CERTIFICANDO SOBRE MEDALLA DE FERNANDO REIG VALENTÍN


DON HIPOLITO FUMAGALLO MEDINA, ABOGADO, SECRETARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE:

 

CERTIFICO: Que la Comisión Municipal Gestora de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión celebrada el dia 19 de Julio de 1.937, acordó constaran en actas municipales los nombres de todos los militares y paisanos que voluntariamente hicieron su presentación en la Comandancia Militar el dia 18 de Julio de 1.936, iniciación del Glorioso Movimiento Nacional, para colaborar en el, pasando luego a prestar sus servicios a los cuerpos de la Guarnición.

ASIMISMO CERTIFICO: Que obtenida la relación consiguiente de la Comandancia Militar, figuró esta transcrita en actas el dia 25 de agosto de 1.937, figurando entre los presentados el mismo dia 18 de Julio de 1.936, el paisano Fernando Reig Valentín.

CERTIFICO IGUALMENTE: Que en sesión del dia 20 de Septiembre de 1.939 acordó la Corporación, previa la instrucción de expediente, conceder la MEDALLA DE BRONCE DE LA CIUDAD, a todos los voluntarios el dia 18 de julio de 1.936.

CERTIFICO POR ULTIMO: Que la Corporación tuvo conocimiento  en sesión del dia 26 de Abril de 1.940, de la propuesta formulada por el señor Juez Instructor de los oportunos expedientes, en la que se proponía para la concesión de dicha Medalla al paisano voluntario Don Fernando Reig Valentin

Y para que conste, expido la presente, de orden y con el visto bueno del señor Alcalde, en Santa Cruz de Tenerife, a doce de Agosto de1.941.

H F

      Vº  Bº

EL ALCALDE

    Minuta

         G.

[A la izquierda de la abreviada firma someramente rubricada del Alcalde BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO-VALERO figura estampado en tinta el sello ovalado de la ALCALDÍA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, con el escudo nacional del águila imperial]

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

* * * * * * * * * * * * * * * * *

El acuerdo consignado al final de la página número 177, del acta de la sesión municipal celebrada el 19 de julio de 1937, literalmente dice así:

La Comisión Gestora acordó queden consignados en acta los nombres de todos cuantos individuos, militares y paisanos ofrecieron sus servicios y se incorporaron a los cuarteles de esta Capital, el día 18 de julio de 1936, en que se inició el Glorioso Movimiento nacional.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/09/07/acordando-consignar-en-acta-los-nombres-de-los-voluntarios-del-18-de-julio-de-1936/

 * * * * * * * * *

Sin embargo, en el acta no se escribieron los nombres de los individuos.

Transcurrirían cuatro años, hasta que esta omisión fuera advertida por el Secretario HIPÓLITO FUMAGALLO MEDINA, quien presentaría un escrito de rectificación en la sesión de 18 de agosto de 1941.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/04/27/omision-de-las-listas-de-las-primeras-medallas/

 

 

 

LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE PEDRO GOYA RIVERO


Don PEDRO GOYA RIVERO, Portero de Primera Clase del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, nacido el 16 de julio de 1867 en Tacoronte, fue declarado jubilado al cumplir setenta años, el 16 de julio de 1937, tras cumplir 48 años, 1 mes y 15 días de servicios ininterrumpidos, con el haber pasivo anual de 3,200 pesetas.

En reconocimiento de tal derecho, se le expide el correspondiente Título de Jubilado registrado con el número 1540, firmado por el Secretario Municipal HIPÓLITO FUMAGALLO MEDINA, que es refrendado con su Visto Bueno y firma por el Alcalde JUAN VARA TERÁN, Coronel de la Guardia civil ocupante del Ayuntamiento desde el 18 de julio de 1936.

No disfrutó Don PEDRO GOYA RIVERO mucho tiempo de la jubilación. Ni cuatro años.

Fallecería a las dos horas y treinta minutos del día 23 de febrero de 1941, en el Sanatorio Psiquiátrico, a consecuencia de Ictus apoplético, quedando viuda  Doña MARÍA GREGORIA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, de setenta años de edad, natural de Candelaria, con la que había estado casado desde el 3 de febrero de 1892, habiendo dejado cinco hijos llamados MANUEL, JUANA, CARMEN, JULIA Y JOSÉ, según puede leerse en sus actas de matrimonio y defunción, de los ocho hijos habidos en este su único matrimonio.

La Comisión Gestora Municipal presidida por BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO, en sesión de 9 de abril de 1941, tuvo a bien conceder a Doña María Gregoria Hernández González, una pensión anual de dos mil cuatrocientas pesetas, equivalente al 60% del haber disfrutado por el causante, cuya pensión se satisfará con cargo a los fondos del Montepío y con efectos desde el día siguiente al de su fallecimiento, o sea, desde el día veinticuatro de Febrero de mil novecientos cuarenta y uno.

Doña MARÍA GREGORIA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ fallecería el 31 de mayo de 1943.

Sus dos hijas solteras, GREGORIA Y ANTONIA GOYA HERNÁNDEZ, conocidas respectivamente, como CARMEN y JULIA, solicitan mediante instancia de fecha 13 de agosto de 1943, que la pensión de su fallecida madre les sea abonada a ellas dos.

Resulta estremecedor leer en esta instancia que JULIA da como domicilio la calle General Sanjurjo número 56, 1º, mientras que el domicilio de su hermana CARMEN es la Prisión Provincial.

* * * * * * * * * * * * * * * * *

¡CARMEN GOYA HERNÁNDEZ llevaba privada de libertad siete años!

Cumpliendo la pena de reclusión perpetua por la que había sido conmutada la PENA DE MUERTE a que había sido sentenciada en la Primera Pieza separada de la Causa 246 de 1936.

Sentencia en la que había sido calificada así:

Carmen Goya Hernández, de 28 años hija de Pedro y Gregoria, natural y vecina de esta Capital, cigarrera, afiliada a la C.N.T., muy revoltosa y propagandista de la violencia, con instrucción y sin antecedentes;

* * * * * * * * * * * * * * * * *

 

En aquella fecha de 1943, estaba CARMEN a punto de cumplir treinta y ocho años, pues había nacido el 17 de agosto de 1905.

La instancia es sometida al trámite administrativo habitual, y tres meses después, mediante resolución de fecha 22 de noviembre de 1943, el Consejo de Administración del Montepío de Empleados Municipales, les reconoce a ambas hermanas, el derecho a que cada una perciba el haber pasivo de 1,200 pesetas anuales, con efectos de 1º de junio de 1943 (día siguiente al del fallecimiento de su madre).

Transcurrirían catorce años, y desde Venezuela, Carmen enviaría autorización, conformada ante el consulado de España en Caracas, el 23 de abril de 1957, para que su hermano José reclamara dicha pensión para ella.

Dos meses después, el 27 de junio de 1957, JOSÉ GOYA HERNÁNDEZ, presenta la correspondiente instancia, dirigida al Presidente del Montepío de empleados del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

El Consejo de Administración del Montepío de Empleados Municipales, en resolución de fecha 21 de agosto de 1957, acuerda por unanimidad desestimar la solicitud, a tenor de lo dispuesto en el artículo 51 del Reglamento de este Montepío, pues no se estima causa justificada, para dejar de percibir la pensión seis meses consecutivos, el encontrarse aquella en Venezuela.

El tenor del artículo 51 citado era así:

Será definitivamente baja en la nómina de pensionistas, sin derecho a rehabilitación, quien, sin causa justificada, dejase de percibir la pensión seis meses consecutivos.

Aplicación burocrática, fría y dura, del articulado de una norma inicua.

Vesania. Pura vesania.

 

 

 

Todos los datos expuestos en este artículo han sido encontrados en los legajos P (de Personal) 48 y 99, en el Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.

COMUNICACIÓN AL PADRE DEL FALLECIDO FRANCISCO PADILLA SUÁREZ


[Oficio sin número, encabezado por el escudo nacional del águila imperial aferrando entre sus garras el yugo y las flechas, y este membrete:]

ALCALDÍA

DEL

 EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LA

M.L.N.I. Y M.B. CIUDAD

DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

 

Tengo el honor de comunicar a Vd., que este Excmo. Ayuntamiento, en sesión plenaria del día 26 de Abril último, acordó conceder por unanimidad, a su hijo DON FRANCISCO PADILLA SUAREZ, que dio su vida por Dios y por España, la Medalla de Bronce de la Ciudad, conforme propuesta del señor Gestor-Instructor del expediente incoado para concesión de la misma a los paisanos que voluntariamente se presentaron, el día 18 de Julio de 1.936 en la Comandancia General de Canarias y fueron incorporados a los Cuerpos de guarnición en esta Plaza para defender con las armas el Glorioso Movimiento Nacional que aquel día se iniciaba.

Dios guarde a V. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 15 de Julio de 1940.

B Guimerá

[Firma rubricada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

[Al pie]

Sr. D. Francisco Padilla Bethencourt.

* * * * * * * * * *

Esta comunicación figura en el Expediente personal del fallecido FRANCISCO PADILLA SUAREZ, junto con el sobre de envío dirigido a su padre FRANCISCO PADILLA BETHENCOURT, que figura como residente en LA LAGUNA.

Lo que parece indicar que no fue enviada a su destinatario.

No hay más papeles en el expediente personal de FRANCISCO PADILLA SUAREZ.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * * *

NOTAS ADICIONALES DEL TRANSCRIPTOR

1.-

M.L.N.I. Y M.B. = Muy Leal Noble Invicta y Muy Benéfica

2.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO desempeñó la Alcaldía desde el primero de abril de 1941, hasta el 16 de mayo de 1946

3.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO había reemplazado en la Alcaldía a EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ.

4.-

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido Alcalde, desde el 21 de marzo de 1938 hasta el 31 de marzo de 1941.

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido nombrado Alcalde por el Gobernador Civil VICENTE SERGIO ORBANEJA, para sustituir al Coronel retirado de la Guardia Civil JUAN VARA TERÁN, quien había ocupado el Ayuntamiento en 18 de julio de 1936.

5.-

El Comandante Médico VICENTE SERGIO ORBANEJA sería condenado, en enero de 1946, a DOS AÑOS, CUATRO MESES Y UN DIA de presidio menor y accesorias comunes de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y militar de separación del servicio, como autor de un delito de robo consumado.

VICENTE SERGIO ORBANEJA declaró que, siendo Gobernador Civil de Murcia, había hecho desaparecer a un falangista,

6.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO fue sustituido por CÁNDIDO-LUIS GARCÍA SANJUÁN.

7.-

En 18 de julio de 1936 «Capitanía» era Comandancia MILITAR de Canarias

8.-

En 18 de julio de 1936 el acto de rebelión militar contra el Gobierno republicano de España, no era un Glorioso Movimiento Nacional.

Era simplemente una Rebelión o movimiento sedicioso, bautizado como Alzamiento Nacional, y, finalmente, exaltado a Glorioso Movimiento Nacional.

Paradójica y trágicamente, los rebeldes sediciosos, con inverecundia vesánica, acusaron del delito de Rebelión, a los que se habían mantenido leales al legítimo Gobierno Republicano de España.

COMUNICANDO CONCESIÓN DE MEDALLA A MIGUEL PADRÓN AFONSO


[Oficio preimpreso sin número, encabezado por el escudo nacional del águila imperial aferrando entre sus garras el yugo y las flechas, y este membrete:]

ALCALDÍA

DEL

 EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LA

M.L.N.I. Y M.B. CIUDAD

DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

 

Este Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria del día 26 de Abril acordó, por unanimidad, conceder a V. la Medalla de Bronce de la Ciudad, conforme propuesta del Gestor Instructor del expediente incoado para concesión de la misma a los paisanos que voluntariamente se presentaron precisamente el día 18 de julio de 1936 en la Comandancia General de Canarias y fueron incorporados a los Cuerpos de guarnición en esta plaza para defender con las armas el Glorioso Movimiento Nacional que aquel día se iniciaba.

Lo que me complazco en comunicar a V. para su conocimiento y satisfacción.

Dios guarde a V. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de Julio de 1940.

B Guimerá

[Firma rubricada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

[Al pie]

Sr. D. MIGUEL PADRÓN AFONSO

* * * * * * * * * *

NOTAS DEL TRANSCRIPTOR

1.-

M.L.N.I. Y M.B. = Muy Leal Noble Invicta y Muy Benéfica

2.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO desempeñó la Alcaldía desde el primero de abril de 1941, hasta el 16 de mayo de 1946

3.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO había reemplazado en la Alcaldía a EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ.

4.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO fue sustituido por CÁNDIDO-LUIS GARCÍA SANJUÁN.

5.-

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido Alcalde, desde el 21 de marzo de 1938 hasta el 31 de marzo de 1941.

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido nombrado Alcalde por el Gobernador Civil VICENTE SERGIO ORBANEJA, para sustituir al Coronel retirado de la Guardia Civil JUAN VARA TERÁN, quien había ocupado el Ayuntamiento en 18 de julio de 1936.

6.-

El Comandante Médico VICENTE SERGIO ORBANEJA sería condenado, en enero de 1946, a DOS AÑOS, CUATRO MESES Y UN DIA de presidio menor y accesorias comunes de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y militar de separación del servicio, como autor de un delito de robo consumado.

VICENTE SERGIO ORBANEJA declaró que, siendo Gobernador Civil de Murcia, había hecho desaparecer a un falangista,

7.-

En 18 de julio de 1936 «Capitanía» era Comandancia MILITAR de Canarias

8.-

En 18 de julio de 1936 el acto de rebelión militar contra el Gobierno republicano de España, no era un Glorioso Movimiento Nacional.

Era simplemente una Rebelión Militar secundada por conspicuos miembros de la oligarquía, adheridos al movimiento sedicioso.

Paradójica y trágicamente, los rebeldes sediciosos, con inverecundia vesánica, persiguieron e hicieron objeto de su ira, a los que se habían mantenido leales al legítimo Gobierno Republicano de España, acusándolos del delito de Rebelión.

La justicia al revés.

Los leales acusados de rebelión por los rebeldes.

 

COMUNICANDO CONCESIÓN DE MEDALLA A MIGUEL PADRÓN AFONSO


[Oficio encabezado por escudo nacional del águila imperial con Yugo y Flechas]

[Membrete]

EXCMO. AYUNTAMIENTO

DE LA

M.L.N.I. Y M.B. CIUDAD.

DE

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Sección

Núm.

 

Este Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria del dia 15 del actual, acordó por unanimidad, conceder a V. la Medalla de bronce de la Ciudad, conforme propuesta del Gestor Instructor del expediente incoado para concesión de la misma a los paisanos que voluntariamente se presentaron precisamente el dia 18 de Julio de 1936 en la Comandancia General de Canarias y fueron incorporados a los Cuerpos de guarnición en esta Plaza para defender con las armas, el Glorioso Movimiento Nacional que aquel dia se iniciaba.

Lo que me complazco en comunicar a Vd, para su conocimiento y satisfacción.

Dios guarde a Vd. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de Julio de 1.940.

B Guimerá

[Firma rubricada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

[Al pie]

Sr. Don MIGUEL PADRÓN AFONSO

 

* * * * * * * * * *

NOTAS DEL TRANSCRIPTOR

1.-

M.L.N.I. Y M.B. = Muy Leal Noble Invicta y Muy Benéfica

2.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO desempeñó la Alcaldía desde el primero de abril de 1941, hasta el 16 de mayo de 1946

3.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO había reemplazado en la Alcaldía a EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ.

4.-

BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO fue sustituido por CÁNDIDO-LUIS GARCÍA SANJUÁN.

5.-

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido Alcalde, desde el 21 de marzo de 1938 hasta el 31 de marzo de 1941.

EUSEBIO RAMOS GONZÁLEZ había sido nombrado Alcalde por el Gobernador Civil VICENTE SERGIO ORBANEJA, para sustituir al Coronel retirado de la Guardia Civil JUAN VARA TERÁN, quien había ocupado el Ayuntamiento en 18 de julio de 1936.

6.-

El Comandante Médico VICENTE SERGIO ORBANEJA sería condenado, en enero de 1946, a DOS AÑOS, CUATRO MESES Y UN DIA de presidio menor y accesorias comunes de suspensión de todo cargo público, profesión, oficio y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y militar de separación del servicio, como autor de un delito de robo consumado.

VICENTE SERGIO ORBANEJA declaró que, siendo Gobernador Civil de Murcia, había hecho desaparecer a un falangista,

7.-

En 18 de julio de 1936 «Capitanía» era Comandancia MILITAR de Canarias

8.-

En 18 de julio de 1936 el acto de rebelión militar contra el Gobierno republicano de España, no era un Glorioso Movimiento Nacional.

Era simplemente una Rebelión Militar, movimiento sedicioso bautizado como Alzamiento Nacional, y, finalmente, exaltado a Glorioso Movimiento Nacional.

Paradójica y trágicamente, los rebeldes sediciosos, con inverecundia vesánica, acusaron del delito de Rebelión, a los que se habían mantenido leales al legítimo Gobierno Republicano de España.

 

HIPÓLITO FUMAGALLO CERTIFICA PARA JOSÉ CÁCERES MADAN


DON HIPOLITO FUMAGALLO MEDINA, ABOGADO Y SECRETARIO DEL EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE •

 

CERTIFICO: Que con fecha 22 de septiembre de 1939, en sesión extraordinaria del pleno, este Excmo. Ayuntamiento adoptó el acuerdo de conceder la Medalla de bronce de la Ciudad a todos los paisanos que, precisamente durante el día 18 de julio de 1936, se presentaron voluntariamente a esta Comandancia General y fueron incorporados a los cuerpos armados de la guarnición de esta plaza, para defender con las armas el Glorioso Movimiento que en aquel día se iniciaba.

CERTIFICO igualmente que en la relación nominal del personal voluntario que se incorporó a los diferentes cuerpos de guarnición en esta plaza, remitida por la Comandancia General de Canarias, figura don José Caceres Madan como presentado el dia 18 de julio de 1936.

Y para que conste y a petición del interesado expido la presente visada por el señor alcalde en Santa Cruz de Tenerife a diez de febrero de mil novecientos cuarenta y dos.

HF

[Firma abreviada de HIPÓLITO FUMAGALLO MEDINA]

 

 

Vº  Bº

El ALCALDE

G

[Firma abreviada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

 

[A la izquierda de la firma de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO, esta estampado, en tinta, el sello elíptico de la Alcaldía de Santa Cruz de Tenerife, que lleva en su interior el escudo nacional del águila imperial con el yugo y las flechas]

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

 

JOSÉ CÁCERES MADAN SOLICITA MEDALLA DE BRONCE


[Póliza de 8ª clase de 1,50 ptas. y sello municipal de 1,20 ptas., mataselladas con el sello entintado de registro de entrada en la Secretaría del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, con el número 916.]

 

 

SR ALCALDE PRESIDENTE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTA CAPITAL.

 

JOSE CACERES MADAN, de 40 años, casado, funcionario, hijo de José y Pilar, natural de esta Capital y con domicilio en Salamanca a V.S. tiene el honor de exponer:

QUE, necesitando un certificado del Acuerdo del Excmo. Ayuntamiento en el que se le concede la Medalla de la Ciudad ( 18 de julio de 1936), por sus servicios, durante el Movimiento nacional en esta ciudad, es por lo que

S U P L I C A a V. S., que previo los tramites reglamentarios se digne ordenar la expedición del mencionado certificado.

Por Dios, España y su Revolucion Nacional-Sindicalista.

Dios guarda a V.S. muchos años

Santa Cruzde Tenerife 6 de Febrero de 1.942

[Firma rubricada ilegible]

 

[Texto manuscrito]

Decreto:

Pase al Sr. Gestor Instructor a los efectos que procedan.

El Alcalde

BGuimerá

 

Debajo de la firma del Alcalde BELISARIO GUIMÉRÁ DEL CASTILLO VALERO, está estampado en tinta este texto:

Sección 1ª

Cúmplase lo prevenido en el Artículo 25 del Reglamento de Secretaria.

El Alcalde,

BG

[Firma abreviada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

COMUNICANDO CONCESIÓN DE MEDALLA A MAURICIO FEBLES


[Oficio encabezado por el escudo nacional del águila y membrete de la ALCALDÍA del EXMO. AYUNTAMIENTO DE LA M.L.N.I. Y M.B. CIUDAD DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, con este texto:

 

Este Excmo. Ayuntamiento en sesión plenaria del día 10 de julio acordó, por unanimidad, conceder a V. la Medalla de Bronce de la Ciudad , conforme propuesta del Gestor Instructor del expediente incoado para concesión de la misma a los paisanos que voluntariamente se presentaron precisamente el día 18 de julio de 1936 en la Comandancia General de Canarias y fueron incorporados a los Cuerpos de guarnición en esta plaza para defender con las armas el Glorioso Movimiento Nacional que aquel día se iniciaba.

Lo que me complazco en comunicar a V. para su conocimiento y satisfacción.

Dios guarde a V. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 30 de julio de 1.942.

B Guimerá

[Firma rubricada de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

 

[Al pie]

Señor Don Mauricio Febles Armas.

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

INFORME DE LA GUARDIA CIVIL PARA MEDALLA DE BRONCE


[Papel común habilitado como oficio mediante el sello en tinta de la COMANDANCIA DE LA GUARDIA CIVIL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, que lleva en su interior el escudo nacional del águila imperial con el yugo y las flechas].

[Texto]

En contestación a su atento escrito de la Sección 1ª, sin número, de fecha 11 del mes anterior, tengo el gusto de participarle a continuación los informes recogidos por la fuerza de esta Comandancia sobre los señores que citaba a los que instruye expediente para la concesión de la “Medalla  de Bronce de la Ciudad.”

DON ORLANDO DÍAZ DIAZ.- De regular conducta moral, ya que fue sometido a expediente por fraude al Tesoro, y por la Junta administrativa de Defraudación y Represión del contrabando le fue impuesta una multa de 15,700 pesetas; en lo político-social no se le conoce perteneciera a los partidos que integraban el Frente Popular;

DON MAURICIO FEBLES ARMAS.- De buena conducta moral; estuvo afiliado a la C.N.T. con el fin de poder trabajar, es de orden y se adhirió al Movimiento Nacional.

DON SEBASTIAN ZAMORANO CABRERA.- De buena conducta moral; en lo político-social no se conoce perteneciera a los partidos que integraron el Frente Popular; es de orden y se adhirió al Movimiento Nacional.

DON ANGEL JULIO TOLEDO ALONSO.- De buena conducta moral; no se conoce perteneciera a los partidos que integraron el Frente Popular; es de orden y se adhirió al  Movimiento Nacional.

* * * * * * * * * * *

Este oficio tuvo entrada en la Secretaría del Ayuntamiento el 6 de octubre de 1941, siendo registrado con el número 5879, según acredita el sello rectangular estampado en tinta en su cabecera.

En el margen izquierdo se lee este texto manuscrito:

Decreto:

Pase al Sr. concejal Instructor a los efectos procedentes.

El Alcalde

B Guimerá

[Firma de BELISARIO GUIMERÁ DEL CASTILLO VALERO]

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

 

RECOPILANDO LISTAS OMITIDAS Y UN MILLÓN PARA LA GUARDIA CIVIL


La sesión del Pleno Municipal celebrado el 18 de agosto de 1941, comienza en el folio 98 vuelto del libro número 1, con la fórmula habitual de inicio:

En las Casas Consistoriales de la Muy Leal, Noble, Invicta y Muy Benéfica Ciudad, Puerto y Plaza de Santa Cruz de Santiago de Tenerife, Capital de la Provincia de este nombre, a dieciocho de agosto de mil novecientos cuarenta y uno, se reunió el Excmo Ayuntamiento Pleno en sesión pública extraordinaria de primera convocatoria, citado previamente con arreglo a las vigentes disposiciones, bajo la Presidencia del Señor Alcalde don Belisario Guimerá y del Castillo-Valero y con asistencia de los señores Gestores consignados al margen, para tratar y resolver los asuntos figurados en el orden del día repartido con la convocatoria.

Los Gestores consignados al margen eran estos 16:

Domingo de la Torre Cabrera
José Méndez Trujillo
Antonio Delgado Guadarrama
Manuel Francés Suárez
Rodolfo Delgado Guillén
Manuel Francés Suárez
Nicolás Oliva Blardony
Juan La Roche Izquierdo
  Ángel Gallo Sagrado
Miguel González Quesada
Gonzalo Cáceres Crosa
Antonio Álvarez Álvarez
Agustín Álvarez Morales
Joaquín Amigó de Lara
José Quevedo Franchy
Víctor Marrero Gariñán

El apellido Francés aparece dos veces en dicho margen, en las posiciones 4 y 6.

Abierta la sesión a las quince y treinta horas, el Secretario infrascrito dió lectura al acta de la anterior, que fue aprobada por unanimidad y sin discusión.

Continúa el Acta al final de este folio 98 vuelto y 99 de esta manera:

Se dio lectura a un escrito del Secretario de la Corporación acusando omisiones padecidas al sentarse en acta los acuerdos de veintiséis de Abril y quince de julio de mil novecientos cuarenta, recaidos en el expediente tramitado para otorgamiento de la Medalla de Bronce de la Ciudad a los individuos que figuran con derecho a élla en la propuesta del Sr. Gestor Municipal, Instructor, don Agustín Alvarez Morales por lo que procede completarlos en el sentido de consignar en acta los nombres de todos y cada uno de los beneficiarios a quien, según dichas relaciones ha sido concedida la mencionada enseña.

La Corporación después de oir la lectura del aludido escrito, acordó que en el acta de esta sesión se transcriban los nombres de todos los individuos comprendidos en las indicadas relaciones, para que haya constancia concreta en cuanto a cada uno de ellos, en la forma que sigue:

1º.- En méritos de la relaciones formuladas por el Sr. Instructor del expediente con fechas 22 de abril y 15 de julio de 1940, se declare el derecho concediéndoles la Medalla de Bronce de la Ciudad” en favor de los señores que siguen:

Sigue una apretada lista de 105 individuos, en la cual se nombran todos los que habían merecido la Medalla de Bronce de la Ciudad, según los términos y requisitos acordados en la sesión de fecha 20 de septiembre de 1939, que comienza en el folio 99, con BERNARDO ACUÑA DORTA y termina en el folio 100 con JUAN YANES PERDIGÓN.

Lista única, suma de las dos propuestas aprobadas en dos sesiones separadas.

1ª.- Sesión ordinaria de fecha 26 de abril de 1940, en la que se concedieron las primeras ochenta y nueve Medallas de Bronce.

2ª.- Sesión extraordinaria de fecha 15 de julio de 1940, con dieciséis medallas concedidas.

Después de la relación de los 105 propuestos a la Medalla de Bronce, continúa el acta, inmediatamente, con la adopción de un acuerdo de considerable importancia, por su trascendencia e importe económico.

Fue examinado el Presupuesto extraordinario para construcción de un edificio con destino a los servicios de la Guardia civil, cuyo resumen en gastos e ingresos asciende a un millón de pesetas.

La Corporación Plena acordó aprobar dicho Presupuesto municipal extraordinario y que siga su tramitación reglamentaria.

Un presupuesto de UN MILLÓN DE PESETAS DE 1941, para la CASA CUARTEL DE LA GUARDIA CIVIL.

Para captar la magnitud de este presupuesto, conviene recordar que UN MILLÓN DE PESETAS, en 1941, permitía a la Guardia Civil, y al Ejército, la adquisición de cualquiera de estas cantidades.

1 775.194 kg de PAN
2 1.282.051 kg de CEBADA
3 2.777.778 kg de PAJA para pienso
4 10.000.000 kg de LEÑA
5 2.631.579 kg de CARBÓN VEGETAL
6 1.470.588 litros de PETRÓLEO

Y sin otro asunto de que tratar, se levantó la sesión a las diecisiete horas, habiendo advertido yo el infrascrito la obligación que tienen los Señores Gestores que han concurrido a la misma, a firmar la presente acta, de todo lo que certifico.

 

Aquellos designados ediles, estuvieron reunidos una hora y media.

No figura en el acta la firma del Gestor RODOLFO DELGADO GUILLÉN.

Se ve que no debía prestar atención a la admonición de don HIPÓLITO FUMAGALLO MEDINA, cuasi sempiterno Secretario infrascrito, fedatario, que solía reiterar tal admonición al final de las actas que certificaba con su peculiar firma.

Así consta en el folio 97 del acta de la sesión plenaria municipal de 28 de julio de 1941.

RODOLFO DELGADO GUILLÉN debía ser hombre muy ocupado, y no le sobraba tiempo para fruslerías, tales como la de cumplir con su obligación de firmar el acta.