INDAGATORIA DE CLAUDIO HIDALGO QUINTANILLA


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO CLAUDIO HIDALGO QUINTANILLA

En Santa Isabel a veintisiete de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le advirtió que quedaba relevado del juramento prestado en su primera declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que lo creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente, fué preguntado y dijo llamarse como queda al margen expresado, de treinta y tres años, natural Benavente provincia de Zamora, con domicilio en Valladolid Calle Maria Cruz, de estado soltero, de oficiomarmitón, que apenas sabe leer y escribir, siendo su Padre Julian Hidalgo Lorenzo y su Madre Jesúsa Quintanilla de la Guerga, y que no ha estado procesado nunca por Tribunal alguno.-

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su declaración primera y unica obrante al folio noventa y dos vuelto de la que se le dá lectura integra, dijo: que se afirma y ratifica en todo su contenido, aueriendo hacer constar que la guardia la hizo obligado por el Delegado de su Sección. – – – – – – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que decir dijo: que no. – – – – ,

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración indagatoria, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado, y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretariodoy fé.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, CLAUDIO HIDALGO QUINTANILLA, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 138 vuelto.

INDAGATORIA DE ANTONIO PASCUAL PONS


 

138

 

 

 

A.0.026,752

 

DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO ANTONIO PASCUAL PONS

 

En Santa Isabel a veinte y ocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen a quien se le hizo saber que queda relevado del juramento prestado en su primera y única declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente, fué preguntado y dijo llamarse como queda expresado al margen, ce cuarenta y tres años de edad, natural de Palma de Mallorca, domiciliado en Barcelona, calle de Mozart 25 principal, de estado casado, de oficio camarero, que sabe leer y escribir, siendo su Antonio Pascual Linas y su Madre Bárbara Pons Seguí, difuntos ambos, que no ha estado procesado nunca por Tribunal alguno.- – –

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su primera y única declaración obrante al folio noventa y uno vuelto dela que se dá lectura dijo: que se afirma y ratifica en el contenido de su declaración. – – – – – – – – – –

REGUNTADO en que forma hacían las guardias dijo: que sentandos en el comedor y con dos fusiles y dos revolvers. – – – – – –

PREGUNTADO si tiene algo más que decir: que no. – – – – ,

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración indagatoria, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente, y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado, y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de ANTONIO PASCUAL PONS, JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 138.

INDAGATORIA DE JUAN RUIZ SÁNCHEZ


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO JUAN RUIZ SANCHEZ

En Santa Isabel a veinte y ocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le advirtió que queda relevado del juramento prestado en su primera declaración y que podía ampliar o rectificar su primera dicha declaración en la forma que creyese conveniente exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente fué preguntado y dijo llamarse como queda anotado al margen, de cuarenta y un años, natural de Málaga, domiciliado en la misma Paseo de los Tilos número veinte, de estado casado, de oficio camarero, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Salvador Ruiz Sambrana y su Madre Catalina Sánchez Ruiz, difunto el padre, y que Gregoria , y que no ha estado procesado nunca por Tribunal alguno.- – – – – – –

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su primera y única declaración obrante al folio noventa y uno de la que se le dá lectura integra dijo: que se afirma y ratifica en su contenido, pero que en lo que respecta a la Guardia de los Padres, la hizo pero sin arma y que testigos de ello son los mismos Padres, y que se dedicaba a pescar en la mura mientras hacía la guardia. – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que decir: que no. – – – –

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y leida al procesado se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, JUAN RUIZ SÁNCHEZ, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 137 vuelto.

INDAGATORIA DE MANUEL FERREIRO NIETO


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO MANUEL FERREIRO NIETO

En Santa Isabel a veinte y ocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le hizo saber que queda revelado del juramento prestado en su primer declaración y que podía amplair o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento de nuevo, fué preguntado y dijo llamarse como queda notado al margen, de veinticuatro años, natural de Samieira provincia de Pontevedra, domiciliado en el mismo sitio, de estado soltero, de oficio Camarero, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Manuel Ferreiro Tilbez y su Madre Carmen Nieto Errial, difunta la madre, y que no ha estado procesado nunca por Tribunal alguno.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en el contenido de su declaración obrante al folio noventa de la que se le dá lectura integra dijo: que se afirma y ratifica en su contenido pero quiere hacer constar que la guardia que hizo fue sin armas. – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que decir: que no. – – – –

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado, y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, MANUEL FERREIRO NIETO, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 137.

INDAGATORIA DE MIGUEL VIVÓ PADROL


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO MIGUEL VIVÓ PADROL

En Santa Isabel a veintiocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le hizo saber que queda revelado del juramento prestado en su primera declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento, fué preguntado y dijo llamarse como queda al margen expresado, de treinta y seis años de edad, natural de San Pedro de Riudevilla provincia de Barcelona, domiciliado en Vila decans, de estadocasado, de oficio camarero, que sabe leer y escribir, siendo su Padre José Vivó Pareada y su Madre Carmen Padrol Artigas, difuntos ambos, y que no ha sido procesado por Tribunal alguno.-

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su unica declaración prestada obrante al folio ochenta y ocho que se le dá lectura integra dijo: que delo que no está conforme es en que hiciera guardia a los Padres, sino que le dijeron que fuera a hacer guardia a la Tercera, den el resto de la declaración está conforme. – – – – – – – –

REGUNTADO si era corriente que le mandaran ha hacer esta clase de servicio a bordo, por ser barman dijo: que nunca le habían ordenado que hiciera esto.

PREGUNTADO si no le extrañó este servicio dijo: que en efecto ha hecho guardia a los padres pero sin armas.

PREGUNTADO si tiene algo más que decir: que no. – – – – ,

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración sin perjuicio de ampliarla si lo estimara conveniente, y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido / y en el juramento prestado y ratifica en su contenido/ y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé. Salvado entre

137

líneas dice “y el en el juramento prestado”, vale doy fé.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, MIGUEL VIVÓ PADROL, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folios 136 vuelto a 137.

INDAGATORIA DE ARISTÓTELES MONTOLIO VILLALONGA


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO ARISTOTELES MONTOLIO VILLALONGA

En Santa Isabel a veinte y ocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le hizo saber que queda revelado del juramento prestado en su primera declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente, fué preguntado y dijo llamarse como queda expresado al margen, de veintiocho años de edad, natural de Valencia del Grao, domiciliado en Chapa número diez, de estado casado, de oficio barbero enrolado de camarero en el “Fernando Póo”, que sabe leer y escribir, siendo su Padre José Montolio Edo y su Madre Agueda Villalonga, y que no ha estado procesado por Tribunal alguno.- – – – –

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su primera y única declaración obrante al folio ochenta y cinco vuelto dijo: que se afirma y ratifica en el contenido de ella. – – –

 

136

 

 

 

A.0.026,751*

PREGUNTADO como siendo barbero de oficio venía en el barco “Fernando Póo” de camarero dijo: que sería un mes antes de embarcar en Valencia que fue el día doce de septiembre, vino una Comisión de dependientes a la peluquería que es dueña su madre, le obligaron a cerrar la puerta y se le llevaron todo lo que les hacía falta a los dependientes para montar Barberias Cooperativas, con el beneficio de lucro repartirselo entre ellos, y no teniendo otro trabajo se embarcó interino de Camarero en el Legazpi unos nueve días y le avisaron que pasara al “Fernando Póo” que era la plaza en propiedad. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que declarar dijo: que hizo la guardia obligada por el Comité, y que la tripulación no sabía que habían llevado a los Padres a bordo. – –

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de ARISTÓTELES MONTOLIO VILLALONGA, JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 135 vuelto a 136.

 

INDAGATORIA DE MANUEL DÍAZ DÍAZ


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO MANUEL DIAZ DIAZ

En Santa Isabel a veinte y ocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le hizo saber que queda revelado del juramento prestado en su primera y única declaración y que podía amplair o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente, fué preguntado y dijo llamarse como queda expresado al margen, de veinticuatro años de edad, de Comillas provincia de Santander, domiciliado en Barcelona Provenza 66, 4º 2º, de estado soltero, de oficio enfermero, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Manuel Diaz Oreña y su Madre Gregoria Diaz Diaz, y que no ha estado procesado por tribunal alguno.-

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su primera y única declaración prestada obrante al folio setenta y ocho de la que se le dá lectura integra dijo: que se afirma y ratifica en su contenido. – – – – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que decir: que no. – – – – ,

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado, y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de MANUEL DÍAZ DÍAZ, JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 135.

INDAGATORIA DE FRANCISCO CANO BRAVO


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO FRANCISCO CANO BRAVO

En Santa Isabel a veintiocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen, a quien se le hizo saber que queda revelado del juramento prestado en su primera y única declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente fué preguntado y dijo llamarse como queda al margen expresado, de treinta y siete años de edad, natural de Cádiz, domiciliado en Barcelona, de estado casado, de oficio camarero, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Francisco Cano Quintero y su madre Dolores Bravo Guzman ambos difuntos, y que no ha estado procesado por Tribunal alguno.-

135

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su primera y única declaración prestada obrante al folio setenta y siete vuelto de la que se le dá lectura integra dijo: que se afirma y ratifica en su contenido. – – – – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que declara dijo: que no. – – – ,

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración indagatoria, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente, y leida por el procesado, se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado, y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, FRANCISCO CANO BRAVO, y LEÓN HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folios 134 vuelto a 135.

INDAGATORIA DE ADOLFO CELIS MONES


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO ADOLFO CELIS MONES.

En Santa Isabel a veinte y ocho de enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen a quien se le hizo saber que queda revelado del juramento prestado en sus dos declaraciones prestadas y que podía ampliar o rectificar dichas declaraciones en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente, fué preguntado y dijo llamarse como al margen queda anotado, de veintiocho años de edad, natural Colmillas del Tajo, provincia de Santander, domiciliado en el mismo sitio, de estado soltero, de oficio engrasador, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Manuel Celis Laillo y Josefa Mones Toral, y que nunca ha sido procesado por Tribunal alguno.- – –

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en sus dos declaraciones prestadas a los folios setenta y uno vuelto la primera y ochenta y seis la segunda, dijo: que se afirma y ratifica en el contenido de las mismas. – – – – – – – – – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que decir dijo: no. – — – – – – —

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración indagatoria del procesado, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara pertinente, y leida por el procesado se afirma y ratifica en su contenido y en el juramento prestado y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

[Firmas rubricadas de ADOLFO CELIS MONES, JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, y LEON HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folio 134.

 

INDAGATORIA DE MARIANO JUAN MÁS


DECLARACION INDAGATORIA DEL PROCESADO MARIANO JUAN MAS .

 

En Santa Isabel a veinte y ocho de Enero de mil novecientos treinta y siete.

Ante el Señor Juez y a mi presencia compareció el procesado anotado al margen a quien se le advirtió que quedaba revelado del juramento prestado en su primera declaración y que podía ampliar o rectificar dicha declaración en la forma que creyese conveniente, exhortandole a decir verdad, y después de prestar juramento nuevamente, fué preguntado y dijo llamarse como queda anotado al margen, de veinte y nueve años de edad, natural de Palma de Mallorca, domiciliado en Barcelona, de estado soltero, de oficio cocinero, que sabe leer y escribir, siendo su Padre Antonio Juan Fiol y su madre Concha Más Juan, y que no ha estado procesado por Tribunal alguno.- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

PREGUNTADO si se afirma y ratifica en su declaración obrante al

 

134

 

 

 

A.0.026,753*

 

folio noventa vuelto de la que se dá lectura integra, dijo: que se afirma y ratifica en su primera y única declaración en todo su contenido – – – – – – – – – – – – – – –

REGUNTADO si tiene algo más que decir dijo: no.

En este estado S. Sª dió por terminada la presente declaración indagatoria del procesado, sin perjuicio de ampliarla si lo estimara por conveniente y leida por el declarante se afirma y ratifica en su contenido /y en el juramento prestado /y la firma con el Señor Juez de lo que yo el Secretario doy fé.

Entre líneas Salvado, ”y en el juramento prestado”, vale doy fé.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GONZÁLEZ GARCÍA, MARIANO JUAN MÁS, y LEON HERNÁNDEZ BENÍTEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 9342-297-21.- Causa 24 de 1937.- Folios 133 a 134.