POR DESAFECCIÓN AL MOVIMIENTO NACIONALISTA ESPAÑOL


Nº 5004              Legº 164 – 14

Plaza de Santa Cruz de la Palma                                                 Año de 1937

 

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

JUZGADO DE ESTA COMANDANCIA

DILIGENCIAS PREVIAS Nº I39

Instruidas en virtud de orden del Sr. Comandante Militar de la Plaza, contra el médico titular de la Villa de Mazo, D. FRANCISCO MARTINEZ DE LA TORRE Y SHELTON, por desafección al MOVIMIENTO NACIONALISTA ESPAÑOL.-

Ocurrió el hecho, el          de                               de193

Dieron principio estas actuaciones el 2I de Mayo      de 193 7

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El teniente de Artillería don

El cabo de Infanteria don

Conrado Hernandez Alvarez.

Mario Baudet Oliver

y después el Alferez

 

Don Rafael Alvarez Melo

 

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5004-164-14.- Diligencias previas nº 139 de 1937 contra FRANCISCO MARTINEZ DE LA TORRE Y SHELTON.- Cubierta.

SUMARÍSIMO 199 DE 1937 CONTRA JUAN FEO CABRERA


Nº 5000              Legº 164 – 10

Plaza de Santa Cruz de la Palma                                                 Año de 1937

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

JUZGADO DE ESTA COMANDANCIA

DILIGENCIAS PREVIAS Nº I2I Y DESPUES JUICIO SUMARISIMO Nº 199

 

Instruidas en virtud de orden del Iltmo. Sr. Auditor de Guerra de Canarias, contra el secretario del Ayuntamiento de Santa Cruz de la Palma D. JUAN FEO CABRERA.

Por el presunto delito de Manifestaciones contrarias al Ejercito

Ocurrió el hecho, el          de                               de193

Dieron principio estas actuaciones el 22 de Abril    de 1937

 

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El teniente de Artillería don

El cabo de Infanteria don

Conrado Hernandez Alvarez.

Mario Baudet Oliver

Otro

Otro

El Teniente del Cuerpo de Tren

El Soldado de Infanteria

D. Ramón Diaz Gutierrez

José González Ramos

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5000-164-10.- Sumarísimo 199 de 1937 contra JUAN FEO CABRERA.- Cubierta.

 

SUMARÍSIMO 135 DE 1937 CONTRA CINCO PERSONAS EN LA PALMA


Nº 6010 – 196 – 18

Plaza de Santa Cruz de La Palma                               Año de 1937

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

JUZGADO DE ESTA COMANDANCIA

Rebelión

JUICIO SUMARISIMO

Nº 135

Instruido en virtud de orden del Sr. Comandante Militar de la plaza contra NICOLAS GOMEZ HERNANDEZ, JESUS PEREZ Y PEREZ, ENGRACIA HERNANDEZ PIÑERO, ERNESTO DIAZ PEREZ y GABRIELA HERNANDEZ CRUZ, como incursos en el delito comprendido en el artículo 5º del Bando de la Junta de Defensa Nacional de veinte de Julio ultimo del año de mil novecientos treinta y seis.

Ocurrió el hecho, el        de            de 193

Dieron principio estas actuaciones el I2 de Abril de 1937

 

 

JUEZ INSTRUCTOR SECRETARIO.
Teniente de Artilleria don El cabo de Infanteria don
Conrado Hernandez Alvarez Mario Baudet Oliver
Capitán de Infanteria El Soldado del Regimiento
D Justo Blanquez Izquierdo Infª Tenerife D. Manuel Mora
Otro: El Comte de Infanteria Gonzalez
D. Elisardo Edel Rodriguez Otro: El cabo de Infanteria
Otro Teniente Infanteria Don José Gonzalez Rojas.
Don Rafael Rio Calvelo Otro: El Sargento de Infanteria
  Don Alberto Ramos Diaz

DILIGENCIAS CONTRA GABRIEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ POR ATESORAMIENTO


4006                                Legº 161 – 16

 Plaza de Santa Cruz de La Palma                                   Año de 193 7

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

J U Z G A D O   E V E N T U A L

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 128

Instruidas por orden del Comandante Militar de la plaza contra el vecino de Fuencaliente Gabriel Hernandez y Hernandez, por atesoramiento de plata y negación de cambio de billetes.

Ocurrió el hecho, el I7 de Abril de 1937

Dieron principio estas actuaciones el I9 de Abril de 193 7

 

JUEZ INSTRUCTOR:                                     SECRETARIO:

El teniente de Artilleria don.                   El cabo de Infanteria don

Conrado Hernandez Alvarez                           Mario Baudet Oliver

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 4006-161-16.- Diligencias previas 216 de 1937.- Cubierta.

 

DILIGENCIAS CONTRA QUITERIO RODRÍGUEZ CARBALLO POR ATESORAMIENTO


4003                                Legº 161 – 13

Plaza de Santa Cruz de La Palma                                            Año de 193 7

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

J U Z G A D O   E V E N T U A L

DILIGENCIAS PREVIAS Nº 129

Instruidas por orden del Sr. Comandante Militar contra el vecino de Fuencaliente Quiterio Rodriguez Carballo, por atesoramiento de plata y negación de cambios de billetes.

Ocurrió el hecho, el I7 de Abril de 193 7

Dieron principio estas actuaciones el I9 de Abril de 193 7

 

JUEZ INSTRUCTOR:                                     SECRETARIO:

El teniente de Artilleria don                   El Cabo de Infanteria don

Conrado Hernandez Alvarez                           Mario Baudet Oliver

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 4003-161-13.- Diligencias previas 129 de 1937.- Cubierta.

DILIGENCIAS CONTRA DAVID CABRERA DÍAZ POR ATESORAMIENTO


4002                                Legº 161 – 12

Plaza de Santa Cruz de La Palma                             Año de 193 7

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

J U Z G A D O   E V E N T U A L

DILIGENCIAS PREVIA Nº 131

Instruidas por orden del Sr. Comandante Militar de la plaza contra el vecino de Fuencaliente David Cabrera Diaz, por atesoramiento de plata y negación de cambio de billete.

Ocurrió el hecho, el I7 de Abril de 193 7

Dieron principio estas actuaciones el I9 de Abril de 193 7

 

JUEZ INSTRUCTOR:                                     SECRETARIO:

El teniente de Artilleria don.                   El Cabo de Infanteria don

Conrado Hernandez Alvarez                           Mario Baudet Oliver

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 4002-161-12.- Diligencias previas 216 de 1937.- Cubierta

 

F.E.T. Y DE LAS J.O.N.S. INFORMA SOBRE MANUEL NEGRÍN ARMAS


39   197

 INFORME QUE EMITE LA DELEGACION DE INFORMACION E INVESTIGACION DE FALANGE ESPAÑOLA TRADICIONALISTA Y DE LAS J.O.N.S. DE SANTA CRUZ DE LA PALMA, SOBRE MANUEL NEGRIN ARMAS./

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MANUEL NEGRIN ALVAREZ (ARMAS).- Natural y vecino de ésta ciudad con domicilio en la calle de Tinibucar, de estado casado, profesión panadero, hijo de Incognito y Maria, nació el dia 15 de Octubre de 1.888./

Este individuo pertenece politicamente a la célula núm. 1 del Partido Comunista de esta ciudad y tenia a su cargo la misión de agitación y propaganda.- Durante la Semana Roja en esta ciudad formó parte del Comité de huelga revolucionaria que se declaró a las 16 horas del18 de julio de 1.936, reuniéndose con los demas componentes del Comité5 en el salón principal del Edificio que ocupa el Cabildo y Delegación del Gobierno de ésta localidad cooperando al sostenimiento de aquélla situación hasta el dia 24 del mismo mes de Julio a las doce de la mañana que se ordenó la reintegración al trabajo de todos los huelguistas./

Ha sido elemento activo dentro del partido en que militaba así como del Gremio de Panaderos al cual pertenecia como directivo.

Después de liberación de la Isla fué objeto de detención por varias veces siendo puesto nuevamente en libertad sin que se haya manifestado sus actividades y observado una actuación pasiva.

Su conducta en general es buena. /

Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista.

Santa Cruz de la Palma, 6 de Septiembre de 1.938 (Tercer Año Triunfal).

El Jefe del Servicio,

Por Delegación

El Secretario

[Firma rubricada, precedida por el sello circular en tinta de la Delegación Comarcal de Santa Cruz de la Palma de F.E.T.Y DE LAS J..O.N.S.

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- Folio197.

 

DECLARACIÓN DE MANUEL NEGRIN ARMAS EN CAUSA 212 ACUMULADA A 207 DE 1937


82     148

DECLARACIÓN DE MANUEL NEGRIN ARMAS.-

En Santa Cruz de la Palma a veinte y cuatro de Marzo de mil novecientos treinta y ocho.-

Ante el Sr. Juez y con mi asistencia comparece el individuo anotado al marge, que se llama como queda dicho y cuyas circunstancias personales ya constan al folio 3I Vto. de estas actuaciones a quien S.Sª, hizo ver la obligación que tiene de decir la verdad en sus manifestaciones y exhorto a decirla.

PREGUNTADO.- Si se afirma y ratifica en sus declaraciones que obran 2, 5 y 31 Vto, dijo.- Que si se afirma y ratifica en sus declaraciones.

PREGUNTADO.- Si como se desprende de sus declaraciones es cierto que existía en la semana Roja un Comité Federal integrado pos Delegados de los Sindicatos en la Federacion, y que dicho Comité en contacto con el del Bloque declaro la Huelga en dicha semana prorrogándola por días dijo.- Que es cierto que un dia reunidos en la Federacion algunos Delegados que no recuerda entre ellos sino a Florisel Mendoza delegado del Sindicato de Oficios Varios, disputaban sobre la conveniencia de declarar la Huelga.

Que efectivamenteLa Huelga se declaro pues habían trabajadores en Huelga, pero que quiere hacer constar que su gremio no declaro la Huelga, y que esto lo puede aseverar con los testigos que ya propuso Abrhan Cabrera y Francisco Felipe, panaderos, y tambien con el publico en general puesto que en dicha semana hubo pan todos los días.-

Que no recuerda quienes eran los Delegados del Sindicato o de los Sindicatos en la Federacion,, pues por casa sindicato eran tres personas, y que en cuanto a denominaciones de organismos etc por falta de cultura no esta enterado.-

PREGUNTADO.- Sobre su significación política dijo.- Que pertenecio al Partido Comunista a la Celula I A, pero no fue secretario de dicha Celula. A no ser que ser secretario de la celula y Agitacion sea la denominación que una vez se enteró le dieran dentro de la Celula y que es “ jipres “.

PREGUNTADO.- Por las veces que estuvo en la Delegacion en la semana roja, dijo.- Que no estuvo nunca en la Delegacion y que su actividad en la Semana Roja fue su trabajo e ir a la Federación la vez que lo cito Florisel Mendoza para declaración de huelga a lo que se opuso, y por la mañana a la repartición del trabajo como se hacia siempre.

PREGUNTADO.- Si tiene algo mas que decir dijo. Que no.

Leida se afirma, ratifica y firma con S.Sª. DOY FE

[Firmas rubricadas de MANUEL NEGRIN ARMAS, JOSÉ GUTIERREZ DIAZ e IGNACIO FELICIANO PÉREZ, procesado declarante, secretario fedatario y Alférez juez instructor, respectivamente]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- Folio148.

AGUSTÍN DURÁN DELGADO, ALBERTO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ALTO TRIBUNAL DE JUSTICIA MILITAR, AMADO MARTÍN BIÉNZOBAS, ARCADIO FERRAZ BRITO, ARMANDO CONCEPCIÓN RODRÍGUEZ, CONRADO HERNÁNDEZ ÁLVAREZ, DIONISIO CANALES MAESO, ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ, EMILIO BARRERA LUYANDO, ERNESTO PÉREZ MARTÍN, ESTANISLAO DUQUE PÉREZ, EZEQUIEL HERNÁNDEZ GARCÍA, EZEQUIEL P. CUEVAS CABRERA, FLOREAL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, FLORISEL MENDOZA SANTOS, FRANCISCO BRITO GARCÍA, FRANCISCO LORENZO PÉREZ, FRANCISCO PÉREZ TRIANA, FRANCISCO RUIZ DEL PORTAL MARTÍNEZ, GABRIEL ARROCHA MARTÍN, GREGORIO GÓMEZ HERNÁNDEZ, GUZMÁN GÓMEZ HERNÁNDEZ, IMELDO GUERRA HERNÁNDEZ, ISMAEL HERNÁNDEZ DÍAZ, JOSÉ CASTILLO GARCÍA, JOSÉ CASTRO PAZ, JOSÉ ECHANOVE, JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ SÁNCHEZ, JOSÉ MAXIMINO SIMÓN HERNÁNDEZ, JOSÉ MIGUEL PÉREZ PÉREZ, JUAN MANUEL SÁNCHEZ RODRÍGUEZ, JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO, JUSTO PÉREZ GARCÍA, LORENZO DE PAZ MARTELL, LUIS DE CUENCA Y FERNÁNDEZ DEL TORO, MANUEL ACOSTA FELIPE, MANUEL BRITO GARCÍA (A) MORITA, MANUEL ISIDRO GONZÁLEZ, MANUEL NEGRÍN ARMAS, MANUEL PEDRIANES HERNÁNDEZ, MANUEL PEREZ RIVERO, MANUEL RODRÍGUEZ ACOSTA, MANUEL SANJUÁN CONCEPCIÓN, MARIANO GARCÍA CAMBRA, MARCIANO CABALLERO GÓMEZ, MARIO BAUDET OLIVER, MIGUEL HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, MIGUEL PÉREZ-ZAMORA, MIGUEL RAMOS FLEITAS, NELSON PESTANA GÓMEZ, PEDRO CUEVAS PINTO, PEDRO DOBLADO SÁIZ, PEDRO EXPÓSITO GARCÍA, PEDRO GILI TOUS, RAMÓN SAN JUAN CASTRO, SEBASTIÁN ÁLVAREZ ORTEGA, SERGIO SANFIEL CASTILLO, SERVANDO ACCAME AMAYA, TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, VICENTE MÉNDEZ HERNÁNDEZ, VICENTE VALDERRAMA ARIAS,

 

CAUSAS 207 Y 212 ACUMULADAS DE 1937


9 6 0 6

PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                                 A Ñ O 1.937

5906 – 193 – 21

COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS

 JUZGADO PERMANENTE

CAUSA SUMARISIMA nº 212

INSTRUIDA CONTRA EL PAISANO NELSON PESTANA GOMEZ y OTROS POR EL DELITO DE ADHESION A LA REBELIÓN.

Ocurrió el hecho, el dia          de                  de 193

 

Dieron principio las actuaciones el 25 de Mayo de 1.937.

 

En prisión preventiva el dia          de                  de 193

 

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JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Capitán de Infanteria,

El Brigada de Infanteria,

DON JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO.

DON MANUEL PEREZ RIVERO

Otro

El Teniente de Infanteria

El Sargento de Infantería

Don Miguel -Zamora

Don Julio

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5906-193-21.- Causas 207 y 212 acumuladas de 1937.- – Cubierta.

ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA CONTRA FRANCISCO DUQUE MARTÍN


59

J.3,063,800

 

ACTA DE CELEBRACION DEL CONSEJO DE GUERRA.-

En Santa Cruz de Tenerife a dieciocho de Enero de mil novecientos treinta y ocho.

Se extiende la presente en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 585 del Código de Justicia Militar, para hacer constar: Que en dicha fecha y siendo las quince horas se reunió en la Sala de Actos del Palacio dela Mancomunidad de esta Capital, el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, para ver y fallar la causa instruida contra el procesado FRANCISCO DUQUE MARTIN por el presunto delito de auxilio a la rebelión. Dicho Tribunal se hallaba constituido por el Teniente Coronel de Artillería Don José Maldonado Dugour, como Presidente; como Vocales los Capitanes, del Grupo Mixto de Artillería Don Rufino Castaño González; del Regimiento de Infantería Tenerife numero treinta y ocho Don Rafael Peña León y Don Manuel Cabrera Marrero; del Grupo Mixto de Artillería Don Joaquin Machuca Daza; y el del Regimiento de Infantería Tenerife número treinta y ocho Don Vicente Cáceres Nicolás, estde último primer suplente que sustituye al Capitán de la misma Arma Don Miguel Rueda Navarro, que se encuentra en comisión del servicio a Africa ; Vocal Ponente el Oficial 1º del Cuerpo Jurídico Don Pedro Doblado Sáiz; como vocal suplente el Capitán del Regimiento de Infantería Tenerife número treinta y ocho Don Francisco Hernandez Gonzalez; como Fiscal el Oficial Tercero del Cuerpo Jurídico de Complemento Don Ildefonso Salazar y del Hoyo; y como Defensor el Capitán de Infantería Don Juan Rumeu García, hallándose presente el procesado.

Dada la voz de audiecia pública por el Juez Instructor se dió lectura a las actuaciones y terminada ésta lectura el Señor Presidente concede la palabra al Señor Fiscal quien hace su alegato de acusación diciendo que está probado que el procesado repartió las hojas clandestinas de las que figura en autos un ejemplar en el pueblo de El Paso, isla de La Palma, pues así lo aseguran varios testigos que cita. Estima que tales hechos son constitutivos del delito de auxilio a la rebelión, previsto y penado en el artículo 240 del Código de Justicia Militar y pide en nombre de la Ley se le imponga al procesado una pena de dieciocho años de reclusión temporal con las accesorias legales correspondientes.

Concedida la palabra al Defensor hace su defensa y dice queel procesado, aun dando por sentado que estuviera probado que había repartido lashojas, en el caso peor, no es responsable de ningún delito, púés la ley de imprenta, que tiene aplicación en cuanto a la forma de cometer los hechos, aunque la sanción sea distinta, no hace responsable de la publicación mas que al autor y en su defecto de al dueño de la imprenta; que por la publicación de estashojas ya ha sido sentenciado su autor, ANTONIO ACOSTA GUIÓN; que también se siguió otra causa contra el Comité de Unión Republican, a cuyo pie se hacía figurar, que fué obreseido y no es justo que por tercera vez se vuelva sobre el asunto ya juzgado. Entiende que no ha cometido delito alguno, como no lo cometen los que se limitan a repartir impresos que luego resultan delictivos, sino solo sus autores; hace consideraciones sobre los informes del procesado para deducir que es una buena persona, como asimismo que el pensamiento no delinque y termina pidiendo la libre absolución. Por la Presidencia se pregunta al procesado si tiene que alegar algo ante el Consejo y dice Que no fue destituido de su cargo del Ayuntamiento, lo que prueba que se le consideraba adherido al Movimiento; que ya en el mes de Marzo, al pedir su reposición con arreglo a los Bandos, fue el Jefe Local de Falange, por enemistades con el declarante, el que le denunció; que ha servido en Africa en la Batería de Montaña en Larache, tomando parte en operaciones de guerra; en el año 1.934 le felicitó la Junta de Clasificación por las operaciones de alistamiento realizadas y de reclutamiento; que es creyente, aunque no haya ido a la Iglesia por abandono y que no tiene mas que decir.

Retirado el Vocal Suplente quedó reunido el Consejo en Sesión Secreta para deliberar y dictar sentencia, de todo lo cual certifico.

[Firma rubricada de ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ]

                             Vº.  Bº.

El Teniente Coronel Presidente

[Firma rubricada de JOSÉ MALDONADO DOGOUR]

Cfr. Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6021-196-29.- Causa 247 de 1937. Folio 59.