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DILIGENCIA DE INSPECCION OCULAR Y RECONOIMIENTO PERICIAL
En Santa Cruz de Tenerife a siete de Noviembre de mil novecientos treinta y cinc. Constituido el Juzgado en la Prisión Provincial de esta Plaza para practicar una inspección ocular y simultáneamente reconocimiento pericial del rancho servido a la fuerza de la guardia en dicha prisión en el día de hoy, asistiendo al acto el Teniente Médico D. Alfonso Soriano Frade quien enterado de que ha de informar con carácter de perito, prometió cumplir bien y fielmente los deberes de su cargo; se hace constar que en patio anterior a la entrada de la expresada prisión se encuentra sobre una mesa una bandeja o fuente que contiene pescado salado ya condimentado y en el cual no se observa nada de anormal si bien presenta señales externas de haberse servido parte del contenido de la expresada bandeja, en pequeña cantidad; junto a esta fuente se encuentra un perol conteniendo una cantidad de carne también condimentada y que tanto por el aspecto externo como por las manifestaciones del sargento se deduce que dicha carne se encuentra sin haberse servido ninguna de ella; sobre de la misma mesa se encuentran una veinte o treinta patatas cocidas y partidas por la mitad, en algunas de las cuales se observan señales de perforación por un gusano o larva, probablemente lo que en el país se conoce con el nombre de «blcho”. Asimismo se observa que los plátanos y el vino que formaban parte de la comida no han sido consumidos y están intactos.
Interrogado el Teniente Médico señor Soriano, manifiesta que después de examinar los diversos elementos que integran el rancho y de probar el pescado que según manifestaciones del sargento de guardia fue el primer plato que empezó a distribuirse, ha podido apreciar que todo el pescado que ocupa la fuente tiene un sabor extraño y se encuentra en malas condiciones que le hace impropio para la ingestión, más acentuado en el colocado en la parte inferior del de la fuente; que no puede precisar las causas del mal sabor que presenta el pescado, pudiendo ser debido a un exceso de salazón, y que la carne, el vino y los plátanos se encuentran en buenas condiciones como asimismo las patatas pues aunque alguna de ellas está picada, lo es en grado y proporción tan pequeña, que es imposible salvo una selección muy minuciosa en la cocina, evitar que lleguen al rancho.
En este estado y no teniendo que hacer constar nada más digno de mención, se dio por terminado el acto y leída que fue por mí el secretario la presente diligencia , fue hallada de conformidad, firmándola con S..S. el mencionado facultativo, de todo los cual certifico.
[Firmas rubricadas de FRANCISCO SÁNCHEZ PINTO, ALFONSO SORIANO FRADE, y EUGENIO RODRÍGUEZ ALONSO, Comandante Juez Instructor, Teniente Médico Perito, y Brigada Secretario fedatario, respectivamente.]
Cfr.:
A-TMTQ 3517-147-8.- Causa 55/1935 Sedición en Guardia de la Cárcel.- Folio 6.