DECRETANDO ELEVACIÓN A PLENARIO DE CAUSA 205 DE 1936


15

M.8,843,588

 

 

D E C R E T O . . .

En Las Palmas, a once de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

RESULTANDO que se instruye la presente causa número 205 de mil novecientos treinta y seis, con el carácter de sumarísimo, contra el artillero segundo ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, por el delito de sedición

RESULTANDO que se han practicado las diligencias propias de esta clase de procedimientos.

CONSIDERANDO que a tenor de lo prevenido en los artículo 655 y 656 del Código de Justicia Militar en relación con el 533 del propio Cuerpo Legal, es pertinente la elevación a plenario de esta causa

SE DECRETA la elevación a plenario de este procedimiento de este procedimiento y la vista en fallo en Consejo de Guerra Ordinario de Cuerpo, continuando durante el nuevo periodo de tiempo el encartado en situación de prisión preventiva. Pasen las actuaciones con toda urgencia al Sr. Fiscal Jurídico Militar para que dentro del término de tres horas evacue el escrito de calificación, quien remitirá lo actuado directamente a su Instructor para que continúe la tramitación ulterior con arreglo a Derecho, é interese de la Autoridad Militar la designación del Personal que ha de constituir el Consejo de Guerra y local, día y hora de su celebración, nombrando como Vocal Ponente al Teniente Auditor de Segunda Movilizado Don Luis Piernavieja y del Pozo.

[Sello ovalado en tinta de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIASLAS PALMAS]

2194                EL AUDITOR.

[Firma de RAFAEL DÍAZ-LLANOS LECUONA, someramente rubricada]

 

Cfr.: A-TMT5 12893-413-13.- Causa 205 de 1936.- Folio 15.

CAUSA 205 DE 1936 CONTRA ANTONIO RODRÍGUEZ POR DELITO DE SEDICIÓN


M.8,843,130

 C_O_M_A_N_D_A_N_C_I_A   M_I_I_T_A_R   D E   C_A_N_A_R_I_A_S

12893 – 413 – 13

P_L_A_Z_A   DE   L_A_S   P_A_L_M_A_S                  JUZGADO EVENTUAL

 

Causa nº 205 de 1.936

 

DELITO DE SEDICION

 

Procesado artillero segundo, ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, de la Bateria de Montaña del Grupo Mixto de Artilleria numero tres.

Ocurrió el hecho el dia 6 de septiembre de 1.936

 

Dieron principio las actuaciones el dia 6 de septiembre de 1.936 a las 13`30 horas

 

En prisión preventiva el dia .6. de. Septiembre de 1.936

En libertad provisional el dia

 

 

 

Juez Instructor Secretario
Alferez de Artilleria D. Jose Quintana Hernandez Brigada D. Juan Roman Moya
                     OTRO          OTRO

Alférez de Complemento de Artilleria

Artillero segundo
Francisco de A. Hernandez Gonzalez Alfonso Padilla Paz.
                                 Otro                  Otro
D. Miguel Perez-Zamora Sargento de Infanteria
  D. Blas Fuentes Ramos

 

Cfr.: A-TMT5 12893-413-13.- Causa 205 de 1936.- Folio inicial de cubierta.

 

ORDENANDO CONSEJO DE GUERRA CONTRA DOMINGO GONZÁLEZ BORGES


53

CAPITANIA GENERAL DE CANARIAS                    SECRETARIA DE JUSTICIA.

ORDEN Del dia 28 de Julio de 1.940 en LAS PALMAS

El próximo día 31 de los corrientes, a las QUINCE Y TREINTA HORAS, se reunirá en la Sala de Justicia del Cuartel del Regimiento Infanteria Canarias nº 39, el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, que ha ver y fallar la Causa nº 281 de 1939 seguida contra el paisano DOMINGO GONZALEZ BORGES, por el delito de AUXILIO A LA REBELION.

EL TRIBUNAL QUEDARA CONSTITUIDO DE LA FORMA SIGUIENTE:

P R E S I D E N T E

Coronel de Infanteria D. EDUARDO RODRIGUEZ COUTO

VOCALES – CAPITANES

NOMBRES DESTINO
Don Antonio Torres Torres Centro Reclutamiento nº 50
Jose Santos Valencia Grupo Mixto de Ingenieros nº 4
Jose Quintana Hernandez Regimiento de Artilleria nº 8
Jose Rodriguez Ferrera      id                 id            id
Francisco J. Sanchez Rodriguez      id           Infanteria nº 39

V O C A L –  P O N E N T E

El Oficial Primero de Complemento del Cuerpo Juridico Militar D. RAFAEL MARTIN HERNANDEZ

V O C A L E S – S U P L E N T E S

NOMBRES

DESTINO

Don Rufino Castaño Gonzalez Regimiento de Artilleria nº 8
Antonio Velazquez Quiles      id                 id            id

 F I S C A L

El jurídico del Gobierno Militar o el Oficial de Fiscalia en quien delegue

.

D E F E N S O R

El Alferez de Complemento de Artilleria D. Luis Mesa Suarez

J U E Z   I N S T R U C T O R

El Alferez de Infanteria D. GUILLERMO GONZALEZ QUINTANA

Se invita a los señores Oficiales de la Guarnición, francos de servicio para asistir a dicho acto.

EL CAPITAN GENERAL,

P.D.

El General Gobernador Militar

[Sello ovalado en tinta, con el escudo nacional del águila, rodeado por la leyenda GOBIERNO MILITAR DE G. CANARIA E.M. LAS PALMAS, y firma rubricada]

 Cfr.: A-TMT5 13368-434-18 – Causa 281 de 1939.- Folio 53.

* * * * * * * *

En la ceremonia de este Consejo del Guerra, el Ministerio Fiscal estuvo representado por el Oficial Tercero del Cuerpo Jurídico Militar MATÍAS VEGA GUERRA, quien en su informe, considera los hechos perpetrados por el procesado como constitutivos de un delito de auxilio a la rebelión, solicitando se le imponga la pena de doce años y un día de reclusión menor.