M.8,839,551
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A U T O.-
En Santa Cruz de Tenerife a once de septiembre de mil novecientos treinta y seis.
RESULTANDO, que la presente pieza separada se instruye con motivo de orden del Iltmo. Señor Auditor de Guerra de Canarias por ignorarse el paradero del paisano, marinero de vapor “Ciudad de Mahón” que se hallaba encartado en la causa 94 de este año MANUEL AZCARATE MARINA como promotor de una huelga de brazos caídos a bordo de dicho barco.
RESULTANDO, que se ha interesado de la Policía y Guardia Civil la busca y captura del encartado cuyas pesquisas no han dado resultado según se acredita en autos, habiéndose publicado requisitoria en el Boletín Oficial y unido un ejemplar a los autos, y que transcurrido el pazo señalado, no se ha presentado el requisitoriado.
CONSIDERANDO, que con arreglo a lo dispuesto en el artículo 664 del mismo código dispone que si la causa estuviese en sumario se continuará hasta la terminación de éste, por lo cual y habiendo practicado, a juicio del Instructor las diligencias pertinentes, deben elevarse los autos en consulta a la Superioridad para la resolución que proceda.
S.Sª acordó:
Se declara rebelde al paisano MANUEL AZCARATE MARINA por no haber acudido al llamamiento que se le hizo con fecha 31 de agosto último y elévese en consulta del Iltmo. Sr. Auditor de Guerra para la resolución que estime procedente.
Así lo mandó y firma S.S. doy fe.
[Firmas rubricadas de ANTONIO PÉREZ LINARES RODRÍGUEZ y ANTONIO CARBALLO ARIAS]
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3599-148-55.- Pieza separada de Causa 94 de 1936.- Folio 14.