CAUSA 124 DE 1939 CONTRA JOVITA REBOSO QUINTERO


PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                                              AÑO DE 1.939

7807  –  250 –  14

 COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS

 JUZGADO PERMANENTE

 CAUSA                        NUMERO    124.

INSTRUÍDA contra JOVITA REBOSO QUINTERO, por el delito de desobediencia grave a la Autoridad.

OCURRIO el hecho el dia 23 de Abril de 1.939

DIERON principio las actuaciones el dia 10 de Mayo de 1.939

 

JUEZ  INSTRUCTOR

SECRETARIO 

El Comandante de Infantería

El Sargento de igual arma con

D. Justo Blanquez Izquierdo

D. Francisco Castañeda Gutierrez

   

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5. – 7807-250-14.- Causa 124 de 1939 contra JOVITA REBOSO QUINTERO.- Cubierta.

CAUSA 48 DE 1938 CONTRA JOVITA REBOSO QUINTERO Y OTROS 8


5264   –    Legº  172 – 28

 C O M A N D A N C I A     G E N E R A L    D E  C A N A R I A S

JUZGADO  MILITAR  ESPECIAL Nº 3

AÑO DE 1938.                                                      CAUSA NUM. 48

 

CONTRA JOVITA REBOSO QUINTERO y otros.

DELITO: REUNION CLANDESTINA Y MANIFESTACIONES SUBVERSIVAS.

Comenzaron el 6 de Mayo de 1938.

 

JUEZ

SECRETARIO.

El Alºférez Honorifico del

El Auxiliar Provisional del Cuerpo

Cuerpo Juridico Militar

Juridico Militar
D. MIGUEL ZEROLO Y FUENTES

D. HILDEBRANDO PADRON REY

Otro  Juan Parras Fernández

 

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5264-172-28.- Causa 48 de 1938.- Cubierta.

 * * * * *

En total fueron encartadas en esta causa 48 de 1938, nueve personas de la isla de El Hierro, que habían sido detenidas por la Guardia Civil, el 6 de marzo de 1938:

 

1 Amalia Cano Febles
2 Antonio Rodríguez Armas
3 Georgina Fernández Cano
4 Inocencia Gutiérrez Padrón
5 Jovita Reboso Quintero
6 Luisa Fernández Cano
7 Miguel Reboso Quintero
8 Patricio Fleitas Pérez
9 Sebastián Quintero Illada

 

Cinco mujeres y cuatro hombres.

DECLARACIÓN DE CARMEN RODRÍGUEZ GUERRA


ACTA DEJUICIO SUMARISIMO.- En Santa Cruz de Tenerife a cuatro de Enero de mil novecientos treinta y ocho comparece en este Juzgado de Instrucción ante el Señor Juez Instructor y de mi presente el Secretario la que dijo llamarse Carmen Rodriguez Guerra, la que con las formalidades de la Ley,- Dijo: Que habita en la calle Miraflores numero treinta y uno en cuya casa le tenia alquilada una habitación a los individuos Mario Garcia Martin y Luis Alcala Cuevas.

Que avanzada la segunda quincena del mes de Noviembre próximo pasado, una de las mañanas, aun dormia la declarante cuando al pasar por junto a la habitación de esta, dichos individuos le dijeron, “bueno señora Carmen, nos vamos para el interior que vamos a vender”, y se marcharon; sin que a esta le pudiera extrañar a la declarante por cuanto ambos se dedicaban a la venta de artículos confeccionados, o sea ropa.

Dias después de lo referido se presentaron en la casa de la declarante los Agentes de la Autoridad procediendo al registro de la habitación de los individuos de referencia, siendo al mismo tiempo interrogada la declarante, por parte de los Agentes, por lo que sacó en consecuencias que se habrían fugado.

Que nunca le escuchó conversación que pusiera de manifiesto deseos de evadirse de esta Capital, bien entendido que dichos individuos hablaban muy poco con la declarante y sus familiares.

PREGUNTADO — Si tiene conocimiento de la filiación de los evadidos, Dijo: Que sabe que son Peninsulares, desconociendo por completo la filiación de estos.

Que es verdad lo dicho, estampando su huella digital por no saber firmar

Nota – lo fuera de línea que dice “deseos” vale.

[Huella dactilar]

Y se dio por terminada la presente acta que firma el Señor Juez Instructor de lo que yo Secretario certifico =========

[Firmas rubricadas de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ y DAMIÁN GUISADO GONZÁLEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 42 vuelto.

 

SHELL CONFIRMA VENTA DE BIDÓN DE 180 KG DE GASOIL


El 4 de enero de 1938, el Gerente de la Sucursal en Santa Cruz de Tenerife de Sociedad Petrolífera Española SHELL, envía escrito al Sr. Juez Instructor de esta Comandancia de Marina, en el cual leemos:

41

En contestación a su atenta comunicación fecha 28 de Diciembre ppdo., cúmplenos manifestarle que efectivamente en nuestros libros con fecha 23 de Noviembre último figura vendido un bidón de 180 Kgs, de gas-oil a nuestro cliente D. Diego Cruz Rodríguez, habiendo sido efectuada la misma por el encargado de nuestro Departamento de Ventas, D. Leopoldo O’Shanahan y Bravo de Laguna.

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 41.

DECLARACIÓN DE ANTONIO GONZÁLEZ REYES


ACTA DE JUICIO SUMARISIMO- En Santa Cruz de Tenerife a primero de Enero de mil novecientos treinta y ocho, comparece en este Jugado ante el Señor Juez Instructor y de mi presente el Secretario, el que dijo llamarse Antonio Gonzalez Reyes, padre del encartado Luis Gonzalez Gonzalez, el que con las formalidades de le Ley. Dijo: Que el dia veinticinco de Noviembre pasado, serian las nueve de la mañana llegó a casa del declarante Cristóbal Lara preguntando por su hijo y que momentos mas tardes salieron ambos, manifestando que iban a Bajamar a pasarse unos días. Que nada sospechó el declarante sobre los mencionados propósitos por cuanto otras veces también solía ir de merienda a otros lugares de la Isla o bien a casa de sus familiares que tiene el declarante en la Jurisdicción del Norte de esta Isla. Que cinco días mas tarde, calcula el declarante se enteró de la desaparición de su hijo ignorando hasta la fecha el lugar en que se encuentra. Que no le escuchó hacer manifestaciones de ninguna especie ni mostró deseos de ausentarse de la forma que lo ha llevado a cabo.

PREGUNTADO=== Por la filiación de su hijo. Dijo: Que nació en Realejo Alto-Tenerife sin recordar la fecha exacta, pero recuerda que fue en el año mil novecientos diez y nueve, profesión estudiante, de cuerpo regular, pelo castaño obscuro, ojos pardos, cejas, al pelo, domiciliado en La Laguna calle Marques de Celada número cincuenta y tres.

Que es verdad lo dicho, la leyó y firmó.

[Firma rubricada de ANTONIO GONZÁLEZ REYES]

Y se da por terminada la presente acta que firma el Señor Juez Instructor de lo que yo Secretario certifico. ========

[Firmas rubricadas de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ y DAMIÁN GUISADO GONZÁLEZ].

DILIGENCIA==== En Santa Cruz de Tenerife a primero de Enero de mil novecientos treinta y ocho, dispuso S.S. pasar atento oficio al Señor Juez Municipal de Realejo Alto, interesandole certificación de nacimiento y antecedentes penales del encartado Luis Gonzalez Gonzalez. Y apa que conste, firma SS. que yo Secretario certifico.

[Firmas rubricadas de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ y DAMIÁN GUISADO GONZÁLEZ].

Nota – En la misma fecha quedó cumplimentada la diligencia que antecede y unido a continuación copia del oficio de referencia. Certifico.=====================

[Firma abreviada rubricada de DAMIÁN GUISADO GONZÁLEZ].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 31 vuelto

* * * * * * * * * * * * * * * .

Sobre el declarante ANTONIO GONZÁLEZ REYES,  hay en este blog, estas referencias:

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2012/05/20/se-afirma-y-ratifica-en-lo-dicho-en-el-atestado/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2012/05/24/no-oyo-directamente-lo-que-dijo-antonio-gonzalez-reyes/

 https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2012/05/25/jefe-de-accion-ciudadana-manuel-farraiz-gonzalez/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2012/05/26/presumiendo-de-socialista-y-de-sus-ideales-marxistas/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2012/10/27/se-le-hacia-pesado-el-creer-que-fueran-verdad-esas-criminalidades/

 

DECLARACIÓN DE MANUEL IGLESIAS VERA


31

 O T R A

A continuación comparece Manuel Iglesias Vera, motorista de la falúa “LIBERTAD DE IGUESTE” el que con las formalidades de le Ley. Dijo: Que no conoce a Justo Gonzalez.

Que el declarante es el encargado de comprar el combustible para el gasto de la falúa y que puede afirmar categóricamente que el ultimo bidón de gas-oil comprado para dicha falúa a nombre de Don Diego Cruz Rodriguez, la Sociedad Petrolifera Española, fué en los últimos días de la primera quincena del presente mes. Que en todo el mes de Noviembre ultimo no lo le fue necesario comprar gas-oil, pues cada bidón, que según factura, consta de unos ciento ochenta litrios, le dura mas de un mes puesto que los viajes que realiza no es mas que desde Igueste de San Andres a esta Capital y regreso, cuyos viajes son alternativos puesto que depende de las necesidades de realizarlos.

Que es verdad lo dicho la leyó y firmó.

[Firma rubricada de MANUEL IGLESIAS VERA]

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 31.

DECLARACIÓN DE DIEGO CRUZ RODRÍGUEZ


ACTA DE JUICIO

SUMARISIMO ====

En Santa Cruz de Tenerife a veintinueve de Diciembre de mil novecientos treinta y siete, comparece en este Jugado de Instrucción ante el Señor Juez Instructor y de mi presente el Secretario, Don Diego Cruz Rodriguez, el que con las formalidades de le Ley. Dijo: Que no conoce a Justo Gonzalez y por lo tanto no pudo darle ordenes para que comprase un bidón de gas-oil a su nombre. Que tampoco encargó a nadie para que lo adquiriese en la fecha veintitrés de Noviembre próximo pasado el mencionado bidón de gas-oil. Que aunque es uno de los propietarios de la falúa “Libertad de Igueste”, que hace el servicio dce esta Capital a Igueste de San Andres, y que consume como combustible, gas-oil el declarante como ya deja manifestado, no encargó el bidon dereferencia y que le extraña que hayan tomado su nombre para adquirir el tan repetido bidón.

Que es verdad lo dicho, la leyó y firmó.

[Firma rubricada de DIEGO CRUZ RODRÍGUEZ]

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folio 30 vuelto.

ROGANDO INSERCIÓN DE REQUISITORIA EN BOLETÍN OFICIAL


28

¡ VIVA ESPAÑA  ¡

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

Excmo. Señor

Por providencia dictada en juicio sumarísimo que me hallo instruyendo, he acordado cursar a V.E. el presente, rogandole se digne ordenar la inserción en el Boletin Oficial de la Provincia, de la adjunta requisitoria, y efectuado, remitir un ejemplar de dicho periódico para su unión a los autos.

Dios guarde a V.E. muchos años.

S/C de Tenerife 29 de Diciembre de1937.

II año Triunfal.

El Juez Instructor

[Firma de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

[Al pie]

Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia.

29

REQUISITORIA

Don MANUEL MONTOJO FERNANDEZ, Capitán de Corbeta de la Armada, Juez Instructor del juicio sumarísimo que se instruye por evasión del bote motor “Silva del Marino”.

Por la presente cito, llamo y emplazo a los individuos: Antonio Martin Brito, (a) el Morin, Cesareo Carbajal Martin, Justo González, Mario García Martin,Luis Alcalá Cuevas, Luis González González, cuyas señas y demás circunstancias se desconocen, y Cristóbal Lara Beautell, hijo de Antonio y de María, natural de esta capital para que en el plazo de cuarenta y ocho horas contadas desde la publicación de esta requisitoria en el “Boletin Oficial” de la Provincia, comparezcan en este Juzgado de Marina, sito en la Comandancia de Marina, a mi disposición, para responder a los cargos que les resulten en juicio sumarísimo que se les instruye por evasión, bajo apercibimiento de que de no verificarlo en el plazo señalado, serán declarados en rebeldía.

A la vez, ruego a las Autoridades, tanto Civiles como Militares, procedan a la busca y captura de los individuos de referencia, y caso de ser habidos los pongan a mi disposición.

Dado en Santa Cruz de Tenerife a veintinueve de Diciembre de mil novecientos treinta y siete. II Año Triunfal.- El Juez Instructor, Manuel Montojo.

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folios 28 y 29.

ROGANDO BUSCA Y CAPTURA A LA ALCALDÍA


26

¡ VIVA ESPAÑA  ¡

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

Por providencia dictada en juicio sumarísimo que me hallo instruyendo, he acordado cursar a V.E. el presente, rogandole se sirva ordenar a las Agentes de su Autoridad, procedan a la busca y captura de los individuos que adjunto se expresan, entregandolos a este Juzgado caso de ser habido, y en contrario espero me de cuenta del resultado obtenido en sus gestiones.

Dios guarde a V.E. muchos años.

S/C de Tenerife 29 de Diciembre de1937.

II año Triunfal.

El Juez Instructor

[Firma de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

[Al pie]

Sr. Alcalde Presidente de del Excmo. Ayuntamiento de esta

Capital

27

RELACION QUE SE CITA

 

Antonio Martin Brito (a) el Morin

Cesareo Carbajal Martin

Justo Gonzalez

Mario Garcia Martin

Luis Alcala Cuevas

Luis Gonzalez Gonzalez

Cristobal Lara Beautell, hijo de Antonio y de Maria, con domicilio en esta Capital Mariana Pineda

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- Folios 26 y 27.

* * * * * * * * * * * * * * * * * * *

La calle MARIANA PINEDA fue cambiada de nombre, por acuerdo, de fecha 6 de diciembre de 1937, adoptado por la Comisión Gestora Municipal surgida del autodenominado Alzamiento del 18 de julio de 1936, siendo renominada MARÍA CRISTINA.

Vid.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/09/25/la-calle-de-la-reina-maria-cristina/

ROGANDO BUSCA Y CAPTURA


24

¡ VIVA ESPAÑA  ¡

SUMARISIMO

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

Excmo. Señor

 

Por providencia dictada en juicio sumarísimo que me hallo instruyendo, he acordado cursar a V.E. el presente, rogandole se sirva ordenar a las Agentes de su Autoridad, procedan a la busca y captura de los individuos que adjunto se expresan, entregándolos a este Juzgado caso de ser habido, y en contrario espero me de cuenta del resultado obtenido en sus gestiones.

Dios guarde a V.E. muchos años.

S/C de Tenerife 29 de Diciembre de1937.

II año Triunfal.

El Juez Instructor

[Firma de MANUEL MONTOJO FERNÁNDEZ]

[Al pie]

Excmo. Sr. Gobernador Civil de la provincia.

25

RELACION QUE SE CITA

Antonio Martin Brito (a) el Morin

Cesareo Carbajal Martin

Justo Gonzalez

Mario Garcia Martin

Luis Alcala Cuevas

Luis Gonzalez Gonzalez

Cristobal Lara Beautell, hijo de Antonio y de Maria, con domicilio en esta Capital Mariana Pineda

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 5187-170-14.- Causa 54 de 1938.- FolioS 24 Y 25.