Instancia sobre papel timbrado A 129241 con póliza impresa de 1ª clase de 1,50 pesetas.
Excmo. Señor:
Don Julio Fuentes Serrano, Coronel de Artillería retirado por circular del Ministerio de la Guerra, de 19 de Junio de 1931 (D.O. nº 135) a V. E, con todo respeto expone:
Que creyendose comprendido en la Ley de la Jefatura del Estado de 17 de noviembre del corriente año, referente al empleo honorífico de General de Brigada, por haber prestado servicios de servicios de carácter extraordinario, al Glorioso Movimiento Nacional; eleva a su Autoridad presente instancia, detallando los prestados desde el principio del Movimiento hasta el presente, que son los siguientes:
El 18 de julio de 1936, se presente en la Comandancia General ofreciendo cumplir el cometido que se le en-gara, siendo uno de los cinco coroneles que afrontaron la situación y habiendosele encargado del Gobierno Civil de esta Provincia, tomó posesión de él inmediatamente; sufriendo unas horas más tarde un ataque el edificio por una Compañía de Guardias de Asalto y un centenar de paisanos que fueron rechazados por las fuerzas del Ejército que acudieron prontamente, con la baja de un soldado por nuestra parte y la de un Cabo de Asalto de los asaltantes y varios heridos de los paisanos. Las agresiones sueltas durante la noche duraron más de un mes hasta que dominada la situación cesaron en absoluto.
En el mes de enero fué confirmado por el Gobierno Nacional en el cargo de Gobernador Civil, resultando ser el más antiguo de la España Nacional, por haber comenzando el Movimiento Nacional en esta Provincia y haber sido nombrado por mis compañeros desde el primer momento.
El 4 de agosto de 1937, hizo entrega del Gobierno Civil a su sucesor, ordenandole el Gobierno continuar en el cargo hasta la llegada de su relevo, que fue el citado día; durando su actuación trece meses.
En el mes de noviembre del mismo año, fué nombrado Presidente de la Comisión Ordenadora de la Exportación del Plátano, en disolución, y actualmente de la Presidencia de la Comisión de Reincorporación a sus destinos de los combatientes en representación del Excmo. Señor General Gobernador Militar.
Servicios que elevo a le consideración de V.E. por si los creyera suficientes para estar comprendido en la citada Ley de la Jefatura del Estado y proponer para el empleo honorífico de General de Brigada a la Junta Superior del Ejército.
Por Dios, por España y por el Glorioso Movimiento Nacional.
Santa Cruz de Tenerife a 5 de diciembre de 1938, III año triunfal.
Julio Fuentes Serrano
[Firma rubricada]
[Al pie]
Excmo. Sr. Comandante General de Canarias.
* * * * * * * * * *
A pesar de las falacias expuestas por JULIO FUENTES SERRANO en su instancia, ésta es enviada al Ministerio del Ejército en Madrid, acompañada por este informe de la Comandancia General de Canarias:
Excmo. Señor
En cumplimiento de lo dispuesto por Ley de 17 de Noviembre último (B.O. nº. 147) adjunto remito a V.E. propuesta de ascenso a General de Brigada honorario, formulada a favor del Coronel de Artillería retirado DON JULIO FUENTES SERRANO, por considerar a dicho Jefe comprendido en los preceptos de la citada Ley, ya que desde el inicio del Glorioso Movimiento Nacional se ofreció incondicionalmente a favor del mismo, siendo nombrado el mismo día Gobernador Civil de esta Provincia y en circunstancias en que el Edificio del Gobierno custodiado por fuerzas del Ejército era objeto de agresiones por parte de fuerzas de Asalto y de paisanos. Estuvo desempeñando el referido cargo durante 13 meses, siendo nombrado luego Presidente de la Comisión Ordenadora de la Exportación del Plátano (hoy disuelta) y actualmente ejerce la Presidencia de la Comisión de Reincorporación al trabajo de los Combatientes, en representación del Gobernador Militar de esta Plaza.
En todos cuantos cometidos fueron asignados a este Jefe, se distinguió notablemente por su acendrado patriotismo competencia y aciertos, demostrando a la vez un gran espiritu militar y capacidad de trabajo, no obstante su edad de 66 años.
Dios guarde a V.E. muchos años.
Santa Cruz de Tenerife 12 de Enero de 1939 – III Año Triunfal.
[Al pie]
Excmo. Sr. General Subsecretario del Ejército.
BURGOS.
* * * * *
[Escudo Nacional del Águila Imperial aferrando el Yugo y las Flechas]
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
SUBSECRETARIA DEL EJÉRCITO
TELEGRAMA POSTAL
A/Q.
Secrª. Gral.
Burgos 13 Marzo 1939
Al Comandante General de Canarias
SANTA CRUZ DE TENERIFE
S.E. el Generalísimo en escrito de fecha 11 de éste mes me dice lo siguiente:
«En sesión celebrada por la Junta Superior del Ejército el día 23 del pasado, se acordó proponer quede vista la propuesta formulada a favor del Coronel de Artillería retirado DON JULIO FUENTES SERRANO, para su ascenso al empleo de General de Brigada honorario, cursada por V.E. con escrito nº 3232 de 31 de enero último. Y habiendo resuelto S.E. el Generalísimo de conformidad con lo propuesto lo participo a V.E. para conocimiento”. Lo que comunico a V.E. para su conocimiento y efectos consecuente a su escrito de fecha 12 de enero último.
TRANSMITASE,
De orden de S.E.
El Coronel Segundo Jefe
* * * * * * * * * *
Cfr. Archivo Intermedio Militar de Canarias.
APUNTE BIOGRÁFICO DE JULIO FUENTES SERRANO
En el informe favorable para su ascenso a general honorífico, de la Comandancia General de Canarias, datado el 12 de enero de 1939, se dice que JULIO FUENTES SERRANO tenía 66 años. Esto era cierto en esta fecha, pero no cuando este Coronel en la Reserva se adhirió al Alzamiento Militar de julio de 1936, ya que en este mes estaba a punto de cumplir los sesenta y cuatro, por haber nacido el día veinticuatro de julio de mil ochocientos setenta y dos, en Santa Cruz de Tenerife, provincia de Canarias, siendo hijo de Carmen Serrano y Cosme Fuentes Méndez, capitán de Infantería.
JULIO FUENTES SERRANO había iniciado su carrera militar ingresando como soldado voluntario de Infantería en 1º de julio de 1890, encuadrado en el Batallón de Cazadores de Tenerife nº 21.
En 1º de enero de 1891 fue ascendido a Cabo por elección, y seis meses después, en 18 de julio de este mismo año 1891, a Sargento.
Al año siguiente, en 1º de septiembre de 1892 ingresó como alumno en la Academia General Militar, donde cambiaría de arma.
El 17 de julio de 1893 es ascendido a Alférez Alumno de Artillería, obteniendo su despacho de Segundo Teniente de Artillería en 25 de noviembre de 1895, siendo destinado al 8º Regimiento Montado, donde permanece hasta fin de enero de 1897, viniendo al Batallón de Artillería de Plaza de Canarias. Está aquí hasta fin de diciembre de 1901. Tras una estancia de un mes en el Batallón de Artillería de Plaza de Mallorca, vuelve a Canarias, estando en nuestras islas hasta fin de enero de 1918. Mientras tanto, en 25 de noviembre de 1895 había sido ascendido a Primer Teniente de Artillería por promoción, desempeñando este empleo durante casi nueve años, ya que hasta el 31 de agosto de 1905 no ascendería Capitán por antigüedad. De capitán de artillería sigue en diversas unidades artilleras de Canarias.
Por R.O. de 5 de mayo de 1911 se le concedió licencia para contraer matrimonio con MARÍA TERESA CULLEN OSSUNA, habiéndosele expedido en 18 de agosto de este año 1911, el certificado de soltería preceptivo para tal menester. El matrimonio canónico tuvo lugar el 4 de septiembre de 1911.
El Capitán JULIO FUENTES SERRANO tardaría doce años en ascender a Comandante, grado que adquirió por antigüedad en 30 de noviembre de 1917.
De Comandante, sigue en las Tropas de Artillería de la Comandancia de Tenerife hasta fin de diciembre de 1918. Declarado excedente en Canarias, a fines de de enero de 1918 abandona las Islas para ir a la Comandancia de Artillería de Algeciras, donde apenas estuvo seis meses, desempeñando luego diversos destinos en otras unidades de Península, hasta finales de agosto de 1922
Tras haber prestado servicio de Ayudante de Campo del General de División Pio López Pozas, con quien está hasta fines de noviembre de 1923, ascendido a Teniente Coronel, por antigüedad, en 11 de enero de 1924, retorna a Canarias, quedando disponible.
Tras su pronunciamiento en Barcelona, el General Miguel Primo de Rivera y Orbaneja, instaura su Dictadura, en connivencia con el rey Alfonso XIII, vulnerando la Constitución vigente.
JULIO FUENTES SERRANO es nombrado Delegado Gubernativo en La Laguna (Tenerife), desempeñando este puesto político hasta fin de abril de 1925, quedando, luego excedente en Canarias, hasta fin de noviembre de 1926.
Y, finalmente, llegaría a Coronel, el 8 de enero de 1931, también por antigüedad, ejerciendo el mando del Regimiento de Artillería de Tenerife, hasta fin de febrero de 1931.
Proclamada la República el 14 de abril de 1931, el Coronel JULIO FUENTES SERRANO firmó la promesa de fidelidad a la República, estando disponible en la 1ª Región, hasta fin de mayo de 1931.
Por Orden de 19 de junio de 1931 (D.O. nº 135) se le concede el retiro para Santa Cruz de Tenerife, con arreglo a los preceptos del decreto de 25 de abril (D.O. nº 94) y demás disposiciones complementarias, causando baja en el Ejército a finales del mes de junio de 1931.
En su hoja de Servicios, dentro de la 5ª subdivisión, figuran estas
Notas de concepto del Cuerpo
Valor |
Se le supone |
Aplicación |
Mucha |
Capacidad |
Mucha |
Conducta |
Buena |
Puntualidad en el servicio |
Mucha |
Salud |
Buena |
Estado |
Casado |
Estatura |
Un metro 676 milímetros |
En ordenanzas |
Mucho |
En Táctica |
Bueno |
En procedimientos militares |
Mucho |
En Detall y contabilidad |
Mucho |
En teoría y práctica de tiro |
Mucho |
En arte militar |
Mucho |
Cfr.: Archivo General Militar de Segovia.- Sección 1ª Legajo F1967.
* * * * * * * * *
El citado decreto de 25 de abril de 1931, firmado por el Ministro de la Guerra MANUEL AZAÑA, había sido publicado el lunes 27 abril de 1931, en las páginas 349 y 350 del número 117 de la Gaceta de Madrid.
En el preámbulo de este Decreto de Azaña, se decía:
Figuran en las escalas retribuidas del Ejército (exceptuada la de la segunda reserva de Generales), según el Anuario Militar del presente año 258 Generales y 21.996 Jefes, Oficiales y asimilados.
[Como la tropa alistada era de 115.930 soldados, y los generales en activo eran 163, una simple división nos conduce a este resultado:
Había un general por cada 711 soldados y apenas 6 soldados por cada oficial.
Considerando la cifra absoluta de mandos, resultaba más deprimente el cociente:
Un general por cada 449 soldados, y un mando por cada cinco soldados].
En ese Decreto, que no Ley, de Azaña, se permitía el pase a la segunda reserva o situación de retirado, con el mismo sueldo que disfrutaban en su empleo de la escala activa, a todos los Oficiales que lo solicitaran.
Al día siguiente, martes 28 de abril de 1931, es publicado el Decreto de la Presidencia de la República, por el cual se adoptó como bandera nacional la formada por tres bandas horizontales de igual ancho, siendo roja la superior, amarilla la central y morada oscura la inferior. En el centro de la banda amarilla figurará el escudo de España, adoptándose como tal el que figura en el reverso de las monedas de cinco pesetas acuñadas por el Gobierno provisional en 1869 y 1870.
En un decreto posterior, datado el 18 de mayo de 1931, publicado en la Gaceta de Madrid núm. 139 del día siguiente, fue derogado el Real Decreto de 26 de julio de 1926, que había implantado el ascenso por elección, contraviniendo la base novena que establecía el principio de rigurosa antigüedad para el ascenso hasta Coronel inclusive.
Esta derogación implicaba la revisión de ascensos obtenidos arbitrariamente durante la Monarquía. Sin embargo su trascendencia fue muy limitada. Afectaría apenas a medio millar de militares. Y el resultado final no se conocería hasta el 28 de enero de 1933.
No se produjeron las esperadas reducciones de grados. Y dejó descontentos hasta a muchos de aquellos militares legitimistas, que reivindicaban el total resarcimiento del agravio sufrido por el abandono del principio de rigurosa antigüedad.
El 26 de mayo de 1931, en el número 146 de la Gaceta de Madrid, el Ministerio de la Guerra dirigido por Manuel Azaña, publica el Decreto de reorganización del Ejército.
En el texto del mismo figuran párrafos lapidarios como éstos.
El problema es de tal monta que, sin resolverlo pronto y bien, no se adelantaría un paso en la renovación del ejército. Las unidades existentes son, por su número, excesivas; por su contenido, débiles; por su costo, si hubieran de mantenerse en un punto de regular eficacia, honrosísimas. Es inevitable deshacer la organización actual y fundar sobre terreno más firme. Ligada esta cuestión con la del exceso de personal, constituyen una sola y misma dificultad, como que provienen de los mismos errores.
En cuanto al efecto inmediato de la reforma en el Presupuesto, debe notarse que al pasar de diez y seis a ocho las divisiones existentes, se suprimen treinta y siete regimientos de infantería, cuatro batallones de montaña, nueve batallones de cazadores, diez y siete regimientos de caballería, un regimiento de ferrocarriles y dos batallones de ingenieros.
El presupuesto de la guerra se descargará de una suma […] que puede calcularse no ha de ser inferior a 200 millones de pesetas.
El 17 de junio de 1931, en el número 168 de la Gaceta de Madrid, el Ministerio de la Guerra continúa profundizando en la reorganización del Ejército, llevando adelante la aplicación de la nueva organización divisionaria a la demarcación territorial.
Comienza en la página 1433, un primer decreto, en cuyo preámbulo se afirma:
En su misma existencia y en el trazado que las deslinda, las ocho Regiones militares de la Península, ampliadas por razones de prestigio con las Capitanías generales de Baleares y Canarias, respondían en parte, a un pensamiento organizador de la defensa ya anticuado, y en parte no pequeña a motivos de orden histórico y político. […] o se ceñía la Región a los límites de los antiguos reinos y provincias de España. En cada Región un Capitán general conservaba cierta sombra de los Virreyes, como se usaron en tierras coloniales, y siendo la única Autoridad que, a diferencia de los funcionarios gubernativos civiles, ejercía un mando interprovincial, el área de su jurisdicción y lo excepcional de su fuero
Entrando en el articulado de este decreto inicial, en su primer artículo se dice:
Quedan suprimidas las ocho regiones militares que abarcan el territorio peninsular y los dos Distritos insulares de Baleares y Canarias].
En el artículo 2º se suprime el cargo de Capitán general de Región.
En la página siguiente, 1434, dentro del artículo 6º se declara suprimido el cargo de Gobernador militar, estableciendo que el General o Jefe de mayor categoría de los que residan en una plaza, asumirá el mando de ella, con la denominación de Comandante militar y su oficina de mando se llamará Comandancia militar.
Quedando exceptuadas de esta disposición las plaza de Madrid y las plazas marítimas de Cádiz, Ferrol y Cartagena.
Cada uno de los archipiélagos de Baleares y Canarias constituirán una Comandancia militar, desempeñada por un General de división, que residirá con sus órganos de mando en Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife, respectivamente.
A continuación del anterior decreto, en la página 1435 se publica otro mediante el cual queda suprimida la dignidad de Capitán general del Ejército, y la categoría de Teniente General, declarando que la categoría más elevada en el Estado Mayor General será la de General de división.
Inmediatamente, en las páginas siguientes de dicho número 168 de la Gaceta de Madrid de fecha 17 de junio de 1931, son publicados los decretos de cese de todos los Capitanes Generales, entre los cuales figura el de Canarias, ÁNGEL RODRÍGUEZ DEL BARRIO, que aparece en la página 1439.
En el libro ASALTO A LA REPÚBLICA, que contiene las Memorias de NICETO ALCALÁ- ZAMORA y TORRES correspondientes al lapso histórico enero-abril 1936, editado por ESFERA DE LOS LIBROS en 2011, hay una nota 79 al pie de la página 181, sobre el general ÁNGEL RODRÍGUEZ DEL BARRIO, de quien se dice que siendo Inspector general del Ejército en febrero de 1936, se convirtió en uno de los dirigentes que intervinieron en los preparativos del alzamiento. Un cáncer de estómago le impidió participar, muriendo en 1936.
Toda la expuesta profusa legislación republicana, modernizadora de los Ejércitos de España, tan benéfica para el erario público, sería derogada por los sublevados que desencadenaron la última Guerra Civil Española.