CAPITÁN SANTIAGO BAÑOLAS PASSANO NOMBRADO DEFENSOR


PROVIDENCIA

En Las Palmas a doce de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

El Sr. Juez dispuso dirigir atento oficio al Capitan de Infanteria Don Santiago Bañolas Passano comunicándoles haber sido nombrado defensor por el procesado José Vizcaino Hernandez.

Lo proveyó y rubrica S.S.  doy fé.

[Firmas rubricadas de FRANCISCO PÉREZ PÉREZ, y JUAN SAN MARTIN REINA, Capitán Juez Instructor, y Soldado Secretario fedatario, respectivamente]

DILIGENCIA

[Acto seguido se cumplimentó la anterior Providencia Doy fé.

[Firma rubricada de JUAN SAN MARTIN REINA].

Cfr.: A-TMT5 12897-413-17 Causa 210 de 1936.- Folio 9.

JOSÉ VIZCAINO HERNÁNDEZ DETENIDO PROCESADO Y A PRISIÓN


AUTO

En Las Palmas a once de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

REULTANDO, que existen indicios para suponer que Jose Vizcaino Hernandez encontrandose en la playa de las Canteras en union de otros profirió frases tales como “muera el General Franco” y que los falangistas estaban formados por una manada de desgraciados”

CONSIDERANDO, que los hechos relatados en el anterior resultando pueden calificarse a los solos efectos de instrucción sin perjuicio de ulterior calificación como

M.8,835,712

8

constitutivos de un delito de los comprendidos en el articulo 258 del Código de Justicia Militar del cual aparece de presunto autor el paisano antes aludido.

CONSIDERANDO, que en atención a lo consignado en el anterior es pertinente decretar el procesamiento de aquel de conformidad con lo prevenido en el articulo 421 del Código de Justicia Militar, en relación con el 384 de la Ley de Enjuiciamiento criminal.

CONSIDERANDO, que dada la naturaleza del hecho y la pena que en su dia pudiera corresponderle por consecuencia de la figura criminosa apuntada, se esta en el caso de decretar la prision incondicional del encartado.

SE DECLARA procesado por esta causa a Jose Vizcaino Hernandez, con el se extienda en forma las diligencias sucesivas notifiquese este auto al encartado instruyendole de los beneficios y recursos legales, recibasele declaración indagatoria, evacuando con urgencia las citas utiles, reclamense los antecedentes penales del mismo, hagase un dictamen pericial de edad y librese mandamiento para el Director de la Prision. Se eleva a prision provicional la detención que sufre el procesado antes mencionado.

Asi lo mandó y firma S.S. de lo que doy Fé.

[Siguen las firmas rubricadas de FRANCISCO PÉREZ PÉREZ y JUAN SAN MARTIN REINA, Capitán Juez Instructor, y Soldado Secretario fedatario, respectivamente]

 

Cfr.: A-TMTQ 12897-413-17 Causa 210 de 1936.- Folios 7 vuelto y 8.

NO SABE NADA MÁS SINO QUE AL DIA SIGUIENTE LE DETUVIERON


 

DECLARACION DE JOSE VIZCAINO HERNANDEZ

 

En Las Palmas a once de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

Ante S.S. y de mi el Secretario comparece el del margen advertido de las prevenciones legales y de las penas en que incurre el reo de falsos testimonios. Interrogado por los generales de la Ley dijo llamarse como queda dicho, de 16 años de edad, natural de Las Palmas, domiciliado en la calle Artemisemid’an (Puerto de La Luz) soltero y de profesion empleado en la carga blanca hijo de Agustin y Maria.

PREGUNTADO, convenientemente, DIJO que estando reunido con unos muchachos en la playa de Las Canteras el le dijo a Antonio Garcia  Sosa que le parecia si se apuntaba a Falange a lo que el otro se calló, entonces el dicente le dijo “Oye, y si matan al general Franco” el glorioso” despues cada uno se fue por su sitio y no sabe nada mas sino que al dia siguiente le detuvieron. Y que no dijo ni muera el general Franco, ni los de falanges son una manada de desgraciados.

PREGUNTADO si tenia algo mas que decir, dijo que nó, que lo dicho es la verdad en descargo de la promesa prestada. Y leida que le fue por haber renunciado al derecho que tiene de hacerlo por si, se afirma y ratifica en su contenido y firma, con S.S., de lo que yó, el Secretario, doy fé.

[Siguen las firmas rubricadas de JOSÉ VIZCAINO HERNÁNDEZ, FRANCISCO PÉREZ PÉREZ, y JUAN SAN MARTIN REINA, detenido declarante, Capitán Juez Instructor, y Soldado Secretario fedatario, respectivamente]

 

Cfr.: TMTQ 12897-413-17 Causa 210 de 1936.- Folio 7 vuelto.

 

FUE CON EL ESTUPIÑÁN PARA HACER LA DENUNCIA


M.8,835,711

7

 

DECLARACIÓN DE ANTONIO GARCÍA SOSA

 

En Las Palmas a once de Septiembre de mil noveciento treinta y seis.

Ante S.S. y de mi el Secretario comparece el del margen el que advertido de las de las prevenciones legales y enterado de las penas en que incurre el reo de falsos testimonios prestó promesa de decir verdad é interrogado por los generales de la Ley DIJO llamarse como queda dicho, de 17 años de edad, natural de Las Palmas, soltero, de profesion empleado.

PREGUNTADO convenientemente DIJO que estando en la playa de las Canteras con Juan Estupiñan, Jose Luis Antunez y el encartado, estaban hablando sobre los acontecimientos actuales cuando el Jose Vizcaino Hernando, dijo “muera el general Franco” el ,entonces le dijo que no se lo repitiera si no queria que lo denunciara y entonces el Vizcaino dijo otra vez, “ muera el general Franco y todos los de Falange son una manada de desgraciados”, Y entonces se fue con el Estupiñan para hacer la denuncia y le dijo a Jose Luis Antunez que se quedara para ver lo que hacia el encartado.

 

PREGUNTADO si tiene algo mas que decir DIJO que no, que lo dicho es la verdad en descargo de la promesa prestada. Y leida que le fue la presente declaracion por haber renunciado al derecho que tiene de hacerlo por si, se afirma y ratifica en su contenido y firma, de loque yo el Secretario doy fé.

[Suguen las firmas rubricadas de FRANCISCO PÉREZ PÉREZ, ANTONIO GARCÍA SOSA, y JUAN SAN MARTIN REINA, Capitán Juez Instructor, denunciante y Soldado Secretario fedatario, respectivamente]

 

Cfr.: TMTQ 12897-413-17 Causa 210.- Folio 7.

 

COMO LO VUELVAS A DECIR TE DENUNCIO


 

DECLARACIÓN DE JUAN ESTUPIÑÁN BOSAS.

 

En Las Palmas a once de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

Ante S.S. y de mi el Secretario comparece el del margen, el que advertido y enterado de las penas en que incurre el reo de falsos testimonios e interrogado por la generales de la Ley        DIJO llamarse como queda dicho, de 17 años de edad, soltero, natural de Las Palmas, de profesion jornalero.

PREGUNTADO convenientemente DIJO que estando en la playa de las Canteras esperando que se abriera el Cine con Antonio Garcia Sosa, Jose Luis Antunez y Jose Vizcaino Hernandez, éste dijo “muera el general Franco” a lo que el Garcia Sosa le dijo “como lo vuelvas a decir te denuncio” y el otro volvio a decir “ muera el general Franco” y que los falangistas eran una manada de desgraciados, y que entonces el dicente con el Antonio Garcia Sosa fueron a denunciar el hecho.

PREGUNTADO si tiene algo mas que decir DIJO que nó, que lo dicho es la verdaden descargo de la promesa prestada. Y leida que le fuéla presente declaracion por haber renunciado al derecho que tiene de hacerlo por si, se afirma y ratifica en su contenido y firma con S.S. de lo que yó el Secretario doy fé.

[Suguen las firmas rubricadas de FRANCISCO PÉREZ PÉREZ, JUAN ESTUPIÑÁN BOSAS, y JUAN SAN MARTIN REINA, Capitán Juez Instructor, denunciante y Soldado Secretario fedatario, respectivamente]

 

Cfr.: TMTQ 12897-413-17 Causa 210.- Folio 6 vuelto.

AUDITOR ORDENA FORMAR CAUSA 210 DE 1936 EN LAS PALMAS


 

[Oficio preimpreso de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS Número 2047, encabezado por el escudo nacional republicano]

 

M.8,847,877

1

Adjunto remito a V.S. los documentos que al margen se expresan, para que con el carater de Juez Instructo y auxiliado por el Secretario que designe, proceda a la formación de causa contra los individuos que al respaldo se relacionan por el presunto delito de INJURIAS AL EJERCITO cuyo procedimiento queda registrado en esta Auditoría con el número 210 de 1.936, dato que consignará en la cubierta del mismo y en cuantas comunicaciones me dirija relacionadas con él.

Los detenidos que se encuentran en

de esta Capital, quedan a su disposición.

Sirvase acusar recibo y darme cuenta del inicio.

Las Palmas, a 10 de Septiembre de 1.936.

EL AUDITOR

RD LLanos

[Firma abreviada rubricada de RAFAEL DÍAZ-LLANOS LECUONA]

 

 

[Al pie]

 

Señor Juez Instructor de esta plaza DON Francisco Perez Perez

PLAZA

 

Cfr.: TMTQ 12897-413-17 Causa 210.- Folio 1.