TVE emitió ayer el filme CLARA CAMPOAMOR, en el cual se ha recreado la figura de esta gran mujer y su denodada lucha por la igualdad de sexos, hace siete décadas.
Obviamente, por razones del guión cinematográfico, la historia contada fílmicamente, no se corresponde exactamente con la historia real. Es admisible que los realizadores hayan abreviado párrafos de las intervenciones oratorias de aquellos diputados de las Cortes Constituyentes de la República Española.
Me ha parecido excesivamente abreviada la intervención del eminente médico y catedrático universitario ROBERTO NOVOA SANTOS, diputado del minúsculo grupo de la Federación Republicana Gallega, que argumentó contra la concesión del voto a la mujer, basando su discurso en su sapiencia científica.
Para restablecer la verdad histórica, conviene que sea leído en toda su extensión, lo que sobre este asunto ha quedado reflejado en el Diario de Sesiones las Cortes Constituyentes de la República Española, del día 2 de septiembre de 1931.
Lo que sigue es el texto que figura en dicho Diario, en el cual me he permitido resaltar los párrafos que me han parecido sobresalientes, del discurso del eminente médico y catedrático universitario gallego, ROBERTO NOVOA SANTOS.
“ Hay también en el título III de la Constitución una alusión a la ecuación de derechos civiles en el hombre y la mujer, ecuación de derechos civiles e igualdad de sexos o para la expresión de la voluntad popular en un régimen de elección. Pero ¿por qué?, preguntamos, aun cuando la pregunta tenga un cierto aroma reaccionario? ¿Por qué hemos de conceder a la mujer los mismos títulos y los mismos derechos políticos que al hombre? ¿Son por ventura ecuación? ¿Son acaso organismos iguales? ¿Son organismos igualmente capacitados?
Por mi parte no he sido nunca sospechoso, de largos años a acá, defendiendo o postulando un criterio acerca de la inferioridad o de la capacidad mental del sexo femenino, y esto no huele a reacción ; esto no es un retorno ancestral, no es una posición reaccionaria ante un régimen o ante una convicción profundamente liberal y sentida; es la expresión de una convicción biológica de que los sexos no son desiguales, sino diversos simplemente, y que la única estructura biológica es la pareja humana. La mujer es toda pasión, todo figura de emoción, es todo sensibilidad; no es, en cambio, reflexión, no es espíritu crítico, no es ponderación.
Por mi parte, creo que podría concederse en el régimen electoral que la mujer fuese siempre elegible por los hombres; pero, en cambio, que la mujer no fuese electora.
¿Qué ocurriría o cual sería la trayectoria que, por ejemplo, seguirían nuestro régimen parlamentario, nuestro régimen provincial o nuestro régimen municipal, si las mujeres pudiesen disponer también del voto? De momento, en los instantes presentes y dentro de un futuro próximo, esto tendería a convertirse quizá en un Estado conservador o teocrático. Es posible o es seguro quo hoy la mujer española, lo mismo la mujer campesina quo la mujer urbana, está bajo la presión de las Instituciones religiosas; es seguro que hay una fuerza incoercible, que hay un movimiento absorbente para que la mujer siga una cierta trayectoria en el concierto vital, y yo pregunto: ¿Cuál sería el destino de la República si en un futuro próximo, muy próximo, hubiésemos de conceder el voto a las mujeres? Seguramente una reversión, un salto atrás. Y es que a la mujer no la dominan la reflexión y el espíritu crítico; la mujer se deja llevar siempre de la emoción, de todo aquello que habla a sus sentimientos, pero en poca escala o en una mínima escala de la verdadera reflexión crítica. Por eso yo creo que, en cierto modo, no le faltaba razón a mi amigo Basilio Alvarez al afirmar quo se haría del histerismo una ley.- El histerismo no es una enfermedad, es la propia estructura de la mujer; la mujer es eso: histerismo; y por ello es voluble, versátil, es sensibilidad de espíritu y emoción. Esto es la mujer. Y yo pregunto: ¿en qué despeñadero nos hubiéramos metido si en un momento próximo hubiéramos concedido el voto a la mujer?
Se me puede argüir que en las naciones del centro y del norte de Europa, en donde se ha concedido- el voto a la mujer, no se ha modificado por eso el régimen político de la nacionalidad.
Quizá sea exacto el argumento; pero ¿y en España?
Habría que hacer la experiencia. Nadie sabe lo que va a ocurrir si antes no se lleva a cabo la experiencia; habríamos de hacer el experimento y luego veríamos el resultado, y si la experiencia daba la razón a los que creemos que la mujer solamente debe ser elegible y no electora, ¿qué pasaría entonces? ¿Haríamos una rectificación de conducta? ¿Daríamos en el camino una vuelta atrás, o bien nos sumergiríamos en el nuevo régimen electoral, expuestos los hombres a ser gobernados en un nuevo régimen matriarcal, tras del cual habría de estar siempre expectante la Iglesia católica española?“