REGISTRANO CAUSA 95 DE 1936 EN AUDITORÍA DE LAS PALMAS


 

M.8,237,507  
  4

AUDITORIA DE GUERRA

 
DE

CANARIAS.

 
Numero 205.  
  La causa que V.S. instruye
  por el presente delito de rebe-
  ion Militar por todos los he-
  chos perpetrados en esta Capi-
  tal de tal naturaleza a partir
  del 18 de Julio ultimo, ha sido
  registrada con el numero 95
  de 1936.
  Las Palmas 3 de Agosto 1936

 

EL AUDITOR.

[Firma rubricada de RAFAL DÍAZ-LLANOS LECUONA]

 

[Al pie]

Sr Capiian Juez Instructor Don Cristobal Garcia Uzuriaga

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 4.

CONDUCIENDO LUIS PADRÓN PADRÓN


J.2,974,842

Numero 16

3

En Las Palmas a las 14h del dia 3 de julio de 1936 comparecen en esta Comandancia Militar los Guardias de Seguridad José Dominguez Hernandez, y Esteban Santana Peñate conduciendo un individuo, llamado Luis Padrón Padrón, natural de “El Pinar (Hierro), soltero, de 21 años de edad profesión pinche de cocina; el cual fue detenido, por haber sido uno de los los individuos que han hecho los disparos a la fuerza publica como consta en la hoja adjunta, el cual es comunista,

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 3.

* * * * * * * * *

Por la posición de este documento manuscrito dentro de la Causa 95 de 1936, detrás del folio 2 datado el 3 de agosto de 1936, es obvio que lo descrito no sucedió en 3 de julio de 1936.

COMUNICANDO DETENCIÓN DEL HERREÑO LUIS PADRÓN PADRÓN


[Oficio Nº 2888 de la Comisaría de Investigación y Vigilancia de Las Palmas encabezado por el escudo de la Segunda República Española]

2

Excmo. Sr.

Tengo el honor de comunicarle que por los Agentes Sres. Gonzalez de la Torre, Sanchez y Montero, sido detenido el que dijo llamarse LUIS PADRON PADRON, de 21 años, soltero, cocinero, hijo de Jose y Danasa, natural del Pinar, Hierro, sin domicilio, individuo que desempeña su profesión en la fonda Vizcaino, sita en la calle Triana, y de la que desaparecio el mismo dia, mejor dicho, al siguiente, del que se hicieron disparos a la fuerza publica desde dicha fonda, sospechándose, dada su filiación comunista, que fuera el autor de los disparos.

En el registro efectuado días pasados en su habitación se encontraron varios libros y folletos comunistas que oportunamente pusimos a su disposición.

La detención mencionada se lleva a efecto en la calle Ripoche.

Lo que pongo en conocimiento de V.E. pasando a su disposición el referido Luis Padron.

Viva V.S. muchos años.

Las Palmas 3 de Agosto de 1.936

El Comisario Jefe

[Firma rubricada]

[Al pie]

Excmo. Sr. Comandantemilitar de esta Plaza.

 

Cfr.: A-TMTQ 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 2.

INHIBICIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LOS HECHOS


 

J.3,471,225

 

10

A u t o .-

Juzgado de Instrucción del Distrito de Vegueta.

Las Palmas Julio veinte de mil novecientos treinta y seis.

Dada cuenta y

Resultando que recibido el parte que encabeza estas diligencias, se acordó oir al lesionado, el cual en su declaracion anterior manifiesta haberle sido producidas las lesiones por fuerzas del ejecito que patrullaban por la calle de Triana, en ocasión de que el lesionado pasaba por dicha calle vendiendo café.

Considerando que por razón de las personas causante de las lesiones al Francisco Rodriguez Gil, entiende el proveyente no es competente para la instruccion de sumario por este hecho.

estimando lo es el Juez Militar permanente de ésta Plaza, por lo cual procede inhibirse a favor de la Autoridad Militar de la región.

Se decreta la inhibición del conocimiento de los hechos que motivan estas diligencias en favor de la jurisdiccion de guerra, para lo cual remítanse al Excmo. Sr. Auditor General de esta región, una vez firme este auto, que se notificaras al Ministerio Fiscal.

Asi por este auto lo proveyo y firma el Sr. D. Ramon Olarte Magdalena, Juez de Instrucción del distrito de Vegueta doy fe;

[Firma rubricada ilegible de RAMÓN OLARTE MAGDALENA, refrendada por la del Secretario del Juzgado]

 

Cfr.: A-TMTQ 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 10.

HECHOS PERPRETADOS A PARTIR DEL DIA 18 DE JULIO


[Oficio número 205 encabezado por membrete mecanografiado de la Auditoría de Guerra de Canarias, en Las Palmas, sobre papel M.8,723,715]

 

Remito a V.S. el adjunto atestado a fin de que con carácter de Juez Instructor y Auxiliado por el Secretario que designe proceda a instruir sumario por el presunto delito de rebelión militar, sirviendo este de inicio para todos los hechos perpetrados en esta Capital de tal naturaleza a partir del dia 18 de Julio ultimo.

Las Palmas a 3 de Agosto de 1936

EL AUDITOR

[Firma rubricada de RAFAEL DÍAZ-LLANOS LECUONA]

[Al pie]

Sr Capitan Juez Instructor Don Cristobal Garcia Uzuriaga.

 

Cfr.: A-TMTQ 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Folio 1.

CAUSA 95 DE 1936 EN LAS PALMAS  


 

K.3,209,613

 

GOBIERNO MILITAR DE CANARIAS

 

13437 – 437 – 7

 

PLAZA DE LAS PALMAS.                               JUZGADO EVENTUAL Nº 4.

CAUSA NUMERO 95 DE 1,936

 

Sobreseida

 

INSTRUIDA POR LOS HECHOS OCURRIDOS EN ESTA PLAZA A PARTIR DEL DIA 18 DE JULIO DE 1,936.

 

 

DIERON PRINCIPIO LAS ACTUACIONES EL DIA 4 DE AGOSTO DE 1,936

 

 

JUEZ INSTRUCTOR :

SECRETARIO

TENIENTE DE INFANTERIA

SOLDADO

DON JOSE RAMIREZ BETHENCOURT JUAN SAN MARTIN REINA

Cfr.: A-TMTQ 13437-437-7.- Causa 95 de 1936.- Cubierta.

 

COMITÉ, SUB-COMITÉ Y COMITÉ DE ENLACE REVOLUCIONARIO DE LAS PALMAS


J.2,975,053

3

DON JUAN CASTRO Y CASTRO, SECRETARIO DE LA CAUSA NUMERO 95, DEL AÑO 1,936, INSTRUIDA POREL DELITO DE REBELIÓN DE LA QUE ES JUEZ EL PERMANENTE DE ESTA COMANDANCIA MILITAR CAPITAN DE INFANTERIA DON CRISTOBAL GARCIA UZURIAGA.

 

CERTIFICO : Que en el expresado procedimiento y a los folios que al margen se indican existen los particulares que se mencionan que copiados literalmente son como sigue:

 

Folio 141 “Hay un sello en tinta que dice; Comisaria de Vigilancia.- Las Palmas.- Secretaria.- Nº 3.302.- Texto.- En cumplimiento de lo ordenado en su oficio de fecha 22 del actual adjunto tengo el honor de remitirle relación de los individuos que de hecho componían el Comité, sub-comité y comité de enlace revolucionario, de esta Provincia.- Las Palmas24 de Agosto de 1.936.- El Comisario General.- Llompart.- Rubricado
Folio 142 Relación que se cita: COMITÉ: José Suárez Cabral.- Arturo Camino Velázquez.- José Sanz Iraola.- Primitivo Pérez Pedraza.- Félix González Monzón.- Joaquín Masmano Pardo, en rebeldía.- Manuel Monasterio Mendoza.- SUB-COMITÉ: Alfonso Martínez Ruiz, en rebeldía.- Manuel Azcárate Marina, en rebeldía.- Fernando Alvarez Astorga.- Manuel Hernández Muñoz.- COMITÉ DE ENLACE: Francisco Rodríguez Bolaños.- Eduardo González Monzón.- Jacinto Alzola Cabrera.- Antonio Barceló Barceló.- M. Fernández de Bobadilla.- Luis Peñate.- Raimundo Díaz.- Las Palmas 24 de agosto de 1.936.- Hay un selo en tinta que dice: Comisaria de Vigilancia de Las Palmas.- Secretaría.
  Y para que conste se expide el presente testimonio de orden ynvisadio por Su Señoria en Las Palmas a veinticuatro de agosto de mil novecientos treinta y seis.
 

[Firma rubricada de JUAN CASTRO CASTRO]

                Vº Bº

El Capitán Juez Permanente

[Firma rubricada de CRISTÓBAL GARCÍA UZURIAGA]

 

Cfr. A-TMTQ 12196-414-6.- Causa 169 de 1936.- Folio 3.

 

DECLARACIÓN INDAGATORIA DE MANUEL HERNÁNDEZ MUÑOZ


J.2,975,069

59

Declaracion indagatoria del procesado paisano MANUEK HERNANDEZ MUÑOZ.

En Las Palmas a veinte y cinco de agosto de mil novecientos treinta y seis, ante su Señoría y presente el Secretario comparecio el procesado del margen, quien advertido de que iba prestar declaración fué exhortado a decir verdad, y siendo preguntado por las generales de la Ley, dijo: llamarse como queda dicho, hijo de Jose y de Josefa, soltero, nacido cree en el año mil novecientos siete, en el mes de Diciembre, empleado, y que no le comprenden las demás generales de la Ley, conociendo el motivo de su actual procesamiento porque le acaba de ser notificado.

A los efectos del artículo 460 del Codigo de Justicia Militar, se hace constar que el procesado es de estatura regular, aspecto sano, color moreno, nariz y boca regular, pelo oscuro ojos al pelo, y sin señas particulares a la vista.

Preguntado . . . . . . .

Despues de ser relevado el juramento prestado si se afirma y ratifica en su anterior declaración que le es leida, dijo: Que sí.

Preguntado . . . . . . .

Donde se encontraban los papeles que le son mostrados unidos a los folios 40 al 48, dijo: que los tenia en una carpetilla en la Federacion Obrera como documentos particulares del que declara ignorando como pudieran ser encontrados en lacasa donde fueron sorprendidos Alvarez Astorga, Suarez Cabral y los otros, creyendo que pudo ser Tomás Cabrera el que los recogiera.

Preguntado . . . . . . .

Si insiste en que en el viaje que hicieron el dia diez y ocho de julio no tuvo otra filanidad que la que ha declarado, dijo: Que si.

Preguntado . . . . . . .

Si tiene algo mas que exponer, dijo: Que no.

Leida que fúe la encontró conforme firmandola con Su Señoria y Secretario que certifica,

MHernández

[Cierran esta declaración, las firmas rubricadas de Cristóbal García Uzuriaga y Juan Castro Castro]

 

Cfr. Folio 59 de Causa 44 de 1936 [6500-210-5].

FERNANDO ÁLVAREZ ASTORGA DECLARA


Declaración de Fernando Alvarez Astorga

En Las Palmas a dos de Febrero de mil novecientos treinta y siete.- Ante el Sr. Juez, y presente el Secretario comparece el expresado al margen el que advertido a tenor del articulo cuatrocientos cincuenta y uno del Codigo de Justicia Militar prometio decir verdad y siendo a tenor de las generales de la Ley, dijo: Llamarse como queda dicho, de treinta y seis años de edad, casado, oficio empleado, hijo de Alejandro y Esperanza, natural del Barco de Valdeorra (Orense) y vecino de Las Palmas.

Preguntado

Convenientemente dijo: Que como fue Presidente de la Agrupación Socialista creyo conveniente, al enterarse se habia iniciado un Movimiento Nacional, apartarse todo lo posible y aislarse completamente con objeto de no aparecer mezclado en ningun asunto de caracter social por lo cual acepto la invitacion que le hizo un tal ALFONSO ROMAN, que cree vive en la calle Leon y Castillo al lado de la Farmacia Maspon y dueño de la casa donde fueron detenido en Pico Viento segun le manifestó este al hacerle la invitación.- Que el dia del movimiento se levanto el deponente temprano con objeto de ir al Parque a desayunar, que alli por grupos que habia se entero estaban las Tropas en la calle y que a los pocos momento aparecieron TOMAS CABRERA, JOSE SUAREZ CABRAL y JOSE OCHOA ALCAZAR, con los cuales se reunio y comentando los sucesos se encaminaron por la calle de Bravo Murillo donde se encontraron al referido ALFONSO ROMAN, el cual les invitó fueran a su casa donde el mismo les acompañó y como dueño de la casa que le dijo que era, les abrio la puerta, no siendo como se dice en el atestado que saltaron pos las tapias y que si asi lo manifestaron fue con objeto de no mezclarle y evitarle molestias al referido ROMAN, que tuvo la atención de invitarle. Que el tal ROMAN les facilito ciertos viveres que alli tenian y que luego como estos se agotaron, dos individuos a los que el deponente conoce de vista pero no puede precisar sus nombres les llevaron los viveres que se mencionan en el atestado y agua y que el declarante cree lo llevaran por indicación del tal ROMAN.

Preguntado

Si tiene algo mas que manifestar, dijo: que quiere hacer constar que antes de tomar el coche que les condujo a la casa donde fueron detenidos les advirtió y aconsejó a los individuos que le acompañaban con objeto de hacer su vida normal y dedicarse a su trabajo pero que los otros le aconsejaron con motivo de evitar molestias en sus casas aislarse todos como asi lo hicieron.- Que tambien hace constar que el fué Presidente de la Agrupacion Socialista pero habia dejado de serlo hacia varias semanas pero que debido a la demora que sufrió la reunion de la Asamblea que tenian que nombrar el nuevo Presidente los compañeros, a pesar de que el deponente presento la dimision con caracter irrevocable le pidieron esperara la reunion de esa Asamblea para que fueran nombrados los nuevos cargos y que la actuación del declarante como Presidente en esos tiempos fué casi nula.

En este estado,el Sr. Juez Instructor, dio por terminada esta declaracion y leida que le fue al declarante este se se afirma y ractifica firmandola con el Sr. Juez Instructor y presente el Secretario de que certifico. entre rayas conveniente Vale.

Bartolome Martin                                             Fdo Alvarez

José Uzeleti

[Las tres firmas rubricadas]

* * * * * * * * * *

Esta declaración de Fernando Álvarez Astorga consta en el folio 14 de las Diligencias Previas número 308 de 1936 [12816-409-26].

 En la fecha de la misma llevaba detenido casi seis meses, habida cuenta que había sido detenido el 10 de agosto de 1936.

ANTECEDENTES DE LA GUARDIA CIVIL


El folio 17 de las Diligencias Previas 308 de 1936 [12816-409-26], es una cuartilla habilitada como oficio, encabezada por un sello ovalado en tinta, dentro del cual se lee

GUARDIA CIVIL

1.ER JEFE

COMANDANCIA DE LAS PALMAS

 con este texto:

 Consecuente a su atento escrito de fecha 28 de enero último, me complazco en participar a V.S., que practicadas las pertinentes gestiones por fuerzas a mis ordenes, se han adquirido los informes que a continuación se expresan de los individuos que cita en el mencionado escrito.

 Tomás Cabrera Suárez: De 28 años casado, carpintero, Presidente de la Comisión Gestora de la Federación Obrera, estaba afiliado al partido socialista, peros sus ideas eran comunistas y muy peligroso, huyó al saber triunfante el Movimiento, pero fué detenido por fuerzas de esta Comandancia el día 10 de Agosto último, habiéndosele ocupado una cartera con 300 pesetas, un reloj de oro y dos cédulas personales, su conducta es mala.

José Suarez Cabral.- De 30 años, casado, empleado de la Coppa, domiciliado en la calle Sagasta nº 3, es de filiación Comunista, activo propagandista, de mala conducta; estuvo en Rusia con objeto de estudiar los principios básicos de la revolución de donde regresó el año anterior, antes del Movimiento Nacional, constituyendo su llegada un acontecimiento de júbilo por parte de las extremas izquierdas que acudieron al muelle con música y tocando la Internacional, siendo detenido por fuerzas de esta Comandancia en 10 de agosto último.

Fernando Alvarez Astorga.- De 36 años de edad, natural de Barco de Valdeorras (Orense) Domiciliado en la calle Eusebio Navarro nº 19 de esta Capital, Presidente del Partido Socialista de Las Palmas, compromisario en las elecciones últimas, activo propagandista, representante en Madrid del personal de comercio con motivo de los contratos de trabajo, fué detenido por fuerzas de esta Comandancia en 10 de agosto último, es de mala conducta.

José Ochoa Alcázar.- De 30 años, soltero, periodista, natural de San Juan de Puerto Rico, domiciliado en la Fonda de los Arabez, este individuo es comunista peligroso, corresponsal en esta Capital de los periódicos “Mundo Obrero” y “Humanited” fue detenido por fuerzas de esta Comandanciael día 10 de agosto último, es de mala conducta.-

Dios guarde a V. muchos años.

Las Palmas 3 de febrero de 1.937

El primer Jefe acctal,

Francisco Rojas Manso

 Señor Capitán Juez Instructor del Eventual nº 9 D. Bartolomé Martin (Caja de Recluta)                                                                                               Las Palmas