EXHORTO TELEGRÁFICO PIDIENDO TESTIMONIO DE CARGOS DE PEDRO GARCIA CABRERA


 

473  12

 

PROVIDENCIA JUEZ SR GOMEZ GARCIA.- En Baza a treinta de Enero de mil novecientos cuarenta

 

Líbrese exhorto telegrafico dirigido al Ilmo. Sr. Auditor de (Granada) digo de Santa Cruz de Tenerife, para que por el Juez quien corresponda deduzca testimonio de los cargos mas importantes que le aparezcan al encartado en este sumario, en algun otro que se le siga en aquellas islas, o en su caso  reciba amplia informacion testifical de sus actividades revolucionarias. Aportará si mismo testimonio del acta que suscribió como Concejal, pidiendo la destitución de S.E el Generalisimo Franco y asi mismo de su actuación en Villa Cisneros con motivo de su evasion a Zona Francesa

Asi lo manda y firma S.S de que doy fe.

[Firmas rubricadas de MANUEL GÓMEZ GARCÍA y MANUEL TORRES CUADRADO, Teniente Juez y Sargento Secretario, respectivamente]

 

 

Diligencia: Seguidamente se cumplió lo mandando. Doy fe.

M Torres

Cfr.: A-TMTQ 8113-260-9.- Causa 96 de 1937.- Folio 473.

DOSCIENTAS MIL PESETAS CADA UNO


DON ERNESTO DIAZ LLANOS Y LECUONA, ABOGADO DEL ESTADO, SECRETARIO DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE INCAUTACION DE BIENES DE SANTA CRUZ DE TENERIFE.

C E R T I F I C O : Que tramitado en cumplimiento de acuerdo adoptado por esta Comisión, por Don Arturo Ascanio Tolosa, Juez de primera instancia de esta Capital, contra ADOLFO HERNANDEZ FERNANDEZ, JOSE RIAL VAZQUEZ, MANUEL PRIETO HERNANDEZ y CARLOS PESTANA NOBREGA, el expediente sobre declaración de responsabilidad civil determinado por el Decreto-Ley de diez de Enero de mil novecientos treinta y siete y la Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de la misma fecha, en el que se decretó el embargo de bienes procedente, y emitido por esta Comisión el oportuno informe, se ha resuelto por el Excelentísimo Señor Comandante General de Canarias, en el día de ayer, lo siguiente: – – – –

– – «Examinado el presente expediente y de conformidad con lo propuesto por la Comisión de Incautación de Bienes de esta Provincia, así como con el dictamen de mi Auditor, declaro la responsabilidad civil de los inculpados ADOLFO HERNANDEZ FERNANDEZ. JOSE RIAL VAZQUEZ, MANUEL PRIETO HERNANDEZ y CARLOS PESTANA NOBREGA, fijando su cuantía en DOSCIENTAS MIL PESETAS CADA UNO.= su cuantía en DOSCIENTAS MIL PESETAS CADA UNO.= Y para cumplimiento de los demás trámites que se proponen, vuelva lo actuado al Excelentísimo Señor Gobernador Civil de esta Provincia, Presidente de la Comisión de Incautación de Bienes de la misma .»- – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

Y a los efectos de remisión al Ilustrísimo Señor Presidente de la Audiencia de esta Provincia, para ejecución del acuerdo de la Autoridad Militar en la forma consignada en la regla letra g) de la Norma tercera de la Orden meritada, extiendo el presente con el visto-bueno del Excelentísimo Señor Gobernador Civil-Presidente y el sello de la Comisión, en Santa Cruz de Tenerife a tres de Febrero de mil novecientos treinta y ocho.

[Firma rubricada de ERNESTO DIAZ LLANOS Y LECUONA]

 

     Vº Bº

El Presidente,

   Espejo

[Firma rubricada abreviada del gobernador Civil ANTONIO ESPEJO HINOJOSA]

 

Cfr.: Archivo Provincial de Las Palmas.- Fondo del Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas.- Caja 171.

ORDENÁNDOSE INSTRUIR DILIGENCIAS PREVIAS EN VILLA CISNEROS


[Oficio número 83 de la COMANDANCIA MILITAR DEL PUESTO DE VILLA CISNEROS encabezado por el escudo republicano de España]

 

3

Con el carácter de Juez instructor y auxiliado por el Secretario que designe se servirá instruir diligencias previas en averiguación de las causas que motivaron la muerte del Alferez de Infantería Don FRANCISCO MALO ESTEBAN  y Soldado de la misma Arma VIRGILIO MUNUERA DOMÍNGUEZ encontrados en el Cuerpo de Guardia de este Fuerte sobre las camas, después de la fuga de los confinados y personal del Destacamento de Infantería que se unió á los primeros en la sublevación de la noche del 13 al 14.

Dios guarde á V.S. muchos años.

Villa Cisneros 14 de Marzo de 1,937.

EL COMANDANTE MILITAR ACCIDENTAL:

Esteban Gonzalez

[Firma rubricada]

 

[Al  pie]

Alferez de Ingenieros Juez Instructor Don Esteban González Martínez.

Plaza.

* * * * * * * * *

O sea: El Alférez ESTEBAN GONZÁLEZ DOMÍNGUEZ se ordena a sí  mismo que actúe como Juez instructor.

Cfr.: ATMTQ 8113-260-9.- Causa 96 de 1937.- Folio 3.

 

 

ACUSANDO RECIBO DEL TESTIMONIO DE LA CAUSA 96-37


 

1451

 

 Oficio de la Secretaria de Justicia de la CAPITANÍA GENERALDECANARIAS

 

S/Rª

Núm.-

Fecha

N/Rª

Núm.

Juzgado

342

16

5248-K-

 

ASUNTO: Acusando recibo de un documento

 

 

Como acuse de recibo, partcipo a. V.S. que ha tenido entrada en este Centro el testimonio de la Causa  96-37. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

dimanante del procedimiento arriba indicado, instruido al paisano JOSE RIAL VAZQUEZ y otros – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

para su remisión al Director General de Seguridad en Madrid

Dios guarde a V. S. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 16 NOV 1955

De orden de  S.E.:

El Comandante Auditor Secretº de Justicia

 [Rubricado y sellado con el elíptico de Capitanía y el rectangular de SALIDA]

 

Sr Juez Instructor Militar de Exhortos y Accidentes del Trabajo, Comandante DON FRANCISCO GARCIA PEREZ. –

PLAZA.-

Cfr. ATMTQ 8113-260-9 Causa 96 de 1937 Rollo 4.- Folio 1451.

ADOLFO HERNÁNDEZ INGRESARÁ EN UNO DE LOS VAPORES REQUISADOS


 

 

Disponga el alta en esa Prisión Provincial de Adolfo Hernandez, el que ingresará en uno de los vapores requisados por hacer propagandas subversivas.

Santa Cruz de Tenerife, 20 de Julio de 1936.

De orden de S.E.

El Coronel Jefe de E.M.

 

[Al pie]

Sr. Director de la Prisión Provincial de Canarias. PLAZA.

 

 

Cfr. Diligencias Previas 91 de 1936 (3529-147-20).- Folio 4.

 

JUAN HERNÁNDEZ CORREA EN LIBERTAD PROVISIONAL


H7 458073

1414

DON SEGISMUNDO DIAZ Y GARCIA TALAVERA, Comandante de Ingenieros, Juez Instructor Permanente de la Capitanía General de Canarias y de la presente Causa, CERTIFICO: Que habiendo de nombrar Secretario para que me auxilie en la tramitación de la misma designo a l  Brigada de Infantería con destino en este Juzgado DON SIXTO RODRIGUEZ VARELA quien una vez a mi presencia y enterado del cargo que se le confiere juró cumplirlo bien y fielmente, firmando en prueba de conformidad conmigo la presento en la Plaza de Santa Cruz de Tenerife a diez de julio de mil novecientos sesenta y dos.

Segismundo Díaz Garcia Talavera     Sixto Rodríguez Varela

[Ambas firmas rubricadas]

PROVIDENCIA JUEZ SEÑOR DIAZ Y GARCIA TALAVERA

En Santa Cruz de Tenerife a diez de julio do mil novecientos sesenta y dos.

Por recibida orden de la autoridad Judicial para que se continúe esta Causa contra el procesado en la misma paisano JUAN HERNANDEZ CORREA, acompañada de escrito del señor comisario Jefe de Policía dando cuenta de la detención de este paisano practicada el día nueve del corriente mes y acompañada de un pasaporte que le fue ocupado, cúmplase lo mandado, únase la citada orden y escrito. Examínense las actuaciones de esta Causa para determinar la naturaleza de los cargos que aparecen contra el referido paisano. Notifíquese a éste el auto por el que se le procesa y recíbasele declaración indagatoria.

Lo mandó y firma S. Sa. de lo que doy fé.

[Siguen la firma abreviada de SEGISMUNDO DIAZ GARCIA TALAVERA, y la firma completa del secretario Brigada SIXTO RODRIGUEZ VARELA.- Ambas firmas rubricadas]

DILIGENCIA .-Seguidamente se cumplimentó lo mandado. Doy fé.

Rodríguez Varela

AUTO.- En Santa Cruz de Tenerife a diez do julio do mil novecientos sesenta y dos.

RESULTANDO: Que con esta fecha y por funcionarios de Policía ha sido entregado en calidad de detenido el procesado en esta Causa JUAN HERNANDEZ CORREA

RESULTANDO: Que examinada la Causa no aparece que el citado procesado figure entre los cabecillas de la rebelión ni entre los que de  manera principal y directa fueron responsables del delito de sangre cometido  por los rebeldes.

CONSIDERANDO: Que la pena que en su día pudiera imponerse al procesado por su participación en los hechos referidos. Habida cuenta de lo anteriormente expuesto lo sería en extensión en la que resulten de aplicación los beneficios otorgados por vigentes disposiciones legales sobre indulto.

SE DECRETA el cese de la detención que sufre el procesado JUAN HERNANDEZ CORREA el cual continuará sujeto a esta Causa en situación de libertad provisional.

Lo mandó y firma S.Sa. de lo que doy fé.

Segismundo Díaz Garcia Talavera     Sixto Rodríguez Varela

[Ambas firmas rubricadas]

 

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumplimentó lo mandado. Doy fé.

Rodríguez Varela

 

Cfr.: Causa 96 de 1937 (8113-260-9).- Folio 1414

CONTINUACIÓN DE REQUISITORIAS CONTRA SOLDADOS DEL SAHARA


Dos días después, el viernes 28 de mayo de 1937, en el siguiente número, 64, del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, continúan las requisitorias, contra los soldados destinados en Rio de Oro.

 

Justicia Militar

REQUISITORIAS

 

(Continuación)

[1]

Federico Marrero Jiménez,

hijo de Gregorio y Dolores, de 22 años de edad, natural de Santa Cruz de Tenerife.

[2]

Gumersindo Rodríguez González

hijo de Gumersindo y Escolática, de 23 años, natural de Barlovento, Palma.

[3]

Alejandro Rodríguez Ramos

hijo de Juan y Catalina, de 22 años, natural de La Laguna.

[4]

Emilio Reyes González,

hijo de Emilio y Carmen, de 22 años, natural de El Rosario

[5]

Zenón Marrero Díaz

hijo de Juan y Zenona de 22 años, natural de Santa Cruz de Tenerife

[6

Antonio Luis Rodríguez González

hijo de José y María, de 23 años, natural de Icod

[7]

Sebastián Montesinos Montesinos

hijo de Sebastián y Dolores, de 22 años, natural de Arure, Gomera.

[8]

Miguel Rodríguez Martín

hijo de Antonio y Josefa, de 23 años, natural de Icod.

[9]

Ildefonso Rodríguez Martín

hijo de Francisco y Felipa, de 23 años, natural de Teguise, Lanzarote

[10]

Eusebio Ramos Ramos

hijo de Francisco e Ignacia, de 23 años, natural de Tacoronte.

[11]

Cristobal Morales González

hijo de Daniel y Encarnación, de 22 años, natural de Santa Cruz de Tenerife.

 

Soldados que eran del Regimiento de Infanteria de Tenerife, número 38.

 

Por la presente cito, llamo y emplazo a todos los referidos, para que en el término de quince días comparezcan ante el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia de esta Capital, a fin de notificarles el auto de procesamiento y prisión preventiva acordados en la causa numero noventa y seis de este año, que se instruye, por el presunto delito de rebelión con motivo de la evasión de los deportados políticos de Villa Cisneros, por el Comandante de Infantería movilizado don Elisardo Edel Rodriguez, Juez Permanente de la Comandancia General de las Islas Canarias; advirtiéndoles que de no verificarlo en el término señalado serán declarados en rebeldía.

 

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de  Abril de 1937.- El Comandante Juez, Elisardo Edel.

 (Continuará)

 

728

 

MÁS REQUISITORIAS POR LA EVASIÓN DE RIO DE ORO


Las requisitorias por la evasión de Rio de Oro, continuaron en posteriores Boletines Oficiales de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Así en el número 60 del miércoles 19 de mayo de 1937, podemos proseguir la continuación de la lectura de la requisitoria anterior.

Justicia Militar

REQUISITORIAS

(Continuación)

[1]

Ignacio Rodriguez Pérez

hijo de Juan y Juana, de 22 años de edad; natural del Paso (La Palma) provincia de Tenerife, de profesión jornalero; de estado, soltero;

[2]

Basillio Calero Navarro Navarro

hijo de Antonio y Sebastiana; de 23 años de edad, natural de Tias; provincia de Gran Canarias, de profesión jornalero; de estado soltero;

[3]

Antonio Méndez González

hijo de Felipe y de Tomasa; de 22 años de edad, natural de San Juan de la Rambla, de profesión jornalero: de estado soltero;

[4]

Juan Rodriguez Morales

hijo de Juan y de Casilda;  de 22 años de edad, natural de Santa Cruz de la Palma; provincia de Tenerife, de profesión, albañil, soltero;

[5]

Juan Morales Mesa

hijo de Dorotea; de 24 años de edad, natural de Vallehermoso La Gomera; provincia de Tenerife, de profesión jornalero; de estado, soltero;

[6]

Julián Rodríguez Martín

hijo de Margarita de 22 años de edad, natural de La Laguna; provincia de Tenerife, de profesión, jornalero; de estado soltero;

[7]

Juan Rodríguez Pérez

hijo de Juan y de Inocencio, de 22 años de edad; natural de Candelaria, de profesión, jornalero; de estado soltero;

[8]

Juan Marrero Rivero

hijo de Elías y Margarita; de 22 años de edad, natural de Granadilla; de profesión, jornalero; de estado, soltero;

[9]

Antonio Suárez Velázquez

hijo de José y de Isabel; de 22 años de edad, natural de Telde, Las Palmas; provincia de Gran Canaria; de profesión, jornalero; de estado, soltero;

[10]

Bernardo Rodríguez González

hijo de Domingo y de Nicolasa; de 23 años de edad, natural de la Orotava; de profesión, jornalero; de estado, soltero;

[11]

Victoriano Reyes Tejera

hijo de José y de Juana; de 22 años de edad, natural de El Rosario; de profesión, chauffer; de estado, soltero;

[12]

Antonio Rodríguez Fuentes

hijo de Ceferino y de Mercedes; natural de Agulo La Gomera, de 22 años de edad; de profesión, albañil; de estado casado;

que eran soldados del Regimientos de Infanteria de Tenerife, número 38.

Por la presente cito, llamo y emplazo a todos los referidos, para que en el término de quince días comparezcan ante el Juzgado, sito en el Palacio de Justicia de esta Capital, a fin de notificarles el auto de procesamiento y prisión preventiva acordados en la causa numero noventa y seis de este año, que se instruye, por el presunto delito de rebelión con motivo de la evasión de los deportados políticos de Villa Cisneros, por el Comandante de Infantería movilizado don Elisardo Edel Rodriguez, Juez Permanente de la Comandancia General de las Islas Canarias; advirtiéndoles que de no verificarlo en el término señalado serán declarados en rebeldía.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de  Abril de 1937.- El Comandante Juez, Elisardo Edel.

 (Continuará)

 

OTRAS REQUISITORIAS CONTRA LOS EVADIDOS DEL SAHARA


Aproximadamente tres semanas, y diez números, después de la primera requisitoria contra los evadidos de Rio de Oro, el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 58, correspondiente al viernes 14 de mayo de 1937, publica otras requisitorias relacionadas con dicha evasión.

La primera, en la página 2, reza así:

 

Don Elisardo Edel Rodríguez, Comandante de Infantería, movilizado, Juez Permanente de la Comandancia General de las Islas Canarias, Instructor de la causa núm. 96 de este año, que se sigue por los trámites del sumarísimo por el presunto delito de rebelión, con motivo de la evasión de los deportados políticos de Villa Cisneros.

Por la presente cito, llamo y emplazo a los Oficiales del vapor “Fuerteventura”, [1] don Alfredo Ortiz Landazuri y

[2] don Juan Galavarse;

a los tripulantes del vapor “Viera y Clavijo”,

[3] Román Morales Hormiga,

[4] Manuel García Noda,

[5] Domingo Cabrera Déniz,

[6] Pedro Cabrera Déniz,

[7] Juan Socorro Ramos (a) El Burro,

[8] Sebastián Palmer Andueza,

[9] Juan Borges Toledo,

[10] Marcos Hormiga Hormiga

y

 [11] Juan San Ginés Cabrera,

cuyos demás antecedentes se desconocen, para que verifiquen su presentación ante este Juzgado, sito en el Palacio de Justicia de esta Capital, en el término de quince días, a constituirse en prisión preventiva y para notificarles el auto de su procesamiento, advirtiéndoles que de no verificarlo en el plazo señalado, serán declarados en rebeldía.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de Abril de 1937.- Elisardo Edel.

En la página siguiente, leemos esta otra requisitoria:

[1] Pedro Lázaro Galván y Galván

hijo de Lázaro y Angela, de 36 años de edad, natural de La Laguna;

[2] Francisco Rodriguez Vera

hijo de Francisco y Eugenia, de 23 años de edad, natural de La Laguna, de profesión chaufffer, de estado soltero;

[3] Eduardo Rodríguez Pérez

hijo de Eduardo y Esperanza,  de 23 años de edad, natural de Los Llanos(Palma), provincia de Tenerife, de profesión empleado Mercantil, de estado soltero;

[4]

Zenón Reyes Gil

hijo de José y Susana, de 23 años de eda, naturaleza desconocida, de profesión agricultor, de estado soltero;

[5]

Vicente Marrero Expósito

hijo de José y Gregoria, de 22 años de edad, natural de La Laguna, de profesión carpintero, de estado soltero;

[6]

Juan Antonio Cabrera Padrón

hijo de José y Ana, natural de Galdar, provincia de Gran Canaria, de 23 años de edad, de profesión jornalero, estado soltero;

[7]

Valentín Mendoza Piñero

hijo de Siverio y Mercedes, de 22 años de edad, natural de Hermigua (Gomera) provincia de Tenerife, de profesión jornalero, de estado soltero;

[8]

Ventura Morales Yanes

hijo de Marcos y María, de 22 años de edad, natural de Icod, de profesión panadero;

[9]

Juan Castellano Bautista

hijo de Juan y María del Pino, natural de Arucas provincia de Gran Canaria, de 22 años de edad, de profesión carpintero, estado soltero;

[10]

Juan Rodríguez Padrón

hijo de Juan y de Inocencia, de 22 años de edad, natural de la Frontera, Isla del Hierro, de profesión pintor de estado casado;

[11]

José Rodriguez Ravelo

hijo de Domingo y María, de 22 años de edad, natural de la Matanza, de oficio jornalero, de estado soltero;

[12]

Genaro Rodriguez Garcia

hijo de Matias y Josefa, de 22 años de edad, natural de Garafía (La Palma), de profesión labrador, de estado soltero,

que eran soldados del Regimiento de Infantería Tenerife numero 38.

Por la presente cito, llamo y emplazo a todos los referidos, para que en el término de quince dias comparezcan ante este Juzgado, sito en el Palacio de Justicia de esta Capital, a fin de notificarles el auto de su procesamiento y prisión preventiva acordados en la causa número noventa y seis de este año, que se instruye, por el presunto delito de rebelión con motivo de la evasión de los deportados políticos de Villa Cisneros por el Comandante de Infantería movilizado don Elisardo Edel Rodríguez, Juez Permanente de la Comandancia General de las Islas Canarias; advirtiéndoles que de no verificarlo en el témino señalado serán declarados en rebeldía.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de Abril de 1937.- El Comandante Juez, Elisardo Edel.

PRIMERA REQUISITORIA CONTRA LOS EVADIDOS DEL SAHARA


En el número 48 del Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente al miércoles 21 de abril de 1937, el Juzgado Militar Permanente publica esta

REQUISITORIA

[1]

Nicolás Mingorance Pérez

hijo de Ramón y María, natural de Santa Cruz de Teneife, casado, empleado, de 35 años de edad y avecindado ultimamente en esta capital.

[2]

Antonio Hernández Merino

hijo de Luisa, natural de Santa Cruz de Tenerife, casado, jornalero, de 33 años de edad y avecindado ultimamente en esta capital.

[3]

Mauro Rodriguez González

hijo de Francisco y Magdalena, natural de la Orotava (Tenerife), soltero, mecánico, de 30 años de edad, avecindado ultimamente en esta capital.

[4]

Layo Rodriguez de la Sierra y Melo

hijo de Luis y Loreto, natural del Puerto de la Cruz (Tenerife), soltero, piloto mercante, de 21 años de edad y avecindado en La Laguna (Tenerife)

[5]

Juan Hernández Correa

hijo de de Juan y María, natural de la Orotava (Tenerife), soltero, empleado, de 29 años de edad, avecindado ultimamente en la Orotava (Tenerife).

[6]

Félix Sosa Hernández

hijo de Antonio y Magadalena, natural de la Orotava (Tenerife), casado, empleado, de 35 años de edad y avecindado ultimamente en la Orotava (Tenerife).

[7]

Manuel Illada Quintero

Hijo de Emiliano y Cecilia, natural de la Orotava(Tenerife), casado, Maestro Nacional, de 34 años de edad, avecindado ultimamente en la Orotava (Tenerife)

[8]

Francisco Verdejo Berástegui

hijo de Francisco y Adela, natural de Linares(Jaén), soltero, piloto de la marina mercante, de 26 años de edad, avecindado ultimamente en esta capital.

[9]

Manuel Prieto Hernández

hijo de Pilar, natural de Vallehermoso de la Gomera (Tenerife), casado, jornalero, de 37 años de edad y avecindado ultimamente en esta capital.

[10]

José Gorrin Rodríguez

hijo de (se ignora el nombre de los padres, natural de Los Silos, viudo, albañil, de 66 años de edad y avecindado ultimamente en Los Silos (Tenerife).

[11

Leoncio Niebla Roure

hijo de Carmen, natural de Arure (Gomera), barnizador, de 22 años de edad, avecindado ultimamente en en esta capital.

[12]

Luís Niebla Roure

hijo de Carmen, natural de Arure (Gomera), jornalero, de 32 años de edad, avecindado ultimamente en en esta capital.

[13]

Adolfo Hernández Fernández

hijo de Trinidad y Francisca, natural de Valverde de la Vera (Cáceres), casado, Oficial de Correos, de 41 años de edad, avecindado ultimamente en esta capital.

[14]

Jaime Quinteiro López

hijo de Eusebio y Pilar, natural (se ignora), soltero, Maestro Nacional, de 25 años de edad, avecindado ultimamente en La Laguna (Tenerife).

[15]

Pedro García Cabrera

hijo de Pedro y Petra, natural de Vallehermos(Gomera), soltero, periodista, de 31 años de edad, avecindado ultimamente en esta capital.

[16]

Anselmo Trujillo Tellez

hijo de Avelino y Laura, natural de Santa Cruz de Tenerife, soltero, Estudiante de 25 años de edad y avecindado ultimamente en esta capital.

[17]

Carlos Pestano Nóbregas

hijo de Carlos y Maria, natural de Santa Cruz de Tenerife, casado, Estudiante, de 38 años de edad y avecindado ultimamente en esta capital.

[18]

Balbino Sanz Milán López

hijo de Francisco y Gumersinda, natural de Huesca, casado, Guardia Municipal, de 36 años de edad y avecindado ultimamente en la Orotava.

[19]

Pedro Hernández Lorenzo

hijo de Sebastián y Marta, natural de la Orotava, soltero, carpintero, de 30 años de edad, avecindado ultimamente en la Orotava (Tenerife).

[20]

Francisco Silvestre Infante

hijo de María, natural de Tacoronte (Tenerife), casado, mampostero, de 50 años de edad, avecindado en esta capital.

[21]

Lucio Illada Quintero

hijo de Emiliano y Cecilia, natural de la Orotava (Tenerife), casado, empleado de 36 años de edad y avecindado ultimamente en la Orotava.

[22]

José Rial Vázquez

hijo de José y Paca, natural de Sanvale (Filipinas), casado, Oficial de Faros, de 45 años de edad y avecindado ultimamente en Santa Cruz de Tenerife.

[23]

Feliciano Jerez Veguero

hijo de Ramón y Carmen, natural de San Sebastián de la Gomera (Tenerife), casado, Médico, de 33 años de edad y avecindado ultimamente en la Orotava,

Procesados por el presunto delito de rebelión, comparecerán en el término de quince dias ante don Ramón Diaz Gutierrez, Teniente del Cuerpo de Tren, Juez Instructor Permanente de esta Capital (Palacio de Justicia), advirtiendoles de que de no verificarlos en el término señalado serán declarados rebeldes con los perjuicios consiguientes.

Santa Cruz de Tenerife, 16 de Abril de 1937. El Teniente Juez Instructor, Ramón Diaz Gutiérrez.

* * * * * * * * * * *

Adviértese una notable falta de rigor en los datos personales de los reclamados.

La impresión que se obtiene, es que los prisioneros habían sido detenidos – y deportados – sin haber sido filiados adecuadamente.

Lo cual refleja la incuria militar y policial reinante en esa época.

Resulta, además, espeluznante leer que entre los prisioneros había un hombre de sesenta y seis años (el silense José Gorrin Rodríguez). Edad en la cual una persona era considerada anciana en aquellas fechas.