CORONEL JULIO FUENTES SERRANO DECLARA EN PIEZA SEPARADA DE CAUSA 50 DE 1936


143                     F.5,129,597

 

Declaracion del

Excmo Señor Go

bernador Civil

de la Provincia de Tenerife

En Santa Cruz de Tenerife a veinte de Agosto de mil novecientos treinta y seis S.S. el Señor Juez instructor dispuso se constituyera este Juzgado, previa autorización verval de la personalidad citada al margen, en su despacho oficial del Gobierno Civil con el fin de interrogarle. Enterado de que se trataba prometió ser veraz en sus manifestaciones y siéndolo por las generales dela Ley, dijo: Llamarse Don Julio Fuentes Serrano, Coronel retirado de Artillería, mayor de edad, natural de Santa Cruz de Tenerife y que no le comprenden las generales de la Ley.
Preguntado Si al encargarse del Gobierno Civil, le dio amplia libertad dentro del edificio del Gobierno Civil menos salir a la calle a los detenidos en el Ex–Gobernador de la provincia Don Manuel Vázquez Moro y Ex–Secretario Don Isidro Navarro Lopez, dijo: Que al Ex–Gobernador, ordeno siguiera recluido en sus habitaciones particulares y al Ex–Secretario, en el salón principal cuyas ventanas de la fachada habían de estar cerradas sin permitirles asomarse a ellas.

 

  En este estado el Sr. Juez dio por terminada esta declaración y leída por el declarante esta declaración, se afirma y ratifica en ella y la firma con S.S. de lo que doy fe.

 

[Firmas rubricadas de JULIO FUENTES SERRANO, SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ y MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, declarante, Comandante Juez instructor y Teniente Secretario fedatario, respectivamente]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1.- Pieza separada de Causa 50 de 1936. – Folio 143.

CORONEL TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL DECLARA EN PIEZA SEPARADA DE CAUSA 50 DE 1936


 144                     F.5,129,598        144

 

Declaracion del

Sr. Coronel Coman

dante Militar

de las Islas Ca

narias, en fun

ciones de su em

pleo el dia autos

 

En Santa Cruz deTenerife a veintiuno de Agosto de mil novecientos treinta y seis, se constituyo este Juzgado previa autorización verbal de la personalidad que que motiva esta declaración en su despacho oficial de la Comandancia Militar con el fin de ser interrogado. Prometió ser veraz en sus manifestaciones y preguntado a tenor del Articulo 453 del Codigo de Justicia Militar,dijo: Que se llama Don Teodulo Gonzalez Peral, mayor de edad,Coronel de Estado Mayor y que no le comprenden los las demas generales de la Ley.
Preguntado Cual fue la actitud del Capitan Jefe de las fuerzas de asalto Victor Cortes al enterarse del movimiento militar iniciado

En la mañana del dieciocho de julio ultimo. Dijo, que un cuarto de hora antes de iniciarse el movimiento, se le comunico y fue preguntado si se podía contar con él y sus subordinados; contestando que estaba con el Ejercito para todo y que una vez dueñas las Tropas del Gobierno Civil, obedecería y cooperaria al movimiento con toda lealtad. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

Preguntado Si se ordenó por la Comandancia General la concentración de todos los guardias de Asalto en el Cuartel de San Francisco, así como retirar los servicios establecidos en la Ciudad, dijo, que no.
Preguntado Si dicho Capitan de Asalto tuvo al corriente a la Autoridad Militar de todos los incidentes que iban ocurriendo en el transcurso del dia diesiocho de
 

145            F.5,129,629      145

Preguntado julio, dijo: Que hasta las diecisiete dieciocho horas de dicho dia, no tuvo noticias de dicho Capitan. Que á esta hora próximamente, se le presentó para decirle que sus tropas estaban inquietas y en actitud dudosa, mandosele entonces la orden de desarmarlas y mantenerlas arrestadas en su Cuartel. Que durante la entrevista, se presentó el Teniente Gonzalez Campos para hablar de lo mismo y al enterarse dicho Teniente que las Tropas de asalto iban á ser desarmadas se despidió adelantándose a su Capitan, en dirección a su Cuartel.

Que a dicho Capitan le encargó que una vez desarmadas, se recogieran todas las armas en un local cerrado

Preguntado Si el Capitan de la Guardia Civil encargado de recoger el armamento de los Guardias de Asalto fue enviado por la Autoridad Militar dijo que si. – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – En este estado el Señor Juez dio por terminada esta declaración y leida que fue por el declarante la misma se afirma y ratifica en su contenido y la firma salvando una equivocación donde dice diecisite tachatdo no vales, dieciocho, vale; ratificándose en ella y firmando con S.S. de lo que doy fe.

 

[Firmas rubricadas de TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, SALVADOR IGLESIAS DOMÍNGUEZ y MANUEL FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, declarante, Comandante Juez instructor y Teniente Secretario fedatario, respectivamente]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6401-207-1.- Pieza separada de Causa 50 de 1936. – Folios 144 y 145.

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El Secretario fedatario atribuye al Coronel TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL el cargo de Comandante Militar de las Islas Canarias.

Cuando realmente era Comandante Militar de Tenerife.

El cargo de Comandante Militar de las Islas Canarias, era desempeñado por el Coronel JOSÉ CÁCERES SÁNCHEZ, desde Gran Canaria, después de la marcha del general LUIS ORGAZ YOLDI, quien a su vez había accedido a tal puesto dejado vacante por FRANCISCO FRANCO BAHAMONDE.