EULOGIO PRIETO SOLICITÓ EL CANJE PARA LA ZONA ROJA


5

 

Saludo a Franco ¡Arriba España¡
  Falange Española Tradicionalista  
  y de las J.O.N.S.  

 

 

JEFATURA  LOCAL

DE

LOS SILOS

Núm.132

 

N 14.374

 

A la vista del atento oficio de V.S.l. del dia 26 de Octubre, ultimo,

13.299, tego el honor de informarle con relación al Maestro Nacional que fue de esta Villa, Eulogio Prieto y Prieto, lo que sigue:

Dicho individuo fue detenido en los comienzos del Glorioso Movimiento Nacional por ser elemento destacado de los partidos de izquierda, habiendo tomado parte en varios actos de propaganda electoral para las elecciones de 16 de Febrero de 1936 produciéndose en todos, sino de gran violencia, tampoco de tipo conservador; fue apoderado los Candidatos de izquierdq en las citadas elecciones y defendió con extremado cariño dicha candiaturz. Estando detenido en la Prision Militar de esta Capital solicitó el canje para la zona roja.

En su vida particular observó buena conducta y moralidad.

Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista.

Los Silos 2 de Noviembre de 1939.

Año dela Victoria.

El Jefe Local.

[Firma rubricada]

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6019-196-27.- Causa 283 de 1939.- Folio 5.

SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA CAUSA 190 DE 1936


                                                                                                                       M.8,853,238

33

 

En Santa Cruz de Tenerife a diez y ocho de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

Vista la presente causa numero 190 de 1.936 instruida con el carácter de procedimiento sumarísimo, acuerdo dar a dichas actuaciones el carácter de procedimiento ordinario, y pasen al Señor Fiscal Jurídico Militar de estas Islas para su informe.

EL AUDITOR

[Firma rubricada de JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, precedida por el sello ovalado, en tinta, de la AUDITORIA de la COMANDANCIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS]

 

Fiscalía nº 1230

SEÑOR AUDITOR:

 

El Fiscal dice:

Que presta conformidad este Ministerio al auto de terminación del sumario y no apareciendo debidamente justificada la perpetación el delito perseguido, propone el sobreseimiento de esta Causa provisionalmente, conforme al número 1 del articulo

538 del Código de Justicia Militar, sin perjuicio del uso que de sus atribuciones con arreglo a la LEY de Orden Público estime procedente hacer la Autoridad Militar.

Santa Cruz de Tenerife 19 de Septiembre de 1936.

EL FISCAL.

[Firma rubricada de LORENZO MARTÍNEZ FUSET, acompañada a su izquierda por el sello elíptico, en tinta, de la FISCALÍA JURÍDICO MILITAR de CANARIAS]

 

Cfr.: A-TMT5 3728-151-39.- Causa 190 de 1936.- Folio 33.

* * * * * * * * * * * * * * * *

Este documento signado por el Fiscal LORENZO MARTÍNEZ FUSET, evidencia, una vez más, que este temible personaje se encontraba en Santa Cruz de Tenerife en la fecha indicada, de 19 de septiembre de 1936.

Contradiciendo todas las fabulaciones y falsedades publicadas acerca de su presencia en Francia, junto a la esposa e hija de FRANCISCO FRANCO.

 

DOS DETENIDOS EN LA GOMERA Y CONDUCIDOS A TENERIFE


[Papel cuartilla, habilitado como oficio mediante el sello ovalado horizontal del PRIMER JEFE de la COMANDANCIA de la GUARDIA CIVIL EN SANTA CRUZ DE TENERIFE].

Iltmo Señor:

En cumplimiento de lo ordenado por la Autoridad Judicial Militar en orden verbal al Jefe que suscribe y telegrafica al Sr Comandante Militar de la Isla de la Gomera, ha sido detenido y conducido a esta Capital el Delegado Gubernativo que ejercia dicho cargo en aquella Isla D. Antonio Matias Leon, el cual queda a disposición de dicha auto ridad, por las reiteradas manifestaciones por telefono de que se mantuviera en su puesto el Comandante del Puesto de Vallehermoso sin obedecer a la autoridad militar; asimismo ha sido detenido y conducido el secretario Adjunto de la Federacion Tinerfeña de Trabajadores de la Enseñanza Don Manuel Fernandez Negrin, en virtud de lo ordenado por el Excmo Sr. Comandante Militar de dicha isla el 7 del actual.

Lo que tengo el honor de participar a V.S.I. para su conocimiento, significándoles que ambos detenidos han sido entregados en la mañana de hoy en la Comandancia Militar de esta Plaza.

Tenerife 11 de agosto de 1936.

El 1er Jefe.

[Firma rubricada de ISIDRO CÁCERES PONCE DE LEON]

[Al pie]

Sr. Auditor de Guerra de esta Comandancia Militar

Plaza.

Cfr.: A-TMT5 3728-151-39.- Causa 190 de 1936.- Folio 2.

 

CONCEDIDO PASAPORTE A EULOGIO PRIETO PRIETO


Gobierno Militar de la Plaza y provincia de Lérida

Nº 2024

CONCEDO PASAPORTE para SANTA CRUZ DE TENERIFE, desde la Cárcel de Léida a EULOGIO PRIETO PRIETO, para que conducido por la Guardia Civil sea ingresado en la de Costa Sur a disposición del Comandante Juez Permanente de la Comandancia General de las Islas Canarias; haciendo viaje por cuenta del Estado.

 

Los Jefes militares y justicia del tránsito no le pondrán impedimento alguno en su viaje, facilitándole los auxilios correspondientes.

Lérida, a 22 de Diciembre de 1939  Año de la Victoria.

El Coronel Gobernador Militar.

P.O.

El Capitán Secretario.

[Estampado en tinta, sello ovalado del GOBIERNO MILITAR DE LA PLAZA Y PROVINCIA DE LÉRIDA, con el escudo nacional del águila imperial, y firma rubricada]

Cfr.: A-TMT5 6019-196-27.- Causa 283 de 1939.

 

INICIANDO CAUSA 283 DE 1939 CONTRA EULOGIO PRIETO PRIETO


 

Providencia del Juez Señor Edel Rodriguez )

En Santa Cruz de Tenerife veinticuatro de Noviembre de mil novecientos treinta y nueve.

Por recibido escrito de Ilmo Señor Auditor de Guerra de Canarias, ordenando al proveyente la incoación de causa contra el paisano EULOGIO PRIETO PRIETPO, por el delito de auxilio a la rebelión, adjuntando informes y ficha del referido individuo, unase a continuación la documentación recibida; acuse recibo, dese cuenta del inicio de esta causa a Señor Fiscal Jurídico Militar de Canarias a los fines del artº 400 del Código de Justicia Militar, cursese escrito al Ilmo Señor Auditor de Guerra con el fin de que reclame de las Autoridades competentes el traslado de dicho individuo a esta  Plaza de la Prisión Militar de Lérida, en donde se encuentra detenido y cursese igualmente oficio al Sr. Secretario de Orden Público de esta Capital, para que se sirva comunicar a este Juzgado, si cuando fueron canjeados los prisioneros para la zona roja, se les hizo alguna advertencia con respecto a responsabilidades y actuaciones que les estaban prohibidas ejercer en la zona roja. Designo Secretario al Sargento de Infantería, D. ASDRUBAL BETHENCOURT LUGO.

Lo proveyó y firma S. Sª.              Doy fé.

[Firmas rubricadas de ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ y ASDRÚBAL BETHENCOURT LUGO].

PROMESA DE SECRETARIO.- En igual fecha comparece ante S.Sª el Sargento designado Secretario, quién enterado del cargo que se confiere en el anterior proveido, prometió cumplir bien y fielmente los deberes que el mismo impone firmando con el Señor Juez en el lugar y fecha anteriormente señalados.

[Firmas rubricadas de ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ y ASDRÚBAL BETHENCOURT LUGO].

Diligencia.- Seguidamente se cumplimenta lo ordenado, y se une a continuación los documentos recibidos.

[Firma rubricada de ASDRÚBAL BETHENCOURT LUGO].

Cfr.: A-TMT5 6019-196-27.- Causa 283 de 1939.- Folio 1.

CAUSA 283 DE 1939 CONTRA EULOGIO PRIETO PRIETO


COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS JUZGADO PERMANENTE

Nº 6019 – 196 – 27

PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE               Año de 1939.

 

C A U S A       Nº   283

 

Instruida contra EULOGIO PRIETO PRIETO por el presunto delito de AUXILIO A LA REBELION.

 

Se inició esta causa el dia 24 de Noviembre de 1939.

Ocurrió el hecho el día . . de                            de 193  .

 

 

 

JUEZ INSTRUCTOR:

EL SECRETARIO.

Comandante de Infanteria,

D. ASDRUBAL BETHENCOURT LUGO.

D. ELISARDO EDEL RODRIGUEZ.

 

 

Cfr.: A-TMT5 6019-196-27.- Causa 283 de 1939.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * * *

Atrapado al finalizar la guerra, EULOGIO PRIETO PRIETO es encarcelado en la prisión de Lérida. Y desde ésta, pasaportado y enviado a Tenerife, custodiado por la Guardia Civil.

El 25 de enero de 1940 es ingresado en la Prisión habilitada Costa Sur, siendo sometido a esta causa 283 de 1939.

 

 

ORDENANDO PROCEDIMIENTO SUMARÍSIMO 190 DE 1936


[Oficio nº 1044 de la Auditoría de Guerra de Canarias]

 

M.8,729,723

1

Adjunto remito a V. S, los documentos que al margen se expresan, para que con el caracter de Juez Instructor y auxiliado por el Secretario que designe, proceda a la formación de procedimiento sumarisimo contra los individuos que al respaldo se relacionan por los hechos comprendidos en el articulo 6° del de la Junta de Defensa Nacional cuyo procedimiento queda registrado, en esta Auditoria con el número 190 de 1.936, dato que consignara en la cubierta del mismo y en cuantas comunicaciones me dirija relacionadas con él.

Los detenidos que se encuentran en la Prision Provincial de esta Capital, quedan a su disposición .

Sirvase acusar recibo y darme cuenta del inicio.

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de de Agosto de 1.93 6 .

EL AUDITOR,

[Sello ovalado en tinta de la AUDITORÍA de la COMANDACIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS]

[Firma rubricada de JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ][

[En el margen izquierdo Atestado . . . 1]

[Al pie: SEÑOR JUEZ, INSTRUCTOR DEL PERMANENTE DON FRANCISCO SANCHEZ PINTO

PLAZA.]

Cfr.: A-TMTQ 3728-151-39.- Causa 190 de 1936.- Folio 1

 

 

 

CAUSA Nº 190 DE 1936 CONTRA DOS GOMEROS


Plaza de Santa Cruz de Tenerife           Año de 1936

Nº 3728          Legº 151 – 39

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

PROCEDIMIENTO SUMARISIMO

 

C A U S A   Nº   190

Contra los paisanos Antonio Macías León y Manuel Fernández Negrín

 

Artº 6º Bando Junta Defensa Nacional

 

Ocurrió el hecho, el 14 de Agosto  de 1936

Dieron principio estas actuaciones el 21 de Agosto  de 1936

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Comandante de Infantería don

El Soldado de Infantería don

Franco. Sánchez Pinto

Eugenio Hurtado Izquierdo

Otro D. Elizardo Edel Rodriguez

Otro Antonio

Otro: D. Aurelio Matos Calderón

Otro; Cabo de In

Otro

Don José González

D. Juan Parras Fernandez

Don Asdrubal Bethencourt Lugo

 

Cfr.: A-TMTQ 3728-151-39.- Causa 190 de 1936.- Cubierta.

 

 

TERCER ROLLO DE LA CAUSA 96 DE 1937


 

M.9,158,778

Causa nº 96 – 37

 

COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAAS.  JUZGADO PERMANENTE

 

3er Rollo

Plaza de Santa Cruz de Tenerife.                   Año de 1.937.

 

Pasa a la clave 8113-260-9

 T ER C E R        R O L L O

de la causa número 96 de dicho año, que se instruye contra el cabo habilitado para Sargento Miguel Angel Rodríguez, y varios más, por el delito de rebelión, con motivo de la evasión de los deportados políticos de la colonia de Río de Oro en Villa Cisneros.

 

Ocurrió el hecho, el día 14 de Marzo de 1.937.

 

 

 

Juez Instructor

Secretario
El Comandante de Infantería

El Teniente de igual Arma

Don Elisardo Edel Rodríguez.

Don Agustín Durán Delgado.

otro

otro
El Cte de Infantería

El Tte de Infantería

Don Aurelio Matos Calderón

D. Miguel Pérez Zamora y Cáceres

 

 

Cfr.: A-TMTQ 8113-260-9.- Causa 96 de 1937.- Cubierta.

 

8113 260 9 CAUSA 96 005 EUSEBIO

EXPEDIENTE CONTRA FERNANDO AROZENA QUINTERO Y 347 MÁS


60

1

Don Francisco Ortega Melero, Secretario del Juzgado Instructor Provisional de Responsabilidades Políticas de Santa Cruz de Tenerife.

Doy fe que en este Juzgado y Secretaría de mi cargo se tramita bajo el nº dos del corriente año, expediente de responsabilidades políticas contra D. Fernando Arozena y otros más en el que aparecen los particulares siguientes:

Oficio del Tribunal Regional: Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas = Expediente nº  2 Año 1.939 = Tenerife = En cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal en resolución de esta fecha, remito a V. E. las adjuntas diligencias al objeto de que proceda con todo celo y actividad a la instrucción del correspondiente expediente, dando cuenta a esta superioridad cada quince días del estado que mantiene, teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 44 y siguientes de la ley. Sírvase acusar recibo de la presente. = Dios guarde a V. E. muchos años. = Las Palmas 1 de agosto de 1939 Año de la Victoria. = Pedro Sáez Vallejo, rubricado. = Sr. Juez Instructor Provisional de Santa Cruz  de Tenerife.

Providencia del Juez Señor Padilla. = Santa Cruz de Tenerife cinco de Agosto de mil novecientos treinta y nueve Año de la Victoria. = Por recibida la precedente orden de la superioridad con las diligencias que a la misma se acompañan, acusándose recibo del expediente mandado a formar elévese respetuosamente consulta en el sentido de si para la mejor tramitación del procedimiento y en su día para estudio y resolución, procede decretar la incoación de distintos expedientes agrupándolos por Ayuntamientos o Partidos Judiciales, o si por el contrario han de investigarse en uno solo, los hechos imputados a los trescientos cuarenta y nueve individuos. = Lo mando y firma S. Sª de que doy fe- = Eduardo Padilla. = Francisco Ortega Melero. = Rubricados.

Oficio al Tribunal Regional. = Ilustrísimo Señor al acusarle recibo de su respetable comunicación fecha primero del actual a la que acompaña certificación extendida por la autoridad militar con referencia a la causa seguida por la misma bajo el nº 42 de 1937 contra los dirigentes y propagandistas de ideas disolventes o individuos que durante el Frente Popular formaron parte de los Cabildos y Ayuntamientos de esta provincia a fin de que a base de ella instruya el correspondiente expediente contra D. Fernando Arozena Quintero y 347 individuos más, me permito someter a la acertada resolución de ese superior Tribunal la consulta de si para la mejor tramitación del expediente, digo procedimiento y en su día para su estudio y resolución procede

60 (1) vuelto

incoar distintos expedientes agrupándolos por ayuntamientos o Partidos Judiciales o si por el contrario han de investigarse todos ellos en uno solo, inspirándome al formularla, el mejor deseo de acierto y el poder conseguir la máxima rapidez en su tramitación. = Dios guarde a V.I. muchos años. = Santa Cruz de Tenerife cinco de Agosto de mil novecientos treinta y nueve Año de la Victoria. = El Juez Instructor. = Rubricado. = Iltmº Sr. Presidente del Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Las Palmas.

Telegrama.  Tribunal Regional a Juez Instructor Responsabilidades Políticas Tenerife. = Las Palmas ‘438’, 26=12=17. Relativo expediente número dos sírvase V.S. incoar expediente por cada uno de los organismos corporativos esa providencia.

Providencia Juez Señor Padilla. = Santa Cruz de Tenerife a catorce de Agosto de mil novecientos treinta y nueve. = El precedente telegrama únase al expediente de su razón y a fin de dar el debido cumplimiento a cuanto en el mismo se ordena, quede limitado al expediente número dos a investigar las responsabilidades políticas en que puedan haber incurrido los señores que componían este Cabildo Insular expidiéndose por el infrascrito Secretario los correspondientes testimonios para la tramitación por separado de los procedimientos que han de seguirse contra cada uno de los Organismos Provinciales y Municipales, cuyo testimonio será literal, del oficio del Tribunal Regional de fecha primero del actual; de la providencia de este Juzgado del día cinco y consulta elevada a la Superioridad; del telegrama resolviéndola, y de este proveído, así como en relación con referencia a la certificación expedida por la Autoridad Militar, suficiente a determinar los inculpados que han de ser comprendidos en cada uno de dichos expedientes y verificado que sea, dese cuenta para acordar lo procedente. = Lo mando y firma S.S. de que doy fe. = Eduardo Padilla. = Francisco Ortega Melero. = Rubricados.

Así mismo doy fe que en el mismo expediente número dos aparece una certificación expedida por D. Asdrúbal Bethencourt Lugo, Sargento de Infantería, Secretario de la causa nº 42 de 1937 instruida contra los dirigentes y propagandistas de ideas disolventes de esta Provincia que puedan ser responsables con sus propagandas subversivas de los actos de rebeldía contra el Movimiento Nacional, de la que es Juez Instructor el Comandante de Infantería D. Elisardo Edel Rodríguez, en la que se contiene una relación expedida por el Gobierno Civil de esta provincia comprensiva de los Gestores de los Cabildos Insulares y de todos los Ayuntamientos de esta Provincia nombrados por dicho Gobierno Civil después del 16 de Febrero de 1936 hasta el 17 de Julio del mismo año en la que figuran como concejales

61

2

del Ayuntamiento de Arico, nombrados en siete de Marzo de 1936: Daniel López Delgado, Cenobio Amaral Hernández, Julio Rodríguez González, Juan Martín Rodríguez, Gumersindo González Pérez; socialistas y Pedro Rodríguez Morales, de izquierda Republicana.

Lo anteriormente relacionado concuerda con sus originales  que me he remitido y en cumplimiento de lo mandado libro y expido el presente en Santa Cruz de Tenerife a veinte de Agosto de mil novecientos treinta y nueve.

 

[Firma rubricada del secretario FRANCISCO ORTEGA MELERO]

 

Cfr.: Archivo Histórico de Tenerife. Expediente número 44, Rollo nº 74, de 1939 contra los concejales del ayuntamiento de Arico. Folios 60 (1) y 61 (2).

 

[APORTACIÓN DEL AMIGO FABIÁN HERNÁNDEZ ROMERO]