HISTORIAL DE JOSÉ OTERO MUNICHAGA


10

 

Cuerpo de Seguridad Santa Cruz de Tenerife

 

PRIMERA SUBDIVISIÓN

HISTORIAL DEL   Guardia Don. Jose Otero Munichaga

hijo de    Jose     y de     Concepcion

Natural de           Madrid                  provincia de      íd                nació el dia   2     de Julio de   1.892       estado              oficio     Actor      estatura 1.702     metros.

 

  FECHA   SEGUNDA SUBDIVISIÓN

 

Día Mes Año Empleos que ha obtenido
12 Enero 1927 Guardia 2 de nuevo ingreso
9 Enero 1927 Guardia por antigüedad 16 actual
31 Julio 1931 Cabo con antigüedad del 16 de Julio
11 Dibre 1932 Sargento con antigüedad del 1 de Dibre

 

 

  FECHA   TERCERA SUBDIVISION
Día Mes Año Cuerpos y situación a que ha pertenecido
12 Enero 1927 En la plantilla de Madrid desde la fecha marginal hasta el 20 de Julio de 1931
31 Julio 1931 En la plantilla de Barcelona desde la fecha de id. id hasta el 1 de Mayo del año 1932
13 Dibre 1932 En la plantilla de Madrid procedentede Barcelona hasta el 23 de Dibre de 1932
17 Dibre En la plantilla de Logroño desde la fecha marginal hasta el 31 de enero de 1933
1 Febrero 933 En la plantilla de Vitoria hasta el 8 de Abril de 1933
15 Abril 934 En Santa Cruz de Tenerife desde la fecha marginal hasta

 

 

 

 

FECHA

QUINTA SUBDIVISION

  Servicios, vicisitudes, recompensas y notas de todas clases
1925 Procedente de Segunda situación del servicio del Arma de Artilleria por Orden de3 de enero de 1927, se le concede ingreso en este Cuerpo en clase de Guardia 2 con arreglo art. 11 de la Ley de 27 de Febrero de 1.908, siendo destinado a esta provincia y al tomar posesión en el dia de hoy se le hace saber que en virtud de lo dispuesto en el penúltimo párrafo de dicho articulo queda filiado por el tiempo de cuatro años contados desde el 12 de Enero de 1927; y con arreglo al art.21 del real Decreto de la Presidencia del Directorio Militar de 7 de Noviembre de 1923 (Gaceta núm. 313) queda también sometido al Código de Justicia Militar, unicamente en lo referente a la subordinación debida a los Jefes y Oficiales de la Corporación y a la disciplina interior

Se le leyeron las leyes penales, dándose por enterado, así como de que no le servirá de disculpa en ningún caso alegar ignorancia de ellas, y de estar conforme firma con el Jefe del Detall y testigos.- Madrid 13 de Enero de 1927.- El interesado.- Jose Otero.- Testigo.- Francisco Sanz.- Testigo Rafael Sales,- El Jefe del Detall.- Escolastico Punguas.- Todos rubricados.

1927 En el 12 de Enero del año marginal tomó posesión del empleo de Guardia 2 en Madrid siendo destinado a la 8 Compañía.
1928 En 9 de Enero a Guardia 1.
1929 En 26 de Mayo del año marginal fue destinado 6 compañia a petición propia.
1931 En 11 de enero del año marginal el primer periodo de premio de consi que determina la R.O. de 28 de Agosto de 1920,
1931 El Excmo. Señor Presidente del Gobierno provisional de la Republica con fecha 20 de Julio del mismo año ha tenido a bien aceptar el empleo de Cabo con la antigüedad del 1 del mismo mes y destinado a la provincia de Barcelona al individuo de este historial cesando de prestarlos en Gaceta de Madrid de 29 de dicho mes y año.- El Comandante Jefe del Detall.- Bonifacio Garcia.- Rubricado.
1932 Con la autorización del Excmo. Sr. Director General de Seguridad de 27 de Febrero del año marginal se hace constar por la presente nota que el funcionario a quien se refiere este historial merece bien de la Patria y de la Republica con su comportamiento con motivo de los sucesos en esta Region durante el citado mes.- El comandante Jefe del Detall.- Pedro Mestre.- Rubricado.
1932 En 7 de Mayo del año marginal toma posesión procedente de la plantilla de Barcelona siendo destinado a la 6 compañía.
1932 El Excmo. Sr. Director General de Seguridad con fecha 11 de Dibre del año marginal ha tenido a bien disponer que el individuo comprendido en el presente historial pase a continuar sus servicios con el empleo de Sargento de Asalto de la provincia de Logroño para la de Vitoria cesando en esta de Madrid el 13 del mismo mes y año.- El Comandante Jefe del Detall.- Bonifacio Garcia.- Rubricado.
1935 En 11 de Enero del año marginal le fue concedido el premio a la constancia correspondiente al 2º periodo de cuatro años de permanencia en el Cuerpo, habiéndosele hecho efectivo en Santa Cruz de Tenerife.

 

Don Victor Cortes Ramon, Capitan del Cuerpo de Seguridad de esta Capital

Certifico: Que el presente historial es copia del original que obra archivado en esta oficina de mi cargo.

Y para que conste expido el presente en Santa Cruz de Tenerife a treinta de Julio de mil novecientos treinta y seis.

[Firma rubricada de VÍCTOR CORTÉS RAMÓN]

 

 

 

12

 

Cuerpo de Seguridad Compañía
Santa Cruz de Tenerife  

 

HOJA de hechos y castigos del Sargento D. Jose Otero Munichaga

natural de     Madrid          provincia de id          Tuvo ingreso

en el Cuerpo en 12 de Enero de 1927, en clase de Guardia 2

 

 

  FECHA   Hechos particulares
Día Mes Año  

 

  

Enfermedades que ha padecido   BAJAS     ALTAS   Total
  Dia Mes Año Dia Mes Año dias
Año            1927             3
                    1928             2
                    1929             11
Fiebre gripal 13 Marzo 1934 25 Mazo 1934 12

 

 

 

  FECHA   Licencias y permisos que ha disfrutado
Día Mes Año  
19 Julio 1929 Disfruta 15 dias de permiso

 

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1.- Causa 50 de 1936.-

CERTIFICADO DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA A JOSÉ OTERO MUNICHAGA


507

[Membrete]

MINISTERIO DEL EJERCITO

COMISIÓN CENTRAL DE EXAMEN DE PENAS

 

[Texto]

507

Expediente núm. 8.198

 

Certificado de resolución definitiva (O.C. de 25 de Enero de 1940 D.O. 21)

 

JOSE OTERO MUNIGAGA                                   natural de

 de 44 años de edad, de estado casado y profesión Sargtº Asalto fué condenado en Consejo de Guerra celebrado el 7 de agosto de 1936, en la Plaza de Santa Cruz Tenerife a la pena de veinticuatro años, cinco meses y diez días de Reclusión mayor con las accesorias de      

como autor de un delito de sedición definido en el artículo 243 del Código de Justicia Militar

La Comisión Provincial de Santa Cruz de Tenerife. en ___ de _____de194 __, elevó propuesta de confirmación de la referida pena, informando que la definitiva que debía imponerse es la de veinticuatro años, cinco meses y diez días de reclusión mayor con las accesorias del artº 185 del C.J.M.

 La Autoridad Judicial informó conforme con la Comisión.

 Esta Comisión Central en __ de ___ de 194_, de conformidad con el parecer expuesto por la Provincial elevó a su vez la oportuna propuesta en el sentido de que la pena a imponer debe ser la de veinticuatro años, cinco meses y diez días de reclusión mayor con las accesorias de la pena primitiva.

 

Previos los oportunos tramites la Superioridad ha dictado la correspondiente resolución definitiva disponiendo que la pena que debe sufrir el rematado JOSE OTERO MUNICHAGA es la de VEINTICUATRO AÑOS, CINCO MESES Y DIEZ DÍAS DE RECLUSIÓN MAYOR

con las accesorias de la pena primitiva .

 De todo lo cual esta Comisión Central CERTIFICA de orden del Excmo: Señor Ministro del Ejército, remitiendo este certificado al Ilmo Sr. Auditor de Santa Cruz de Tenerife.

para cumplimiento de lo prescrito en la instrucción 7ª de la Orden comunicada de 7 de Febrero de 1940, entendiéndose que tanto el inmediato acuse de recibo como la cuenta de la total ejecución de la sentencia definitiva debe comunicarse a esta Comisión Central por obrar en la misma todos los antecedentes del asunto

Madrid, ____de 8 OCT. 1940 de 194

El Auditor Presidente.-

[Firma ilegible]

.

El Vocal Militar,                                 – El Vocal Judicial,

J Torre Marin                                               [Ilegible]

 

[Las tres firmas rubricadas]

 

En medio de ambas firmas hay un sello en tinta con el escudo nacional del águila con el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda

MINISTERIO DEL EJÉRCITO. JUNTA CENTRAL DE EXAMEN DE PENAS

[Este sello está inserto cabeza abajo]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1 Causa 50 de 1936.- Folio 507.

REMITIENDO CERTIFICADO DE NUEVA CONDENA DE JOSÉ OTERO MUNICHAGA


[Oficio nº 15821 de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS, con membrete encabezado por el escudo nacional del águila imperial con el Yugo y las Flechas.]

506

Remito a V. S. certificado de la nueva condena lmpuesta por la Comision Central de Penas al encartado en la causa nº 50 de 1936 JOSE OTERO MUNICHAGA a los efectos de nueva liquidacion de condena, oonocimiento, al interesado, union de dicho documento a la expresada causa que es la adjunta y orden de libertad si asi procediera y dandome cuenta en su dia de haber quedado cumplimentado cuanto se dispone en este escrito.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife 30 de Octubre de 1940.

EI AUDITOR

P.I.

[Firma rubricada]

[Sello ovalado en tinta con el escudo nacional del águila, rodeado por la leyenda AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS – Santa Cruz de Tenerife-]

[Al pie]

Teniente Juez Instructor Eventual D. Santiago Merino Busto

P L A Z A .

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1 Causa 50 de 1936.- Folio 506.

 

REQUIRIENDO TESTIMONIO DE SENTENCIA DE CAUSA 50 DE 1936


[Papel común habilitadocomo oficio nº 3416, mediante el sello ovalado, inserto en tinta, de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS * Santa Cruz de Tenerife]

[Texto]

503

Remito a V.S. la adjunta causa número 50 de 1936, instruida a las fuerzas de Asalto de este Capital, a fin de que extraiga y remita a esta Auditoría un testimonio de la sentencia dictada en la misma, por tenerlo interesado de mi Autoridad la esposa delconmdenado en la misma ex – Sargento de Asalto, JOSE OTERO MUNICHAGA, quedando la Causa en ese Juzgado para le continuación de las diligencias de ejecución pertinentes.

Dios guarde a V. S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife a 15 de Marzo de 1940.

EL AUDITOR.

P.l.

[Firma rubricada de LUIS PIERNAVIEJA DEL POZO, precedida por el sello ovalado en tinta de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIAS * Santa Cruz de Tenerife]

 

[Al pie]

Señor Comandante Juez Instructor DON ELISARDO EDEL RODRIGUEZ.

PLAZA.

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1 Causa 50 de 1936.- Folio 503.

SEBASTIÁN HERRERA DARIAS HERIDO EN EL TIROTEO DE LA PLAZA


499

 

Ilmo.   Señor

 

SEBASTIAN HERRERA DARIAS, mayor de edad, de estado soltero, natural de esta Capital, de profesión obrero del muelle de esta Ciudad, a V.I., respetuosamente expone :

Que con fecha veintiuno de Julio de mil novecientos treinta y seis, con motivo de los hechos ocurridos en la Plaza de la Constitución entre las tropas de esta guarnición y la Compañía de Guardias de Seguridad y Asalto, en que ocurrió un tiroteo entre ambas fuerzas, el dicente resultó casualmente herido en las inmediaciones de la Tabaquería existente en los bajos del Casino, sin que por su parte hubiera tenido intervención alguna en ningún hecho delictivo, sino que pasaba por dicho lugar, siendo las tropas que venían en un camión por las proximidades de la Aduana las que le hirieron; que lo trasladaron a la Casa de Socorro, donde recibió asistencia facultativa y posteriormente al Hospital, donde fue sometido a la correspondiente curación de las lesiones, y es lo cierto, Ilmo. Señor, que careciendo de trabajo en el muelle donde lo conseguía, se le pone inconvenientes para su admisión por razón de haber sido herido por arma de fuego, por la sospecha acaso de haber contraído responsabilidades por los hechos relatados, lo que no ha ocurrido. En su virtud,

A V.I. atentamente, SUPLICA se digne ordenar que por el Juzgado Permanente de esta Comandancia General, se le expida al exponente un certificado, con respecto a la causa número 50 de 1.936, instruida por el Comandante de Infantería don Francisco Sánchez Pinto, acreditativo de su falta absoluta de responsabilidad alguna en el caso referido, a fin de que el recurrente pueda conseguir el trabajo que le permita obtener la remuneración necesaria a su subsistencia para ello le considera acreedor.

Es gracia que no duda alcanzar de la reconocida bondad de V.I. cuya vida guarde Dios muchos años para bien de sus subordinados.

Santa Cruz de Tenerife, a trece de Abril de mil novecientos treinta y nueve. Año de la Victoria.

A ruego de Sebastián Herrera Darias que no sabe firmar, lo hace:

P.O. Sebastian Herrera

[Al pie]

Ilmo. Señor Auditor de Guerra de esta Comandancia General.

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1 Causa 50 de 1936.- Folio 499.

HOJA DE SERVICIOS DE FRANCISCO MUÑOZ SERRANO


144

Cuerpo de Seguridad Sección de Asalto   Compañía
Santa Cruz de Tenerife  

 

HOJA de hechos y castigos del Cabo D. Francisco Muñoz Serrano                                                

natural de Cordoba        provincia de Idem         Tuvo ingreso

 

en el Cuerpo en 17 de Abril de 1929, en clase de Guardia 2º

 

Enfermedades que ha padecido   BAJAS     ALTAS   Total
  Dia Mes Año Dia Mes Año dias
Desde el 7 Dbre 1925 31 Dbre 1934 31
Gastritis 20 Nov 1934 1 nulo    
Bronquitis 5 Febrero 1935 24 Febrero 1935 19
Reumatismo 17 Marzo 1935 Abril 1925 18
Gastritis 31 Mayo 1935 3 Junio 1935 4
Bronquitis 9 Agosto 1931 22 Agto 1931 13

 

 

146

 

  Sección de Asalto              146
Cuerpo de Seguridad Santa Cruz de Tenerife

 

PRIMERA SUBDIVISIÓN

HISTORIAL DEL   CABO DON FRANCISCO

MUÑOZ SERRANO                       hijo de    Antonio    y de      Dolores

Natural de           Córdoba                    provincia de      ídem                nació el dia   6     de Abril

de     1.901       estado        casado        oficio     Camarero      estatura 1.6781     metros.

 

  FECHA   SEGUNDA SUBDIVISIÓN

 

Día Mes Año Empleos que ha obtenido
17 Abril 1925 Guardia segundo de nuevo ingreso
24 Dcbre. 1925 Guardia primero por antigüedad
º5 Julio 1935 Cabo de Asalto por antiguedad 1º del actual.

 

 

  FECHA   TERCERA SUBDIVISION
Día Mes Año Cuerpos y situación a que ha pertenecido
17 Abril 1925 En la plantilla de Barcelona desde la fecha marginal hasta el 5 de Febrero de 1.929
2 Marzo 1929 En la plantilla de Córdoba desde la fecha del margen hasta el 21 de Abril de 1.933
Mayo 1933 En la plantilla de Santa Cruz de Tenerife desde la fecha del margen

 

FECHA QUINTA SUBDIVISION
  Servicios, vicisitudes, recompensas y notas de todas clases
1925 Procedente del concurso y por R.O. de 24 de Marzo, se le concede ingreso en este Cuerpo en clase de Guardia 2º, con arreglo al artº 11 de la Ley de 27 de Febrero de 1.908, siendo destinado a esta provincia y al tomar posesión en el dia de hoy se le hace saber que en virtud de lo dispuesto en el penúltimo párrafo de dicho articulo queda filiado por el tiempo de 4 años y queda tambien sometido al Codigo de Justicia Militar, unicamente en lo referente a la subordinación debida a los Jefes y Oficiales de la Corporación y a la disciplina interior.- Se le leyeron las Leyes Penales, dándose por enterado, así como de que no le servirá de disculpa en ningún caso alegar ignorancia de ella, y de estar conforme firma con el comandante Mayor y testigos.- Francisco Serrano Medina.- Rubricado.- El Teniente testigo.- Maximo Magan.- rubricado.- El Coronel.- Moreno.- Rubricado.- Hay un sello en tinta del Cuerpo de Seguridad de Barcelona.-
  Por R.O. de 4 de Diciembre del año del margen, merece bien de la Patria y gratitud del Rey, el individuo contenido en el presente historial por su conducta y disciplina durante la actuación del Directorio Militar.- Barcelona 9 de Diciembre de 1.925.- El Comandante Mayor.- Justo Conde.- Rubricado.-
1929 CESACION .- Por orden del Excmo. Sr. Director General de Seguridad de fecha dos de Febrero del año marginal, se dispone que el Guardia primero comprendido en este Historial pase destinado a continuar sus servicios con el mismo empleo a petición propia al Cuerpo de Seguridad de la provincia de Córdoba, cesando en esta Capital en 5 del citado mes de Febrero, fecha en que deja de prestar servicio.- El Comandante Mayor.-Vicente Hermida.- Rubricado.-
  En 2 de Marzo del año marginal y por los motivos que expresan la nota anterior, causa alta en este Cuerpo y provincia procedente de Barcelona, el individuo de este Historial en cuya fecha principia aprestar servicio de su clase.- El Teniente – Jefe. Francisco Escríbano.- Rubricado.-
  En 17 de Abril del año marginal y por no haberse extinguido el compromiso de 4 años, solicitó y le fue concedido la renovación del mismo por otros 4 años contados desde el de la fecha y las formalidades prevenidas en la Orden General de fecha 22 de Septiembre de 1.921.- El Teniente Jefe, Francisco Escribano.- Rubricado.-l
1930 El 18 de Julio del año del margen, le fueron entregadas las 250 pesetas importe del premio de la continuación que determina en la R.O. de 20 de Agosto de 1.920, por haberle solicitado en la fecha que se expresa en la nota anterior.

En 2 de Septiembre del año marginal por el Excmo. Sres. Ministros de la Gobernación y Gobernador civil de esta provincia se felicita al Guardia comprendido en este Historial por su energica y acertada intervención en un conflicto obrero.

1933 CESACION.- Por orden del Excmo. Sr. Director General de Seguridad de fecha 2 de Abril del año marginal, pase destinado a continuar sus servicios con el mismo empleo a petición propia al Cuerpo de Seguridad de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, cesando en el de esta Capital en       de Abril, fecha en que dejó de prestar servicio.- Córdoba, 21 de Abril de 1.933.- Es copia.- El Suboficial.- Jefe Accidental.- José. R Alcubilla.- Rubricado.- y Sellado.-
1934 DILIGENCIA.- En Santa Cruz de Tenerife a cuatro de Mayo de mil novecientos treinta y cuatro, en virtud de lo dispuesto por el Excmo. Sr. Presidente de la República, comunicado por la Dirección General de Seguridad en escrito de fecha veinte de Abril de mil novecientos treinta y cuatro, a partir del dia de hoy el nombre del guardia a que se refiere este documento que aparece con el Francisco Serrano Medina, será el de Francisco Muñoz Serrano, por haberlo concedido el Excmo. Sr. Presidente de la Republica a petición del interesado.- El Teniente-Jefe.- Crescenciano Girbal.- Rubricado y sellado.-
1935 Con fecha 25 de Julio del año del margen y con la antigüedad de primero del mismo mes y año ascendido al empleo de Cabo para la Compañía de Vanguardia.
1936 En la tarde del día 18 de Julio marginal fue muerto en la Plaza de la Constitución de esta Capital haciendo armas contra el Ejército y Movimiento Nacional.

 

DON VICTOR CORTES RAMON, CAPITAN DEL CUERPO DE SEGURIDAD DE ESTA PROVINCIA

CERTIFICO: Que este Historial es copia exacta del original que obra archivado en esta Oficina de mi mando.

Y para que conste expido el presente en Santa Cruz de Tenerife a treinta de Julio de mil novecientos treinta y seis.

Por ausencia del Capitán firma el Teniente encargado.

[Firma rubricada de CONCORDIO VELA DOMINGUEZ, precedida por el sello ovalado en tinta del Cuerpo de Seguridad de Santa Cruz de Tenerife ASALTO]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5 .- 6401-207-1.- Causa 50 de 1936.-

JESÚS ÁSPERA ÁLVAREZ ABSUELTO


M.8,838,530

40

S E N T E N C I A

En la Plaza de Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de Agosto de mil novecientos treinta y seis.

Reunido el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza para ver y fallar en audiencia pública y juicio sumarísimo la causa número 150 de 1936, seguida por el presunto delito del articulo 325 del Código Penal Común, contra el paisano JESUS ASPERA ALVAREZ, mayor de edad penal, soltero, natural de Pontevedra, dícese Vigo, vecino de esta Capital, camarero, con instrucción y que no ha sido `procesado. Oidas la lectura de las actuaciones, manifestaciones del procesado, pruebapracticada ante el Consejo e informes del Ministerio Público y Defensa.

RESULTANDO que el procesado paisano Jesús Aspera Alvarez durante varios días después del diez y ocho de julio pasado recorrió diferentes Hoteles de esta Capital, indagando en los mismos los días de franqueo del personal de cocina y procurando la colocación de obreros parados pertenecientes a la Sociedad “La Alianza” de que era Presidente. HECHOS PROBADOS

RESULTANDO que el Ministerio Fiscal en su informe estimó que los hechos no constituían delito y en consecuencia retiró la acusación solicitando la libre absolución del procesado.

RESULTANDO que la defebsa, en el suyo respectivo se adhirió a la calificación legal y petición Fiscal.

CONSIDERANDO que los hechos realizados por el procesado paisano Jesús Aspera Alvarez no constituyen figura alguna delictiva.

Vistos los preceptos de pertinente y general aplicación de los Códigos Penales Militar y Ordinario.

F A L L A M O S : Que debemos absolver y absolvemos libremente al procesado Jesús Aspera Alvarez del delito porque ha sido procesado en esta causa.-

 

[Firmas rubricadas de los siete miembros del tribunal sentenciador]

 

JOSÉ GÓMEZ RUMEU, EDUARDO CALLEJO GARCÍA-AMADO, SEBASTIÁN MARTÍN DÍAZ LLANOS, RAFAEL VILLEGAS ROMERO, PABLO ERENAS MARTÍN, ENRIQUE SUÁREZ DE DEZA Y AGUILAR, JESÚS ANSOCÚA RODRÍGUEZ.

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3611-149-7.- Causa 130 de 1936.- Folio 40.

 

ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA CONTRA JESÚS ÁSPERA ÁLVAREZ


K.3,302,926

 39

ACTA DE CELEBRACION DEL CONSEJO DE GUERRA //

En Santa Cruz de Tenerife a veintiocho de agosto de mil novecientos treinta y seis0 Se extiende la presente en cumplimiento delo preceptuado por el Código de Justicia Militar para hacer constar que siendo la hora señalada se reunió en la sala de actos del Cuartel de Infantería de esta Capital el Consejo de Guerra Ordinario de plaza para ver y fallar la presente causanº. 150 de 193t6 contra Jesús Aspera Alvarez, hallándose constituido el Tribunal de la siguiente forma: Como Presidente el Teniente Coronel Don José Gomez Rumeu; Vocales, los Capitanes Don Sebastian Martin Diaz Llanos, Don Rafael Villegas Romero, Don Pablo Erenas Martín, Don Enrique Suarez de Deza y Aguilar y Don Jesús Ansocua Rodriguez; como Vocal suplente Don Tomás Lluna Gordillo y como Fiscal Don Pedro Doblado Saiz; siendo Ponente el Comandante del Juridico de la Amada Don Eduardo Callejo y García Amado, asistiendo el procesado con su Defensor Don Pedro Cabrera Cruz.

Dada cuenta da la causa por el Instructor en Audiencia pública, fue examinado el procesado que ratificó sus declaraciones sumariales.

Reconocido que fué por los Médicos Militares dictaminaronser mayor de diez y ocho años.

Compa rece seguidamente la testigo Doña Concepción Perez Yanes que ratificó su declaración sumarial para comunicarle que las bases que debían regir eran las antiguas.

Lo hace seguidamente el testigo Agustin Jimenez que ratificó su declaración y expresa que el procesado le dijo que fuera de parte de la Comandancia Militar. En igual sentido declaran los siguientes testigos Francisco Mora Trujillo y Antonio Plasencia y Plasencia quien expresa que al salir del Gobierno Civil el día treinta y uno se encontró al procesado a quien dijo hallarse parado conviniendo en visitar varios hoteles para ver de conseguir trabajo y acudir luego a la Comandancia Mi0litar pata dar cuenta.

Por la defensa fue renunciado el Testigo Manuel Reguei0ra.

Concedida la palabra al Sr. Fiscal retiró la acusación contra el procesado solicitando en su virtud su libre absolución

La defensa, en su turno, se adhiere a la petición Fiscal.

Preguntado el procesado por el Sr. Presidente si tenia algo que manifestar contestó negativamente; quedando reunido seguidamente el Consejo en sesión secreta para deliberar y dictar sentencia; que doy fé.-

El Juez, Secretº del Consejo,

[Firma rubricada de PABLO HURTADO IZQUIERDO]

                         Vº.. Bº.

El Presidente del Consejo,

[Firma rubricada de JOSÉ GÓMEZ RUMEU]

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3611-149-7.- Causa 130 de 1936.- Folio 39.

CONSEJO DE GUERRA CONTRA JESÚS ÁSPERA ÁLVAREZ


M.8.924,928

36

Orden del día 27 de Agosto de 1936 en Santa Cruz de Tenerife

El próximo día 28 de los corrientes a las 17 horas se reunirá en la Sala de Actos del Cuartel del Regimiento Infanteria Tenerife nº 38 de esta Plaza

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRA EN LA FORMA SIGUIENTE:

PRESIDENTE

Teniente Coronel Sr. Don José Gómez Romeu

VOCALES-CAPITANES

NOMBRES

DESTINO

Don Sebastian Martin Diaz-Llanos Grupo Mixto Artilleria nº 2
    “ Rafael Villegas Romero    Id.         Id.      Id..
“   “ Pablo Erenas Martin Regimiento Infanteria nº 2
    “ Enrique Suarez de Deza y Aguilar Grupo Mixto Artilleria nº 2.
“   “ Jesus Ansocua Rodriguez id           id        id    Ingenieros nº 3

VOCAL PONENTE

El Comandante Auditor de la Armada Don Eduardo Callejo y Garcia Amado

VOCALES SUPLENTES

 

NOMBRES

DESTINO

Don Manuel Otero Rubido Grupo Mixto Artilleria n 2
    “ Tomas Lluna Gordillo Comandancia militar

FISCAL

El jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalia en quien delegue.

DEFENSOR

Teniente de Infanteria Don Pedro Cabrera Cruz

JUEZ INSTRUCTOR

Especial de esta Auditoria Don Pablo Hurtado Izquierdo

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

[Estampado el sello ovalado en tinta, de la COMANDANCIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS E.M., que lleva en su interior el escudo republicano.]

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3611-149-7.- Causa 130 de 1936.- Folio 36.

HABLANDO EN CAUSA 150 DE 1936 CONTRA JESÚS ÁSPERA ÁLVAREZ


M.8,740,694

21

Nº 684

Iltmo. Señor Auditor.

Hablando de la Causa número 150 de 1936.

Que se ha instruido de dicho procedimiento que devuelvo evacuado el trámite del articulo 656 del Código de Justicia Militar y formula el siguiente dictamen:

PRIMERO. Que el paisano JESÚS ASPERA ALVAREZ, durante los días siguientes al 18 del mes pasado, recorrió diferentes hoteles de esta Capital haciendose enviado de la Comandancia General, indagando en los mismos, los dias de tranqueo del personal de Cocina, manifestando que mandaria el sustituto correspondiente.

Los hechos relacionados son constitutivos de un delito de usurpaciones de funciones previsto y penado en el artículo 325 del Código Penal Ordinario.

El hecho relacionado se acredita por, la declaración del procesado y de los paisanos, Doña Concepción Pérez Yanes, D. Agustin Gimenez, D. Francisco Mora Trujillo, D. FedericoMendez.

SEGUNDO. Es responsable en concepto de autor por participación directa el procesado.

TERCERO. No existen circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.

CUARTO. Procede citar para el acto de celebración del CONSEJO DE GUERRA a los testigos que se encuentren presentes en la Plaza, debiéndose practicar el reconocimiento por dos Médicos que determinen la edad del procesado.

Quinto. Procede imponer al procesado la pena de prisión menor en su grado minimo y medio, con las accesorias legales correspondientes.

SEXTO. Le será de abono al procesado el total de prisión preventiva sufrida.

SEPTIMO. No ha lugar a exigir responsabilidades civiles.

OCTAVO. Todo conforme a los citados preceptos y demás de general aplicación asi como del Bando declaratorio del Estado de Guerra de diez y ocho del anterior.

Santa Cruz de Tenerife 16 de Agosto de 1936.

EL FISCAL

[Firma rubricada de PEDRO DOBLADO SÁIZ]

[A la izquierda de la firma, estampado en tinta, sello con la leyenda FISCALIA JURIDICO MILITAR CANARIAS, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar.]

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3611-149-7.- Causa 130 de 1936.- Folio 21.