1
[Al pie]
Capitán Juéz Instructor de Infantería Don Juan Rumeu García.
LA OROTAVA
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5308-174-5.- Diligencias previas 344 de 1937.- Folio 1.
1
[Al pie]
Capitán Juéz Instructor de Infantería Don Juan Rumeu García.
LA OROTAVA
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5308-174-5.- Diligencias previas 344 de 1937.- Folio 1.
5308 – Legº 174 – 5
COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
================================
PLAZA DE OROTAVA DILIGENCIAS PREVIAS Nº 344 de 1.937.
JUZGADO ESPECIAL MILITAR
=========================
ENCARTADO
Nicolas Luis Díaz
DELITO
Dieron principio estas actuaciones el día 7 de Septiembre de 1.937.
JUEZ INSTRUCTOR |
SECRETARIO |
Capitan Don Juan Rumeu y Garcia |
Cabo Gustavo Dorta Hernandez |
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5308-174-5.- Diligencias previas 344 de 1937.- Cubierta.
J.3,115,988
Nº 5249 – Legº 172 – 13
COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
PLAZA DE OROTAVA CAUSA Nº 137 DE 1.937.
JUZGADO ESPECIAL MILITAR
ENCARTADOS = Celestino Gonzalez Adan, Francisco Leon Gonzalez, Felipe Salazar Diaz, Roque Illada y Alonso Gonzalez Melian.
DELITO = Desobediencia grave a la Autoridad Militar.
Dieron principio estas actuaciones el dia 28 de Abril de 1.937.
JUEZ INSTRUCTOR: |
SECRETARIO: |
Capitan Don Juan Rumeu y Garcia |
Cabo Gustavo Dorta Hernandez |
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- Causa nº 137 de 1937.- Cubierta.
COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
====================================
PLAZA DE OROTAVA DILIGENCIAS PREVIAS N. 11
de 1.940
Elevadas a causa Nº 19
de 1940
JUZGADO ESPECIAL MILITAR
================================
Encartado: ANTONIO DIAZ LUIS
Ocurrió el hecho el día 1º Enero 1940
Dieron comienzo estas actuaciones el dia 2 de Enero
de 1.940
Preso el dia 2 Enero 1940
JUEZ INSTRUCTOR: |
SECRETARIO. |
Teniente D. Jesús Gonzalez y Garcia |
Sargento D. Gustavo Dorta Hernández |
Cfr.: Archivo del Trinunal Militar Territorial 5.- 6072-197-44.- Causa 19 de 1940.- Cubierta.
M.9,155,058
Nº 5417 – Legº 177 – 10
COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
PLAZA DE OROTAVA DILIGENCIAS PREVIAS Nº 1
de 1.938.
Convertidas en Causa nº 119
de 1938
JUZGADO ESPECIAL MILITAR nº 3
ENCARTADO Jose Estevez Perez. Delito Excitación a la rebelión
Dieron principio estas actuaciones el dia 27 de Diciembre
de 1.937.
JUEZ INSTRUCTOR |
SECRETARIO |
Capitan D. Juan Rumeu Garcia |
Sargento D. Gustavo Dorta Hernandez. |
Alferez D. Juan Parras Fernandez |
D. Hildebrando Padron |
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5. 5417-177-10.- Causa 119 de 1938.- Cubierta.
Nº 5446 – Legº 178 – 1
COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
PLAZA DE OROTAVA Causa nº 99 de 1938
JUZGADO ESPECIAL MILITAR
PROCESADO: Mateo Acevedo Alvarez
DELITO: Manifestaciones contrarias al Movimiento Nacional.
Dieron principio estas actuaciones el dia 18 de Junio
de 1.938.
JUEZ INSTRUCTOR: |
SECRETARIO: |
Alferez, Don Jesus Gonzalez y Garcia |
Sargento D. Gustavo Dorta Hernandez |
Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- Causa 99 de 1938 contra MATEO ACEVEDO ÁLVAREZ.- Cubierta.
M.8,776,756
Plaza de Santa Cruz de Tenerife Juzgado Militar Permanente
Año de 1.937.
Nº 5161 Legº 169 – 18
COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS.
PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE Año de 1939.
C A U S A número 324. “Sumarísima”
instruida contra los falangistas LUIS CASAÑAS GONZALEZ de Chavez y MANUEL SUAREZ GARCIA, por el presunto delito de homicidio.
Tuvo entrada en este Juzgado el día 30 de Noviembre de 1.937.
En prisión preventiva el día
JUEZ INSTRUCTOR: |
SECRETARIO. |
El Comandante de Infantería. |
El Alférez de Caballería. |
Don Elisardo Edel Rodriguez. |
Don Amado Martín Biénzobas |
|
Otro |
Don Antonio Carballo Arias |
Cfr.: A-TMT5 5161-169-18.- Causa 324 de 1937.- Cubierta.
* * * * * * * * * * * * * * *
El once de agosto de 1937, los falangistas LUIS CASAÑAS GONZÁLEZ DE CHÁVEZ y MANUEL SUAREZ GARCÍA, habían disparado contra MANUEL SOCAS GARCÍA, quien, a consecuencia de las heridas sufridas, moriría el 21 del propio mes.
M.9,154,356
COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS
DILIGENCIAS PREVIAS Nº 125
de 1.938.
Elevadas a causa nº 78
JUZGADO ESPECIAL MILITAR
Contra: ANTONIO RAMOS GARCIA,
Dieron principio estas actuaciones el dia 10 de Febrero
de 1.938.
JUEZ INSTRUCTOR. |
SECRETARIO. |
Capitán D. Juan Rumeu y Garcia |
Sargento D. Gustavo Dorta Hernandez |
Cfr.: ATMTQ 5279-173-10.- Causa 78 de 1938.- Cubierta interior..
38
COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS JUZGADO PERMANENTE
LIQUIDACION DE CONDENA
Liquidación del tiempo de prisión preventiva que durante la tramitación de la causa número 120 de 1.938, ha sufrido el paisano BERNARDINO HERNANDEZ LORENZO, para deducir el que ha de servirle de abono en el extinción de la pena
__________________________________________________________________
E X P R E S I O N |
Años | Meses | Dias |
Se constituyó en prisión, el dia 24 de Julio de 1.938 | |||
Fué firme la sentencia el dia 15 de Octubre de 1.938 | |||
Ha sido condenado por un Consejo de Guerra, en sentencia aprobada el dia quince de Octubre de mil novecientos treinta y ocho, a la pena de SEIS AÑOS Y UN DIA DE PRISION MAYOR |
6 |
“ |
1 |
Prisión preventiva que le sirve de abono | “ | 2 | 8 |
Le resta por cumplir de la pena impuesta | 5 | 9 | 8 |
DESDE EL QUINCE DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO, EN QUE FUE FIRME LA SENTENCIA HASTA EL DIA DIECIOCHO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO, EN QUE DEJARA EXTINGUIDA LA PENA.
Santa Cruz de Tenerife, 21 Octubre 1.938.
“TERCER AÑO TRIUNFAL“
El Comandante Juez,
[Sello ovalado en tinta del JUZGADO MILITAR PERMANENTE de la COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS y firma rubricada de ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ]
Cfr. A-TMTQ 5707-186-18.- Causa 120 de 1938.- Folio 38.
* * * * * * * * * * * * * * * * *
No he podido averiguar si el septuagenario BERNARDINO HERNÁNDEZ LORENZO llegó a cumplir completamente su condena, ni si salió vivo de la prisión.
36
A U T O.- Santa Cruz de Tenerife a diez de Octubre de mil novecientos treinta y ocho.
REAULTANDO: Que el Consejo de Guerra ordinario de Plaza, reunido en esta de Santa Cruz de Tenerife, el dia seis del actual, para ver y fallar la presente causa numero 120 de 1938, ha dictado sentencia declarando que los hechos de autos son constitutivos de un delito de excitación a la rebelión, comprendido en el párrafo segundo del articulo 240 del Código de Justicia Militar y que de dicho delito es responsable en concepto de autor el procesado Bernardino Hernandez Lorenzo, al que ha impuesto la pena de seis años y un dia de prisión mayor con la accesoria de suspensión de todo cargo y derecho de sufragio durante la condena, abono de prisión preventiva sufrida y responsabilidad civil consiguiente a reserva de determinarse ulteriormente en cuantía.
RESULTANDO: Que son hechos probados que el procesado, al explicarle Aurelia Diaz y Diaz, el pasado Octubre, que iba a La Orotava a arreglar los papeles para el subsidio como esposa de combatiente, le contestó que ya no cobraría el subsidio porque Franco se había huido, que la guerra se había terminado y que todos seriamos iguales dentro de pocos días.
CONSIDERANDO Que los expresados hechos han sido calificados acertadamente de acuerdo con las prevenciones contenidas en el Bando declaratorio del Estado de Guerra; y al imponer el Consejo la pena señalada al delito apreciado, en su mínima extensión ha tenido en cuenta la falta de daño producido, la buena conducta del reo y su avanzada edad, estando tambien conforme a derecho las demás declaraciones que se hacen sobre accesoria, abono de prisión y responsabilidad civil, por lo que el fallo dictado es justo y como tal merecedor de la aprobación superior.
CONSIDERANDO Que en la tramitación de la causa se han observado las formalidades legales.
ACUERDO: Proponer a la Autoridad militar la aprobación de la sentencia elevando las actuaciones a la Comandancia General para los efectos del Decreto de trece de Septiembre de mil novecientos treinta y cinco.
EL AUDITOR,
[Firma rubricada de MARIANO GARCÍA CAMBRA, y sello elíptico estampado en tinta, con la leyenda AUDITORIA DE GUERRA DE CANARIAS – SANTA CRUZ DE TENERIFE, rodeando el emblema del Cuerpo Jurídico Militar]
Cfr. A-TMTQ 5707-186-18.- Causa 120 de 1938.- Folio 36.