DESOBEDIENCIA AL JEFE DE LA FUERZA MILITAR EN LA PLAZA DE LA PAZ


U.4,912,620

Nº 3359 = Legº 139  – nº 15

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1933.

 Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

 Diligencias previas Nº 4.

Que se instruyen en averiguación de los hechos ocurridos entre los paisanos Antonio González González y Antonio Alvarez Amaral como presuntos autores de desobediencia al Jefe de la fuerza militar de servicio en la Plaza de la Pa

Ocurrió el hecho, el 11  de Enero de 1933

Dieron principio estas actuaciones el 14  de enero de 1933.

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El Sargento de Caballería don

Conrado Guinart Llauradó

Antonio Carballo Arias

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3359-139-15.- Cubierta.

DESOBEDIENCIA A FUERZA DEL EJÉRCITO


Nº 3357 – Legº 139  – nº 13

 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1933

Capitanía General de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

Diligencias previas nº 8

Seguidas contra el paisano Antonio Alvarez Amaral por supuesto delito de desobediencia a fuerza del Ejército.

Ocurrió el hecho, el 10 de enero de 1933

Dieron principio estas actuaciones el 11 de enero de 1933

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El Sargento de Caballería don

Conrado Guinart Llauradó

Antonio Carballo Arias

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3357-139-13.- Cubierta.

CAUSA 69 DE 1932 CONTRA LAIR BEN LAHASEN POR DESERCIÓN


U.4.923,194

Nº 3355 – Legº 139  – nº 11

 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1932.

 Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

C A U S A   N U M E R O   69

Seguida contra el Maún número 134 de las Tropas de Policia del Sahara (Mia a Camellos) Lair Ben Lahasen, por el delito de deserción con armas y abandono de servicio.

Ocurrió el hecho, el 29 de Septiembre de 1932.

Dieron principio estas actuaciones el 4 de Octubre de 1932.

Se recibieron en este Juzgado para continuación el 12 Nobre 1.932

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitan de Infantería don

El Brigada de Caballeria don

Conrado Guinart Llaurado.

Luis Montesdeoca Ponce. Otro

Sargento de Caballería Don José Ramos
Montero

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3355-139-11.- Cubierta.

NIÑO LESIONADO POR EXPLOSIÓN DE UN CARTUCHO


Nº 3354 – Legº 139  – nº 10

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 1932.

 

Comandancia Militar de Canarias

 

JUZGADO PERMANENTE

 

DILIGENCIAS PREVIAS Número 55.

 

Instruidas en averiguación de la lesión sufrida por el niño apellidado “Navarro” al hacerlo explosión un cartucho “Remington” en el Castillo de Paso – Alto.

 

Ocurrió el hecho, el 18 de Noviembre de 1932.

 

Dieron principio estas actuaciones el 24 de Noviembre de 1932.

 

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitan de Infantería don

El Brigada de Caballería don

Conrado Guinart Llaurado

Luis Montesdeoca Ponce. Otro

 

Sargento de Caballería José

 

Ramos Montero

 

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 3354-139-10.- Cubierta.

 

CONRADO GUINART LLAURADO, JOSÉ RAMOS MONTERO, LUIS MONTESDEOCA PONCE,

ROBO EN ALMACÉN DEL REGIMIENTO DE INFANTERÍA


 

Nº  3350 – Legº 139  – nº 6

 Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                       Año de 1932.

 ===== COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS =====

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Capitanía General de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

 Numº 3350Legº 139 = 6 =

 

C A U S A    Nº    10.

 

Contra los soldados JOSE ACOSTA BRITO, GREGORIO GONZALEZ BARRIOS y FORTUNARO BURDEOS BOMBAY, del Regimiento de Infanteria nº 37, los dos primeros y el otro de la Compañia Disciplinaria, instruida por el delito de robo cometido en el Almacén del primero de los Cuerpos citados.

 

Ocurrió el hecho, el 29 de   E N E R O  de 1932.

Dieron principio estas actuaciones el  13  de E N E R O  de 1932.

En prisión preventiva los tres procesados, el 30 de Enero de 1.932.

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Comandante de Infantería don

El Sargento de Infanteria don

FRANCISCO SANCHEZ PINTO Otro

JOSE PEREZ RIVERO.

Capitan Infª D. Conrado Ginart Llauradó Otro Brigada de Cabª D. Luis Montesdeoca Ponce

D. Elisardo Edel Rodriguez

Otro Sargtº de Caballería Antonio Carballo Arias

 

Cfr.: A-TMTQ 3350-139-6.- Causa 10 de 1932.- Cubierta.

CONTRA EL SARGENTO JOAQUÍN ARJONA CRUZ POR PRESUNTO DELITO DE DESOBEDIENCIA


Z.4,053,695

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                                     Año de 19 36

Nº 3629                                      Legº 149-25

Comandancia Militar de Canarias

 

JUZGADO PERMANENTE

 

Causa nº 5.

que se instruye contra el Sargento del Regimiento de Infantería Tenerife nº 37 D. Joaquín Arjona Cruz por el presunto delito de desobediencia

Ocurrió el hecho, el 24 de enero de 1936

Dieron principio estas actuaciones el 1º de febrero de 1936

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infantería don

El Sargento de Caballería don

Conrado Guinart Llauradó.- Otro

Antonio Carballo Arias

Comandante de Infª D. Francisco Sánchez Pinto

 

 

Cfr.: A-TMTQ 3629-149-25.- Causa 5 de 1936.- Cubierta.

 

 

TERMINANDO DILIGENCIAS PREVIAS 22 DE 1936


M.8,727,496

54

AUTO.-

En Santa Cruz de Tenerife a siete de Julio de mil novecientos treinta y seis.

Vistas las diligencias previas nº 22 de 1.936; y

RESULTANDO, que las mismas se instruyen en averiguacion de los hechos denunciados por el Sargento de Infanteria Don Dámaso Jorge.

CONSIDERANDO, que como quiera que de la prueba practicada en el procedimiento no se deducen responsabilidades de orden alguno es pertinente darlo por terminado de conformidad con lo preceptuado en los articulos 395 y 396 del Código de Justicia Militar.

A C U E R D O dar por terminadas las presentes diligencias sin declaración de responsabilidad de orden alguno; vuelva lo actuado a su Instructor para la practica de las diligencias de ejecución pertinentes.

EL AUDITOR

[Firma rubricada del Coronel Auditor de División JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, acompañada a su izquierda, por el sello en tinta, de la AUDITORÍA de la COMANDANCIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS]

 

Cfr. A-TMTQ 3641-149-37.- Diligencias Previas nº 22 de 1936.- Folio 54.

 

CAPITÁN NICOLÁS DE PRAT ORDOÑEZ Y SARGENTO DÁMASO JORGE ESTEBAN


 

Z.4,053,969

Plaza de Santa Cruz de Tenerife                            Año de 1936.

Nº 3649                                      Legº 149 – 45

 

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO PERMANENTE

DILIGENCIAS PREVIAS número 22.

Instruidas en averiguación de los hechos denunciados por el Sargento de Infanteria Don DAMASO JORGE, del Regimiento de Tenerife numero 37, contra Capitan D. Nicolas de Prat Ordoñez

 

Ocurrió el hecho, el    de                         de 19

Dieron principio estas actuaciones el  18  de Febrero de 1936.

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO
El COMANDANTE de Infantería don

El CAPITAN de Infanteria

FRANCISCO SANCHEZ PINTO

CONRADO GUINART LLAURADO

Otro.- D. Elisardo Edel Rodriguez

Otro.- Capitán D. Antonio Perez Linares y Rodríguez

  Otro.:Alférez D. Agustín

Durán Delgado

 

Cfr. A-TMTQ 3641-149-37.- Diligencias Previas nº 22 de 1936.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * *

En siete de Julio de mil novecientos treinta y seis, el Coronel Auditor de División JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, acordaría dar por terminadas estas diligencias sin declaración de responsabilidad de orden alguno.

 

N U E S T R A P A L A B R A


N U E S T R A   P A L A B R A

diario de la huelga

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Núm. 17                10 de Octubre

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Incomunicación del compañero Florencio Sosa y los demás compañeros detenidos con motivo de la huelga que sostenemos

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No sabemos si nuestros compañeros encarcelados se habrán negado a comer, nos lo suponemos, pero como no nos gusta asegurar sino lo que estamos completamente seguros, no nos atrevemos a afirmarlo

Sea como sea, lo cierto es, que nuestros nobles compañeros están siendo víctimas de inauditos atropellos y que están soportando abusos que si los toleramos sin levantarnos en pública protesta es porque somos unos despreciables  cobardes.

Si nuestros camaradas no son puestos en libertad y nuestros derechos reconocidos, verán nuestros criminales enemigos que los obreros del Valle tenemos pantalones y no permitimos que tan miserablemente se nos vilipendie.

¡Esto es horroroso, compañeros!

Horroroso y afrentoso. A los cuarenta días de huelga, cuando se han desengañado los patronos y autoridades que los huelguistas no nos sometemos a sus infames y torpes caprichos, se ceban con los  que entre cuatro paredes sufren  tormentos por defienden sus derechos y los de los trabajadores.

Las Patronales y autoridades, creyeron que bastaba encerrar al Comité de Huelga para que volviéramos amansaditos al trabajo, gatos capados. Como no lo han conseguido, ni lo conseguirán, porque antes de trabajar como burros y morirnos de hambre con miserables jornales de dos pesetas que no nos alcanzarían para el desayuno, continuamos como estamos porque el hambre se pasa mejor descansando y mientras haya plátanos no  nos morimos, que en los 5 años de la guerra con plátanos se sostuvo el pueblo. Por eso se emperran en los detenidos creyendo de esta forma conseguir acobardarnos y acobardarnos.¡Qué equivocados están!

Como no firman el pacto quienes  perderán serán ellos. Nosotros nada tenemos que perder. Y si algo  tenemos es el yugo que cada vez  quieren que sea más fuerte y los latigazos que cada vez son más afrentosos.

¡Animo compañeros!

La platanera se está secando, la cochinilla se la está comiendo.

¡O firman el pacto esos cobardes o dentro de poco quedanse todos del mismo color. Así sabrán lo que cuesta llevar una camisa oliendo a tierra y sudor.

¡Adelante!

Arrasemos con los esquiroles y los patronos. Los esquiroles cada vez van siendo menos y nosotros debemos atacarles con más furia. Desde que se les han quemado algunas  de sus casas se han acobardado.

¡Pantalones hacen falta compañeros, para que no quede una casa de un esquirol en pie!

En el Realejo ardieron dos casas y dos camiones.  ¡Fuego! ¡Más fuego hace falta!

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¡Que nadie vaya al trabajo!

 

La burguesía quiere aprovechar  la situación que hay ahora en la Península y la declaración del estado de guerra para obligarnos a volver al trabajo produciéndonos miedo con amenazas. No hay que hacerles ningún caso a las amenazas que nos hagan si no volvemos al trabajo. Contra los Cinco Mil huelguistas que hay en el Valle, no hay fuerza suficiente ni cárceles bastantes para todos. Además, la cárcel en estos casos es una honra para todos los obreros conscientes.

Nos quieren meter miedo utilizando a nuestros hermanos los soldados para guardar y defender los intereses de los patronos ¡no importa!¡

Nosotros tenemos que continuar en la huelga a pesar de tanta coacción.

Dicen que no quieren a nadie en la calle si no va a trabajar. No hay que hacer caso. ¡Debemos salir  para saber quienes no traicionan!

 

Cfr.: A-TMTQ 3451–144-137.- Causa 92 de 1934.- Folio 7.

 

ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA DE LA CAUSA 92 DE 1934


B.8,138,153

97

Santa Cruz de Tenerife veintisiete de diciembre de mil novecientos treinta y cuatro Como Juez de Instructor de esta causa, extiendo la presente acta para hacer constar; Que en dia de hoy y en el local de la Sala de Academias que ocupa el Regimiento de Infanteria numero treinta y siete, se ha reunido el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza que ha de ver y fallar la presente, a cuyo Consejo han asistido como Presidente el Sr. Coronel del Regimiento de Infanteria numero treinta y siete. Don. Diego Vega Monte de Oca, Como Vocales los Capitanes Don Camilo Tocino Tolosa del Regimiento de Infanteria numero treinta y siete, Don Candido Soto Odriozola del Grupo Mixto de Artilleria numero dos, Don  Manuel Otero Rubido y Don. Jose Gil de Leon Entrambasagua ambos del Grupo Mixto de Artilleria numero dos, Don. Jose Jorda Canto del Regimiento de Infanteria numero treinta y siete y como Vocal Ponente El Teniente Auditor de Segunda Don. Pedro Martin de Hijas y como Vocales Suplentes los Capitanes Don. Manuel Fernandez Roberes del Grupo Mixto de Artilleria numero dos y Don Augusto Machado Mendez del Regimiento de Infanteria numero treinta y siete. Fiscal, el Juridico Militar de esta Comandancia, representado por el Teniente Auditor de tercera D. Rafael Diaz Llanos y Lecuona, y Como Defensores de los Procesados los Letrados Don. Benigno Mascareño Hernandez y don Jose Carlos Schwar Hernandez, no hallándose presente los procesado, pero si a disposición del Consejo.

Dada cuenta de la causa en Audiencia Publica, se leyó por el Instructor el apuntamiento, a continuacion intereso el Sr. Presidente se diera lectura por el Instructor de la hoja subversiva obrante al folio siete a continuación se leyó la acusación Fiscal, modificando este su calificación en el sentido de que los tres meses que pide para Jose Perez Luis lo sea de dos; leyéndose acto seguido las Defensas y preguntados los procesados por el Sr. Presidente si tenían algo que añadir, manifestaron Adelina Gonzalez Medina, que no sabe  leer ni firmar ,Carmen Garcia Garcia dijo que nada tenia que alegar Guillermina Garcia Bello, dijo que no sabe leer; Antonia Gutierrez Fuentes, dijo que no sabe leer ni escribir y Jose Perez Luis que no tenia nada que alegar; Quedando el consejo reunido en sección secretarr para deliberar y pronunciar su fallo. De todo lo cual certifico.

[Firma rubricada del Capitán Juez Instructor CONRADO GUINART LLAURADO]

 

Vº. Bº.

[Firma rubricada del Coronel DIEGO VEGA MONTEDEOCA]

 

Cfr.: A-TMTQ 3451-144-13.- Causa 92 de 1934.- Folio 97.