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MINISTERIO DEL EJERCITO |
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COMISIÓN CENTRAL DE EXAMEN DE PENAS |
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64
Expediente núm. 37.174
Certificado de resolución definitiva (O.C. de 25 de Enero de 1940 D.O. 21)
ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ natural de
de 27 años de edad, de estado soltero y profesión empleado comercio, fué condenado en Consejo de Guerra celebrado el 24 de octubre de 1936, en la Plaza de Las Palmas a la pena de doce de años de prisión mayor con las accesorias de destino a un Cuerpo de disciplina por el tiempo que después deba servir en filas, suspensión de todo cargo y derecho de sufragio como autor de un delito de excitación a la rebelión a la reb. definido en el artículo 240 del Código de Justicia Militar.
La Comisión Provincial de Las Palmas en ___ de _____de194 __, elevó propuesta de conmutación de la referida pena, informando que la definitiva que debía imponerse es la de nueve años de prisión mayor (nº 1 Gr. V) con las accesorias del fallo.
La Autoridad Judicial informó conforme con la Comisión.
Esta Comisión Central en de de 194, en disconformidad con el parecer expuesto por la Provincial elevó a su vez la oportuna propuesta en el sentido de que la pena a imponer debe ser la de nueve años de prisión mayor.
con las accesorias de la pena primitiva.
Previos los oportunos tramites la Superioridad ha dictado la correspondiente resolución definitiva dispniendo que la pena que debe sufrir el rematado ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ oes la de NUEVE AÑOS DE PRISION MAYOR
Y OCHO MESES DE PRISION MENOR
con las accesorias de LA PENA PRIMITIVA/.
de todo lo cual esta Comisión Central CERTIFICA de orden del Excmo Señor Ministro del Ejército, remitiendo este certificado al Excmo. Sr. Capitán General de Canarias
para cumplimiento de lo prescrito en la instrucción 7ª de la Orden comunicada de 7 de Febrero de 1940, entendiéndose que tanto el inmediato acuse de recibo como la cuenta de la total ejecución de la sentencia definitiva debe comunicarse a esta Comisión Central por obrar en la misma todos los antecedentes del asunto
Madrid, ____de 7 NOV 1941 de 194
El Auditor Presidente,
[Firma ilegible]
.El Vocal Militar, – El Vocal Judicial,
[Rúbrica simple] [Ilegible]
[Las tres firmas rubricadas]
En medio de ambas firmas hay un sello en tinta con el escudo nacional del águila con el yugo y las flechas, rodeado por la leyenda
MINISTERIO DEL EJÉRCITO. JUNTA CENTRAL DE EXAMEN DE PENAS
Cfr.: A-TMT5 12893-413-13.- Causa 205 de 1936.- Folio 64.