COMISIÓN DICTAMINA LA PETICIÓN EN SENTIDO DESFAVORABLE


 

 

COMISION DE REGIMEN Y PERSONAL.-

REUNION del día 9 de Octubre de 1.953

 

Excmo. Señor:

 

Cumpliendo disposición del Iltrmo. Sr. Alcalde, se ha conocido por esta Comisión escrito del Excmo. Sr. Gobernador Civil, con la instancia del ex – Guardia Municipal, Don Martín Carricondo Tunez, pidiendo la revisión de su expediente de separación.

Por Orden del Ministerio dela Gobernación de 21 de Diciembre de 1.951 (B.O. del Estado de 3 de Enero de 1.952), se abrió vía a estas revisiones pero con unppplazo que expiró el día 30 de Junio del expresado año de1.952

Como quiera que la instancia de referencia tiene fecha 28 de Junio de 1.953, es visto que se ha producido fuera del plazo legal abierto para tal fin, por lo que es improcedente conocer der la misma.

Además, se da la circunstancia de que el informe de la Policía le es desfavorable, y sobre ello, ocurre que el interesado solamente cuenta con 5 años de servicios activos, teniendo 58 de edad, por lo que es visto que no podría convalidar derechos pasivos.

En consecuencia, por el fundamento legal expuesto, y por las demás circunstancias concurrentes, esta Comisión dictamina la petición en sentido desfavorable; debiéndose comunicar la resolución que en definitiva recaiga al Excmo. Sr. Gobernador Civil de la Provincia, así como al interesado.

V.E. como siempre resolverá lo más procedente.

Salas Consistoriales, 10 de Octubre de 1.953.

[Firmas rubricadas]

Cfr.: A-MSCTF – Expediente de depuración 26/9 contra MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ – Folio 54.

* * * * * * * * * * *

Así finaliza el Expediente de depuración de MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ.

COMUNICANDO DESESTIMACIÓN A MARTÍN CARRICONDO PÉREZ


La Comisión Municipal Permanente, en sesión del día 16 de octubre del corriente año, adoptó el siguiente acuerdo:

“Seguidamente se dio lectura al dictamen emitido por la Comisión de Régimen y Personal en expediente originado por instancia dirigida al Excmo. Señor Gobernador Civil de la Provincia por el que fue Guardia Municipal de este Excmo. Ayuntamiento don Martín Carricondo Túnez, solicitando la revisión de su expediente de separación, y resultando que dicha instancia fue formulada con fecha 28 de Junio del corriente año, o sea una vez expirado el plazo, que terminó en treinta de junio de mil novecientos cincuenta y dos, que concedía la orden del Ministerio de la Gobernación de 21 de diciembre de 1.951 para solicitar dichas revisiones, la Excma. Comisión Municipal Permanente, de conformidad con el aludido dictamen, acordó desestimar la petición de revisión de expediente formulada por el Sr. Carricondo Túnnez, informando en tal sentido al Excmo. señor Gobernador Civil de la Provincia.”

Lo que notifico a Vd. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a Vd. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 17 de Noviembre de 1.953.

El Secretario,

[Firma abreviada de HIPÓLITO FUMAGALLO MEDINA]

 

[Al pie]

Sr. D. Martin Carricondo Pérez.- Carretera de S. Roque núm. 4.- La Laguna.

 

Cfr.: A-MSCTF – Expediente de depuración 26/9 contra MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ – Folio 53.

JEFE DE POLICÍA URBANA INFORMA SOBRE MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ


 

 

 
POLICIA MUNICIPAL    
            DE  
SANTA CRUZ DE TENERIFE  
J E F A T U R A  
  Iltmo. Sr.
   
Núm.  
  En cumplimiento al superior decreto de V.I. en
  oficio del Gobierno Civil de ésta Provincia con el que

acompaña instancia de D. MARTIN CARRICONDO TUNEZ, en que solicita sea repuesto en el cargo de Policía Municipal que desempeñó hasta el día 1º de Diciembre de 1.936, con resolución del Excmo. Sr. Comandante General de Canarias, con motivo de haber sido denun-

ciado, detenido y encarcelado por que cuando hablaba con varias personas decía”que era un abuso lo que

hacían los dirigentes del Ejercito en dejar parado

a los obreros del muelle” Tengo el honor de infor-

mar que aparte de los antecedentes anteriores consta

un informe hecho por personal de éste Cuerpo que co-

piado dice:

“Sr. Alcalde:.- Cumplimentando el anterior

Decreto de V.S., por el que me ordena le informe so-

bre la conducta y moralidad del Guardia Municipal Martin Carri-

condo Tunez, tengo el honor de informar a V.S.,

que según antecedentes que obran en el expediente perso-

nal del referido guardia, éste fue amonestado, con

nota de apercibimiento en su hoja de servicio, por

una falta cometida en el servicio, cuya notificación

lleva fecha de 23 de febrero de 1.934. En cuanto a su

filiación política, según las referencias de ésta Je-

fatura, estaba afiliado al partido comunista, hacien-

do alarde de ello en repetidas ocasiones, no teniendo

conocimiento de que haya actuado personalmente en he-

chos subversivos.- Su comportamiento en el servicio nocturno,

deja que desear pues en algunas ocasiones se le nota-

ba una resistencia pasiva, apatía manifiesta y falta

de celo, prestándolo en otras ocasiones a entera sa-

tisfacción.- Y según me informa el Inspector del Dis-

trito donde radica su domicilio, que no tiene noti- ….

….cias de que haya observado mal comportamiento, ni

Ha recibido quejas alguna relacionada con éste guar-

dia, por lo que estima que no observa mal comporta-

miento.” Por todo ello estima el Jefe que suscribe y

vista los antecedentes expuesta, y que el interesa-

do como nacido el día 24 de Julio de 1,895, cuenta

en la actualidad 58 años de edad, no debe conceder-

sele el ingreso en el Cuerpo si bien pudiera hacer-

lo en la limpieza pública o de jardines donde es

menos de notar los defectos de salud y condiciones

físicas que alude el reclamante en su adjunta ins-

tancia.

No obstante V.I. con su elevado criterio

resolverá como mejor se digne estimar.

Dios guarde a V.I. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife,18 de Agosto de

1.953.

 

ELJEFE.

[Sello circular en tinta de la JEFATURA de la POLICÍA URBANA de SANTA CRUZ DE TENERIFE, y firma rubricada]

[Al pie]

Iltmo. Sr. Alcalde –Presidente de éste Excmo. Ayuntamiento.

 

Cfr.: A-MSCTF – Expediente de depuración 26/9 contra MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ – Folio 52.

 

 

REMITIENDO INSTANCIA DE MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ


 

 

 
GOBIERNO CIVIL  

        DE LA

 
Provincia de Santa Cruz de Tenerife  
SECRETARIA GENERAL  
——–  
Núm.  
Negdo         A. L. A los efectos procedentes adjun-
Decreto 12-8-53 ta remito a V.I. instancia que a mi
Pase a informe

del Jefe de la

Guardia.

con el que se

dé y antecedentes

para dictamen de

la Comisión Permanente

Autoridad dirige DON MARTIN CARRICON-

DO TUNEZ, en súplica de ser repuesto

en el cargo de Policía Municipal que

ejerció en ese Ayuntamiento hasta la

iniciación del Glorioso Movimiento Na-

cional por ser asunto de la competen

cia de esa Alcaldía.

El Alcalde  
SECCION  

Cumplase lo prevenido en el ar-

tículo 25 del Reglamento de la Se-

cretaría

.

 

 

Dios guarde a V.I. muchos años

Santa Cruz de Tenerife a 8 de Agosto de 1953.

EL GOBERNADOR CIVIL

[Sello elíptico en tinta del GOBIERNO CIVIL y firma de CARLOS ARIAS NAVARRO]

 

[Al pie]

Iltmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de

esta Capital.

 

 

DESESTIMANDO PETICIÓN DE REVISIÓN DE EXPEDIENTE EN 1953


Recibido el 16-11-53

COMISION MUNICIPAL PERMANENTE.

——– SESION del día 16 de octubre de 1953

Testimonio:

“Seguidamente se dio lectura al dictamen emitido por la Comisión de Régimen y Personal en expediente originado por instancia dirigida al Excmo. Señor Gobernador Civil de la Provincia por el que fue Guardia Municipal de este Ayuntamiento don Martín Carricondo Túnez, solicitando la revisión de su expediente de separación, y resultando que dicha instancia formulada con fecha veintiocho de Junio del corriente año, o sea una vez expirado el plazo, que terminó en treinta de junio de mil novecientos cincuenta y dos, que concedía la orden del Ministerio de la Gobernación de 21 de diciembre de 1951 para solicitar dichas revisiones, la Excma. Comisión Municipal Permanente, de conformidad con el aludido dictamen, acordó desestimar la petición de revisión de expediente formulada por el señor Carricondo Túnez, informando en tal sentido al Excmo. señor Gobernador Civil de la Provincia.”

EL SECRETARIO GENERAL,

[Firma de HIPÓLITO FUMAGALLO MEDINA]

SECCION 1.- Pers.- 21-X-1953

DECRETO: Cumplase

EL ALCALDE ACTL.,

 

Cfr.: A-MSCTF – Expediente de depuración 26/9 contra MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ – Folio 50.

 

MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ


Guardia Municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Hijo de Pedro y Matea.

Nacido el 23 de agosto de 1900 en Granada.

Fallecido en 1974.

Denunciado por ANTONIO BRAUN FERRER, es detenido por el Guardia Municipal ÁNGEL BRITO HERNÁNDEZ.

Fue sometido a la Causa nº 177 de 1936, en la que resultaría condenado a la pena de DIEZ años de prisión mayor.

Como consecuencia de dicha detención y condena, se le instruyó expediente de depuración, resultando separado del servicio.

Gestor Instructor: JUAN YANES PERDOMO

Secretaria Instructora: AMPARO DEL PILAR DÍAZ PÉREZ

Casado el 6 de diciembre de 1949 con Isabel Rodríguez Morales.

Hijo: Pedro Carricondo Rodríguez nacido el 12 de junio de 1955

En agosto de 1953 dirigió instancia suplicando ser readmitido como Policía Municipal, al Gobernador Civil CARLOS ARIAS NAVARRO.

Éste remite la instancia al Ayuntamiento, que rechaza la súplica de su exfuncionario.

En septiembre de 1959 MARTÍN CARRICONDO TÚNEZ es contratado como productor, con la categoría laboral de ayudante, en el servicio municipal de limpieza pública.

Al cumplir 65 años de edad, en 23 de agosto de 1965, sería jubilado con la categoría de capataz de limpieza.

Domiciliado en calle La Llavita (Barrio Nuevo).

 

AMSCT – Expediente de depuración 26/09

AMSCT – Expediente municipal 76/15

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CARLOS ARIAS NAVARRO desempeñó el Cargo de Gobernador Civil de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife desde el 11 de noviembre de 1951 hasta el 10 de octubre de 1954.

EN MARCHA NÚMERO 50


 

El sábado 10 de Enero de 1932, en el número 50 del semanario sabatino “EN MARCHA” de Santa Cruz de Tenerife, órgano de la Federación Obrera adherido a la C.N.T., fueron publicados varios artículos, en los cuales sus autores hicieron un valeroso ejercicio de la libertad de expresión.

Libertad de expresión que parecía estar siendo tolerada, tras la proclamación, efectuada el 14 de abril de 1931, de la Segunda República Española.

Libertad de expresión controlada y vigilada, sobre la cual se continuaba ejerciendo la represión.

Por ello, en esta ocasión de principios del año 1932, el Auditor de Guerra JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, no desperdició la oportunidad para ordenar la apertura de Causa, a la que asignó el número 12 del año 1932, por la publicación del artículo titulado «PUEBLO NO MÁS INJUSTICIA».

En esta causa 12 de 1932, se verían implicados JUAN JOSÉ COBA CABRERA, JUAN DÍAZ GARCÍA y JOSÉ ROMERO CABEZAS.

Afortunadamente, después de tres meses de tramitación, se daría por «terminado el sumario sin dirijir la acción contra persona alguna, después de haber examinado el artículo de autos y apreciar que no aparece en él clara ni encubiertamente, la comisión del delito perseguido, acordando sobreseer definitivamente la Causa».

El decreto de sobreseimiento está firmado por el Auditor TOMÁS GARICANO GOÑI, quien por aquellas fechas, había sido destinado a Canarias.

* * * * * * * * *

TOMÁS GARICANO GOÑI, desarrollaría una dilatada carrera política con la Dictadura Franquista, alcanzando el grado de General, llegando a ser designado Ministro de la Gobernación en octubre de 1969, reemplazando al general CAMILO ALONSO VEGA.

TOMÁS GARICANO GOÑI fue cesado en este cargo en junio de 1973, siendo sustituido por CARLOS ARIAS NAVARRO.

Pasado a la reserva en febrero de 1978, al retirarse de la política, sería recompensado con un puesto en la Papelera Sarrió, empresa de la cual sería Vicepresidente.

En una necrológica de El País, citada por Wikipedia, he leído que TOMÁS GARICANO GOÑI, falleció el sábado 16 de enero de 1988, a la edad de 78 años, habiendo nacido el 9 de febrero de 1910 en Pamplona (Navarra).

* * * * *

Como anécdota personal, puedo contar que recuerdo haber coincidido con TOMÁS GARICANO GOÑI, en un vuelo a Ginebra (Suiza), viajando en primera clase, en asientos separados por el pasillo del avión, sin intercambiar palabra alguna.

En la década de los ochenta, por mor del trabajo que yo realizaba en una compañía multinacional, me vi compelido a viajar mucho. Demasiado.

¿LOS ÚLTIMOS EXPEDIENTES DE DEPURACIÓN POLÍTICA?


Mención aparte merece el expediente, identificado como 26/1.

El 10 de julio de 1939, la Comisión Gestora acuerda que por el Gestor AGUSTÍN ÁLVAREZ MORALES, se instruya expediente al Oficial de 3ª en expectativa de destino, LIBERTO EXPÓSITO DE LA ROSA, para aclarar su actuación y adhesión al Movimiento Nacional.

Su tramitación no acabó hasta diciembre de 1939, con resultado favorable para el aspirante, a quién se le concedió la plaza con el haber anual de 3.000 pesetas.

Realmente, este expediente debería ser considerado como de «depuración previa», ya que no se le instruye a un funcionario por haber cometido falta alguna, sino con el propósito de calificar su idoneidad política para una nueva plaza a la que aspira. Praxis extendida y aplicada luego durante la dictadura franquista.

La concesión de esta plaza a Liberto se hizo postergando a HELENIO PADRÓN CAMACHO, quien le había superado en la oposición a la cual habían concurrido ambos. El expediente de Helenio estuvo abierto largo tiempo, habiendo visto en el mismo escritos de septiembre de 1952, firmados por el gobernador civil CARLOS ARIAS NAVARRO.

No puedo afirmar que estos sean los últimos expedientes de depuración.

AGUSTÍN ÁLVAREZ MORALES fue, asimismo, el Gestor designado para instruir el voluminoso expediente de concesión de la Medalla de Bronce de la Ciudad a los paisanos que durante todo el día 18 de julio de 1936, se presentaron voluntariamente para defender con las armas el glorioso Movimiento.

 CONCLUSIÓN

Concluye aquí esta concentrada síntesis de la DEPURACIÓN POLÍTICA EN EL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

Para conocer algo más acerca de este tema, puede consultarse todo lo aflorado en este otro enlace de Internet:

http://personales.ya.com/pedroms/depuracion.html

Queda pendiente el análisis pormenorizado de cada uno de los expedientes individuales instruidos, cuya localización está casi ultimada.

Lo que queda por aflorar y conocer supera con creces a lo aflorado y conocido.