TESTIMONIO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISION GESTORA DEL EXCMO. CABILDO, EN SESION DE 7 DE JUNIO DE 1.937 POR EL QUE SE DESTITUYE DEFINITIVAMENTE A DON CRISTINO ARMAS FERNANDEZ, DEL CARGO DE PORTERO DEL HOSPITAL DE NUESTRA SEÑORA DE LO DOLORES DE LA LAGUNA
«Destituir, definitivamente, de sus cargos a don Elicio González Salazar, Celador del Teléfono Insular; a don José García González, Médico Radiólogo de los Establecimientos Insulares de Beneficencia de esta Capital; a don Ernesto Castro Martín, Médco honorario y gratuito de los propios Establecimientos; a don Victoriano Rios del Castillo, Practicante del Hospital de Nuestra Señora de los Dolores de La Laguna; a don Tomás Quintero Espinosa, Oficial Interventor de los citados Establecimientos insulares de Beneficencia de esta Ciudad; y a don Cristino Armas Fernandez, Portero del mencionado Hospital de Nuestra Señora de los Dolores de La Laguna; elevando al Excmo. Señor Comandante General de las Islas Canarias, los expedientes instruidos a dichos individuos, a los fines prevenidos en los Bandos de dicha superior autoridad de veintitres de enero y diecinueve de febrero últimos. Se hace constar que en contra de la destitución del facultativo don José García González, votaron los Consejeros señores Oramas y Pérez Izquierdo, por entender el primero que antes de resolver el expediente de dicho Médico debieran solicitar informes de la Guardia Civil del Puesto del Realejo-Bajo, y por sostener el segundo que en vista del resultado de tal expediente solo es dable imponer el señor García González la sanción de un año de suspensión de sueldo. También se hace constar que en contra de la destitución del Practicante don Victoriano Rios del Castillo, votó igualmente el propio Consejero señor Pérez Izquierdo, por estimar que , el expedientado no es merecedor de ninguna sanción, debiendo ser repuesto en su cargo, según la propuesta razonada del Instructor del respectivo expediente.
El Secretario
Vº Bº. José Victor López de Vergara
El Presidente
Maldonado
[Ambas firmas rubricadas]
A la izquierda de la firma del Presidente del Cabildo, teniente coronel JOSÉ MALDONADO DUGOUR, está estampado en tinta roja, el sello del Cabildo Insular de Tenerife.
Cf. A.I.M.C
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N.B.
1.-
ELICIO GONZÁLEZ SALAZAR había sido detenido en Arico, trasladado y entregado en la prisión de Santa Cruz de Tenerife, y procesado en la Causa 114 de 1936 (3594-148-50), acusado de tenencia de armas. El procedimiento resultaría sobreseído, con decreto de puesta en libertad.
3.-
TOMÁS QUINTERO ESPINOSA había sido condenado en la Pieza separada de la Causa 50 de 1936 (6401-209-1) a la pena de 15 años de reclusión temporal y accesorias del Art. 185 mencionado, siéndole de abono para el cumplimiento de la pena impuesta la totalidad del tiempo de prisión preventiva sufrida.
3.-
Asimismo, en dicha Pieza separada de la Causa 50 de 1936 (6401-209-1), había sido procesado CRISTINO DE ARMAS FERNÁNDEZ, resultando absuelto, aunque el tribunal recomendó que fuera mantenido como preso gubernativo. Y así se hizo.