AEROPUERTO EN LA CUESTA


 

El miércoles 11 de marzo de 1936, GACETA DE TENERIFE publicó en la página 6 de su número 8392, esta información:

Cabildo Insular

Acuerdos de la Comisión Gestora

El lunes último celebró sesión la Comisión Gestora del Cabildo Insular de Tenerife, bajo la presidencia del señor Arozena.

Asistieron los gestores señores Bethencourt del Río, Illada, Molina, Díaz Ferreira, Martin Espino, Pérez Trujillo, Rivero Barrios y García Ossorio.

Se acordó autorizar la celebración en el Hospital civil del ejercicio práctico de las oposiciones a médicos de la Asistencia pública domiciliaria.

También se acordó proceder a la provisión, mediante concurso, de la plaza de aparejador de la Sección de Vías y Obras del Cabildo.

Fueron designados los señores  Bethencourt del Rio e Illada, para formar parte del concurso de obras literarias anunciado por el Cabildo.

La Corporación acordó ejercitar las acciones que sean procedentes contra el que fué gobernador civil, señor Salgado, por haberse incautado de los servicios telefónicos.

Se acordó aceptar las ofertas de terrenos formuladas por los propietarios de la Cuesta, con destino a la construcción del aeropuerto de Tenerife.

El señor Bethencourt del Rio pidió se trajera a la próxima sesión el expediente sobre aprobación de unas bases para el intercambio de servicios entre la red telefónica insular y las redes de la Compañía Nacional Telefónica.

A propuesta del Interventor de Fondos se adoptaron los siguientes acuerdos:

Interesar del Ayuntamiento de esta capital deje completamente libre el solar en que ha de construirse el edificio de Correos y Telégrafos.

Convenir con la misma Corporación la permuta del solar que se ha de ocupar con el edificio de Obras Públicas y que corresponde en gran parte a la Rambla del General Gutiérrez por el que resultará del derribo del viejo caserón de la Delegación de Hacienda, que pasará a ser vía pública.

Ultimar el convenio para la compra de las casas propiedad de doña Rosario Maury de Verdugo, don Pedro Pérez Armas y don José García Amaro, que serán afectadas por la reforma y para cuya adquisición existe parte de crédito en el presupuesto extraordinario.

* * * * * * * * * * *

Tres días después, el sábado 16 de mayo de 1936, el mismo periódico GACETA DE TENERIFE, en la página 6 de su número 8395, retomaría el asunto del proyecto de Aeropuerto en La Cuesta, con esta gacetilla:

Según noticias recibidas en el Cabildo Insular de Tenerife, está ultimado y pendiente sólo de aprobación del pleno de la Junta nacional contra el paro, la concesión de 1.370.000 pesetas, en concepto de subvención para la construcción del aeropuerto de La Cuesta.

El .proyecto se halla pendiente de tramitación en la Dirección General de Aeronáutica.

* * * * * * * * * * * * * *

Un millón trescientas mil pesetas previstas, que nunca vinieron a Tenerife, para un proyecto que nunca se llevaría a cabo.

En cambio, si se acometerían las obras de Los Rodeos.

Obras en las cuales, después de la sublevación del 18 de julio de 1936, serían utilizados los presos políticos atrapados.

Uno de aquellos presos forzados a trabajar en Los Rodeos, fue JOAQUÍN SUÁREZ ARENCIBIA, un hombre manco.

DON JOAQUÍN SUÁREZ ARENCIBIA, JOAQUINITO EL MANCO, después de la Guerra Civil, regentó un colegio, o escuelita como decíamos entonces, en la Isleta de Gran Canaria.

Bastante cerca de la casa que mis padres tenían en la calle Pérez Muñoz esquina a Perchel, donde transcurrió mi infancia y adolescencia.

Al colegio de JOAQUINITO EL MANCO, me llevó de la mano, mi hermano mayor MIGUEL, para aprender a «leer, escribir, y hacer cuentas», cuando yo solo tenía cinco tiernos añitos.

DON JOAQUÍN nunca nos comentó nada, acerca de su tragedia vital, que comenzó en  el Campo de Concentración de la Isleta.

Ni del angustioso traslado en barco a Tenerife, a la horrenda Prisión Costa Sur de los Salones de Fyffes.

Ni de su trabajo, como preso forzado en Los Rodeos.

Siendo manco.

Todo ello como «detenido gubernativo», sin haber sido sometido a juicio.

Datos éstos, aflorados por mi hermano JUAN, en sus libros dedicados a la historia de LA ISLETA y PUERTO DE LA LUZ de GRAN CANARIA.

CENTRO DE SALUD MANUEL PAREJO MORENO EN LA CUESTA


 

El jueves 15 de octubre de este año de 2015 el Centro de Salud Dr. MANUEL PAREJO MORENO de La Cuesta, en La Laguna, ha abierto sus puertas a los usuarios después de estar cerrado al público desde el año 2010.

Efectivamente, el Centro de Salud de La Cuesta lleva el nombre del Dr. MANUEL PAREJO MORENO, médico neuropsiquiatra oriundo de la provincia de Sevilla y que llegó a Canarias en su infancia. También desde 1983 tiene dedicada una calle en el callejero de Santa Cruz de Tenerife.

En Canarias no abundan los centros hospitalarios que hayan sido bautizados en honor a médicos. Destaca el Hospital Negrín, dedicado a nuestro ilustre médico-fisiólogo y político canario JUAN NEGRÍN LÓPEZ, que fue presidente del Gobierno de  la Segunda República española, en sus más aciagos momentos.

Otro caso es el del médico JUAN FEBLES CAMPOS, que da nombre al Hospital Psiquiátrico de Tenerife.

Menos frecuente aún es que un centro de salud de atención médica primaria sea dedicado a un médico.

En Santa Cruz se le dedicó un centro de salud al doctor DIEGO M. GUIGOU Y COSTA, y el servicio de urgencias pediátricas de dicho centro de salud al doctor Jaime Chávez.

El Centro de salud de La Cuesta es también otra excepción, pues es el Centro de Salud Dr. MANUEL PAREJO MORENO. Este centro de salud fue inaugurado el día 13 de Octubre de 1990, siendo presidente del gobierno de Canarias el señor LORENZO OLARTE CULLEN, y Consejero de Sanidad, que también lo era de Trabajo y Servicios Sociales, el señor DANIEL PRATS DÍAZ.

Su construcción supuso una inversión de 84.863.259 pesetas financiadas en su totalidad por la consejería de Sanidad, Trabajo y Servicios Sociales. Fue puesto a disposición del INSALUD, que se encargó de su equipamiento.

Las competencias en Sanidad aún no habían sido transferidas al Gobierno de Canarias.

En ese año de 1990 el hijo del Dr. MANUEL PAREJO MORENO, MANUEL PAREJO ALFONSO, también médico neuropsiquiatra como su padre, era concejal del ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife con ATI y con MANUEL HERMOSO ROJAS de alcalde.

La trayectoria política de MANUEL PAREJO ALFONSO a nivel municipal en Santa Cruz ha sido bastante larga, hasta llegar a  las legislaturas en las que fue concejal de urbanismo de la capital tinerfeña con el alcalde MIGUEL ZEROLO AGUILAR. Más recientemente la hija y nieta de ambos, PILAR PAREJO BELLO, también ostentaría varios cargos políticos relevantes a nivel insular con los gobiernos de Coalición Canaria.

Sobre MANUEL PAREJO MORENO (1907-1980), el Coronel J.J. Arencibia ha escrito en su libro CALLES Y PLAZAS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, estas líneas:

DOCTOR MANUEL PAREJO MORENO

Primera transversal derecha a la calle Cristino Díaz Martínez.

Manuel Parejo Moreno, teniente coronel médico y prestigioso neurólogo y psiquiatra, nació en Constantina de la Sierra, Sevilla, el 4 de enero de 1907. Hizo sus primeros estudios en Icod y Fasnia. Después ingresó en el colegio de los Hermanos de la Doctrina Cristiana. Estudio Medicina en Cádiz, Sevilla y Madrid, obteniendo la licenciatura con premio extraordinario en 1932. Identificado con el Alzamiento del 18 de julio de 1936, ingresó voluntario en el Ejército y combatió en varios frentes con el grado de alférez y teniente. Finalizada la guerra, ingresó en el Cuerpo de Sanidad Militar, siendo destinado al Hospital Militar de Tenerife. En 1939, ejercía como médico honorario en el Hospital Psiquiátrico Provincial, del que se convertiría en subdirector. Desde 1940 formó parte de la Junta Directiva del Colegio de Médicos, del que fue designado presidente de su Junta de Gobierno en 1959.

Realizó una gran labor científica y humanitaria, plasmada en libros e innumerables trabajos en revistas especializadas. Poseía un profundo conocimiento de la psiquiatría y gozaba de un merecido prestigio en toda la isla. El pleno municipal del 21 de octubre de 1983 acordó nominar esta calle con su nombre.

Al igual que MANUEL PAREJO, otro conocido médico tinerfeño, TOMAS ZEROLO FUENTES (1893-1956), actuó como  voluntario el 18 de julio de 1936, prestando sus servicios a los sublevados en el propio edificio de Capitanía.

Como capitán médico asimilado fue destinado a la península.

Después de la guerra civil ocupó la presidencia del Colegio de Médicos, desde 1940 hasta 1955.

Como dato anecdótico decir que durante los años 1949 y 1950 un hermano de TOMÁS ZEROLO FUENTES, el abogado MIGUEL ZEROLO FUENTES, que había sido jefe de Acción Ciudadana, fiscal y juez militar durante los años de la guerra civil, ostentaría la alcaldía de Santa Cruz de Tenerife.

Su nieto homónimo  MIGUEL ZEROLO AGUILAR, ha sido Alcalde  de la capital tinerfeña, más recientemente, durante varios mandatos con Coalición Canaria.

Tras presidir el Colegio de Médicos durante un corto periodo de tiempo los médicos HERIBERTO ARROYO HERRERA (1955-1956) y AGUSTÍN PISACA Y BURGADA (1956-1959), el doctor MANUEL PAREJO MORENO fue nombrado presidente de esta institución en 1959. Ostentó la presidencia en varios mandatos hasta el año 1976, recién iniciada la democracia.

Esto es, la presidencia del Colegio de Médicos de Santa Cruz de Tenerife durante gran parte de los cuarenta años de la dictadura de Franco, estuvo ocupada por los doctores TOMÁS ZEROLO FUENTES y MANUEL PAREJO MORENO

El Dr. MANUEL PAREJO MORENO colaboró en la década de los años cuarenta con la cátedra de Derecho Penal de la Universidad de La Laguna impartiendo cursillos sobre Medicina Legal.

MANUEL PAREJO MORENO se especializó en neuropsiquiatría, disciplina que englobaba a las actuales especialidades médicas de neurología y psiquiatría. También desarrolló su labor en otras instituciones médicas de Tenerife además del Hospital Militar, como fue el Hospital de Niños, el Dispensario de Higiene Mental y el mentado Hospital Psiquiátrico.

En la jerarquía militar llegó a ser teniente coronel médico del Cuerpo de Sanidad Militar, como ha señalado J.J.Arencibia.

Asimismo, en tiempos del franquismo, perteneció a entidades gubernamentales como la comisión provincial para la Coordinación Sanitaria y Hospitalaria, y a la comisión delegada para el Desarrollo Económico de Canarias para el Estudio de la Ordenación Sanitaria y Asistencial, de la que fue presidente.

Hay un episodio referente al Dr. MANUEL PAREJO MORENO poco conocido, que ha sido plasmado en sus memorias, por el ínclito PROFESOR ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ.

Libro titulado MEMORIAS DE UN PROFESOR, publicado después su muerte por Ediciones Idea en 2011, cuya lectura es recomendable.

El PROFESOR ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, describe la oposición del Colegio de Médicos, con su presidente MANUEL PAREJO MORENO al frente, a la creación de la Facultad de Medicina en la Universidad de La Laguna en 1967.

El insigne profesor ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, catedrático de la Universidad de La Laguna, premio Príncipe de Asturias, entre otras muchas  distinciones, hizo mucho por la Universidad de La Laguna en el tiempo que fue de rector de la misma.

Entre otros logros, el profesor ANTONIO GONZÁLEZ fue el promotor y artífice de que, por fin, en el año 1968 la Universidad de La Laguna pudiera contar con una Facultad de Medicina.

Esto fue posible gracias a la gestión de ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ con el ministro de Educación y Ciencia de la época, MANUEL LORA-TAMAYO, del que había sido discípulo. En octubre de 1967 este ministro de Franco anunció la creación de la Facultad de Medicina en la Universidad de La Laguna.

El anuncio del ministro LORA-TAMAYO de la creación de la Facultad de Medicina fue una gran noticia para la Universidad de La Laguna y también para la sociedad tinerfeña y canaria, pues los jóvenes estudiantes ya no tendrían que desplazarse a la península a realizar los estudios de Medicina.

Hasta aquel momento, a los estudios de MEDICINA podían acceder casi exclusivamente los hijos de las familias más acomodadas, que podían costearles los estudios fuera de Canarias.

Ni que decir tiene, que la prensa canaria del momento, se hizo eco rápidamente  de tan relevante noticia.

Pero por increíble que parezca, el Rector ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, días después del anuncio, fue visitado en el rectorado por una comitiva del Colegio de Médicos, con el doctor MANUEL PAREJO MORENO a la cabeza, para manifestarle la oposición del Colegio de Médicos a la creación de la Facultad de Medicina.

Según manifiesta en sus memorias el profesor GONZÁLEZ, el Dr. MANUEL PAREJO MORENO le impelió a que diera marcha atrás a la creación de la Facultad de Medicina y le advirtió que no le proporcionarían cadáveres.

Tras esta declaración de intenciones del presidente del Colegio de Médicos Dr. MANUEL PAREJO MORENO, el profesor ANTONIO GONZÁLEZ reacciona y lo describe de esta manera en sus memorias:

… Fui rotundo en rechazar las pretensiones de aquella caterva de egoístas. Les dije lo siguiente:

“El ministro quedaría satisfecho si yo le quito esa carga de encima, pero ustedes antes, firmarán ante notario que quedan obligados a pagarle a todo canario que desee estudiar Medicina en la facultad de su elección”.

Aquí terminó la entrevista.

Curiosamente, y para no contravenir las intenciones del ministro del gobierno de Franco, el 13 de octubre de 1967 se remitió un escrito de adhesión por parte de la directiva del Colegio de Médicos al rector Antonio González González, por la decisión del Consejo de Ministros de crear varias facultades de Medicina en España, entre ellas la de la Universidad de La Laguna.

Por lo tanto, oficialmente se manifestaron a favor de la creación de la Facultad de Medicina, pero según nos narra en sus memorias el profesor ANTONIO GONZÁLEZ la realidad fue otra, hasta el punto de ser amenazado por el doctor PAREJO MORENO con no proporcionarle cadáveres para los estudios de anatomía.

A pesar de la oposición del Colegio de Médicos de Santa Cruz de Tenerife a la creación de la Facultad de Medicina en La Laguna, el rector ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ pudo culminar este hito, recibiendo ayuda por parte del presidente del cabildo JOSÉ MIGUEL GALVÁN BELLO.

La primera promoción de médicos comenzó los estudios en el curso 1968-1969.

Por cierto, en nuestra Facultad de Medicina no existe distinción alguna en relación al profesor ANTONIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, artífice de su existencia desde 1968.

También son merecedores de distinciones muchos médicos, que sí se dedicaron a la atención primaria, como médicos de cabecera o como médicos de la beneficencia.

Ejemplos son los casos de los médicos MANUEL BETHENCOURT DEL RÍO en Santa Cruz de Tenerife, MANUEL GONZÁLEZ TRUJILLO en Icod de Los Vinos, ERNESTO CASTRO MARTÍN en Tacoronte, o el otorrino FERNANDO BARAJAS VÍLCHEZ, entre otros.

 

Fuentes documentales:

El Blog de Pedro Media Sanabria.

Memorias de un profesor. Ediciones Idea. 2011. Antonio González González.

Historia del COMTF, 1855-1994. Ed. Tahiche, 1996. Francos del Castillo, R.

Conozca Santa Cruz de Tenerife. (Su historia a través de sus calles, plazas y otras curiosidades). Front Cover. Casino Santa Cruz, 2005. Juan J. Arencibia de Torres.

Calles y plazas de Santa Cruz de Tenerife. Diario de Avisos, 4 de marzo de 1998. . Juan J. Arencibia de Torres.

El Dr. Pedro Rodríguez Trujillo en el recuerdo. Revista Canarias pediátrica. Vol. 37, nº 1. Humanidades en pediatría. 2013. Manuel Herrera Hernández.

Prensa histórica canaria (Portal Jable de la ULPG ).

18 de octubre de 2015.

[APORTACIÓN DEL AMIGO FABIÁN HERNÁNDEZ ROMERO, MÉDICO]

 

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NOTAS DEL BLOGUERO

1.-

Con respecto al DOCTOR MANUEL PAREJO MORENO, J.J. Arencibia es algo más lacónico, e impreciso, en su posterior libro CONOZCA SANTA CRUZ.

DOCTOR MANUEL PAREJO MORENO

 

Primera transversal derecha a Ia calle Cristino Díaz Martínez

Manuel Parejo Moreno (1907-1980), teniente coronel médico y prestigioso neurólogo y psiquiatra, nació en Constantina de la Sierra, Sevilla. En 1932 obtuvo la licenciatura y en 1936 ingresó voluntario en el Ejército Nacional y estuvo en varios frentes con el grado de oficial. Finalizada la guerra se hizo médico militar y fue destinado al Hospital Militar de Tenerife. En 1939 era médico honorario del Hospital Psiquiátrico Provincial, del que fue subdirector. En 1959, fue designado presidente del Colegio de Médico. La calle lleva su nombre desde 1983.

2.

¿Ignoraba J.J. Arencibia que MANUEL PAREJO MORENO, antes que OFICIAL, había sido SARGENTO?

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2015/10/19/capitan-duran-y-sargento-parejo-certifican-edad-de-domingo-gonzalez-morales/

DOCUMENTOS RELATIVOS A MANUEL BETHENCOURT DEL RIO


En el Archivo Intermedio Militar de Canarias, he encontrado estos documentos relacionados con el ínclito «médico de los pobres», MANUEL BETHENCOURT DEL RÍO, grancanario fundador del Partido Socialista en Tenerife.

 

ASUNTO

FECHA

  Carpetilla del Detenido Gubernativo BETHENCOURT del RIO D. MANUEL y su esposa Dorothy Thomas

 

2

Autorizando visita en la prisión flotante.

4/3/1937

3

Informe de la Comisión Provincial de Incautación de Bienes

6/9/1937

4

Declaración de responsabilidad civil por QUINIENTAS mil pesetas

14/10/1937

5

Reclamación interpuesta

15/12/1937

6

Remitiendo informes de expedientes de incautación de bienes

24/12/1937

7

Instancia de LEOPOLDO O’SHANAHAN Y BRAVO DE LAGUNA

2/2/1938

8

11 de febrero de 1938 Informe del Delegado de Orden Público

11/2/1938

9

Reiteración de Instancia de Leopoldo O’Shanahan y Bravo de Laguna

25/4/1938

10

Informe del Delegado de Orden Público

3/5/1938

 

 

1.-

Una carpetilla en cuya portada figuran estas palabras:

BETHENCOURT del Rio D. MANUEL

Detenido gubernativo.

Su esposa Dorothy Tomas.

 

2.-

4 de marzo de 1937

Santa Cruz de Tenerife 4 de marzo de 1937

Sr.D.

Bernardo Barrera

PRESENTE

Mi estimado amigo: En atención a habérmelo solicitado el Sr. Cónsul de Italia en esta capital Lino Ludovico Kellner, le he autorizado para visitar al Doctor Sr. Bethencourt del Rio, a las 3 de la tarde de hoy de la prisión flotante de esta Capital.

De V. attº s.s.

q.e.s.m.

 

3.-

6 de septiembre de 1937

 

INFORME DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE INCAUTACIÓN DE BIENES

Excmo. Señor:

Examinado por esta Comisión Provincial de Incautación de bienes el expediente instruido por acuerdo de la misma, por Don Nicolás Padilla Montoro, Magistrado de la Audiencia, contra D. MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, mayor de edad, casado, médico, vecino de esta Capital, sobre declaración de responsabilidad civil del mismo, si por su actuación fuera lógicamente responsable directa o subsidiariamente, por acción u omisión, de daños o perjuicios de todas clases ocasionados al Estado, directamente o como consecuencia de su oposición al triunfo del Movimiento Nacional.

RESULTANDO que, de dicho expediente aparece que dicho individuo, se halla detenido por la Autoridad Militar desde el 9 de Agosto de 1936, es persona significadísima en el campo revolucionario, alentador y dirigente del partido socialista en el que trabajó durante muchos años, fundando y dirigiendo en 1919 “El Socialista”; amigo de Isabel González (a) “Azucena Roja”, a quien mandó a Rusia y desde allí radiaba conferencias comunistas libertarias, dio cuando pertenecía al Partido Republicano Tinerfeño unas conferencias laicas y anticatólicas en Jueves y Viernes Santo; su actuación en el Hospital Civil fue perturbadora y arbitraria queriendo privar de sus cargos a los médicos que no eran de sus ideas. Ocupaba la presidencia del Cabildo el día del glorioso Movimiento Nacional.

RESULTANDO que en la tramitación del expediente se han observado las prescripciones legales.

CONSIDERANDO que los hechos que constan en el primer resultando reflejan con toda evidencia que Don Manuel Bethencourt del Rio es una de las personas mas opuestas al Movimiento Nacional y que más daños han causado al Estado durante muchos años con su funesta actuación, por lo que procede declararle responsable de los mismos.

Vistos el Decreto-Ley de 10 de Enero de 1937, la Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de la misma fecha y demás disposiciones de aplicación, esta Comisión acuerda elevar a V.E. el nombrado expediente, cumpliendo lo establecido en la norma 3ª., letra f) de la Orden citada, con el INFORME de que procede declarar la responsabilidad civil del inculpado en cantidad de quinientas mil pesetas.

V.E., no obstante resolverá en justicia.

Dios guarde a V.E. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 6 de Septiembre de 1937.=SEGUNDO AÑO TRIUNFAL=

 

Sello ovalado en tinta azul, con la leyenda

Comisión Provincial de Incautación de Bienes- SANTA CRUZ DE TENERIFE

 

Excmo.

4.-

 

14 de octubre de 1937

 

Santa Cruz de Tenerife 14 de Octubre de 1937

SEGUNDO AÑO TRIUNFAL

Examinado el presente expediente y de conformidad con lo propuesto por la Comisión de Incautación de Bienes de esta Provincia, así como con el dictamen de mi Auditor, declaro la responsabilidad civil del inculpado, DON MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, en la cuantía de QUINIENTAS MIL PESETAS.

Y para cumplimiento de los demás trámites que se proponen, vuelva lo actuado al Excmo. Sr. Gobernador Civil de esta Provincia y Presidente de la Comisión de Incautación de bienes de la misma.

5.-

Escudo de la República

GOBIERNO CIVIL

DE LA

PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

———-

COMISION DE INCAUTACION

DE BIENES

Núm. 440

Excmo. Señor.

Existiendo reclamaciones interpuestas en los expedientes sobre declaración de responsabilidad civil ya resueltos por V.E., referentes a MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, vecino de esta Capital y RODRIGO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, vecino de Puntagorda (Isla de La Palma) y no constando en dichas actuaciones el informe original emitido por esta Comisión oportunamente, tengo el honor de rogar a V.E. se devuelven ambos a la mayor brevedad para su curso a la Comisión Central Administradora de Bienes incautados por el Estado.

Dios guarde a V.E. muchos años.

Santa cruz de Tenerife, 15 de diciembre de 1937.= SEGUNDO AÑO TRIUNFAL.=

p. El Gobernador Civil, Presidente,

El Secretario del gobierno,

Virgilio Ghirlanda

(rubricado)

Excmo. Sr. Comandante General de las Islas Canarias.

6.-

24 de diciembre de 1937

 

Excmo.Señor:

 

Consecuente con su atto.escrito de fecha 15 del corriente, me complazco en remitirle los informes originales referentes a MANUEL BETHENCOURT DEL RIO y RODRIGO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, procedentes de los expedientes de incautación de bienes instruidos a los mismos.

Dios guarde a V.E. muchos años. Santa Cruz de Tenerife 24 de Diciembre de 1937. SEGUNDO AÑO TRIUNFAL.

 

Excmo.Sr. Gobernador Civil de esta Provincia y Presidente de la Comisión de Incautación de Bienes de la misma.

PLAZA

7.-

2 de febrero de 1938

EXCELENTÍSIMO SEÑOR:

Leopoldo O’Shanahan y Bravo de Laguna, vecino de esta Capital, y empleado en la SOCIEDAD PETROLÍFERA ESPAÑOLA”SHELL”, domiciliada en esta plaza Calle La Marina nº 23, á V.E. tiene el honor de exponer:

Que teniendo pendiente para su formalidad legal el giro que acompaño, solamente a falta de la firma de Don Manuel Bethencourt del Rio (Médico) es por lo que ;

SUPLICA a V.E. se digne otorgar la autorización necesaria para recoger dicha firma, del mencionado Sr. detenido.

Dios guarde á V.E. muchos años

L O’Shanahan y Bravo de Laguna

 

Santa Cruz de Tenerife, dos de febrero de mil novecientos treinta y ocho.

SEGUNDO AÑO TRIUNFAL.

 

EXCMO. SR. COMANDANTE GENERAL DE CANARIAS.-

8.-

11de febrero de 1938

¡VIVA ESPAÑA!

SEGUNDO AÑO TRIUNFAL

    Escudo de la República

DELEGACIÓN DE ORDEN PÚBLICO

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Excmo. Señor

Con referencia al Decreto de fecha 5 del actual por el que me acompañaba escrito de Don LEOPOLDO O’SHANAHAN Y BRAVO DE LAGUNA y letra de cambio para que fuese autorizada por el médico Don Manuel Bethencourt del Rio, tengo el honor de remitir a V.E. ambos escritos, significándole que la citada letra de Cambio, está avalada por el referido médico, conforme se interesaba.

Dios guarde a V.E. muchos años.

Santa Cruz de Tenerife, 11 de Febrero de 1.938

EL DELEGADO DE ORDEN PUBLICO,

Excmo., Señor Comandante General de estas Islas.

P L A Z A

9.-

25 de abril de 1938

Anotación a lápiz Falta reintegro

EXCMO SR:

Leopoldo O’Shanahan y Bravo de Laguna, vecino de esta Capital, y empleado en la Sociedad Petrolífera Española ”SHELL”, en esta Plaza, a V.E. tiene el honor de exponer:

Que teniendo pendiente la renovación del giro que acompaño y hallándose solamente para su formalidad legal, a falta de la firma de Don. Manuel Bethencourt del Rio (Médico) es por lo que:

SUPLICO a V.E. se digne otorgar la autorización necesaria para recoger dicha firma, del mencionado Sr. detenido.

Dios guarde á V.E. muchos años

Santa Cruz de Tenerife, veinticinco de Abril de mil novecientos treinta y ocho.-

Segundo año Triunfal.

L O’Shanahan y Bravo de Laguna

 

EXCMO. SR. COMANDANTE GENERAL DE CANARIAS.-

10.-

11de febrero de 1938

¡VIVA ESPAÑA!

SEGUNDO AÑO TRIUNFAL

    Escudo de la República

DELEGACIÓN DE ORDEN PÚBLICO

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Númº  4119

NEGOCIADO PRESOS

Excmo. Señor

Una vez cumplimentado cuanto se ordenaba en su superior decreto de 27 de Abril último en escritos relativos al detenido MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, adjunto tengo el honor de devolverlos a V.E. a sus efectos.

Por Dios, España y su Revolución Nacional Sindicalista.

Santa Cruz de Tenerife, 3 de Mayo de 1.938

EL DELEGADO DE ORDEN PUBLICO,

Excmo. Señor Comandante General de Canarias.

P L A Z A

 

TOCANDO CAMPANAS


El registro de la sesión plenaria municipal del 25 de marzo de 1936 comienza en el folio 30 y termina en el folio 47 vuelto, del libro de Actas identificado con el número 29 en el Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.

Este libro se inicia el 11 de marzo de 1936 y acaba el 27 de mayo de ese mismo año, conteniendo 200 folios numerados.

El texto del acta de esta sesión, de fecha 25 de marzo de 1936, comienza al inicio del folio 30, con este tenor:

En las Casas Consistoriales de la Muy Leal Noble, Invicta y Muy Benéfica Ciudad, Puerto y Plaza de Santa Cruz de Santiago de Tenerife, Capital de la provincia de este nombre, a veintidós de abril de mil novecientos treinta y seis, se reunió el Excmo. Ayuntamiento en sesión pública ordinaria de segunda convocatoria, previamente citado con arreglo a las vigentes, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde Don José Carlos Schwartz y Hernández y con asistencia de los Sres. Concejales consignados al margen, para tratar y resolver los asuntos figurados en el orden del día, repartidos con la convocatoria.

Los Vocales consignados la margen eran:

 

1 Isabel González González Comunista
2 Álvaro Padrón Benítez Izquierda Republicana
3 Antonio Alberto del Castillo Comunista
4 Fernando Crespo Llorente  
5 Francisco González Fernández Trujillo  
6 Francisco Palacios Gutiérrez Socialista
7 Fulgencio Santaella Tuells  
8 Gabriel de las Fuentes Expósito Sindicalista
9 Gregorio Cubas Arbelo  
10 José González Cabrera Comunista]
11 José María Martín Díaz Izquierda Republicana
12 Juan Martínez de la Peña Unión Republicana
13 Luís Álvarez Nañez Socialista
14 Manuel Armas González Unión Republicana
15 Manuel Guadalupe Pérez Izquierda Republicana
16 Manuel Macías Fuerte  
17 Oscar Pestana Nóbrega Socialista]
18 Pedro García Cabrera Socialista]
19 Pedro Hernández Pérez Unión Republicana
20 Salvador Díaz Ferreira Unión Republicana]
21 Santiago Albertos Hernández [ Socialista]
22 Tomás de Armas Quintero  

 

Abierta la sesión a las dieciocho horas y diez minutos, el infrascrito Secretario dio lectura al acta de la anterior que fue aprobada sin discusión y por unanimidad.

En este momento se dio lectura a un oficio del Excmo Señor Gobernador Civil de la Provincia en el que participa que en virtud de sus facultades, ha designado a los Sres. Don Luís Alvarez Ñáñez, don Antonio Alberto del Castillo, don Gabriel de las Fuentes Expósito, don Manuel Armas González y don Alvaro Padrón Benitez, para ocupar las vacantes de concejales existentes es este Ayuntamiento.

S.E. acordó quedar enterado del mencionado escrito, y dar posesión de sus cargos a los Sres. designados, previas las formalidades reglamentarias.

 

A continuación fueron tratados y debatidos gran número de temas, ocupando bastante tiempo y espacio el asunto del arbitrio de tabacos, que debe ser objeto de análisis histórico en otro momento y lugar.

En el folio 46 vuelto leemos:

 

El Sr. [Francisco] Palacios [Gutiérrez] ruega que se vea la manera de suprimir el toque de las campanas de las Iglesias; imponiendo, si es preciso, cinco duros de multa por cada hora que toquen.

* * * * * * * * * * * * * * * * * *

No resulta extraño el ruego del concejal socialista, FRANCISCO PALACIOS GUTIÉRREZ.

Formaba parte de la praxis de las izquierdas, luchar contra la clericaya, a la cual se consideraba opresora del pueblo, y arrimada a los poderosos y ricos.

Lo que si llama la atención es el deseo de multar y cobrar.

FRANCISCO PALACIOS GUTIÉRREZ.no indica el procedimiento mediante el cual se proponía controlar el tiempo durante el cual se producían los toques de las campanas de las iglesias.

En aquellos tiempos solían hacerse tres llamadas (primera, segunda y tercera), tocando las campanas, para avisar y convocar a los fieles católicos a misa.

Estos toques de campanas se hacían en la hora inmediata anterior a la fijada para la celebración de la misma, durando cada toque unos cinco minutos.

Lo cual suponía un tiempo de toques de campana, en torno al cuarto de hora, en aquella.

¿Qué estaba proponiendo el concejal socialista FRANCISCO PALACIOS GUTIÉRREZ?

¿Cobrar a los curas 25 pesetas por los tres toques previos a cada misa?

Y, si en dichos toques solamente se invertían quince minutos, ¿que les cobraría?

¿La cuarta parte de 25 pesetas = 6 pesetas y un real?

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 Del concejal socialista, FRANCISCO PALACIOS GUTIÉRREZ, apenas tengo datos

En la página 81 del tomo primero del Libro de Registro de Causas con Reos, del Archivo del Tribunal Militar Territorial Quinto, he visto una anotación del año 1921, en la cual se lee que el paisano FRANCISCO PALACIOS, es encartado en una causa por haber publicado un trabajo titulado «El Militarismo Rojo».

Tal causa fue iniciada en 16 de agosto de 1921, y finiquitada el 29 de noviembre del mismo año.

Ahora toca localizarla físicamente. Lo que no es fácil tarea.

 

De la rápida lectura de las actas municipales correspondientes al efímero periodo republicano del Frente Popular en Santa Cruz de Tenerife, se saca la impresión de que el concejal FRANCISCO PALACIOS GUTIÉRREZ tuvo una destacada actuación.

Así, FRANCISCO PALACIOS GUTIÉRREZ interviene, el 18 de marzo de 1936, en la sesión de constitución del nuevo Ayuntamiento del Frente Popular, que presidiría JOSÉ CARLOS SCHWARTZ HERNÁNDEZ hasta el 18 de julio de 1936,

Y siguió destacando por sus intervenciones en las sucesivas sesiones.

 

En la Rectificación del Padrón de Habitantes de Santa Cruz de Tenerife del año 1937, dentro del distrito sexto, están registrados unos habitantes de unas residencias muy especiales: las Prisiones Militares, donde estuvieron hacinados inocentes ciudadanos y campesinos.

 

El listado con los 355 registros de ese Padrón, puede ser consultado en

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/09/06/355-presos-empadronados-en-1937/

 

Entre los registros de ese Padrón, he encontrado estos datos:

FRANCISCO PALACIO ANTÚNEZ

Nacido el 16 de septiembre de 1909

Edad 59 años

Natural de Villa Peza

Provincia de Soria

Estado: Viudo

Profesión: Mecánico

Calle o sitio en que habita: Fyffes Tfe.

Sabe leer: SI

Sabe escribir: SI

Ignoro si se trata de la misma persona.

Lo que si salta a la vista es que debía ser un tipo PELIGROSO, pues era Mecánico y sabía leer y escribir.

En esos tiempos, un obrero que supiera LEER Y ESCRIBIR debía ser considerado MUY PELIGROSO.

Los obreros con capacidad lectora y escritora eran temibles.

También figura en dicho Padrón el ínclito médico Fundador del Partido Socialista en Santa Cruz de Tenerife.

MANUEL BETHENCOURT DEL RÍO

Nacido el 6 de enero de 1880

Natural de Teror

Provincia: Gran Canaria

Estado: Casado

Profesión: Médico

Tiempo de residencia: Siempre

Calle o sitio en que habita: Prisión M. Flotante

Sabe leer: SI

Sabe escribir: SI

Por otro lado, he encontrado una referencia de prensa, sobre las elecciones municipales de febrero de 1920, en ‘La Gaceta de Tenerife :diario católico de información’ – Año X Número 2999 (09/02/1920).

 Por dicha referencia periodística podemos saber que en Santa Cruz de Tenerife, concurrieron a dichas elecciones municipales de 1920, al menos, tres candidatos socialistas, que según esa referencia de prensa, obtuvieron estos resultados:

PRIMER DISTRITO: TOSCAL

SECCIÓN:   Lavaderos        Almeida         TOTAL

Manuel Bethencourt del Río                  12              3       = 15

Pedro Pellús                                          9               3       = 12

Francisco Palacios                              9               3       = 12

SEXTO DISTRITO TOSCAL

SECCIÓN:                                    Cabo         Llanos

Manuel Bethencourt del Río          5              9      = 14

Como es obvio, con estos ínfimos resultados, aquellos primigenios candidatos socialistas, no obtuvieron acta de concejal en Santa Cruz de Tenerife.

Desde los orígenes, Santa Cruz de Tenerife no se ha caracterizado por su voto socialista.

En contraste, en el Puerto de La Cruz, los socialistas «barrieron» en las municipales de febrero de 1920, obteniendo 5 concejales por 2 de los albistas.

Con lo cual queda de manifiesto que el voto socialista tiene profundo arraigo en el Puerto de La Cruz.

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LA SEGUNDA REPUBLICA EN SANTA CRUZ DE TENERIFE

Documentación adicional que asevera lo sucedido tras la proclamación de la Segunda República Española, en Santa Cruz de Tenerife, puede ser consultada en estos enlaces de Internet

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/09/03/las-elecciones-municipales-de-1931-2/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/06/22/la-dictadura-de-miguel-primo-de-rivera/

El contenido de este enlace se complementa con la documentación aflorada sobre los cambios de nombres de calles y plazas durante esa etapa republicana, de este otro enlace

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/03/11/imponiendo-nombres-a-las-calles-en-la-segunda-republica/

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Apostilla momentánea:

Hoy han tocado las campanas en Cataluña.

CATORCE DESTITUIDOS EN EL CABILDO INSULAR DE TENERIFE


TESTIMONIO DEL ACUERDO ADOPTADO POR LA COMISION GESTORA DEL EXCELENTISIMO CABILDO INSULAR DE TENERIFE EN SESION CELEBRADA CON FECHA VEINTE Y CUATRO DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE  = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

«Destituir definitivamente de sus cargos a Don Heriberto de León Vargas, Obrero eventual de la Red Telefonica Insular; Don José Fuentes Luis, Enfermero del Hospital de Nuestra Señora de los Dolores de La Laguna; Don Vicente Soria Baute, Ajustador de los Tranvías Insulares; Doña Rita Martín Rodríguez, Cocinera de los Establecimientos Insulares de Beneficencia de esta Capital; Don Prudencio Campos, Doña Delfina Casañas Filpes y Doña Dominga Rodriguez González, albañil, fregadora y costurera, respectivamente, de los propios Establecimientos; Don Bienvenido Hernández Rodríguez, Don José Santana Martín, Don Antonio Amador García y Don Julián Hernández Rodriguez, Peones de via de los aludidos Tranvias Insulares; Don Jorge Suárez Mederosros y Don Cristobal Galvan Alfonso, conductores do los mismos Tranvías; y Don Luis Carmona Leiva, Cobrador del propio servicio, elevando al Excelentisimo señor Comandante General de las Islas Canarias los expedientes instruidos a tales individuos a los fines prevenidos en los Bandos de dicha Superior autoridad fechas veinte y tres de Enero y Diez y nueve de Febrero últimos. Se hace constar que en contra de la destitución de Don Heriberto de León Vargas votó el Consejero señor Pérez Izquierdo, Instructor del respectivo expediente, por entender, con fundamento en la propuesta que en el mismo se consigna, que dicho obrero debe reingresar en el servicio que desempeñaba. » = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

El Secretario,

Vº Bº.                                   José Victor López de Vergara

El Presidente

Maldonado

[Ambas firmas rubricadas]

A la izquierda de la firma del Presidente del Cabildo, teniente coronel JOSÉ MALDONADO DUGOUR, está estampado en tinta roja, el sello del Cabildo Insular de Tenerife.

Cfr. Archivo Intermedio Militar de Canarias.

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14 destituidos en el Cabildo Insular de Tenerife el 24 de junio de 1937

1

Antonio Amador García

Peón de Vía de Tranvía

2

Bienvenido Hernández Rodríguez

Peón de Vía de Tranvía

3

Cristóbal Galván Alfonso

Conductor de Tranvía

4

Delfina Casañas Filpes

Fregadora

5

Dominga Rodríguez

Costurera

6

Heriberto de León Vargas

Obrero eventual de la Red Telefónica

7

Jorge Suárez Mederos

Conductor de Tranvía

8

José Fuentes Luís

Enfermero

9

José Santana Martín

Peón de Vía de Tranvía

10

Julián Hernández Rodríguez

Peón de Vía de Tranvía

11

Luís Carmona Leiva

Cobrador de Tranvía

12

Prudencio Campos

Albañil

13

Rita Martín Rodríguez

Cocinera

14

Vicente Soria Baute

Ajustador de Tranvía

Total=

Catorce

Tres obreras y once obreros

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El Teniente Coronel JOSÉ MALDONADO DUGOUR fue Presidente del Cabildo Insular de Tenerife desde el veintitrés de noviembre de 1936 hasta el dieciséis de noviembre de 1937, habiendo sucedido en el cargo al Coronel JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR, quien. a su vez, había ocupado dicho puesto desde el veintitrés de julio al tres de septiembre de 1936, apartando a Don MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, quien, en calidad de vicepresidente, encabezaba el gobierno insular, por ausencia de su titular, Don FERNANDO AROZENA QUINTERO, que estaba en Madfrid haciendo gestiones, cuando se desató la trágica rebelión militar de julio de 1936,  contra el Gobierno de España, gobierno republicano, legal y legítimo, surgido del triunfo electoral registrado en febrero de 1936, apenas cinco meses antes.

El 18 de mayo de 1973, el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, presidido por ERNESTO RUMEU DE ARMAS. adoptó un acuerdo masivo de nominación viaria, imponiendo nombres a 108 calles.

Dos de estas 108 calles fueron dedicadas a enaltecer la memoria de JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR y JOSÉ MALDONADO DUGOUR.

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2013/08/06/los-108-nombres-de-calles-asignados-el-18-de-mayo-de-1973/

 

FRANCISCO FRANCO ILUSTRE HIJO ADOPTIVO DE TENERIFE


 

 

En la primera página del número 8618 de GACETA DE TENERIFE del viernes 28 de agosto de 1936, fue publicada esta noticia:

El presidente del Cabildo Insular de Tenerife, con motivo de haber acordado la mencionada corporación nombrar al insigne general Franco Ilustre Hijo Adoptivo de Tenerife, ha enviado al ilustre caudillo el siguiente telegrama:

“La relevante personalidad de vuecencia y el orgullo que para Tenerife representa el haberle albergado en su suelo cuando en vuestra alma se engendraba el alto sentimiento de lucha por lograr la independencia del solar hispano y su reconquista del yugo soviético ha proporcionado a este Cabildo Insular la grata satisfacción, el deber y el honor de nombrar a vuecencia Ilustre Hijo Adoptivo de Tenerife. Al comunicarlo a vuecencia cumpliendo acuerdo corporativo, le saluda respetuosamente.- Presidente Cabildo, García Pallasar.

 

En la página siguiente de este mismo número 8618 de GACETA DE TENERIFE publicado el viernes 28 de agosto de 1936, el gacetillero de turno, da cuenta de que en la tarde anterior, había celebrado sesión la Comisión Gestora del Cabildo Insular de Tenerife, bajo la presidencia de don Joaquín García Pallasar, con asistencia de los señores [Casiano] García Feo, Núñez López, [José] Arencibia Montesdeoca, Oramas Díaz Llanos, Menéndez y Monares.

La gacetilla acaba con este texto:

La Comisión acordó, por unanimidad, nombrar Iltre. Hijo Adoptivo de Tenerife al glorioso general don Francisco Franco Bahamonde, en atención al orgullo que para la isla representa el haberle albergado en su suelo cuando en su alma se engendraba el alto sentimiento de lucha por lograr la independencia del solar hispano y su reconquista del yugo soviético.

 

De este modo, FRANCISCO PAULINO HERMENEGILDO TEÓDULO FRANCO BAHAMONDE se convirtió en ILUSTRE HIJO ADOPTIVO DE TENERIFE.

 

Llama la atención, que en fecha tan temprana como el 28 de agosto de 1936, el plumífero de GACETA DE TENERIFE, llame glorioso caudillo al recién nombrado ILUSTRE HIJO ADOPTIVO DE TENERIFE.

La carrera para honorificar a FRANCO, había comenzado, de modo imparable.

La adulonería de aquellos ditirámbicos y belicosos individuos, desencadenadores de la más cruenta guerra civil española, alcanzaría cotas inmarcesibles.

En esta carrera compitieron muchos.

Registrándose una pugna entre las dos islas capitalinas, Tenerife y Gran Canaria, para sobreponerse la una a la otra, en adulonería, para cubrir de honores al que acabaría siendo reconocido como Caudillo de España por la gracia de Dios.

Inicialmente, en la primera parte de esta carrera o competición para loar a Franco, Santa Cruz de Tenerife conseguiría una notable ventaja sobre Las Palmas de Gran Canaria.

Pero más tarde, los grancanarios nos superarían, en cantidad y calidad de honores, al invicto Caudillo.

* * * * * * * *

El Coronel de Artillería JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR había ocupado la Presidencia del Cabildo Insular de Tenerife, en 23 de julio de 1936, desplazando al Vicepresidente republicano del mismo, MANUEL BETHENCOURT DEL RIO, quien sería conducido a la Prisión Flotante.

MANUEL BETHENCOURT DEL RIO había quedado como Presidente en funciones, por ausencia de su titular FERNANDO AROZENA QUINTERO, que se encontraba en Madrid haciendo gestiones de su cargo, cuando se produjo la sublevación del 17 de julio de 1936.

De todos modos, el desempeño de la Presidencia del Cabildo tinerfeño por el Coronel de Artillería JOAQUÍN GARCÍA PALLASAR, no llegaría más allá del 9 de septiembre de 1936, ya que sería llamado por FRANCO, para hacerse cargo del puesto de Comandante General de Artillería del Ejército Nacional, en plaza de superior categoría.

Su lugar en el Cabildo Insular de Tenerife, sería ocupado por el Coronel ANATOLIO FUENTES GARCÍA, quien, a su vez, desempeñaría tal cargo unos dos meses, puesto que también sería llamado al frente de guerra en la Península.

Le sustituiría bastante efímeramente, CASIANO GARCÍA FEO, hasta que otro militar, el Teniente Coronel JOSÉ MALDONADO DOGOUR ocupo el puesto de Presidente del Cabildo, en 23 de noviembre de 1936, permaneciendo al frente de la institución insular durante casi un año.

REGLAMENTO DE LA AGRUPACIÓN SOCIALISTA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE 1918


AGRUPACIÓN SOCIALISTA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE

R E G L A M E N T O

Artículo 1.

Se constituye una Agrupación Socialista obrera en Santa Cruz de Tenerife con objeto de defender y propagar las ideas socialistas.

Artículo 2.

Esta Agrupación realizará su objeto con la práctica de los derechos consignados en la Constitución del Estado.

Artículo 3.

Para formar parte de esta Agrupación es preciso estar conforme con el programa del Partido Socialista Obrero y acatar las resoluciones de sus Congresos.

Artículo 4.

Se estima necesaria la observancia de una conducta honrada y la conveniencia de pertenecer a la Sociedad de resistencia de su oficio si la hubiese.

Articulo 5.

El ingreso se pedirá al Comité de la Agrupación, verbalmente ó por escrito, debiendo responder por el solicitante dos individuos de la misma.

Artículo 6.

El aspirante que hubiese pertenecido anteriormente estará obligado a satisfacer previamente las cantidades que hubiere dejado en descubierto.

Artículo 7.

El individuo que proceda de otra Agrupación deberá presentar certificación de su conducta en ella y satisfacer los débitos que tuviera pendientes, no pudiendo ser admitido hasta justificar que ha cumplido ambas condiciones.

Artículo 8.

Todos los afiliados, excepto los parados, enfermos y ausentes, pagarán mensualmente una cuota de diez céntimos de peseta para atender los gastos de la Agrupación y a los generales del Partido, Para los que por su situación más desahogada puedan dar más de la cuota establecida, se abrirá una suscripción permanente, dando cuenta el Comité en las Asambleas ordinarias de las cantidades recaudadas.

Artículo 9.

La forma en que debe hacerse la recaudación se acordará en Asamblea general.

Artículo 10.

Serán expulsados:

Los que viertan públicamente ideas contrarias a los principios que constituyen la aspiración del Partido, siempre que no sea por error.

Los que falten a la solidaridad obrera.

Los que obedeciendo a un fin calumnioso acusen a otro afiliado.

Artículo 11.

La expulsión no se verificará sino con el veredicto de la Asamblea, y tanto ésta como el Comité facilitarán al acusado cuantos medios de defensa reclame antes de recaer el fallo.

Artículo 12,

Serán dados de baja.

Los que no cumplan o no acaten los acuerdos de los Congresos del Partido y los que tome la Agrupación.

Los que, sin causa justificada, no hayan satisfecho las cuotas en tres meses.

Artículo 13.

La Agrupación celebrará reuniones ordinarias cada tres meses, y en ellas examinará la conducta del Comité, las propuestas de alta o baja que éste presente, las cuentas y todas aquellas proposiciones que sean de interés para el Partido, entendiéndose que las que causen variación en su programa o en su Organización general no tienen más carácter que el de proposiciones que se hacen al Congreso inmediato, no siendo ejecutivas si éste no las aprueba.

También se reunirá extraordinariamente cuando lo considere necesario el Comité o lo pidan con su firma diez de los afiliados, no pudiendo discutirse en estas reuniones más asuntos que los que las han motivado.

Articulo 14.

Habrá un Comité revocable en todo tiempo, compuesto de un presidente, un vicepresidente, un secretario, encargado de la correspondencia, un vicesecretario que redactará las actas de las sesiones, un tesorero, un contador, un vicecontador y cinco vocales.

Su misión es ejecutar los acuerdos de la Agrupación y los generales les del Partido; resolver aquellos asuntos en que, por su urgencia, sea imposible reunir asamblea general; fijar el orden del día y las fechas de las reuniones; administrar los fondos de los cuales es responsable el tesorero, excepto en casos de fuerza mayor, debidamente justificada a juicio de la Agrupación, y mantener correspondencia con el Comité Nacional y los Comités de las Agrupaciones Socialistas.

Su mandato durará un año, siendo elegido en la asamblea que se celebrará en el mes de enero.

Artículo 15.

También habrá una Comisión revisora encargada de dar dictamen sobre las cuentas de ingresos y gastos que el Comité presente.

Esta Comisión se compondrá de cuatro individuos y será renovada también todos los años

Artículo 16.

Este Reglamento podrá variarse siempre que la práctica lo haga necesario, a propuesta del Comité a propuesta del Comité o por proposición firmada por diez afiliados y cuando haya que ponerla en concordancia con la general del Partido.

Artículo 17.

El Comité proporcionará a cada afiliado un ejemplar de la Organización general del Partido, y, si fuera posible, otro del presente Reglamento, y un resguardo con el cual acredite su personalidad en todos los actos del Partido.

Artículo último.

En caso de disolverse esta Agrupación, sus fondos serán ingresados en la Caja Central del Partido, en caso que no hubiere en la localidad constituidas sociedades obreras de resistencia, no clericales y sin matiz religioso de ninguna clase.

La Agrupación Socialista obrera de Santa Cruz de Tenerife tiene su domicilio en la calle de Santa Clara número 4.

Santa Cruz de Tenerife 12 de Abril de 1918

La Comisión

Siguen las firmas de:

Manuel Bethencourt [Presidente]

P. Pellúz [Secretario]

Juan Rodríguez [Vocal]

FIANZAS, MULTAS, CONDENAS


 Desde los primeros meses de la guerra civil española (17 de julio de 1936 a 1º de abril de 1939), en los procedimientos sumarios seguidos a las desdichadas víctimas atrapadas, se exigieron depósitos de fianzas desorbitadas, para asegurar las responsabilidades civiles.

Así ha quedado explicitado en el auto de procesamiento dictado, en 12 de octubre de 1936, por el Capitán de Infantería Ángel Herrera Zayas, Juez Instructor de la Causa Sumarísima número 223 de 1936 seguida contra el medio centenar de gomeros procesados, a los cuales se les requiere que presten fianza de QUINIENTAS MIL pesetas solidaria y mancomunadamente , que se consideran bastantes por el momento para asegurar las responsabilidades civiles, y caso de no depositarlas, embárguenseles los bienes de propiedad en cantidad suficiente para cubrir la que se considere bastante, para cuyo fin se instruirá pieza separada de embargo caso de no depositar la fianza. Líbrese mandamiento a los Bancos Oficiales para la retención de bienes metálicos en cuenta corriente y efectos y valores de libre transacción, interesando cuenta para constancia.

Acto seguido, el Secretario de esta Causa Sumarísima 223/1936, Agustín Durán oficia al Banco de España e Hispano Americano interesando la traba por el valor total del metálico, efectos y valores de todas clases que se encuentren en ellos de la propiedad y abre pieza separada de embargo.

Al día siguiente, este Secretario se constituye en la Prisión donde se hallan detenidos los procesados, a los que da lectura íntegra del auto, haciéndoles los requerimientos que se ordenan en el mismo.

Los pobres procesados manifiestan no hallarse en condiciones de prestar la fianza requerida.

Días más tarde, el mismo Juez Capitán Angel Herrera Zayas, dicta otro auto de fecha 15 de octubre de 1936, en el cual vuelve a reiterar el requerimiento de la descomunal fianza de QUINIENTAS MIL pesetas,  diciendo:

Se declara procesado en esta causa al paisano LEONCIO FAGUNDO HERNÁNDEZ, quien continuará en prisión preventiva. Notifíquesele de esta auto, requiérasele a prestar fianza solidaria y mancomunadamente con el resto de los anteriormente procesados por la cantidad de quinientas mil pesetas y caso de no prestarla embárguensele bienes por dicho valor o acredítese su insolvencia; requiérasele asimismo a nombrar defensor y tráiganse a la causa sus antecedentes penales y de nacimiento.

Lo proveyó y rubrica S.S. y doy fé.

En este nuevo auto, el secretario que da fe es el Soldado Gregorio Rodríguez López, quien lo deja recogido en el folio 171 vuelto de esta Causa 223/1936 [7556-241-22].

La lectura de este auto resulta especialmente sangrante, porque este gomero procesado, LEONCIO FAGUNDO HERNÁNDEZ, no llegaría vivo al final de esta Causa. Estando bajo custodia militar, emprisionado en la terrorífica prisión habilitada en los Almacenes de Fyffes, en Santa Cruz de Tenerife, oficialmente conocida como Prisión Militar Costa Sur, sería sacado de la misma y DESAPARECIDO.

Tampoco llegaría al Consejo de Guerra, otro encartado en esta Causa 223/1936, JUAN RENDÓN SAN FRANCISCO, asimismo apresado en la isla de la Gomera, traído a Fyffes, y DESAPARECIDO.

Y, asimismo, no llegó vivo al Consejo de Guerra, otro joven gomero, VICENTE VALLADOLID MESA, procesado en la pieza separada de esta Causa 223/1936, DESAPARECIDO de Fyffes.

 https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/05/26/juan-rendon-puesto-en-libertad-por-error/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/05/27/requisitoria-contra-juan-rendon/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/06/19/vicente-valladolid-mesa-ausente/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/12/21/604/

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2009/12/24/%c2%abliberado-por-error%c2%bb-declarado-rebelde/

 Estas tres DESAPARICIONES DE DETENIDOS PROCESADOS EN SUMARIOS MILITARES, deberían bastar para desmentir la especie circulada en las prisiones franquistas, en la cual se decía que los sometidos a encausamientos militares resultaban protegidos de la sacas de presos, que nunca regresaban, porque habían sido asesinados, con nocturnidad y alevosía. Presos, denominados gubernativos, que realmente eran prisioneros de una guerra cruel, los cuales en su desesperada situación, posiblemente se agarraron a cualquier especie o rumor, que les proporcionara un hálito de esperanza, ante el horror que padecían.

Todo lo expuesto hasta ahora, atañe a las acciones previas o anteriores a las apropiaciones de bienes que serían dictadas posteriormente en las sentencias de los Consejos de Guerra, y resoluciones del Tribunal de Responsabilidades Políticas.

El 21 de octubre de 1936, en su Informe acusatorio, el Fiscal Rafael Díaz-Llanos, tras solicitar, en su punto quinto, PENA DE MUERTE para la procesada BLANCA ASCANIO MORENO y para el resto de los procesados que en número de cuarenta y ocho quedan reseñados en el apartado Segundo de este escrito, la perpétua a muerte, con las accesorias legales correspondientes, en su caso, en el apartado séptimo dice:

En concepto de responsabilidad civil deberán abonar solidaria y mancomunadamente la suma de UN MILLON DE PESETAS por los daños y perjuicios ocasionados al Estado para sofocar la rebelión.

Finalmente, por si no hubiera quedado suficientemente clara su tremebunda petición, Rafael Díaz-Llanos, acaba su Informe de esta guisa:

OTROSI digo: El Instructor deberá proceder al inmediato embargo de los bienes de los procesados en cantidad bastante a garantizar las responsabilidades civiles, que se solicitan en la forma que determina el titulo XIV del Código de Justicia Militar

El Consejo de Guerra presidido por el Teniente Coronel de Infantería JOSÉ MARÍA DEL CAMPO TABERNILLA, dictaría SIETE PENAS DE MUERTE, condenando a BLANCA ASCANIO MORENO, FRANCISCO GONZÁLEZ JAUMANDREU, ANTONIO GONZÁLEZ JAUMANDREU, DANIEL HERNÁNDEZ GASPAR, JUAN MEDINA HERRERA, MANUEL MÉNDEZ PRIETO y NICOLÁS PRIETO VENTURA, de las cuales solamente fueron ejecutadas las de estos tres últimos.

Esta sentencia de la Causa 223/1936 acaba diciendo:

El Consejo hace expresa reserva a favor de quién corresponda de las acciones pertinentes para reclamar las responsabilidades civiles a que haya lugar.

Otro caso significativo de aplicación de este torticero procedimiento trabador de bienes, aparece en las Diligencias Previas número 296 de 1936, «en averiguación de si existe alguna cuenta corriente en Bancos de esta Capital a nombre de LUCIO ILLADA QUINTERO».

Diligencias previas 296/1936 instruidas por el Juez Permanente del Juzgado Militar nº 1 de la Plaza de Las Palmas, Capitán de Infantería CRISTÓBAL GARCÍA UZURIAGA, cuyo expediente puede ser consultado dentro del legajo 409, bajo la signatura o clave [12812-409-22].

Estas diligencias previas 296/1936 habían sido iniciadas el 19 de octubre de 1936, en cumplimiento de una Orden del Comandante General de las Islas Canarias, quien, en escrito de fecha 10 de octubre, dirigido al Gobierno Militar de Las Palmas, decía:

Teniendose noticias en esta Comandancia General de que Lucio Illada Quintero, actualmente deportado en la Costa de Africa, posee una cuenta corriente, en un Banco de Las Palmas, se servirá nombrar un Juez con el fin de que se hagan las averiguaciones convenientes y caso afirmativo se justifique su adquisición por si dichas cantidades procedieran de cuotas obreras o sindicatos hoy disueltos.-Se serviera informarme con urgencia sobre el particular.-

Por otro lado, el análisis de otras multas, documentadas en los Archivos, confirma la perversidad de este mecanismo sancionador.

Antes de imponer la multa confiscatoria, se requería a los organismos (delegación de hacienda, cabildo, ayuntamiento, registro de la propiedad, bancos,…) para que proporcionaran cuanta información económica obrara en su poder, relacionada con el acusado indagado, al cual se iba a despojar de sus bienes.

Después, se dictaba una sanción adecuada para quedarse con dichos bienes.

Así, en las inicuas sentencias dictadas por los tribunales militares, además de las condenas a muerte y cadenas perpetuas, se pueden encontrar imposiciones de multas «compensatorias del daño al Estado» por varios MILLONES de pesetas.

Paradigmática es la sentencia de la Primera Pieza separada de la Causa 246 de 1936 de Tenerife, por la cual además de fusilar a 19 hombres, se obliga a todos los condenados – 52 de 61 encartados, pues 9 fueron absueltos – a abonar al Estado la cantidad de DOS MILLONES de pesetas, en concepto de responsabilidad civil mancomunada y solidaria.

Sentencia de fecha 11 de enero de 1937, que puede ser leída en

http://personales.ya.com/pedroms/pdf/4S01.pdf

Dos semanas más tarde, en Las Palmas, el Consejo de Guerra celebrado el 25 de enero de 1937, además de dictar cinco penas de muerte, – que fueron ejecutadas el 29 de marzo de 1937 -, se hizo constar que los veinte condenados debían satisfacer, solidaria y mancomunadamente la cantidad de DOSCIENTAS mil pesetas como indemnización de los perjuicios producidos al Estado, en concepto de responsabilidad civil.

En ambos casos, estamos en presencia de dos multas dictadas con propósito confiscatorio, sobre unos reos en absoluta indefensión.

Otra muestra es la descomunal sanción de QUINIENTAS MIL pesetas que la Comisión de Incautación de Bienes de Santa Cruz de Tenerife, acuerda elevar el 6 de septiembre de 1937 =SEGUNDO AÑO TRIUNFAL=, contra DON MANUEL BETHENCOURT DEL RIO,ínclito médico de los pobres, grancanario residente en Tenerife, fundador del Partido Socialista Obrero en esta Isla -, cumpliendo lo establecido en el Decreto-Ley de 10 de Enero de 1937, la Orden de la Presidencia de la Junta Técnica del Estado de la misma fecha y demás disposiciones de aplicación.

http://personales.ya.com/pedroms/pdf/4I09.pdf

 

Del mismo orden de magnitud, QUINIENTAS MIL pesetas, sería la multa impuesta al «desaparecido» LUIS RODRÍGUEZ DE LA SIERRA FIGUEROA, diputado tinerfeño del Frente Popular por Izquierda Republicana, de quien, en un Informe de Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S., datado en Madrid el 23 de diciembre de 1939, se dice que «posee una casa con huerta en la Ciudad de La Laguna, valorada en unas ciento cincuenta mil pesetas, actualmente adjudicada al Estado.»

El monto de los cinco casos expuestos asciende a TRES MILLONES DOSCIENTAS MIL PESETAS.

Para poder apreciar la magnitud de esta cantidad, conviene recordar que con UN MILLÓN de pesetas de aquella triste época, el Ejército podía comprar casi DOS MILLONES de litros de petróleo, o aproximadamente NOVECIENTOS MIL kilogramos de pan, masa suficiente para obtener más de CINCO MILLONES de chuscos.

* * * * * * * * *

¿A qué manos fueron a parar los bienes confiscados de modo tan torticero?

¿Quiénes son sus actuales poseedores?

¿Quién debe responder de estos latrocinios disfrazados de una legalidad sobrevenida, impuesta por las armas?

Es bien sabido que los conspicuos vencedores de la cruel guerra civil española, salieron de la misma, y de la posguerra, más ricos que cuando entraron.

* * * * * * * * *

Nota.-

La Causa 223 de 1936 está dentro de un legajo identificado como 223, aunque su signatura o clave es 7556-241-12.