F.E.T. Y DE LAS J.O.N.S. INFORMA SOBRE MANUEL NEGRÍN ARMAS


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 INFORME QUE EMITE LA DELEGACION DE INFORMACION E INVESTIGACION DE FALANGE ESPAÑOLA TRADICIONALISTA Y DE LAS J.O.N.S. DE SANTA CRUZ DE LA PALMA, SOBRE MANUEL NEGRIN ARMAS./

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MANUEL NEGRIN ALVAREZ (ARMAS).- Natural y vecino de ésta ciudad con domicilio en la calle de Tinibucar, de estado casado, profesión panadero, hijo de Incognito y Maria, nació el dia 15 de Octubre de 1.888./

Este individuo pertenece politicamente a la célula núm. 1 del Partido Comunista de esta ciudad y tenia a su cargo la misión de agitación y propaganda.- Durante la Semana Roja en esta ciudad formó parte del Comité de huelga revolucionaria que se declaró a las 16 horas del18 de julio de 1.936, reuniéndose con los demas componentes del Comité5 en el salón principal del Edificio que ocupa el Cabildo y Delegación del Gobierno de ésta localidad cooperando al sostenimiento de aquélla situación hasta el dia 24 del mismo mes de Julio a las doce de la mañana que se ordenó la reintegración al trabajo de todos los huelguistas./

Ha sido elemento activo dentro del partido en que militaba así como del Gremio de Panaderos al cual pertenecia como directivo.

Después de liberación de la Isla fué objeto de detención por varias veces siendo puesto nuevamente en libertad sin que se haya manifestado sus actividades y observado una actuación pasiva.

Su conducta en general es buena. /

Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista.

Santa Cruz de la Palma, 6 de Septiembre de 1.938 (Tercer Año Triunfal).

El Jefe del Servicio,

Por Delegación

El Secretario

[Firma rubricada, precedida por el sello circular en tinta de la Delegación Comarcal de Santa Cruz de la Palma de F.E.T.Y DE LAS J..O.N.S.

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- Folio197.

 

DECLARACIÓN DE MANUEL NEGRIN ARMAS EN CAUSA 212 ACUMULADA A 207 DE 1937


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DECLARACIÓN DE MANUEL NEGRIN ARMAS.-

En Santa Cruz de la Palma a veinte y cuatro de Marzo de mil novecientos treinta y ocho.-

Ante el Sr. Juez y con mi asistencia comparece el individuo anotado al marge, que se llama como queda dicho y cuyas circunstancias personales ya constan al folio 3I Vto. de estas actuaciones a quien S.Sª, hizo ver la obligación que tiene de decir la verdad en sus manifestaciones y exhorto a decirla.

PREGUNTADO.- Si se afirma y ratifica en sus declaraciones que obran 2, 5 y 31 Vto, dijo.- Que si se afirma y ratifica en sus declaraciones.

PREGUNTADO.- Si como se desprende de sus declaraciones es cierto que existía en la semana Roja un Comité Federal integrado pos Delegados de los Sindicatos en la Federacion, y que dicho Comité en contacto con el del Bloque declaro la Huelga en dicha semana prorrogándola por días dijo.- Que es cierto que un dia reunidos en la Federacion algunos Delegados que no recuerda entre ellos sino a Florisel Mendoza delegado del Sindicato de Oficios Varios, disputaban sobre la conveniencia de declarar la Huelga.

Que efectivamenteLa Huelga se declaro pues habían trabajadores en Huelga, pero que quiere hacer constar que su gremio no declaro la Huelga, y que esto lo puede aseverar con los testigos que ya propuso Abrhan Cabrera y Francisco Felipe, panaderos, y tambien con el publico en general puesto que en dicha semana hubo pan todos los días.-

Que no recuerda quienes eran los Delegados del Sindicato o de los Sindicatos en la Federacion,, pues por casa sindicato eran tres personas, y que en cuanto a denominaciones de organismos etc por falta de cultura no esta enterado.-

PREGUNTADO.- Sobre su significación política dijo.- Que pertenecio al Partido Comunista a la Celula I A, pero no fue secretario de dicha Celula. A no ser que ser secretario de la celula y Agitacion sea la denominación que una vez se enteró le dieran dentro de la Celula y que es “ jipres “.

PREGUNTADO.- Por las veces que estuvo en la Delegacion en la semana roja, dijo.- Que no estuvo nunca en la Delegacion y que su actividad en la Semana Roja fue su trabajo e ir a la Federación la vez que lo cito Florisel Mendoza para declaración de huelga a lo que se opuso, y por la mañana a la repartición del trabajo como se hacia siempre.

PREGUNTADO.- Si tiene algo mas que decir dijo. Que no.

Leida se afirma, ratifica y firma con S.Sª. DOY FE

[Firmas rubricadas de MANUEL NEGRIN ARMAS, JOSÉ GUTIERREZ DIAZ e IGNACIO FELICIANO PÉREZ, procesado declarante, secretario fedatario y Alférez juez instructor, respectivamente]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- Folio148.

AGUSTÍN DURÁN DELGADO, ALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ALTO TRIBUNAL DE JUSTICIA MILITAR, AMADO MARTÍN BIÉNZOBAS, ARCADIO FERRAZ BRITO, ARMANDO CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ, CONRADO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, DIONISIO CANALES MAESO, ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ, EMILIO BARRERA LUYANDO, ERNESTO PÉREZ MARTÍN, ESTANISLAO DUQUE PÉREZ, EZEQUIEL HERNÁNDEZ GARCÍA, EZEQUIEL P. CUEVAS CABRERA, FLOREAL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, FLORISEL MENDOZA SANTOS, FRANCISCO BRITO GARCÍA, FRANCISCO LORENZO PÉREZ, FRANCISCO PÉREZ TRIANA, FRANCISCO RUIZ DEL PORTAL MARTÍNEZ, GABRIEL ARROCHA MARTÍN, GREGORIO GÓMEZ HERNÁNDEZ, GUZMÁN GÓMEZ HERNÁNDEZ, IMELDO GUERRA HERNÁNDEZ, ISMAEL HERNÁNDEZ DÍAZ, JOSÉ CASTILLO GARCÍA, JOSÉ CASTRO PAZ, JOSÉ ECHANOVE, JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, JOSÉ MAXIMINO SIMÓN HERNÁNDEZ, JOSÉ MIGUEL PÉREZ PÉREZ, JUAN MANUEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO, JUSTO PÉREZ GARCÍA, LORENZO DE PAZ MARTELL, LUIS DE CUENCA Y FERNÁNDEZ DEL TORO, MANUEL ACOSTA FELIPE, MANUEL BRITO GARCÍA (A) MORITA, MANUEL ISIDRO GONZÁLEZ, MANUEL NEGRÍN ARMAS, MANUEL PEDRIANES HERNÁNDEZ, MANUEL PEREZ RIVERO, MANUEL RODRÍGUEZ ACOSTA, MANUEL SANJUÁN CONCEPCIÓN, MARIANO GARCÍA CAMBRA, MARCIANO CABALLERO GÓMEZ, MARIO BAUDET OLIVER, MIGUEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, MIGUEL PÉREZ-ZAMORA, MIGUEL RAMOS FLEITAS, NELSON PESTANA GÓMEZ, PEDRO CUEVAS PINTO, PEDRO DOBLADO SÁIZ, PEDRO EXPÓSITO GARCÍA, PEDRO GILI TOUS, RAMÓN SAN JUAN CASTRO, SEBASTIÁN ÁLVAREZ ORTEGA, SERGIO SANFIEL CASTILLO, SERVANDO ACCAME AMAYA, TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, VICENTE MÉNDEZ HERNÁNDEZ, VICENTE VALDERRAMA ARIAS,

 

CAUSAS 207 Y 212 ACUMULADAS DE 1937


9 6 0 6

PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                                 A Ñ O 1.937

5906 – 193 – 21

COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS

 JUZGADO PERMANENTE

CAUSA SUMARISIMA nº 212

INSTRUIDA CONTRA EL PAISANO NELSON PESTANA GOMEZ y OTROS POR EL DELITO DE ADHESION A LA REBELIÓN.

Ocurrió el hecho, el dia          de                  de 193

 

Dieron principio las actuaciones el 25 de Mayo de 1.937.

 

En prisión preventiva el dia          de                  de 193

 

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JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infanteria,

El Brigada de Infanteria,

DON JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO.

DON MANUEL PEREZ RIVERO

Otro

El Teniente de Infanteria

El Sargento de Infantería

Don Miguel -Zamora

Don Julio

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- – Cubierta.

GUARDIA DE ASALTO FRANCISCO COSME GUERRERO


Natural de Jimena de la Frontera, provincia de Cádiz, nacido el 16 de febrero de 1910, hijo de Hermenegildo y Petra, de 26 años, casado con Catalina, dejando una hija llamada Josefa.

Estatura 1 metro 745 mm.

Francisco Cosme Guerrero había tomado posesión de Guardia de Asalto, el 17 de mayo de 1932, en Madrid, donde permanece hasta el 18 de junio de 1932, en que es trasladado a Málaga.

En esta ciudad andaluza estuvo hasta el 29 de mayo de 1934, viniendo luego a Canarias, siendo adscrito a la plantilla de Santa Cruz de La Palma, en 18 de junio de 1934.

En su hoja de servicios figura una felicitación por los servicios prestados durante el día primero de agosto, fecha conmemorativa celebrada por los elementos extremistas.

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Tras la llegada. el 25 de julio de 1936, del Cañonero Canalejas, que desembarcó las tropas traídas de Gran Canaria, y acabó con la Semana Roja de la Isla de La Palma, el Guardia de Asalto Francisco Cosme Guerrero, huyó como tantos otros al monte, estando «alzado» hasta el 14 de octubre de 1936, fecha en la cual es capturado, en el barranco de Las Tricias, junto con los asimismo Guardias de Asalto José Herrero Lizana y Ramón Portolés Duaso, el Guardia Municipal Valentín García García (a) Peregil, y los paisanos Claudio Pérez Martín, Joaquín Herrera Herrera y Arcadio Ferraz Brito.

Encartado en el procedimiento sumarísimo nº 396 de 1936, seguido contra los guardias de asalto Francisco Cosme Guerrero, José Herrero Lizana, Ramón Portolés Duaso, y Guardia Municipal Valentín García García, como comprendidos en el artículo 5º y 6º del Bando de la Junta de Defensa Nacional de 28 de julio de 1936, en la cual fue Juez el Capitán de Infantería JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO.

Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García fueron fusilados el día 1º de diciembre de 1936.

La defunción de Francisco Cosme Guerrero, fue inscrita a las nueve de la mañana del mismo día 1º de diciembre de 1936, ante el Juez Municipal Don José Ruiz de Arteaga y de Guezala, y Secretario Don Carlos de la Concha y Palacio.

Tal inscripción se hizo en el folio noventa del tomo noventa y nueve de la sección tercera del Registro Civil de Santa Cruz de Tenerife.

En ella se lee:

»

Francisco Cosme Guerrero falleció en la Batería del Barranco de Hierro, a las seis de la mañana del día 1 de diciembre de 1936, a consecuencia de hemorragia interna, según resulta del reconocimiento prático, y su cadáver habrá de recibir sepultura en el Cementerio de esta Capital.- Esta inscripción se practica en virtud de comunicación del Capitán Juez de la Comandancia Militar de Canarias, habiéndola presenciado como testigos D. Venancio Afonso Fajardo y D. Ángel Méndez Fuentes, mayores de edad y vecinos de esta Capital.

»

Esta certificación de defunción ha sido hallada como folio 61, en el expediente marcado como 3737-153-3, en cuya portada o cubierta se lee:

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                         Año de 1936

3737-153-3

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

Causa nº 188

contra los guardias de Asalto fugados en la isla de La Palma Ramón Portales Duaso, Francisco Cosmes Guerrero y José Herrero Lizana.

Dieron principio estas actuaciones el 22 de Agosto de 1936.

JUEZ INSTRUCTOR

El Comandante de Infantería don Francisco Sánchez Pinto

Otro D. Elizaldo Edel Rodríguez

SECRETARIO

El Brigada de Infantería don Eugenio Rodríguez Alonso.

Otro D. Antonio Carballo Arias.

En esta Causa 188/1936, sobre el folio 48 (M.8.900.754), el Auditor Rafael Díaz-Llanos Lecuona, ordena:

Santa Cruz de Tenerife a veinte y tres de Noviembre de mil novecientos treinta y seis.

Pase la presente causa Nº 188 de 1.936, al Sr. Fiscal Jurídico Militar de Canarias, a los fines de informe                        en unión de la causa Nº 396.

EL AUDITOR PA 

Rafael Díaz Llanos

[Rubricado]

A la izquierda de la firma hay un sello en tinta con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR CANARIAS, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.

A renglón seguido, el Teniente Auditor de tercera clase del Cuerpo Jurídico Militar Ángel Dolla Manera, actuando como Fiscal, en fecha 28 de noviembre de 1936, dice:

»

Que ha examinado las causas numero 188 y 396 del corriente año, instruidas ambas contra los Guardias de Asalto Ramón Portolés Duaso, Francisco Cosme Guerrero y José Herrero Lizano y además la última también contra Valentín García García, Claudio Pérez Martín, Joaquín Herrera Herrera y Arcadio Ferraz Brito. De la simple lectura de los procedimientos se deduce que los hechos que motivaron su inicio, fueron los mismos por lo que respecta a los Guardias de Asalto, procesados comunes: Los realizados por estos en Santa Cruz de La Palma desde el dieciocho de Julio hasta la fecha en que fueron aprehendidos en el monte de la Tricias.

Mas como quiera que en la causa número 396 ha recaído sentencia pronunciada por el correspondiente Consejo de Guerra, en la que se juzga la conducta de los repetidos Agentes del Cuerpo de Asalto condenándoles a las penas procedentes, de está en el caso, conforme al número segundo del artículo 536 del Código de Justicia Militar, de acordar el sobreseimiento definitivo del sumarísimo número 188.

Santa Cruz de Tenerife a 25 de Noviembre de 1.936

EL FISCAL

Angel Dolla

[Rubricado]

A la izquierda de la firma hay un sello en tinta con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR CANARIAS, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.

Visto este informe del Fiscal Ángel Dolla Manera, el Auditor Rafael Díaz Llanos Lecuona, al día siguiente 26 de Noviembre de 1936, acuerda sobreseer esta Causa 188, elevando las actuaciones al Excmo. Señor Comandante General de Canarias a los fines del Decreto de 13 de Septiembre de 1.936 (D.O, nº 212).

Como en esa fecha el Comandante General de Canarias era el general de brigada, sacado de la reserva en Zaragoza, Ángel Dolla Lahoz, éste el 2 de diciembre de 1936, decide:

En atención al parentesco que me liga con el Fiscal, me inhibo del conocimiento de esta causa nº 188 de 1936, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 361 del Código de Justicia Militar, en relación con el número primero del artículo 150 del propio Cuerpo Legal, y pase al Señor Coronel, Gobernador Militar de esta Plaza, para su despacho.

Dolla

[Rubricado]

A la izquierda de la firma hay un sello en tinta en cuyo centro se ve el escudo monárquico, rodeado por la leyenda COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS – E.M.

Inmediatamente, el Coronel José Cáceres Sánchez, cumplimenta la orden del general Ángel Dolla Lahoz, firmando esta otra resolución:

De conformidad con el anterior acuerdo, y vuelva esta causa al Señor Auditor de Guerra, a los fines pertinentes.

El Coronel

Cáceres

[Rubricado]

La Causa 396 de 1936, a la cual fue asignado el expediente cuya signatura o clave es 6254-203-13, no ha podido ser hallado, hasta el momento actual.

GUARDIAS RAMÓN PORTALÉS Y JUAN HERRERO

Sobre estos dos Guardias de Asalto, en la sobreseída Causa 188 de 1936, constan estos datos:

1.-

Guardia Don Ramón Portalés Duaso

Hijo de Ramón y de María

Natural de Fraga, provincia de Huesca.

Nació el 21 de septiembre de 1907.

Estado soltero.

Estatura 1 metro 700 mm.

Habiendo sido soldado del reemplazo de 1928, procedente de concurso celebrado, se le concede el ingreso en el Cuerpo de Seguridad, como Guardia de Asalto, por orden de 14 de junio de 1932.

Guardia primero de Vanguardia en la plantilla de Barcelona, hasta el 26 de agosto de 1932, en que pasa a Asalto en Vizcaya.

El 3 de septiembre de 1932 causa alta en Bilbao, donde permanece hasta El 16 de enero de 1933 retorna a Barcelona.

El 31 de marzo de 1934 es trasladado forzoso a Huelva, donde es dado de alta el 10 de abril de 1934.

Desde Huelva viene a Canarias, a petición propia, formando parte de la plantilla de Santa Cruz de La Palma, desde el 15 de junio de 1934.

También en su hoja de servicios figura una felicitación por los servicios prestados durante el día primero de agosto de 1934, fecha conmemorativa celebrada por los elementos extremistas.

2.-

Guardia Don Juan Herrero Lizano

Hijo de Vicente y de Clotilde.

Natural de Loja, provincia de Granada.

Nació el 10 de agosto de 1906.

Estado soltero.

Estatura 1 metro 715 mm.

Procedente de segunda situación de servicio activo en el Arma de Artillería, ingresa como Guardia de Asalto, tomando posesión el 23 de abril de 1932.

En la plantilla de Madrid hasta mayo de 1932.

En la de Valencia desde 12 de mayo de 1932 a 6 de enero de 1933.

En la Compañía de Asalto de Granada hasta el 11 de febrero de 1933, en que pasa a Servicios Locales en la misma Capital.

El 13 de febrero de 1933 es alta en Sevilla donde permanece hasta el 27 de mayo de 1934.

Trasladado a Canarias, el 8 de junio de 1934 causa alta en la plantilla de Santa Cruz de La Palma.

REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

Ricardo García Luis, en su libro LA JUSTICIA DE LOS REBELDES, publicado en 1994, – que a pesar del tiempo transcurrido desde su publicación, sigue siendo libro de referencia obligada -, no pudo hacer constar el número de la Causa 396/1936, y solamente pudo escribir una brevísima nota sobre los dos fusilados, Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García, complementada con este testimonio:

»

Domingo Ortiz Darias nos habla de uno de los fusilados:

«Las condenas a muerte causaban gran pena y sentimiento. También fusilaron al Guardia de Asalto COSME porque, cuando lo fueron a detener en la Caldera – La Palma -, tiró una granada a sus enemigos.

Otro Guardia de Asalto quería testificar a su favor, y le dijeron: » Con eso sólo consigue que lo maten también a usted.»

Y había otro Guardia de Asalto catalán: Eran tres, Pero solo fusilaron a Cosme. Al salir para fusilarlo dijo en voz alta; «Vamos camino del último amanecer».»

»

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Ciertamente en esta sobreseída Causa 188 de 1936 [3737-153-3], aparecen declarando Arturo Carbonero Pozo (madrileño) y Francisco Díaz Corpas (malagueño), ambos guardias de asalto del destacamento de Santa Cruz de La Palma, así como el Cabo del mismo, Cándido Onzain Molinero (navarro). Mas, de sus declaraciones no se deduce ningún favor a los tres encartados.

Habrá que esperar a la localización de la Causa 396/1936 [6254-203-13], en la cual fueron procesados, para poder conocer algo más.

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ESTATURA

Los tres Guardias de Asalto encartados en las Causas 188 y 396 de 1936, Ramón Portolés Duaso, Francisco Cosme Guerrero y José Herrero Lizano, medían más de un metro setenta cm.

Lo cual era una estatura bastante por encima de la media española.

Dicho de otro modo, los Guardias de Asalto eran Guardias Altos.

Sin ánimo de establecer comparación alguna, esta alta estatura de los Guardias de Asalto, contrasta con la de algunos conspicuos mandos militares, tales como Augusto Machado Méndez Fernández de Lugo (1.635 m), Alfonso Moreno Ureña (1.625 m), y Salvador Acha Caamaño (1.600 m).

REFERENCIA HEMEROGRÁFICA

En la página dos del número 8172, correspondiente al miércoles 2 de diciembre de 1936, del periódico tinerfeño GACETA DE TENERIFE, la noticia de la ejecución de Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García, fue publicada, en una breve columna, de este modo:

EJECUCIÓN DE UNA SENTENCIA

Se cumple el veredicto por el que se condena a la última pena

a los guardias que intervinieron en los sucesos de La Palma

Ayer, martes, a las seis y media de la mañana, fueron ejecutados en el Barranco del Hierro, por un pelotón de Ingenieros al mando de un teniente, los guardias de asalto y municipal, respectivamente, Francisco Cosme Guerrero y Valentín García García, condenados por un reciente Consejo de Guerra verificado en esta capital con motivo del alzamiento rebelde que se produjo en Santa Cruz de la Palma.

Los sentenciados en unión de los también guardias de Asalto José Herrero Lozana y Ramón Portolés Duaso y de varios anarquistas y comunistas armados, actuaron desde el 18 de julio hasta el 25 del mismo mes, en franca rebeldía, oponiendo resistencia a la llegada del cañonero «Canalejas», y utilizando bombas fabricadas por Francisco Cosme Guerrero, que arrojaron a la fuerza del buque de guerra, tratando de impedir su desembarco.

Los dos condenados fueron acompañados hasta el momento de su ejecución, por su letrado defensor señor Muñoz.

Francisco Cosme Guerrero, cuando se dirigía al lugar donde debía de cumplirse la sentencia, le dijo a Valentín García:

¡Este es nuestro último amanecer!

Momentos después se llevó a efecto la sentencia.