Nº 5218 Legº 171 – 12
COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS
=====================================
PLAZA DE LA LAGUNA JUZGADO MILITAR
================== ===============
JUZGADO MILITAR PERMANENTE
DILIGENCIAS PREVIAS NUMERO 402 DE 1.937
Instruidas en averiguación de las supuestas frases derrotistas proferidas por Francisco Hernandez Barroso, en la Matanza.
Se iniciaron estas actuaciones el dia 28 de octubre de 1.937
Ocurrió el hecho el dia
Se terminaron el dia
JUEZ INSTRUCTOR. |
SECRETARIO. |
Teniente de Artilleria Don |
El Artillero del Grupo Motorizado |
Emilio Gutierrez de Ossuna |
Don Manuel Garcia Selva. |
El Alferez de Artillería |
Oscar González Afonso |
Imeldo Delgado Gómez |
|
El Alferez de Artillería |
|
Luis Vilela Marin |
Cfr.: A-TMTQ 5218-171-12 Diligencias Previas 402 de 1937.- Cubierta.
* * * * * * * * * *
MANUEL GUTIÉRREZ VERA había formulado una denuncia ante la Guardia Civil, contra FRANCISCO HERNÁNDEZ BARROSO, a quien imputaba haber proferido manifestaciones contrarias al Movimiento Nacional.
Como consecuencia de tal denuncia FRANCISCO HERNÁNDEZ BARROSO es detenido y encarcelado en La Laguna, en 18 de octubre de 1937.
En el atestado, testificaron los testigos MANUEL EXPOSITO FAJARDO, MARCELINO DÍAZ ARMAS y JOSÉ GOYA HERNÁNDEZ, quienes en nueva declaración ante el Juez Instructor se retractarían de lo testificado.
Además, otros cinco testigos presentes aseguraron no haber oído las manifestaciones que se le imputaron a FRANCISCO HERNÁNDEZ BARROSO.
En 27 de noviembre de 1937, el Auditor MARIANO GARCÍA CAMBRA, considerando que, en vista de las pruebas practicadas, no aparecían indicios de los cuales deducir responsabilidades contra el encartado, acordaría dar por terminadas estas diligencias previas sin declaración de responsabilidad, y la libertad judicial del encartado, debiendo llamar la atención de la Autoridad Militar sobre la procedencia de imponer en vía gubernativa, a MANUEL GUTIÉRREZ VERA, MANUEL EXPÓSITO FAJARDO, MARCELINO DÍAZ ARMAS y JOSÉ GOYA HERNÁNDEZ, una multa a cada uno de cien pesetas o arresto sustitutorio de quince días.
En 3 de diciembre de 1937, el General VICENTE VALDERRAMA ARIAS, estimando pertinente tal llamada de atención, ordenaría la imposición de tales multas