CAUSA 11 DE 1937 CONTRA ESTEBAN RODRÍGUEZ CARLOS


M.8,964,579

Nº 6020 – 196 -28

 COMANDANCIA MILITAR DE LA LAGUNA            JUZGADO MILITAR

A Ñ O   1 . 9 3 7

 CAUSA SUMARISIMA NUMERO 1 1

INSTRUIDA CONTRA EL PAISANO ESTEBAN RODRIGUEZ CARLOS, POR EL DELITO DE MANIFESTACIONES DERROTISTAS.

Dieron Comienzo las actuaciones el dia 4 de Enero de 1.937

En prisión el dia 27 de Diciembre de 1.936.

 

Juez Instructor:

Secretario:

Teniente de Infanteria del Regimiento El Soldado de la Bateria de
de Simancas, agregado a la Comandancia Montaña de La Laguna,
Militar de la Laguna, D. IMELDO DELGADO GOMEZ.

D. RAMON PADILLA TRUJILLO

 

OTRO

OTRO

El Capitán de Infanteria,

El Cabo de Infanteria,

D. JUSTO BLANQUEZ IZQUIERDO

D. EUGENIO HURTADO IZQUIERDO

Otro Teniente D. Miguel Pérez-Zamora

Otro Sargento D. Blas Fuentes Ramos

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 6020-196-28.- Causa 11 de 1937.- Cubierta.

VICENTE HERNÁNDEZ PACHECO INTERROGADO EN BARCO PRISIÓN


J.2,979,021

9

En Santa Cruz de Tenerife a veintinueve de Julio de mil novecientos treinta y seis, siendo las siete, se constituyo este Juzgado en el barco prisión y llamando al detenido

VICENTE HERNANDEZ PACHECO,

le exhorto a decir verdad y a las generales de la Ley dijo, llamarse como al margen se expresa, mayor de edad, soltero, con instrucción, natural del Puerto de La Cruz y en la actualidad ejercia el cargo de concejal del Ayuntamiento de Icod, siendo propietario de un almacen de vivieres en la citada plaza y que no ha sido procesado nunca.

Sobre el hecho de autos dijo “que con motivo de la detención del Alcalde Marcos Martel y del concejal y presidente del sindicato de oficios varios Mamuerl Sicilia, acordó el comité la declaración de huelga general secundando asi además la orden del Comité ejecutivo de U.G.T. de España que la había ordenado para responder asi al movimiento militar. Redactado el documento y enviado a la imprenta de su dueño se negó aimprimierlo si no  iba autorizado por persona que se hiciera responsable de su contenido, firmandoloentonces el dicente espontaneamente, este manifiesto no circulo porque fueron puestos en libertad los detenidos”, convocándose entonces el Ayuntamiento para constituirse en sesión permanente desde las nueve de la mañana, levantándose un acta en la que se hizo constar que se constituia para ponerse a las ordenes del gobierno, no reconociendo otro y permanecer reunido hasta ser sustituidos por la fuerza. El mismo día a las seis de la tarde se presento en el Ayuntamiento el Capitan de la Guardia a Civil, Sr Payas con guardia civil y tropa del Ejercito deteniendo sin que se hiciera resistencia al Ayuntamiento, excepto al Alcalde Marcos Martel y concejal Manuel Sicilia que se habían ausentado. Fueron cacheados y amrrados y conducidos a la prisión de Orotava de la cual pasaron a Comandancia Militar de Santa Cruz de Tenerife y de este al barco prisión en el que se encuentran desde el lunes veinte a las seis de la tarde. Que no tiene mas que decir, se leyo, la encuentra conforme y la firma.

[Firmas de VICENTE HERNÁNDEZ PACHECO, ÁNGEL HERRERA ZAYAS, y GREGORIO RODRÍGUEZ LOPEZ, declarante, capitán juez instructor, y soldado secretario fedatario].

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 4034-162-14.- Causa 82 de 1936 contra VICENTE HERNÁNDEZ PACHECO.- Folio 9.

 

 

 

 

 

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ANULANDO CONTRATOS DE LOS OBREROS QUE FALTARON AL TRABAJO


7

COMANDANCIA MILITAR DE CANARIAS

B A N D O

ARTICULO PRIMERO

Se ordena a los elementos obreros que sus patronos respectivos no hayan abierto las obras, almacenes, tiendas, fabricas, talleres, etc., den conocimiento personal e inmediato as esta Comandancia Militar para aplicar con todo rigor las sanciones que determina el Bando de la proclamación del Estado de Guerra.

ARTICULO SEGUNDO

No habiendo acudido al trabajo en el día de hoy los obreros de los distintos gremios contraviniendo el articulo sexto del Bando de la proclamación del Estado de Guerra quedan anulados los actuales contratos de trabajo de aquellos obreros que hayan faltado, quedando autorizados los patronos para admitir nuevo personal respetando las bases de trabajo establecidas, ya que no se consentirá por esta Comandancia Militar que los patronos disminuyan las ventajas obtenidas por el elemento obrero.

Santa Cruz de Tenerife 20 de Julio 1.936

El Coronel Comandante Militar acctl.

JOSE CACERES

[Sin firma]

[Sello en tinta de la COMANDANCIA MILITAR DE LAS ISLAS CANARIAS – E.M., que lleva en su interior el escudo republicano]

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 4034-162-14.- Causa 82 de 1936 contra VICENTE HERNÁNDEZ PACHECO.- Folio 7.

* * * * * * * * * * * * * *

El Coronel JOSÉ CÁCERES SÁNCHEZ sustituiría el 21 de julio de 1936, en Gran Canaria, al General LUIS ORGAZ YOLDI, cuando éste marchó hacia Marruecos.

 

CAUSA 97 DE 1938 CONTRA MARTÍN PÉREZ TRUJILLO


Nº 5738 Legajo 188 nº 4

Plaza de Santa Cruz de Tenerife.                                    Año : I,939.

COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS   JUZGADO PERMANENTE

 

PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                          AÑO DE 1.938.

 

C A U S A     Nº   97  de 1.938

 

Seguida contra MARTIN PEREZ TRUJILLO, por presunto delito de auxilio a la rebelión.

 

Ocurrió el hecho el dia

 

Dieron principio las actuaciones en 22 de Marzo de 1.938, por la jurisdicción ordinaria.

Aceptada la competencia en 9 de Junio de 1.938.

 

Situación del encartado en prisión preventiva.

 

 

Juez Instructor.

Secretario.

El Comandante de Caballería

El soldado de Infantería.

Don JOSE TARTALO SANTAMARIA.

Don LORENZO HERNANDEZ y HERNANDEZ

otro

otro

El Teniente de Infantería

Don Blas Fuentes Ramos

D. Miguel Perez-Zamora

 

 

Cfr.: A-TMTQ 5738-188-4.- Causa 97 de 1938 contra MARTÍN PÉREZ TRUJILLO.- Cubierta.

 

 

 MIGUEL PÉREZ ZAMORA CON MÉRITOS PARA MEDALLA DE BRONCE


PROVIDENCIA /

Vista la documentación aportada por don Miguel Pérez-Zamora en cuenta su actuación patriótica iniciada con su incorporación voluntaria a filas el mismo día 18 de Julio de 1936, fecha del glorioso Alzamiento Nacional

RESULTANDO que de los informes facilitados por la Comisaria de Investigación y Vigilancia, Falange, Comandancia de la Guardia Civil y Jefatura de la Guardia Municipal, no tiene notas desfavorables con posterioridad a aquella fecha que pudieran hacer desmerecer su conducta con respeto al Alzamiento Nacional.

CONSIDERANDO que de los certificados presentados por el Interesado y unidos a este expediente se desprende que el mismo prestó relevantes y patrióticos servicios a la Causa Nacional, lo que aumenta sus merecimientos en cuanto se refiere a la concesión de la Medalla de Bronce de la Ciudad.

El Gestor Instructor que suscribe considera a don Miguel Pérez Zamora a quien se refiere este expiente, con méritos suficientes, según acuerdos municipales, para que le sea concedida la Medalla de Bronce de la Ciudad proponiéndolo así y sometiéndolo a juicio y resolución del señor Alcalde y del Excmo Ayuntamiento. Dedúzcase copia de la presente para unir al expediente personal del interesado.

Santa Cruz de Tenerife 20 de Marzo de 1940. El Gestor Instructor, Agustin Alvarez Morales. Ante mi. El Secretario. E. Champin.

Es copia que se deduce del expediente general para su constancia en el expediente personal

El Secretario,

E Champin

[Firma rubricada]

 

V.º B.º

El Gestor Instructor,

Agustín Alvarez

Morales

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

 

PROVIDENCIAS DEL JUEZ COMANDANTE ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ SOBRE TRASLADOS


478

Providencia del juez Señor Edel Rodríguez

En Santa Cruz de Tenerife a doce de Marzo de mil novecientos cuarenta.

Por recibido escrito del Señor Auditor de Guerra, comunicando haber interesado de la Autoridad Militar de la Región, el traslado a esta Plaza del procesado PEDRO GARCÍA CABRERA, unase a las actuaciones .

Lo proveyó y rubrica S.Sª; doy fe.

[La rúbrica de Juez ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ es una simple raya inclinada]

[A su derecha figura la firma rubricada de MIGUEL PÉREZ ZAMORA Y CÁMARA, TENIENTE Secretario fedatario].

Diligencia.- En el mismo dia se cumplimenta la anterior providencia, uniendo a continuación el escrito de referencia; doy fe.

[Firma abreviada de MIGUEL PÉREZ ZAMORA Y CÁMARA]

 

Providencia del juez Señor Edel Rodríguez

En Santa Cruz de Tenerife a veinticinco de Marzo de mil novecientos cuarenta.

Por recibido escrito del Señor Capitán Jefe del Fuerte de Paso Alto, solicitando autorización `para verificar el traslado del procesado Manuel Rodriguez Hernández al Hospital Militar por dictamen del Capitan Medico de los servicios de Plaza, comuníquese que se accede a lo solicitado debiendo verificarse el traslado con las debidas condiciones de seguridad; igualmente signifíquese al Señor Comandante Director del Hospital Militar que el  individuo cuya autorización se concede para su ingreso en aquel centro deberá ser sometido a vigilancia.

Lo proveyó y rubrica S.Sª; doy fe.

[La rúbrica de Juez ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ es una simple raya inclinada]

[A su derecha figura la firma rubricada de MIGUEL PÉREZ ZAMORA Y CÁMARA, TENIENTE Secretario fedatario].

[Raya inclinada de Juez ELISARDO EDEL RODRÍGUEZ y firma rubricada de MIGUEL PÉREZ ZAMORA Y CÁMARA, TENIENTE Secretario fedatario].

Diligencia.- En el mismo dia se da cumplimento a la anterior providencia, uniendo a continuación el escrito recibido y cursando oficio al Capitan Jefe del Fuerte de Paso Alto, y al Comandante Jefe del Hospital; doy fe.

[Firma abreviada de MIGUEL PÉREZ ZAMORA Y CÁMARA]

Cfr.: A-TMTQ 8113-260-9.- Causa 96 de 1937.- Folio 478.

* * * * * * * * * * * * * * * *

No resulta sorprendente que en el mismo folio figuren dos providencias de fechas separadas, relativas a dos individuos.

MANUEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ era uno de los soldados encartados en esta causa 96 de 1937, de rebelión, por haberse unido a los fugados de RIO DE ORO.

MANUEL RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ sería condenado a un año de prisión, como autor de un delito de negligencia.

TERCER ROLLO DE LA CAUSA 96 DE 1937


 

M.9,158,778

Causa nº 96 – 37

 

COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAAS.  JUZGADO PERMANENTE

 

3er Rollo

Plaza de Santa Cruz de Tenerife.                   Año de 1.937.

 

Pasa a la clave 8113-260-9

 T ER C E R        R O L L O

de la causa número 96 de dicho año, que se instruye contra el cabo habilitado para Sargento Miguel Angel Rodríguez, y varios más, por el delito de rebelión, con motivo de la evasión de los deportados políticos de la colonia de Río de Oro en Villa Cisneros.

 

Ocurrió el hecho, el día 14 de Marzo de 1.937.

 

 

 

Juez Instructor

Secretario
El Comandante de Infantería

El Teniente de igual Arma

Don Elisardo Edel Rodríguez.

Don Agustín Durán Delgado.

otro

otro
El Cte de Infantería

El Tte de Infantería

Don Aurelio Matos Calderón

D. Miguel Pérez Zamora y Cáceres

 

 

Cfr.: A-TMTQ 8113-260-9.- Causa 96 de 1937.- Cubierta.

 

8113 260 9 CAUSA 96 005 EUSEBIO

COMPARECENCIA DE MIGUEL PÉREZ-ZAMORA y CÁMARA


TESTIMONIO /

10-3-1940

En el expediente general sobre concesión de la Medalla de bronce de la Ciudad por el Excmo. Ayuntamiento de esta Capital figura la comparecencia efectuada por don Miguel Perez Zamora y Camara el dia ocho de marzo del año actual quien presentó certificado de incoirporación a filas en 18 de julio de 1936 y otros dos certificados de servicos prestados cuyos documentos quedan unidos a este expediente.- Certifico.

El Secretario,

E Champin

         V.º B.º

El Gestor Instructor,

Agustín Alvarez

Morales

[Ambas firmas rubricadas]

 

Cfr.: Archivo Municipal de Santa Cruz de Tenerife.- Legajo 606.

EL FRENTE POPULAR SE INCAUTA DEL PALACIO EPISCOPAL Y SEMINARIO EN TENERIFE


95

Oficio con este membrete:

[Escudo del Yugo y las Flechas]

Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S.

SECCIÓN DE INVESTIGACIÓN                                NÚM.

LAGUNA DE TENERIFE

Delegación Provincial de Investigación

A la izquierda del escudo falangista está impresa la consigna SALUDO A FRANCO. Y a su derecha el grito ¡ARRIBA ESPAÑA!

EPIFANIO RODRIGUEZ DELGADO, Delegado Local de los servicios de  de Información é Investigación de Falange Española Tradicionalista y de las J.O.N.S. de esta Ciudad.

– – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – –

CERTIFICO: que en el Archivo de esta Delegación existe una hoja de un periódico editado en Las Palmas (Gran Canaria) que tiene por título “ACCION”, página 7 y 8, con fecha 23 de Mayo de 1936.

En la página 8 aparece con letras titulares lo que ha continuación copio textualmente:

EL FRENTE POPULAR SE INCAUTA DEL PALACIO Y SEMINARIO, EN TENERIFE.

SE PIDE LA DESTITUCION FULMINANTE DEL JUEZ QUE HA PROCESADO A NUEVE PERSONAS =

Madrid 22 (21-30) .- El diputado por Tenerife señor Rodriguez Figueroa ha recibido esta tarde en la Cámara un telegrama de Tenerife firmado por el representante en esa Isla del Frente Popular redactado en estos o parecidos términos:

En medio del mayor órden nos hemos incautado del Palacio Episcopal y del Seminario para entregarlos al Ayuntamiento.

El juez reaccionario de esta ciudad ha procesado a las nueve personas mas destacadas en este asunto y que fueron el fundamento del triunfo electoral.

Protestamos de ello y pedimos la destitución fulminante del juez.

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

La Laguna de Tenerife 27 de Octubre de 1939

Año de la Victoria

El Delegado Local de Investigación

Epifanio Rodríguez

[Firma rubricada]

Vº     Bº

El Jefe Local,

[Sin firma]

[Al pie]

Sr. Comandante Juez de la Comandancia General de Canarias

Juzgado Permanente.- Palacio de Justicia.

S A N T A   C R U Z   D E   T E N E R I F E

 

Cfr.: ATMTQ 5660-184-17 Diligencias Previas 239 de 1939.- Folio 95.

 

DESAPARICIÓN DE ARMAS Y DOCUMENTOS EN ARAFO


Nº 5702     Legajo 186 – 13

PLAZA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE                            AÑO DE 1940

COMANDANCIA GENERAL DE LAS ISLAS CANARIAS

JUZGADO       MILITAR      PERMANENTE

D I L I G E N C I A S      P R E V I A S  Nº.

elevadas a  SUMARISIMO Nº  40  – 39

 

en averiguación de la desaparición de armas y documentos en el local de F.E.T. y de las J.O.N.S. del pueblo de Arafo.

Jose Jorge García y 2 mas

Ocurrió el hecho el día 26 de Enero de 1939.

Se inició este procedimiento rel día 31 de Eenero de 1939

Terminaron las actuaciones el día ___ de _____________ de 19 ___

 

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(/)(/)(/)(/)(/)(/)

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(/)(/)(/)(/)

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JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO

El Comandante de Infantería.

El Sargento de Infantería

DON ELISARDO EDEL RODRIGUEZ

DON JOSE GONZALEZ ROJAS

otro

El Sargento de Infantería

Don Asdrúbal Bethencourt Lugo

otro

Teniente de Infantería don

Miguel Pérez Zamora y Cámara

 

Cfr.: A-TMTQ 3419-143-6.- Causa 40 de 1939.- Cubierta.