces, Sr. Coronel Piñol y no por el Tte. Coronel Cáceres, como este asevera en su escrito. El Capitán Candon (folio 4 y siguiente), como Ayudante del Sr. Coronel Piñol y como persona de absoluta confianza, afirma que de notar tibieza su Coronel en alguno de sus subordinados, hubiera tomado0 con él, idéntica determinación, que con el Tte. Coronel Baraibar Jefe de la Comandancia de Las Palmas, a quién se destituyó por no sumarse al Movimiento.

El Capitán Herrera, que prestó repetidos servicios, según comprobantes que exhibe (folio 6 vuelto y siguiente) durante el dia 18 y posteriormente como Capitán de confianza del fallecido General Dolla en la Isla de La Palma, manifiesta que el Tte. Coronel Sr. Cáceres, le ofreció puesto de confianza a su lado, caso de ser nombrado para cargos superiores que esperaba.

El Capitán Pérez Velasco, (folio 11 vuelto y siguiente) corrobora las manifestaciones de los otros Capitanes y que por parte de todos, era franco el deseo de seguir en el Movimiento Militar iniciado.

Es también unánime la afirmación de que entre el Sr. Coronel Piñol y el Tte. Coronel Sr. Cáceres, había manifiesta animosidad y que el origen del parte por escrito, obedece a este hecho y al de ponerse de parte del parte del Sr. Coronel todos los Jefes y Oficiales de la Comandancia de la guardia Civil.

Por último, la declaración del Sr. Coronel González Peral, niega haber recibido del Tte. Coronel Sr. Cáceres, parte verbal en la mañana del dia 19 de Julio sobre la supuesta disconformidad con el Movimiento Nacional del Comandante Gárate y los tres Capitanes. Unicamente pasados unos 15 dias y con carácter confidencial, le habló del choque de pareceres entre Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, en pró y en contra del Movimiento, en la tarde del dia 18, antes del intento de asalto al Gobierno Civil por las turbas y Guardias de Asalto, sin que nu8nca pasara en repetidas manifestaciones de este carácter confidencia e ignorando que tales manifestaciones fueran también hechas al Sr. General Dolla, ya fallecido,

Confirma dicho Sr. Coronel la pugna existente entre el Tte. Coronel Sr. Cáceres y demás Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, dando esto lugar a que considerara apasionadas aquellas manifestaciones y a que posteriormente pidiera la Comandancia Militar a la Superioridad en telegrama cifrado, que el Tte. Coronel Sr. Cáceres fuera trasladado a la Península por el ambiente desfavorable que existía contra él.

Elevada esta información a diligencias previas, según folio 15, se amplían estas declaraciones con las del Comandante Gárate y la del Excmo. Señor General Piñol, asi como la de los Guardias, Grijalbo y Montabán, que según declaraciones del Sr. Coronel Cáceres (folio 34), habían oído algo, de discusión entre Jefes y Oficiales de la Guardia Civil.

En la ratificación del parte del Sr. Coronel Cáceres, se ratifica dicho Jefe en que hasta las 18 y 30 horas del dia 18, no ocurrió nada ni en el Cuartel ni en las Oficinas de la Guardia Civil, estando en contradicción esta manifestación, con lo declarado por el Guardia Montalbán que dice (folio 72) oyó desde el pasillo, en la tarde del 18, discusiones en voz alta, que cree partian de las Oficinas del Primer Jefe, sin poder precisar quienes eran.

El Guardia Grijalbo, dice que nada oyó ni pudo oir, (folio 38 vuelto), por estar de servicio en la noche del 18 al 19 de Julio en la azotea de la Fábrica de cigarrillos “La Lucha”.

En la declaración prestada por el Comandante Sr. Gárate, (folio25) niega hubiera la menor tibieza o disconformidad con el Movimiento Nacional como lo prueba, los repetidos servicios prestados por los Jefes y Oficiales de la Guardia Civil, siendo el declarante el designado para prestar servicios en la Comandancia General como enlace con la Guardia Civil, logrando reanudar los trabajos en el Puerto y haciendo las redadas de elementos peligrosos, contrarios al Movimiento; la declaración del Sr. Coronel de Estado Mayor D. Teodulo González Peral (folio 54 vuelto), confirma estos asertos. En la declaración del Exmo. Señor General Piñol (folio 50 y 51) afirma que desde el primer momento tomó el mando y dirección de servicios de la Guardia Civil, llevando el Ayudante del Tercio, Sr. Capitán Candon todas las papeletas del servicio, a cuyos servicios coadyuvaron todos, sin tener necesidad de tomar medida alguna, en contra de sus subordinados, por tibieza o desafección con el Movimiento Nacional. Manifiesta ignorar que el Tte. Coronel Sr. Cáceres, le diera cuenta al Sr. Coronel de Estado Mayor, Peral, y más tarde al Excmo. Señor General Dolla, de supuestas desafecciones por parte del Jefes y Oficiales de la Guardia Civil; declara que en dos ocasiones, llamó la atención a dicho TTe. Coronel Sr. Cáceres por obrar por su cuenta, visitando la Comandancia General, descuidando sus principales ocupaciones.

Manifiesta igualmente, el Excmo. Señor General Piñol, (folio 51) que debido a actuaciones del Tte. Coronel, que considerolas impropias, pidió al Excmo Señor Comandante General de Canarias D. Carlos Guerra le relevara a dicho Jefe, pasando entonces disponible a Valladolid.

Nueva declaración del Sr. Coronel de Estado Mayor D. Teodulo (folio 54, 55 y 56), confirma los servicios prestados desde el primer momento por el Comandante Gárate y el Capitán Herrera, sin que por parte del entonces Sr. Coronel Piñol, ni el Tte. Coronel Sr. Caceres, se hicieran observaciones alguna sobre estos nombramientos, en relación con la confianza que inspiraban a favor ó en contra del Glorioso Movimiento Nacional.

Insiste dicho Sr. Coronel Peral, en que la confidencia verbal y reservada que le hizo el Tte. Coronel Sr. Caceres, fue unos 15 dias después del 18 de Julio del 36, sin dar nombres de personas y refiriéndose a hechos ocurridos en la tarde el 18 de Julio y nó en la madrugada del dia 19, como declara en su escrito y ratificación el Tte. Coronel Sr. Cáceres.

Y creyendo el Jefe que suscribe, que se han practicado todas las diligencias necesarias para esclarecimientos de los hechos que motivaron el parte, tiene el honor de elevar a V.E. los autos a los efectos del Art, 533 del Código de Justicia Militar.

Santa Cruz de Tenerife, 20 de Marzo de 1.940. “AÑO DE LA VICTORIA”

EXCMO. SEÑOR:

Salvador Iglesias

[Firma rubricada]

 Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folios 74 y 75.

 

DE SERVICIO DE ESCOLTA



El folio 70 es otro exhorto enviado en este caso a Madrid, conteniendo un interrogatorio de seis preguntas, para ser contestado por el Guardia Civil GINÉS MOLTALBÁN NAVARRO.

1ª.- Las generales dela Ley.

2ª.- Que puesto o misión ocupaba en la noche del 18 al 19 de Julio de 1936

3ª.- Caso de estar en el Cuartel de la calle de S. Francisco, donde están las oficinas de la Guardia Civil, si tuvo ocasión durante el o la noche del 18, de oir alguna discusión o choque de pareceres entre los Jefes y Oficiales de la Guardia Civil.

4ª.- Caso afirmativo, manifieste cuales fueron estas y quienes intervinieron en la discusión y a que hora sucedió.

5ª.- Manifieste si algún otro Guardia presenció los hechos que expone.

6º.- Manifieste cuanto tenga relación con los sucesos ocurridos el dia 18 de Julio de 1936 y siguientes.

Dado en Santa Cruz de Tenerife a 30 de Diciembre de 1939

AÑO DE LA VICTORIA

El Coronel Juez

Salvador Iglesias

 

A este interrogatorio, sobre un pliego judicial P.2.027.549, identificado manualmente como folio 72, el Guardia Civil Ginés Montalbán Navarro, contesta esto:

72

DECLARACIÓN DEL TESTIGO

D. Ginés Montalbán Navarro

En Madrid a veintinueve de Febrero de mil novecientos cuarenta, ante este Juzgado compareció el testigo anotado al margen, el cual fue enterado del objeto de su comparecencia, de la obligación que tiene de decir verdad y de las penas en que incurre el reo de falso testimonio, siendo juramentado con arreglo a su clase, y

Preguntado por las generales de la Ley dijo: Llamarse como queda dicho, de cuarenta y tres años de edad, de estado casado natural de Alhama de Murcia de profesión G. Civil que no ha sido procesado, y con domicilio en Cuartel de las Cuarenta Fanegas, Parque Movil.

Y que no le comprenden las demás.

Preguntado, a la segunda manifiesta:

Que la noche del 18 de Julio de 1936 se encontraba de servicio de escolta, en unión del Fermín Guijarro Guardia Segundo, del Teniente Coronel Don Isidro Cáceres y Ponce de León, con quien hizo el recorrido Comandancia Militar, Gobierno Civil y Cuartel del Pilar.

A la tercera: Que cuando se encontró la tarde del dia 18 en el Cuartel de la calle de San Francisco, oyó desde el pasillo que en una de las oficinas, en la Oficina del Jefe según cree recordar, discusiones en voz alta.

A la cuarta: RQue no sabe el motivo de estas discusiones ni quienes intervenían en ellas, no pudiendo precisar tampoco la hora en que tuvieron lugar.

A la quinta: Que recuerda que había algunos guardias mas por allí pero que no puede precisar quienes eran.

A la sexta: Que la referencia que puede dar de los sucesos del dia 18 de Julio de 1.936, es la siguiente: Que hacia la puesta del sol de dicho dia tiene entendido que el Gobernador Civil recibió orden del Gobierno Central de oponerse al Movimiento Nacional que se iniciaba en aquel dia y que a este efecto salió al balcón del edificio del Gobierno dirigiendo una alocución al pueblo y fuerza que se encontraba en la plaza que dio por resultado que grupos numeroso de personal civil se uniesen a las fuerzas de Seguridad y Asalto y que poco después se le ordenó a la Guardia Civil se uniese a las fuerzas militares de guarnición en la población sobreviendo un choque entre ambos bandos cruzándose muchos disparos entre ambos durando este tiroteo toda la noche y procediéndose durante el dia siguiente a practicar detenciones por la Guardia Civil y Asalto, que la tranquilidad quedó restablecida registrándose únicamente noches algún tiroteo procedente de terrazas y balcones, pero sin trascendencia, sobre todo desde las alturas que dominaban la capital, donde pretendían hacerse fuertes los rebeldes y contra ésta.

Que no tiene mas que decir, y leida esta, la ratifica y firma con S.S. de que doy fé.

Cfr.:Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folios 70 y 72.

DESEMPEÑARON EL MANDO DE ESTA COMANDANCIA GENERAL


Foliado con el número 66, encontramos el oficio encabezado, en el margen superior izquierdo, por el escudo nacional del águila con el yugo y las flechas, y esta leyenda

COMANDANCIA GENERAL

DE LAS

ISLAS CANARIAS

E.M.

Sección JUSTICIA

Debajo de este encabezamiento hay un sello rectangular, entintado en rojo, en el cual se lee:

COMANDANCIA GENERAL

DE LAS

ISLAS CANARIAS

REGISTRO DE SALIDA

Número 17099

Este es el texto del cuerpo principal del oficio:

66

En contestación a su escrito fecha 14 del actual, en que para efectos en las diligencias previas numero 225 de 1.939, que V.S. instruye en averiguación de hechos denunciados contra un Jefe y tres Capitanes de la Guardia Civil, interesa los nombres de los Señores Jefes que desempeñaron el mando de esta Comandancia General desde el 18 de Julio de 1.936, hasta la llegada del Excmo Señor General Don Angel Dolla Lahoz, le participo que fueron los siguientes: el Excmo. Señor General de División Don Francisco Franco Bahamonde, hasta el medio dia del 18 de Julio mencionado; el Excmo Señor General de Brigada Don Luis Orgás Yoldi, hasta el medio dia del 21 siguiente; el Coronel Don Jose Caceres Sánchez, desde ese momento, con residencia en Las Palmas, hasta el 14 de Septiembre; y el Coronel de E.M. Don Teódulo González Peral, de Comandante Militar de Tenerife, desde el 21 de Julio, hasta el 14 de Septiembre, en que llegó a esta Plaza el referido general, Excmo. Señor Don Angel Dolla Lahoz.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 19 de Febrero de 1.940- AÑO DE LA VICTORIA.

De orden de S.E.

El Coronel Jefe de E.M.

Teodulo G. Peral

 

Sr. Coronel de Artillería, Juez Instructor, Don Salvador Iglesias Dominguez

Cfr.: Causa 88 de 1940 [5842-191-29] – Folio 66.