CAUSA SUMARÍSIMA 160 CONTRA FRANCISCO GASPAR GUILLÉN


 

Nº 3548                                     Legajo 148-4

 

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 19 36

Comandancia Militar de Canarias

 

JUZGADO PERMANENTE EVENTUAL

 

Causa Sumarísima  160

 

 

Seguida contra el paisano Francisco Gaspar Guillén, por el delito del artículo 2º del Bando de la Junta de Defensa Nacional

 

Ocurrió el hecho; el 13 de agosto de 1936.

 

Dieron principio estas actuaciones: el 16 de Agosto de 1936.

 

 

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El soldado de infantería

Don Francisco Arriaga Adán

Eugenio Hurtado Izquierdo

Otro

Otro

Capitán de Infantería

Cabo 1º de infantería

Manuel García Losada

Dionisio Sánchez Barroso

 

Cfr.: A-TMTQ 3636-149-32.- Causa Nº 218 de 1936.- Cubierta.

FRANCISCO GASPAR GUILLÉN EN LA PRISIÓN DE CABALLERÍA


D.2,606,895        5

 

DECLARACION DEl detenido Francisco Gaspar Guillen

En Santa Cruz de Tenerife a dieciseis de agosto de mil novecientos treinta y seis. En la prisión de Caballería

Ante el Señor Juez Instructor, hallándose presente el Secretario, compareció el anotado al margen para prestar declaración, el que fue advertido de las prevenciones del artículo 451 del código de Justicia Militar y, enterado prometió decir verdad.

Interrogado a tenor del artículo 453 del mismo Código, dijo: Llamarse FRANCISCO GASPAR GUILLEN natural de Granadilla Provincia de Tenerife de cuarenta y un años de edad, de estado casado de profesión industrial y ha sido procesado por el Juzgado de Instrucción de Granadilla por riña cuando tenía dieciocho años.

Preguntado si tuvo conocimiento de haberse publicado el Bando de la Junta de Defensa Nacional de Burgos dijo que no.

Preguntado si el día trece del actual tuvo conversación alguna con una tal Antonia Campos y en esa conversación comentó algo relativo al fusilamiento del Teniente Gonzalez y si asimismo dijo que la culpa de dicho fusilamiento la tuvieron los mismos soldados por no virarse contra el ejercito dice que nunca ha dicho tal comentario, ni menos que mandaban un pelotón y se volvía, otro a si por cuanto no conoce a la Antonia Campos y que tampoco hizo los indicados comentarios a persona alguna.,

Preguntado para que manifieste si alguno de sus convecinos hizo algunas manifestaciones contra el ejercito dice que no y que ha dicho a varios amigos entre otros un tal Guzmán, Pancho el Cojo, Don Bernabé el perrero, Don Felipe quintana, que viven los dos primeros en el Puente Zurita cerca de la Rambla de Benítez de Lugo 40, el Bernardo el Ferrero en Serrano 1 y el cuarto en La Cuesta; todos los cuales pueden atestiguar que el declarante le ha manifestado en diversas ocasiones que la situación del Gobierno anterior era insostenible por la falta de trabajo y lo mal que estaba todo.

Preguntado si tiene algo mas que añadir dice que no.

Leída, se afirma y ratifica y firma después de S,S, doy fe,

[Firmas de FRANCISCO ARRIAGA ADAN, FRANCISCO GASPAR GUILLEN y EUGENIO HURTADO IZQUIERDO, Capitán Juez Instructor, reo detenido y Soldado Secretario, respectivamente.]

 

Cfr.: ATMTQ 3548-148-4.- Causa 160 de 1936.- Folio 5.

DETENCIÓN DE FRANCISCO GASPAR GUILLÉN


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Señor Asesor Jurídico Militar.

DILIGENCIA . . . . . . . .

Por la adjunta nota de denuncia facilitada por el Capitán de Estado Mayor Sr. Aparicio se ha procedido en el dia de hoy a la detención de FRANCISCO GASPAR GUlLLÉN por proferir amenazas encontra de la fuerza del Ejercito con motivo del fusilamiento del Teniente D. Alfonso Gonzalez Campos.

Este individuo según resulta de las diligencias practicadas es de ideas muy extremistas, al propio tiempo se hace constar que al citar a la Antonia Campos, denunciante de este hecho no ha sido hallada en el domicilio dado por la misma.

Y para que conste pongo estasdiligencias y detenido referido a su disposición, en Santa Cruz de Tenerife a trece de Agosto de mil novecientos treinta y seis.

El Teniente de la Guardia Civil

[Firma rubricada de PEDRO GIMÉNEZ MORENO]

 

Santa Cruz de Tenerife, 13 de Agosto de 1936.

Pase al Auditor de Guerra a los fines legales de justicia, ingresando el detenido FRANCISCO GASPAR GUILLEN en la Prisión Provincial a disposición de aquél.

De orden de S.S.,

El Comandante Jefe de E.M.

[Firma rubricada ilegible del Comandante TRINIDAD DÍAZ GÓMEZ]

[A la izquierda de la firma, está estampado el sello ovalado de la Comandancia Militar de las Islas Canarias E.M.]

 

Rº 2915

 

Cfr.: ATMTQ 3548-148-4.- Causa 160 de 1936.- Folio 3.

CON EL FIN DE RATIFICARSE EN LA DENUNCIA FORMULADA


 JUSTICIA MILITAR

 REQUlSITORIA

Campos Antonia, domiciliada en Benavides 18 de esta Capital cuyas demás circunstancias personales no constan, comparecerá inmediatamente ante el Capitán Juez instructor don Francisco Arriaga Adan, en el Juzgado Eventual Militar sito en la Comandancia Militar de esta Provincia a cualquier hora o día hábil con el fin de ratificarse en la denuncia formulada el día trece de actual contra Francisco Gaspar Guillén y declarar en la causa número 160 del corriente año seguida por el procdimiento sumarísimo por el delito del artículo 2.» del Bando de la Junta de Defensa Nacional.

Santa cruz de Tenerife, 17 de Agosto de 1936.- El Cptán, Juez, Aurelio Arriaga.-

 

Cfr.:

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife del miércoles 19 agosto de 1936.- Nº 100.- Página 1.

 

* * * * * * * * * * *

 

FRANCISCO GASPAR GUlLLÉN había sido detenido, e ingresado en la prisión provincial, el trece de agosto de 1936

Seria encartado en la causa 160 de 1936, con carácter de procedimiento sumarísimo, acusado de haber proferido amenazas en contra del Ejercito, con motivo del fusilamiento del Teniente ALFONSO GONZÁLEZ CAMPOS.

La autora de la denuncia, ANTONIA CAMPOS, no sería localizada ni por la Policía ni por la Guardia Civil.

Resultando que no habiendo sido posible probar los cargos, y ser falso el domicilio dado por la denunciante única que oyó las palabras imputadas, en 23 de agosto de 1936, el Auditor de Guerra Coronel JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ acordaría el sobreseimiento de la causa 160 de 1936, y la libertad provisional del detenido.

La causa 160 de 1936, sería archivada identificada como 3548-148-4.