CAUSA 313 DE 1936 CONTRA JOSÉ CASTRO PAZ


M.8,709,790

Nº 4031               –               Legº 162 – 11

Plaza de Santa Cruz de La Palma                                            Año de 1936

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO   EVENTUAL

N U M E R O      =  3 1 3  =

Juicio sumarísimo instruido a virtud de orden del Sr. Comandante Militar de esta Plaza contra el paisano José Castro Paz por hallarse comprendido en el artículo 5 del Bando de la Junta de Defensa Nacional de 28 de Julio ultimo.

Ocurrió el hecho, el 25 de Julio de 1.936.

Dieron principio estas actuaciones el 26 de Septiembre de 1936

JUEZ INSTRUCTORSECRETARIO
El Alferez de Infantería donEl soldado de Infanteria don
Facundo Fernandez GalvanIgnacio Feliciano Perez
otrootro
Capitán de Infª- DonSoldado de Infª D. Gregorio
Angel Herrera ZayasRodriguez Lopez
otrootro
Teniente de ArtilleríaArtillero del Grupo Mixto nº 2
D. Andrés Hernández AlvarezD. Imeldo Delgado Gomez
Otro D. Luis Vilela SampolOtro D. Juan Iglesias Alonso

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial.- 4031-162-11.- Causa 313 de 1936 contra JOSÉ CASTRO PAZ.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * *

El mentado artículo quinto del Bando de la Junta de Defensa Nacional de España, rezaba así.

ARTICULO QUINTO. Quedan también sometidos a la jurisdicción de Guerra, y serán sancionadas, del mismo modo, por procedimiento sumarísimo:

A) Los delitos de rebelión, sedición y sus conexos, atentados, resistencia y desobediencia a la Autoridad y sus Agentes y demás comprendidos en el título 3º del Código Penal ordinario bajo el epígrafe de «Delitos contra el orden público».

B) Los de atentado contra toda clase de vías o medios de comunicación, servicios, dependencias o edificios de carácter público.

C) Los cometidos contra las personas o la propiedad por móviles políticos o sociales.

D) Los realizados por medio de la imprenta u otro medio cualquiera de publicidad.

* * * * * * * * * * * * * * *

El Bando de Guerra de 28 de julio de 1936, fue publicado en el número 3 del Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional, en Burgos, siendo editado el jueves 30 de julio de 1936, constituyendo el Decreto número 79, de aquella autodenominada Junta de Defensa Nacional.

Su texto completo ya figura en este blog, pudiendo ser consultado en

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2010/05/09/causa-sumarisima-numero-349-de-1936/

IGNORÁNDOSE EL PARADERO DE AQUILINO HERNÁNDEZ RIVERO


M.8,857,594

182

 

Providencia Juez Sr. Edel Rodriguez.-

En Santa Cruz de Tenerife a veintiuno de noviembre de mil novecientos treinta y seis.

Por recibido el anterior oficio que se unirá a los autos y, ignorándose el paradero del interesado; póngase un  anuncio en los periódicos locales por el que se interese comparezca ante este Juzgado cualquier día y a cualquier hora para hacerle entrega de un documento que le interesa y caso de que se halle ausente se pasen por este dicho Juzgado sus familiares o amigos y digan donde se encuentra para remitirle dicho documento; si no se recibe noticia alguna, téngase el procedimiento por el Secretario hasta que en su día se le pueda entregar el expresado documento.

Lo proveyó y rubrica S.S. doy fe.

[Rúbrica del Juez Instructor Comandante ELISARDO EDEL RODRIGUEZ, consistente en un simple trazo inclinado, y firma del secretario Sargento ANTONIO CARBALLO ARIAS]

 

Cfr.: A-TMTQ 3447-144-09.- Causa 101 de 1934.- Folio 182.

 

AQUILINO HERNÁNDEZ RIVERO SIN ANTECEDENTES


[Oficio sin número de registro de salida, encabezado por el membrete de la COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS E.M.]

181

 

En contestación a su escrito fecha 12 del actual, participo a V. que en el Negociado de Presos de esta Comandancia no existe antecedente alguno del paisano del paisano AQUILINO HERNANDEZ RIVERO.

Dios guarde a V.S. muchos años

Santa Cruz de Tenerife 18 de Noviembre de 1936.

De Orden de S.E.

El Coronel Jefe de Estado Mayor

[Firma rubricada de TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL]

 

[Al pie]

Comandante Juez Instructor D. Elisardo Edel.

 

Cfr.: A-TMTQ 3447-144-09.- Causa 101 de 1934.- Folio 181.

 

* * * * * * * * * ** ** * * * * *

El conspicuo Coronel de Estado Mayor TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, asevera que no hay antecedentes de AQUILINO HERNÁNDEZ RIVERO, en el Negociado de Presos de la Comandancia.

Con lo cual sabemos que existió tal negociado. Y en el mismo no había registro alguno de AQUILINO HERNÁNDEZ RIVERO.

Pero hay que señalar que si el conspicuo Coronel de Estado Mayor TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, hubiera consultado a la Auditoría de Guerra, y a la Fiscalía Jurídica Militar, en vez de al tal negociado de presos, seguro que le habrían informado con muchísimo detalle, de los antecedentes de AQUILINO HERNÁNDEZ RIVERO.

Antecedentes que constaban abundantemente en la Causa 101 de 1934, archivada bajo la Clave 3447-144-9, dentro del legajo 144, del denominado Archivo de Capitanía.

Está claro que el conspicuo Coronel de Estado Mayor TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL, no indagó en el lugar adecuado.

Y a la vista está que, en dicho Archivo, fue correctamente guardado este oficio, carente de registro de salida, del conspicuo Coronel de Estado Mayor TEÓDULO GONZÁLEZ PERAL.

Tal omisión puede ser achacable a que, estando ocupados en encarcelar y matar gente, no funcionaban debidamente los canales burocráticos.

CONVOCANDO CONSEJO DE GUERRA EN CAUSA 101 DE 1934


U.4,932,942

135

Auditoría de Guerra de la Comandancia Militar de Canarias

 

Orden del día 19 de Diciembre de 193 4  en Santa Cruz de Tenerife

El próximo día 21 de los corrientes a la 14`30 horas se reunirá en la Sala de actos del Cuartel del Regimiento de Infantería Tenerife numero 37 de esta Plaza el Consejo de Guerra Ordinario de PLAZA que ha de ver y fallar la causa seguida contra el paisano DON AQUILINO HERNANDEZ RIVERO por el delito de sedición.

 

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRÁ EN LA FORMA SIGUIENTE:

 

PRESIDENTE

Coronel Señor Don DIEGO VEGA Y MONTESDEOCA

VOCALES-CAPITANES

NOMBRES DESTINO
Don CAMILO TOCINO TOLOSA Regimiento de Infantería numero 37
CANDIDO SOTO ODRIOZOLA Grupo Mixto de Artilleria numero 2.
MANUEL OTERO RUBIDO

Id.      Id.              Id.      Id

JOSE GIL DE LEON ENTRAMBASAGUAS Id.      Id.              Id.      Id
JOSE JORDA CANTO Regimiento de Infantería numero 37

 

VOCAL PONENTE

El Teniente Auditor de Segunda DON PEDRO MARTIN DE HIJAS

 

VOCALES SUPLENTES

NOMBRES

DESTINO

Don FERNANDO SALAS BONAL Grupo Mixto de Artilleria numero 2.
 “ MANUEL FERNANDEZ ROBERES

Id.      Id.              Id.      Id

 

 FISCAL

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

El Letrado DON JUAN ROMEU

El Comandante Juez Permanente DON FRANCISCO SANCHEZ PINTO

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

El Auditor,

José Samsó

[A la izquierda de la rubricada firma del Auditor de Guerra, Coronel JOSÉ SAMSÓ HENRÍQUEZ, está inserto en tinta el sello de la AUDITORÍA DE LA COMANDANCIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS que lleva en su interior el emblema jurídico militar].

 

Cfr.: A-TMTQ 3447-144-09.- Causa 101 de 1934.- Folio 135.

* * * * * * * * * * *

En este Consejo de Guerra el Fiscal actuante sería el Teniente Auditor de Tercera  RAFAEL DÍAZ-LLANOS LECUONA.

El Defensor fue el Letrado JUAN RUMEU GARCÍA

* * * * * * * * * * *

Obsérvense las diferencias formales de esta Convocatoria republicana, con las que se sucedieron después de la sublevación del 17 julio de 1936.

1.-

Quien convoca es el AUDITOR DE GUERRA no el COMANDANTE MILITAR.

2.-

La presencia de DEFENSOR LETRADO elegido VOLUNTARIAMENTE por el procesado; no un oficial de grado militar inferior, de una lista obligatoria presentada al reo para que designara uno.

Al menos, durante la Segunda República había cierto respeto por las formas judiciales.

Y los derechos ciudadanos se procuraban respetar.

Aunque se declararon varios estados de guerra, durante los cuales quedaban suspendidos tales derechos.

Y, sobre todo, se aplicaron en demasía, las restricciones de libertades establecidas en la LEY DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA, de 31 de octubre de 1931.

AQUILINO HERNÁNDEZ RIVERO NACIÓ EL 16 DE NOVIEMBRE DE 1897


 

C.7,396,871

67

Don Antonio González Hernández, Juez municipal del pueblo de la Guancha y encargado de su Registro civil.

 

Libro 5º Certifico; Que según consta del
Folio 86 Acta reseñada al margen y correspon
Número 73 diente a la Sección Primera de es
  te Registro civil Aquilino Rufino
  del Jesús Hernández Rivero, nació
  el día dieciséis de Noviembre
  de mil ochocientos noventa y siete,
  Y es hijo de José Agustín Hernández
  Mesa y de Eloisa Rivero Reyes,
  Y para remitir al Señor Teniente
  Juez instructor de la Orotava
  libro la presente en la Guancha a
  Treinta de Octubre de mil novecientos
  treinta y cuatro

 

 

Cfr.: A-TMTQ 3447-144-9.- Causa 101 de 1934.- Folio 67.