ORDEN PARA CONSEJO DE GUERRA CONTRA PABLO MARTÍN AFONSO


Orden del día 7 de Agosto  de 1936 en Santa Cruz de Tenerife                 23

El próximo día 8 de los corrientes a las 15 horas se reunirá en la Sala de Actos del cuartel del Regimiento Infantería Tenerife nº 38 de esta Plaza

el Consejo de Guerra Ordinario de PLAZA, que ha de ver y fallar la causa seguida contra el paisano PABLO MARTIN AFONSO por el delito del articulo 10 del Bando de declaración del Estado de Guerra

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRÁ EN LA FORMA SIGUIENTE:

PRESIDENTE

Teniente Coronel Sr. Don Vicente Pelegero Lores

VOCALES-CAPITANES

NOMBRES

DESTINO

Don Mariano San Segundo Gimenez Regimiento Infanteria Tenerife nº 38
Sebastian Martin Diaz-Llanos Grupo Mixto Artilleria nº 2.
  Rafael Villegas Romero Id.     Id        Id
Pablo Erenas Martin Regimiento Infanteria Tenerife nº 38
Fernando Marin Delgado Grupo Mixto Artilleria nº 2.

VOCAL PONENTE

El Comandante Auditor de la Armada.

VOCALES SUPLENTES

NOMBRES DESTINO
Don Enrique Suarez de Deza y Aguilar Grupo Mixto de Artilleria nº 2.
Don Jesus Ansocua Rodriguez      Id.     Id.    Ingenieros nº 3.

 FISCAL

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

Capitan de Infanteria Don Joaquin Vega Benavente

JUEZ INSTRUCTOR

Oficial 3º de Complemento del Cuerpo Juridico Don Pablo Hurtado Izquierdo

 

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

A-TMTQ 3665-150-11.- Sumarísimo 65 de 1936 contra PABLO MARTÍN AFONSO.

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El Fiscal actuante en este Consejo de Guerra, fue PEDRO DOBLADO SÁIZ, quien pediría la pena de seis años y un día de prisión menor para PABLO MARTÍN AFONSO, por el delito de excitación a la rebelión.

El Capitán JOAQUIN VEGA BENAVENTE, defensor de PABLO MARTÍN AFONSO, tras rebatir la calificación, terminó solicitando la libre absolución del procesado por no estimar probados los hechos en atención a que un solo testigo los asevera, alegando el aforismo TESTIS UNUS TESTIS NULLUS.

El Tribunal fallaría condenado a PABLO MARTÍN AFONSO, a la pena de SIETE años de prisión MAYOR, con la accesoria de suspensión de todo cargo y derecho de sufragio.

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El nombre del Vocal Ponente omitido en esta orden, es EDUARDO CALLEJO GARCÍA-AMADO, Comandante Auditor de la Armada.

 

 

SUMARÍSIMO 65 DE 1936 CONTRA PABLO MARTÍN AFONSO


Comandancia Militar de Canarias.                  Año de1.936

Nº 3665                                                          Legº  150 – 11

 

 

Juzgado Militar especial.

Sumarísimo núm. 65.

 

Contra el paisano Don Pablo Martin Afonso por el delito comprendido en el art. 10 del Bando declaratorio del estado de Guerra.

 

Ocurrió el hecho el dia 18 de julio de 1.936

Comenzó la causa el dia 24 de julio de 1.936

Detenido el 23 julio 1936.=

Defensor: Capitán de Infª D. Joaquín Vega Benavente.

 

Juez Instructor.

Secretario.
El Tte. Auditor de Complemento

El Sargento del mismo Cuerpo

Del Cuerpo Jurídico Militar D.

Don Jose´ Perez Rivero.

Pablo Hurtado Izquierdo

Otro D Juan Parras Fernandez

Otro D. Rafael Lecuona .

Otro D Juan Iglesias Alvarez

Otro D. Luis Vilela Sampol

Sargento de Infanteria.

Teniente de Artilleria.

 

 

Cfr.: A-TMTQ 3665-150-11.- Sumarísimo 65 de 1936 contra PABLO MARTÍN AFONSO.- Cubierta.

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PABLO MARTÍN AFONSO era Oficial de Correos, natural de Guía de Isora, casado, con domicilio en la Plaza de la Catedral de La Laguna.