CAUSA 313 DE 1936 CONTRA JOSÉ CASTRO PAZ


M.8,709,790

Nº 4031               –               Legº 162 – 11

Plaza de Santa Cruz de La Palma                                            Año de 1936

Comandancia Militar de Canarias

JUZGADO   EVENTUAL

N U M E R O      =  3 1 3  =

Juicio sumarísimo instruido a virtud de orden del Sr. Comandante Militar de esta Plaza contra el paisano José Castro Paz por hallarse comprendido en el artículo 5 del Bando de la Junta de Defensa Nacional de 28 de Julio ultimo.

Ocurrió el hecho, el 25 de Julio de 1.936.

Dieron principio estas actuaciones el 26 de Septiembre de 1936

JUEZ INSTRUCTORSECRETARIO
El Alferez de Infantería donEl soldado de Infanteria don
Facundo Fernandez GalvanIgnacio Feliciano Perez
otrootro
Capitán de Infª- DonSoldado de Infª D. Gregorio
Angel Herrera ZayasRodriguez Lopez
otrootro
Teniente de ArtilleríaArtillero del Grupo Mixto nº 2
D. Andrés Hernández AlvarezD. Imeldo Delgado Gomez
Otro D. Luis Vilela SampolOtro D. Juan Iglesias Alonso

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial.- 4031-162-11.- Causa 313 de 1936 contra JOSÉ CASTRO PAZ.- Cubierta.

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El mentado artículo quinto del Bando de la Junta de Defensa Nacional de España, rezaba así.

ARTICULO QUINTO. Quedan también sometidos a la jurisdicción de Guerra, y serán sancionadas, del mismo modo, por procedimiento sumarísimo:

A) Los delitos de rebelión, sedición y sus conexos, atentados, resistencia y desobediencia a la Autoridad y sus Agentes y demás comprendidos en el título 3º del Código Penal ordinario bajo el epígrafe de «Delitos contra el orden público».

B) Los de atentado contra toda clase de vías o medios de comunicación, servicios, dependencias o edificios de carácter público.

C) Los cometidos contra las personas o la propiedad por móviles políticos o sociales.

D) Los realizados por medio de la imprenta u otro medio cualquiera de publicidad.

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El Bando de Guerra de 28 de julio de 1936, fue publicado en el número 3 del Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional, en Burgos, siendo editado el jueves 30 de julio de 1936, constituyendo el Decreto número 79, de aquella autodenominada Junta de Defensa Nacional.

Su texto completo ya figura en este blog, pudiendo ser consultado en

https://pedromedinasanabria.wordpress.com/2010/05/09/causa-sumarisima-numero-349-de-1936/

POR HABER QUEBRANTADO LA SITUACIÓN DE PRISIÓN ATENUADA EN SU DOMICILIO


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[Escudo de la Segunda República Española]

GOBIERNO MILITAR

DE LA

PROVINCIA DE TENERIFE

 

 

COPIA QUE SE CITA

Delegación de Orden Público- Santa Cruz de Tenerife- Excmo Señor -Con motivo de haber quebrantado la situación de prisión atenuada en que encontraba en su domicilio la joven CLEMENCIA HARDISSON, han sido instruidas por la Comisaria de Investigacion y Vigilancia de esta Capital las diligencias correspondientes nº. 2026 que se remiten a V.E. para su conocimiento y por si hay parte de culpa para que en ello tenga intervención la Autoridad Militar, debiendo significar a V-E- almismo tiempo, que al ser interrogada por el que suscribe en presencia de Agente Auxiliar Don Gonzalez Cáceres Madan, manifestó que sostenia correspondencia con el exterior burlando la censura, que conocía con antelación de haberse efectuado, el intento de fuga de los evadidos de esta, que no se había marchado porque no había querido pues tenia medios para irse cuando quisiera y por ultimo que antes del Movimiento Nacional había cumplido cometidos por orden del Ingeniero Sr. LUQUE cerca del Sindicato de Tabaqueros que le habían hecho decir aquél “no lo hubiera hecho mejor un agente de enlace”, lo que pone de manifiesto lo que esta joven es.- Lo que tengo el honor de participar a V.E. a los efectos que estime procedente .- Por Dios España y su Revolución Nacional sindicalista.- Dios guarde a V.E. muchos años.= Santa Cruz de Tenerife, 24 de Septiembre de 1938.=O El Delegado de Orden Público.- Luis Martínez Mateo = Rubricado.- = Excmo. Sr. General Gobernador Militar de esta Plaza.

Es copia

EL GENERAL GOBERNADOR MILITAR

[Firma someramente rubricada de LUIS MORENO]

 

Cfr.: A-TMTQ 5480-179-1.- Diligencias Previas 418 de 1938.- Folio 2.