JUAN GÁLVEZ MONREAL SUSPENDIDO DE EMPLEO Y SUELDO


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Oficio con este membrete

REPUBLICA ESPAÑOLA

CORREOS

ADMINISTRACION PRINCIPAL

DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Con esta fecha se ha recibido en esta Pral. su oficio de fecha 7 del actual y Certificación del resultado del procedimiento previo nº 77 contra el Admor. de Correos de Realejo Alto, D. Juan Galvez Monreal, quedando enterado de la suspension de empleo y sueldo decretada contra dicho funcionario.

El Sr. Galvez, percibe sus haberes por mediación del Habilitado del Personal Tecnico de esta Admon Pral., al que se ha dado conocimiento de la resolucion dictada, a los efectos consiguientes.

Tenerife 10 agosto 1936

El Admor. Pral.,

[Firma rubricada]

 

[Al pie]

Sr-Juez Instructor Militar de la OROTAVA.

 

Cfr.: A-TMTQ 3519-147-10.- Diligencias Previas 77 de 1936.- Folio 13.

 

DECLARACIÓN DE ANTONIO GARCÍA HERNÁNDEZ


D.2,630,541

4

Declaración del paisano ANTONIO GARCIA HERNANDEZ . – – – – – .

 

En Orotava (Tenerife ) a veinte de Julio de mil novecientos treinta y seis.

Ante S. S. y de mi el secretario compareció el individuo que al margen se expresa, quien enterado de que iba a prestar declaración, de la obligación que tiene de decir verdad y de las penas señaladas por la ley al reo de falso testimonio, ofreció ser veraz en sus manifestaciones, y siendo preguntado a tenor de las generales, dijo, que se llama como queda dicho, mayor de edad, casado, natural de Realejo Alto y vecino del mismo ( Tenerife), oficio carpintero, que nunca ha estado procesado y que no le comprenden las demás

  • – PREGUNTADO CONVENIENTEMENTE –

DECLARA ,  que en las primeras horas de la noche del dia diez y ocho de de los corrientes, por frecuentar el domicilio de Don Juan Galvez con quien tiene alguna amistad, se personó en su domicilio para oir la Radio, en encontrando allí al dueño de Ia casa con seis amigos; que estuvieron oyendo la radio, cosa que habia hecho en otras ocasiones; que no se enteró (por) del Bando de la declaración del Estado de Guerra por haber estado ausente del pueblo. Que llegó un Sargento de Infanteria con varios soldados sobre las once horas procediendo a su detención y llevándoselos  al destacamento y al dia siguiente al Arresto municipal de esta población, donde se encuentra.

Que no tiene más que añadir, y leida que le fue por mi el secretario esta su declaración por haber renunciado a hacerlo por sí, se afirmó y ratificó en su contenido y firma con S. S. de que doy fe – Entre paréntesis – por – no vale.

[Firmas rubricadas de EDUARDO PINTADO MARTIN, ANTONIO GARCÍA HERNÁNDEZ, y CALIXTO GARCIA HERNANDEZ, Teniente Juez Instructor, declarante y Brigada Secretario fedatario, respectivamente].

 

Cfr.: A-TMTQ 3519-147-10.- Diligencias Previas 77 de 1936.- Folio 4.

 

JUAN GÁLVEZ MONREAL DECLARA


Declaración del Administrador de Correos D. JUAN GALVEZ MONREAL

En Orotava (Tenerife), a veinte de Julio de mil novecientos treinta y seis.

Ante S.S. y de mi el secretario, compareció la persona al margen expresada, quien enterada que iba a prestar declaración, de la obligaciónes que tiene de decir, de las penas señaladas por la ley al reo de falso testimonio, ofreció ser veraz en todo cuanto supiere y fuere preguntado, y siéndolo a tenor de las generales de la Ley, dijo, que se llama como queda dicho, mayor de edad, casado, profesión Oficial de correos, con destino en la Administración de Realejo Alto, natural de Tobarra  (  Albacete ), y que no le comprenden las demás.

  • PreGUNTADO CONVENIENTEMENTE . D E C L A R A :

Que el dia diez y ocho de los corrientes por la noche se encontraba en su domicilio acompañado de algunos vecinos entrtre ellos Francisco Morrales Molina, todos ellos vecinos de dicho pueblo, oyendo la radio que posee; que por la tarde se había enterado que unos militares habían estado en dicho pueblo para hacer entrega en el ayuntamiento de unos documentos que ignora el contenido de los mismos, pues oyó varias versiones referentes al contenido de los mismos; que se presentó un Sargento con varios soldados y los detuvieron y condujeron al Cuartel del destacamento de Orotava donde pasaron la noche y al dia siguiente se lo trasladaron a este arresto municipal en que se hallan.

Que no opuso resistencia alguna a la detención

Que nada más tiene que añadir, que lo dicho es la verdad, que se afirma y ratifica una vez que ha leído por su esta declaración y firma con S.S. y secretario que doy fe.

Antes de firmar desea que se haga constar que en la reunión no había más personas que el declarante y los siete amigos que con él fueron detenidos.

[Siguen las firmas rubricadas de EDUARDO PINTADO MARTÍN, JUAN GÁLVEZ  MNREAL y CALIXTO GARCÍA HERNÁNDEZ, Teniente Juez Instructor, declarante y Brigada Secretario fedatario, respectivamente

 

Cfr.: A-TMTQ 3519-147-10.- Diligencias Previas 77 de 1936.- Folio 3.

DECLARA FRANCISCO MORALES MOLINA


D.2,630,536

3

Declaración del paisano FRANCISCO MORALES MOLINA

En La Orotava (Tenerife), a veinte de Julio de mil novecientos treinta y seis.

Ante S.S. y de mi el secretario, compareció previa citación al efecto el que al margen se expresa, quien enterado de que iba a prestar declaración, de la obligación que tiene de decir verdad y de las penas señaladas por la ley al reo de falso testimonio, ofreció ser veraz en sus manifestaciones, quedando enterado de las ) y preguntado a tenor de las generales de la Ley. dijo, que se llama como queda dicho, mayor de edad, casado, natural de Realejo Alto ( Tenerife  ), profesión propietario, que nunca estuvo procesado y que no le comprenden las demás

PREGUNTADO CONVENIENTEMENTE

Dijo que el dia·diez y ocho de los corrientes por la noche cuando se encontraba reunido con otros vecinos de Realejo en la casa vivienda del administrador de correos de dicha localidad, se presentó un Sargento de Infanteria con varios soldados y le detuvieron en unión de todos los allí reunidos y le trasaladaron al Cuartel del destacamento de Orotava donde permanecieron hasta el día siguiente que fueron traladadas á(la) al arresto municipal en que se hallan.

Que el objeto de la reunión era la de oir la radio que posee el citado administrador de correos Don Juan Galvez ; que estaba enterado de que se habia publicado un bando declarando el estado de guerra, si bien no se había enterado del contenido del mismo como igualmente ignora que haya sido destituido de la alcaldía que preside en dicho pueblo desde el mes de Marzo último:

Que no tiene más que añadir, si bien desea hacer constar estar dispuesto a entregar las llaves de la Sala de Sesiones y del ( Depósito ) Pósito Municipal de dicho pueblo.

En este estado S. S. dispuesto suspender el acto, y leida que le fue por mi el secretario esta su declaración por haber renunciado a su derecho de hacerlo por sí, se afirmó y ratificó en ella y firma con S. S., de que doy fe .- Entre paréntesis – quedando enterado de las, a la , y Depósito – No vale.

[Siguen las firmas rubricadas de EDUARDO PINTADO MARTÍN, FRANCISCO MORALES MOLINA y CALIXTO GARCÍA HERNÁNDEZ, Teniente Juez Instructor, declarante y Brigada Secretario fedatario, respectivamente

 

Cfr.: A-TMTQ 3519-147-10.- Diligencias Previas 77 de 1936.- Folio 3.

DETENCIÓN DE OCHO VECINOS DE REALEJO ALTO


D.2.630.533

Regtrº nº  3519

 

 

=  P l A Z A   de   La OrOTAVA    =                      A ñ o  1.936.  =

 

Legajo  147  –  10,

= AUDITORIA de GUERRA  de  las ISLAS CANARIAS  =

 Juzgado del Regimiento Infanteria Tenerife Nº 38 – Destº OROTAVA  –

,

= DILIGENCIAS PREVIAS Nº   77   =

con motivo de la detención de los vecinos de Realejo, Alto , D. Francisco Morales Molina, D. Juan Galvez Monreal, D. Esteban Barreda Carballo, D. Antonio Garcia Hernández, D. Arturo Diaz Pérez, D.Eliseo Marrero Rodriguez, Don Miguel Hernández Garcia y Don Felix Diaz Gutierrez por infracción del Artº 3º del Bando de proclamación del Estado de Guerra. ‘

 

Ocurrió el hecho el dia 18 de julio de 1936.

Dió principio las actuaciones el dia 19 de Julio 1936.

,

Juez Instructor

Secretario

Cap. del Tegtº Infº Tenerife nº 38

Brigada del mismo Cuerpo D.

  1. EDUARDO PINTADO MARTIN

CALIXTO GARCIA HERNANDEZ

 

Cfr.: ATMTQ 3519-147-10 Diligencias Previas 77 de 1936.- Cubierta.

 

 

OCHO PRESOS GUBERNATIVOS DEL REALEJO ALTO


M.8,731,004

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AUTO.-

En Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de Julio de mil novecientos treinta y seis.

RESULTANDO, que instruido este procedimiento prévio nº 77 de 1.936 por reunión no autorizada en Realejo Alto en el domicilio del Administrador de correos Don Juan Galvez Monreal, hecho que tuvo lugar con posterioridad a la declaración del Estado de Guerra y en la que tomaban parte Don Francisco Morales Molina, don Esteban Barreda Carballo, Don Antonio Garcia Hernandez. Don Arturo Diaz Perez, Don Eliseo Marrero Rodriguez, Don Miguel Hernandez Garcia y don Félix Diaz Gutierrez, detenidos todos en la Prisión Provincial de esta Capital.

CONSIDERANDO, que la infracción cometida, como comprendida en el articulo 3º del Bando declaratorio del Estado de guerra, es acto que afecta al Orden Público y puede ser sancionada con arreglo a lo establecido en el articulo 47 de la Ley de Orden Publico de 28 de Julio de 1.933 (C.L. nº 376), con multa en la cuantia que dicho articulo autoriza con mas por lo que respecta al Funcionario Publico que consintió y tomó parte en la reunión, Oficial de correos Don Juan Galvan Monreal, puede la autoridad Militar hacer uso de la facultad que concede el articulo 9º del Bando aludido anteriormente.

CONSIDERANDO, que no existen responsabilidades de orden penal que exigir.

A C U E R D O  la terminación de estas diligencias previas de acuerdo con el articulo 396 del Código de Justicia Militar, llamando la superior atención de la autoridad Militar respecto a la infraccion cometida y que se relaciona en el primer considerando.

Deduzcase copia de este auto para su remisión por esta Auditoria al Excmo. Señor Comandante Militar, oficiese al Director de la Prisión provincial de que los detenidos quedan en concepto de gubernativos a su disposición y vuelvan estas diligencias a su Instructor para que una al mismo la contestación que se reciba y consulte luego para estadística.

EL AUDITOR

José Samsó

[Firma rubricada]

A la izquierda de la rubricada firma del Auditor de Guerra (Coronel) José Samsó Henríquez, hay un sello ovalado en tinta, con el emblema del cuerpo Jurídico, rodeado por la leyenda

COMANDANCIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS * AUDITORIA

 

Cfr.: Folio 11 de las Diligencias Previas número 77 de 1936 [3519-147-10].

Vid. et.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/12/12/parte-del-sargento-en-realejo-alto-1871936/

PARTE DEL SARGENTO EN REALEJO ALTO 18/7/1936


REGIMIENTO DE INFANTERIA TENERIFE Nº 38   DESTACAMENTO DE OROTAVA

 A V.S. da parte el Sargento Comandante de las Fuerzas nombradas de patrulla en la noche de hoy en el Realejo-Alto, que suscribe, de haber sorprendido una reuniòn clandestina, en el domicilio del Administrador de Correos de dicho pueblo, procediendo a la detenciòn y conducciòn a este Cuartel de Don Francisco Morales Molina, Don Juan Galvez Monreal, Don Esteban Barreda Carballo, Don Antonio Garcia Hernàndez, Don Arturo Díaz Pèrez, Don Eliceo Marrero Rodriguez, Don Miguel Hernàndez Garcìa y Don Felix Dìaz Gutierrez, por infraccion del articulo 3º del Bando de proclamaciòn del estado de Guerra.

Lo que pongo en su conocimiento a los efectos que estime procedentes,

Orotava 18 de Julio de 1.936

J Abrás Borrás

[Firmado y rubricado]

Señor Comandante Militar del Cantón de  L A  O R O T A V A

 En el margen izquierdo del Parte, figura este texto manuscrito:

Orotava 19 Julio 1936

Pase al Capitán del destacamento de Infantería en esta plaza Don Eduardo Pintado Martín, quien con el caracter de Juez Instructor y auxiliado por la clase que designe, procederá a la formación de las oportunas diligencias, que puedan derivarse del presente parte, para esclarecimiento del hecho denunciado en el mismo.

El Comt. Militar

Rómulo Rodríguez

[Firmado y rubricado]

A la izquierda de la firma del Comandante Militar hay un sello ovalado en tinta, con la leyenda

COMANDANCIA MILITAR DEL CANTON

OROTAVA

* * * * * * * * * * *

La Clase designada por el Capitán Eduardo Pintado para actuar como Secretario, fue el Brigada Calixto García Hernández.

Los ocho detenidos fueron sometidos a interrogatorio el día 20 de julio de1936, y al día siguiente serían conducidos a la Plaza de Santa Cruz de Tenerife, donde quedaron a disposición de la primera Autoridad Militar.

A continuación de las declaraciones de los ocho encartados, vienen las de Victorio Díaz Carretero (Guardia Municipal), Tomás García (Cabo), fechadas el 22 de julio, y datadas el 23 de julio de 1936, las de Hermenegildo Gómez Rolo y Esteban Estrada Luís, soldados actuantes en la detención, bajo las órdenes del sargento Jaime Abrás Borrás.

* * * * * * * * * * *

Los textos transcritos figuran en el folio número 1 de las Diligencias Previas Nº 77 de 1936, que están archivadas bajo la signatura o clave 3519-147-10, de donde han sido extraídos los datos aflorados.