HERIBERTO HEIDE EN BARCELONA Y GUSTAV WINTER EN BERLIN


 

19661015 ESCUDO NACIONAL

59

¡ARRIBA  ESPAÑA!

DIRECCION GENERAL DE SEGURIDAD

 

 COMISARIA DE

Iltmo. Señor.

INVESTIGACIÓN Y VIGILANCIA

 

DE LAS PALMAS

En contestación a su escrito

Nº  3548

Sección: Extranjeros

de fecha 6 de los corrientes relativo
Sección: Extranjeros.- Al súbdito alemán Gustavo

WINTER, tengo el gusto de participar

a V.S. que hasta fecha no

ha regresado a esta Ciudad el re-

ferido extranjero, sabiéndose que

tiene su residencia en Barcelona,

cuyo representante es Heriberto

Heide, domiciliado en la Ronda San

Antonio nº 26, si bien en la actualidad

se encuentra en Berlin, con

domicilio en W. 15 Kurfurstendam 220.

La que comunico a V. S. a efectos

del expediente nº 11 de 1939.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Las Palmas 10 de Junio de 1941

El Comisario_Jefe

[Sello en tinta circular con el escudo nacional del águila imperial en su centro, rodeado por la leyenda

JEFATURA POLICIÁ PASAPORTES LAS PALMAS, y firma rubricada.]

[Al pie]

Iltmo. Sr. Comandante Juez Permanente nº 1 de la Capitania

general de Canarias.- T E N E R I F E.

 

Cfr.: A- TMTQ 9151-291-33.- Folio 59.

LEY SOBRE ADQUISICIÓN DE PROPIEDADES POR EXTRANJEROS


En las Páginas 742 y 743, del número 300 de la Gaceta de Madrid de fecha 27 de octubre de 1935, fue publicada la Ley disponiendo que la extensión total de las propiedades pertenecientes a entidades o individuos de nacionalidad extranjera, en todas las islas que forman parte del territorio nacional, no podría exceder en cada una de ellas del 25 por 100 de su superficie.

Al mismo tiempo establecía que la adquisición por parte; de entidades o individuos de nacionalidad extranjera, quedaba sujeta a la previa autorización del Ministerio de la Guerra.

Este fue el contenido de tal Ley:

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA ESPAÑOLA,

A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed;

Que las CORTES han decretado y sancionado la siguiente

L E Y

 Artículo 1. ° La extensión total de las propiedades pertenecientes a entidades o individuos de nacionalidad extranjera, en todas las islas que forman parte del territorio nacional, no podrá exceder en cada una de ellas del 25 por 100, de su superficie.

Artículo 2.° La adquisición por parte; de entidades o individuos de nacionalidad extranjera de obras de cualquier clase, fincas y terrenos enclavados en las zonas que a continuación se detallan, siempre que dichas propiedades estén situadas fuera de poblado y no incluidas en sus ensanches o zonas urbanizadas, estará sujeta a la previa autorización del Ministerio de la Guerra, solicitada por conducto de las Autoridades militares correspondientes, que informarán el escrito, acompañando croquis de situación y trazado, facilitados por los propietarios de las mismas.

Dichas zonas serán las siguientes:

Zona de Baleares.- Constituida por la totalidad del archipiélago.

Zona del Estrecho de Gibraltar.- Limitada: al Sur, por la costa del Estrecho; al Este, por el curso del río Guadiaro; al Oeste, por una línea recta que una la punta de Camariñal con el extremo Sureste de la laguna de La Janda, y al Norte, por una línea sensiblemente paralela a la costa y situada veinte kilómetros de la .misma-. Zona de Galicia. Comprende la totalidad de las costas gallegas e islas del litoral correspondiente, estando limitada hacia el interior por una línea que, partiendo del punto en que el río Miño deja de ser frontera con Portugal, sigue por la línea férrea de Vigo a Orense hasta Ribadavia, y desde aquí por las carreteras de Ribadavia a Carballino, Carballino a La Estrada, La Estrada a Santiago, Santiago a Lugo, Lugo a Fonsagrada y Fonsagrada a La Garganta, hasta el límite con la provincia de Oviedo.

El Ministro de la Guerra, previa propuesta de los organismos técnicos correspondientes, podrá aplicar los preceptos de este artículo a cualquier otra zona del litoral español comprendida entre la costa y una línea aproximadamente paralela y situada a veinticinco kilómetros de aquélla.

Artículo 3.° Precisarán asimismo la previa aprobación del Ministerio de la Guerra, con arreglo a los mismos trámites:

a) Los gravámenes impuestos sobre dichas fincas, mediante hipotecas o servidumbres de cualquier clase, a favor de extranjeros o entidades extranjeras.

b) La construcción de obras de cualquier clase en las expresadas zonas y la adquisición de derechos sobre autorizaciones concedidas y no ejecutadas, siempre que los peticionarios sean extranjeros o entidades extranjeras.

Artículo 4.° Quedan subsistentes todas las disposiciones que, relativas a la zona militar de costas y fronteras, no se opongan a lo prescrito por esta Ley, para cuya ejecución se dictará el oportuno Reglamento.

Por tanto,

Mando a todos los ciudadanos que coadyuven al cumplimiento de esta Ley, así como a todos los Tribunales y Autoridades que la hagan cumplir.

Madrid, veintitrés de Octubre de mil novecientos treinta y cinco.

NICETO ALCALÁ-ZAMORA Y TORRES

El Ministro do la Guerra,

 JOSÉ MARÍA GIL ROBLES.

Cfr.: Gaceta de Madrid.- Núm. 300.- 27 de Octubre de 1935.- Páginas 742 y 743.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * *

Esta Ley sería ignorada e incumplida, por GUSTAVO WINTER KLINGELE, como comprador, y ALFONSO QUERALT Y GIL DELGADO, como vendedor, con la connivencia del Notario JOSÉ NIETO MÉNDEZ, ante quien fue otorgada la escritura pública de compra-venta, número 434, emitida en la ciudad de Burgos el diecinueve de agosto de 1937 (Segundo Año Triunfal).

 

GUSTAV WINTER KLINGELE Y ALFONSO DE QUERALT GIL-DELGADO


 

 

EXPEDIENTE 11 DE 1939 Y GUBERNATIVO 2 DE 1944
En 20 de abril de 1939, mediante oficio de registro de salida 8466, de la COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS, el General VICENTE VALDERRAMA ARIAS, ordena instruir el EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO número 11, por la adquisición de terrenos en estas islas, efectuada por el súbdito alemán GUSTAV WINTER KLINGELE
Este expediente ADMINISTRATIVO 11 de 1939, se tornaría en EXPEDIENTE GUBERNATIVO número 2 de 1944.
De este modo se confeccionaría un procedimiento que contiene 284 folios, aproximadamente medio millar de páginas, de las cuales hay varias en bajas condiciones de legibilidad.
En 19 de octubre de 1938, GUSTAV WINTER KINGELE había estado en LAS PALMAS.

Así se desprende del texto del oficio 4289 de 24 de abril de 1939, firmado por el Comisario Jefe de LAS PALMAS, JOSÉ SERRANO, en el cual este Comisario informa sobre el súbdito alemán GUSTAV WINTER, participando:

«que previa autorización telegráfica del Iltmo. Sr. Jefe del Servicio Nacional de Seguridad, el referido extranjero: embarcó con destino a Hamburgo en el vapor “Windhuk” el dia 19 de octubre de 1938, hospedándose durante su estancia en Las Palmas en el Hotel “Atlantic”, y siendo el motivo principal de su estancia en las islas, visitar Lanzarote, con objeto de estudiar la supuesta existencia de minerales para su ulterior explotación, todo ello según sus propias manifestaciones.»
La adquisición de terrenos por extranjeros, estaba sujeta a Ley de 23 de octubre de 1935, firmada por el ministro JOSÉ MARÍA GIL ROBLES, durante la etapa de la Segunda República Española.
La compraventa efectuada por el súbdito alemán, comprendía terrenos majoreros de los municipios de PÁJARA y LA OLIVA, y conejeros de los municipios de ARRECIFE, HARÍA y TINAJO.
El terreno de PÁJARA es la DEHESA DE JANDÍA.
El perteneciente a LA OLIVA es el ISLOTE DE LOBOS.
El de ARRECIFE de LANZAROTE es el ISLOTE DEL FRANCÉS.
La finca de HARÍA de LANZAROTE se denomina SALINAS
Se creó otra empresa de nombre DEHESA DE JANDIA, radicada en FUERTEVENTURA, representada por MANUEL GIRONA FERNÁNDEZ
El gallego RODOLFO ALONSO LAMBERTI, aparece como titular de una finca denominada ISLETA DEL FRANCÉS.

En 27 de enero de 1940, HERIBERTO HEIDE, quien dice ser apoderado de GUSTAV WINTER, desde Barcelona envía una carta al abogado de Sevilla MANUEL BARROS

En 28 de abril de 1941, se reúnen en la VILLA DE MADRID, GUSTAVO WINTER KLINGELE Y EL CONDE DE GERENA ALFONSO DE QUERALT GIL-DELGADO.

Y acuerdan deshacer la compraventa.

A los efectos de notificaciones, en dicho expediente gubernativo figura GUSTAV WINTER KLINGELE como residente en Berlin
En 16 de abril de 1943, el Consulado de España en Berlín devuelve el exhorto 18/1942 procedente del Capitán General de las Islas Canarias, comunicando que en fecha 5 de febrero de 1943, la Sociedad a que pertenece GUSTAV WINTER KLINGELE, ATLANTISCHE INDUSTRIE GESELLLSCHAFT m.b.H., comunicó que el Sr. WINTER había salido de viaje para España por tiempo indeterminado.
Añadiendo que a últimos de marzo, en su viaje de regreso de España a Alemania, GUSTAV WINTER KLINGELE había caído gravemente enfermo, siendo hospitalizado en Burdeos.
El día 14 de abril de 1943, comunican de la sociedad que GUSTAV WINTER KLINGELE se encuentra en un Hospital de Paris, todavía muy enfermo. Y que no existe probabilidad de que regrese a Berlin antes último de mayo o primeros de junio próximos
En 27 de mayo de 1944, comparece en el consulado de España en Berlin, GUSTAV WINTER KLINGELE, ingeniero, con domicilio en esta capital de Berlin, Kurfuerstendamz, nacido en diez de mayo de 1893 en Friburgo/Baden, casado, quien es convenientemente preguntado.
El 9 de mayo de 1945, el Alto Mando Alemán firma la rendición incondicional.
En 16 de mayo de 1945, GUSTAV WINTER KLINGELE suscribe una instancia en la que declara residir en Madrid, Parque Metropolitano, calle de la Brisa 4, adjuntando testimonio notarial de haberse deshecho la compraventa en 1941
Este expediente 11 de 1939, 2 de 1944, se sustanciaría con una multa de CINCO MIL PESETAS.
En 28 de mayo de 1945, dicha multa es abonada mediante diez pliegos de Clase Especial de 500 pesetas, de Papel de Pagos al Estado.
El procedimiento finalizaría en junio de 1946, mandando la Capitanía General de Canarias el Teniente General FRANCISCO GARCÍA-ESCÁMEZ.
El 4 de junio de 1946, el Teniente General FRANCISCO GARCÍA-ESCÁMEZ, Capitán General de Canarias ordena archivar este prolijo expediente gubernativo 11 de 1939 y 2 de 1944.
El expediente gubernativo numerado inicialmente como 11 de 1939, y luego como  2/1944, está disponible en el Archivo del Tribunal Militar Territorial Quinto, que estoy catalogando, archivado con la signatura o clave 9151-291-33.
Expediente complejo y prolijo, que precisa un análisis adecuado, para conocer la trapacería urdida entre GUSTAV WINTER KLINGELE y ALFONSO DE QUERALT GIL-DELGADO, CONDE DE GERENA.

NIHIL NOVO SUB SOLEM

DE ALEMANES, DE COFETE Y NAZIS EN CANARIAS


Recientemente se ha vuelto a hablar de COFETE, FUERTEVENTURA, DE ALEMANES Y NAZIS EN CANARIAS

En 2005, un articulista majorero, bajo el título aparentemente inocente, de Fuerteventura ya tuvo otro aeropuerto, trajo a colación la historia de Cofete y su aeródromo, contando que Fuerteventura, además del inicial aeródromo de Los Estancos, ya había tenido un segundo aeropuerto en otro punto de la isla.

Historia mezclada con la abundante leyenda, circulada en torno al ingeniero alemán GUSTAV WINTER, constructor de una mansión en lo alto del aislado acantilado de Cofete, lugar alejado de todo contacto con los habitantes del resto de la isla.

Se ha llegado a datar tal construcción en 1930.

Pero sin aportar documentos fehacientes que apoyen tal aserto.

También se ha dicho que este lugar dispuso también de una pista donde operarían aviones. Llegando a aventurar que dichos aviones eran alemanes nazis.

La primera duda al respecto surge de la pregunta ¿quién aportó los fondos para tal construcción en 1930?

Es más que dudoso, que la mencionada construcción pudiera haber realizado en 1930, en plena resaca de la Gran Depresión de 1929.

Ciertamente, Hitler y sus nazis ya estaban actuando para asaltar el poder en Alemania. Si bien, habiéndose presentado a las elecciones de 1928, habían recibido un decepcionante resultado inferior al 3% de los votos emitidos por el pueblo alemán.

Hasta 1933 no lo alcanzarían. Y todavía estaban lejos de imponer su deseo de predominio totalitario del NSDAP.

Y pasarían varios años más, hasta que pusieron en marcha su propósito expansionista pangermánico.

En el Archivo del Tribunal Militar Territorial Quinto, consta un expediente instruido con motivo de la adquisición de terrenos en estas Islas, por el súbdito alemán Don GUSTAVO WINTER KLINGELE como comprador, a Don ALFONSO QUERALT GIL DELGADO, como vendedor, en virtud de escritura pública de compra-venta, otorgada ante el Notario de la Ciudad de Burgos, Don José nieto Méndez el dia diez y nueve de agosto del año mil novecientos treinta y siete (Segundo Año Triunfal).

Ya he apuntado noticia de este expediente en este blog.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/12/01/gustavo-winter-klingele-adquiere-terrenos-en-fuerteventura/

 

El historiador ÁNGEL VIÑAS en el libro, «FRANCO, HITLER Y EL ESTALLIDO DE LA GUERRA CIVIL. ANTECEDENTES Y CONSECUENCIAS», – que me ha resultado durísimo de leer debido a mis escasísimos conocimientos del idioma alemán, por la abundante documentación alemana que suele acompañar -, describe todo el entramado financiero para espionaje exterior montado por Göring y Canaris. Y añade una referencia a nuestra isla oriental de las inmensas playas:

“Hay rumores de que en la costa sur de Fuerteventura llegó a instalarse una pequeña estación de aprovisionamiento de submarinos.”

Rumores.

Está más que acreditada la cooperación del régimen de Franco con los nazis alemanes durante nuestra guerra, posguerra. Y, luego en la guerra mundial a la que el régimen dictatorial franquista aportó la División Azul, oficialmente conocida como División Española de Voluntarios (D.E.V.).

División uniformada como tropas alemanas, que, previamente, habían prestado solemne juramento de fidelidad al Führer ADOLF HITLER.

También está documentado que en las costas españolas se avituallaba y repostaba de combustible a los barcos de los alemanes nazis.

Combustible suministrado por los norteamericanos, que no estaban dispuestos a que fuera utilizando por sus enemigos nazis.

Es conocido el ridículo del ministro español de exteriores, Conde de Jordana, ante el embajador norteamericano, cuando éste le presentó la protesta por tales suministros de combustible a los nazis.

El resultado de esta protesta norteamericana fue el corte inmediato del abastecimiento de combustibles norteamericanos, que dejó a España y a los españoles en penuria petrolera.

Y tuvimos que «inventar» el gasógeno que en Gran Canaria se llamó «lapepa»

Y que los nazis se movían por toda España a sus anchas, como si esta fuera su casa.

De la presencia de barcos alemanes de los nazis en Canarias, hay constancia documental.

Así como de los fascistas italianos.

En este blog han sido aflorados algunos de esos documentos.

También sabemos que los británicos tenían poderosos buques de guerra navegando en aguas canarias, desde julio de 1936.

Puedo aportar el testimonio personal que me dio un testigo presencial, ya fallecido, que se encontraba en Santa Cruz de la Palma durante la guerra mundial 1939/1945.

Había un submarino alemán atracado en el muelle.

De repente apareció un avión británico disparando y lanzando bombas.

También del citado libro de ÁNGEL VIÑAS es el párrafo que sigue:

Al frente de la parte europea de esta organización se encontraba un ex teniente (Kapitanleutnant) de la Marina alemana, OTTO BERTRAM, jefe de distrito de la Lufthansa y encargado de las comunicaciones aéreas en el tramo del Atlántico sur.

Adicionalmente Bertram era también miembro del partido nacional-socialista desde el 1 de mayo de 1935, con el número 3.453.916, y estaba incluido en el grupo local de Las Palmas, que no dependía de la organización en España, sino que estaba supeditado directamente a la central berlinesa de la Abwehr.

Ahora bien: al igual que en Gran Canaria OTTO BERTRAM trabajaba para la Etappenorganisation de la Marina, en Tenerife otro alemán prominente atendía a los variados servicios que requería la misma. Se trataba del cónsul honorario en Santa Cruz, JACOB AHLERS, propietario de la más importante firma alemana de la isla, representante de las más conocidas compañías de navegación de la misma nacionalidad y participante en una casa de banca bajo influencia puramente alemana. A ésta le correspondía desempeñar un significativo papel en la realización de las transacciones financieras de interés para la Marina, la cual tenía depositados en distintos puntos estratégicos fondos secretos en oro o divisas con los que pudiera garantizarse el avituallamiento de las unidades navales en tiempos de conflicto. AHLERS, que había ya prestado servicios a la Marina durante la Primera Guerra Mundial, administraría en 1938 un fondo por importe de un millón de marcos.

Aporta el Profesor VIÑAS más documentación alemana,

Y más adelante dice:

La posición estratégica de las islas había atraído el interés de la Abwehr y de la Etappenorganisation de la Marina, la cual disponía tradicionalmente de una red de agentes que se ocupaban de atender a las múltiples necesidades de las unidades navales, ya fuera en casos normales o de emergencia y en guerra: avituallamiento y aprovisionamiento de los buques, transmisión de noticias y de información, administración de los fondos secretos destinados a la adquisición de los elementos que precisaran las unidades en la guerra naval, etc. 1

Ya en septiembre de 1934 la Abwehr y la Marina alemana habían iniciado contactos con la Lufthansa con objeto de asegurarse la colaboración de sus servicios, a lo cual naturalmente esta última había accedido.

La Lufthansa contaba con una pequeña organización en el Atlántico sur que le permitía atender al servicio postal y a las comunicaciones con Sudamérica. Para ello se servía de un grupo de aviones y de una serie de estaciones de radio instaladas en barcos nodrizas en Brasil o Fernando Noronha, en Bathurst o en las islas de Cabo Verde y, en 1934, en una pequeña goleta, el «Orión», anclada entonces en Las Palmas. Tal red de estaciones posibilitaba el mantenimiento de un contacto permanente con Hamburgo 2.

Sigue diciendo el Profesor VIÑAS:

CANARIS propuso que una décima parte de los fondos en oro y divisas que la Marina había asignado para compras se enviase a la península y casi otro tanto a las Canarias. Aquí seguía radicado JACOB AHLERS, quien controlaba un sinnúmero de canales por medio de los cuales era posible adquirir petróleo, carbón e información.

Al tema general se refirió en sus memorias Schellenberg, como sigue:

Madrid era uno de los principales centros de los servicios secretos alemanes. Además de los servicios de espionaje Y contraespionaje, teníamos allí, para facilitar la ejecución de las operaciones militares, un centenar de personas que habitaban y trabajaban en uno de los edificios extraterritoriales de la embajada de Alemania. En ese edificio teníamos receptores de onda corta, una oficina de desciframiento Y una estación meteorológica con subestaciones en Portugal, en las islas Canarias, en África del Norte y en África del Sur. Esta estación tenía un valor muy grande para la Luftwafe y para las operaciones de nuestros submarinos en el golfo de Vizcaya. Era inspeccionada desde Madrid la vigilancia del estrecho de Gibraltar.

A la vista de todo esto, añado yo:

No es nada descabellado afirmar que las estaciones meteorológicas controladas por alemanes establecidos en Canarias, utilizaran sus aparatos de transmisión radiotelegráfica en lenguaje morse, para proporcionar información a las citadas organizaciones de espionaje alemán.

Además ÁNGEL VIÑAS aporta un documento, una carta muy confidencial de WILHELM RAHN, miembro del partido desde el 1 de octubre de 1935, remitida desde Santa Cruz de Tenerife al jefe para España del Frente alemán del Trabajo, ANTON LEISTERT, del 2 de julio de 1936:

«…Como ya le he informado antes, la situación política aquí es extraordinariamente tensa…».

La fijación nazi no falta y WILHELM RAHN continúa:

«Desgraciadamente entre los súbditos alemanes se encuentran elementos (masones, judíos y antiguos súbditos del Reich, hoy polacos, checos, de Danzig, etc.) que han mostrado interés en denunciar a las autoridades nuestro trabajo aquí dentro de la propia colonia, calificándolo de atentatorio contra la seguridad del Estado. Me he enterado confidencialmente de que una serie de camaradas alemanes… nos encontramos bajo vigilancia policíaca, aun cuando nos hemos mantenido conscientemente alejados de toda intromisión en la política española y hemos respetado rodas las disposiciones de la forma más estricta posible… »

Lo qué le sucedió a estos súbditos alemanes en Tenerife, después del Alzamiento en España, y la Guerra Mundial,  es un trabajo pendiente de investigar.

Del capítulo dedicado al municipio de Telde en Gran Canaria, del libro “ISLETA/PUERTO DE LA LUZ: CAMPOS DE CONCENTRACIÓN”, escrito por mi hermano Juan Medina Sanabria, extraigo esta cita:

Causa nº 96/36.- Es la principal y se instruye contra Elsa Wolf y 36 más, siendo todos los encartados civiles.

Juez Instructor: Alférez FRANCISCO MANRIQUE DE LARA Y SILVELA.

Presidido por el Teniente Coronel PEDRO SOPRANIS ARRIOLA, el Consejo de Guerra, se celebra el 18 de enero de 1937, y dicta las siguientes condenas:

5 Penas de Muerte

15 Penas de Reclusión Mayor a 30 años de prisión

3 penas de Reclusión Mayor de 20 años y un día.

6 Penas de Reclusión Menor de 14 años

9 Absoluciones.

La sentencia recaída es aprobada por el Gobernador Militar de la Plaza con fecha 19 de enero de 1937 y puesta en conocimiento al Cuartel General del Generalísimo que remite el enterado con fecha 27 de  enero de 1937, conmutando la pena de muerte de Elsa Wolf, por la de 30 años de reclusión mayor, siendo recogida la noticia en la prensa local con grandes caracteres como que “el Jefe del Estado indulta de la última pena a una mujer”, indicando con letra normal que los restantes cuatro condenados a muerte habían pasado «a Capilla”  en la Batería de La Montaña, siendo todos fusilados de una vez a las 06.00 horas del Jueves día 28 de enero de 1937 en el campo de tiro de infantería de La Isleta).

Se inscriben estas defunciones en el Juzgado de Triana (Puerto de La Luz), sito en la c/. Albareda –barrio de El Refugio), a las diez horas de dicho día.

Los nombres de los fusilados, todos ellos fundadores y dirigentes comunistas en Telde, eran:

JOSÉ ARTILES VERA

JUAN SANTANA ASCANIO

JUAN SANTANA HERNÁNDEZ

JUAN DEL PESO DÍAZ CORRALEJO

 

La esposa de este último, era ELSA WOLF PAPKE, la mujer indultada cuya pena de muerte fue conmutada por la de reclusión mayor de 30 años.

De la alemana ELSA WOLF PAPKE, sabemos que se ganaba la vida como profesora de idiomas en Santa Cruz de Tenerife, entre 1953 y 1956.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2014/12/02/elsa-wolf-profesora-de-idiomas-en-tenerife/

Tengo el testimonio de un amigo mayor que recuerda haber visto a JACOB AHLERS y, su empleado y luego socio, WILHEM RAHN, uniformados de nazis, en una recepción oficial a marinos alemanes en el puerto de Santa Cruz de Tenerife, en octubre de 1937, con motivo de la visita del buque de guerra Schlesien. Hay documentación gráfica publicada de la visita de este  navío de guerra, crucero de línea Schlesien. Y es posible que entre las fotografías pueda verse a estos dos conspicuos personajes.

También este mismo amigo me cuenta que, años más tarde, JACOB AHLERS utilizaba en su casa un catalejo con el que oteaba el mar para buscar navíos aliados. Y que después de esta observación desplegaba una antena por la que transmitía en morse.

Buscando en los libros de actas municipales el acuerdo por el que fue adoptada la decisión de renombrar a la AVENIDA MARÍTIMA con el nombre de JOSÉ ANTONIO PRIMO DE RIVERA, he llegado al 18 de octubre de 1937, donde he encontrado el acta de una sesión en cuyo texto son recogidos acuerdos de interés histórico.

Preside el Coronel retirado de la Guardia Civil JUAN VARA TERÁN.

Asisten los gestores

 

1 Francisco La Roche Aguilar
2 Pedro Duque Déniz
5 Miguel Llombet Rodríguez
3 Vicente E. Barrios Pérez
4 Juan Yanes Perdomo
7 Juan Pedro Alba Carmona
6 Maximiliano Díaz Navarro

 

En aquella fechas MAXIMILIANO DÍAZ NAVARRO ya había reemplazado a ASENSIO AYALA ESPINOSA, quien había sido dado de baja en la Comisión Gestora, tras haber sido acusado de masón.

Como era la práctica en todas las sesiones, ésta comenzó con la lectura y aprobación del acta de la sesión anterior.

En la página 78, aparece como primer punto del Orden del Día éste:

Como ampliación del acuerdo  relacionado con la suscripción popular iniciada por este Ayuntamiento, para erigir un monumento al Generalísimo Franco, se acordó designar Presidentes honorarios de la Junta que ha de actuar para llevar a efecto tal finalidad, a los Excmos. Señores General Comandante Militar de Canarias y Gobernador Civil de la Provincia

Más adelante, en la página 79 vuelta  puede leerse:

La comisión Gestora acordó quedar enterada con satisfacción de un escrito del señor Cónsul de Alemania [Jacob Ahlers] por la que participa la atenta invitación del buque de guerra Schlesien, de dar un concierto por la banda de música del navío, en una de las plazas de esta ciudad, durante su permanencia en ella, y acordó anticipando las gracias, que dicho concierto pueda celebrarse en la plaza de la Constitución en las horas de 21 a las 23 (9 a 11 de la noche) el jueves 28 del actual.

Como puede verse, los alemanes nazis eran agasajados con fruición. Y éstos, encabezados por JACOB AHLERS, que ejercía su preeminente posición, secundado por ERNESTO GROTH, y WILHEM RAHN, procuraban corresponder con sus medios a las muestras de halagos.