DECLARANDO REBELDE A ROGELIO NOVOA GONZÁLEZ


53

AUTO. En Santa Cruz de Tenerife a ocho de Agosto de mil novecientos cuarenta y dos.

RESULTANDO que número 274 del Boletin Oficial de la Provincia de Orense correspondiente al dia 9 de Noviembre de 1939 se llamó por requisitoria al inculpado en éstas actuaciones Rogelio Novoa González dandole el plazo de treinta días para que se presentara ante el Juzgado, según se hallaba acordado.

CONSIDERANDO que teniendo en cuenta lo despuesto en la orden general de la Plaza de 17 de Julio último en relación con lo que ordena el párrafo cuarto del articulo 664 del Código de Justicia Militar, transcurridlo el plazo de la requisitoria, si el encartado no hubiera o no fuera habido se le declarará rebelde.

SE DECLARA rebelde a Rogelio Novoa González y continuará la tramitación de la causa hasta la terminación del sumario.

Lo mandó y firma S.S. de que certifico.

[Firmas rubricadas de JOSÉ GUTIÉRREZ EXPÓSITO y JUAN IGLESIAS ÁLVAREZ, Oficial 3º Juez Instructor y Sargento secretario fedatario, respectivamente].

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 7039-221-45.- Causa nº 223 de 1939 contra ROGELIO NOVOA GONZÁLEZ.- Folio 53.

* * * * * * * * * * * * * * * * * *

ROGELIO NOVOA GONZÁLEZ estaba acusado de haber abandonado, en 8 de noviembre de 1938, su posición en el frente de guerra, habiéndose pasado a la zona roja.

Por la Auditoría de guerra de la 5ª región militar se le instruyeron diligencias previas, elevadas a causa el 25 de Septiembre de 1939.

 

INHIBICIÓN DE LA AUDITORÍA DE GUERRA DE LA 5ª REGIÓN MILITAR


9

Zaragoza 9 de Septiembre de 1939 – Año de la Victoria.

RESULTANDO: Que se instruye esta Causa por deserción del Cabo ROGELIONOVOA GONZALEZ perteneciente al Batallón 281 del Regimiento de Santa Cruz de Tenerife.

CONSIDERANDO: Que con arreglo a lo dispuesto en el art. 129 del Codigo de Justicia Militar cuando los Cuerpos cambien de distrito las causas pendientes contra individuos de los mismos se continuaran en el distrito del nuevo destino.

ACUERDO inhibirme del conocimiento de la presente Causa en favor de la Auditoria de guerra de Canarias a la que se remitirá con atento oficio y ruego de acuse de recibo y conformidad.

Elevese al Alto Tribunal de Justicia Militar el testimonio prevenido en el párrafo 12 del artículo 28 del código castrense.

EL AUDITOR

p.o.

[Firma rubricada, precedida por el sello elíptico, estampado en tinta, de la AUDITORÍA DE GUERRA de la 5ª región militar].

 

Cfr.: Archivo del Tribunal Militar Territorial 5.- 7039-221-45.- Causa nº 223 de 1939 contra ROGELIO NOVOA GONZÁLEZ.- Folio 9.

ACTA DEL CONSEJO DE GUERRA CONTRA ANTONIO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ


 M.8,862,080

28

 

Acta de celebracion del Cinsejo

En Las Palmas a veinticuatro de Octubre de mil novecientos treinta y seis:

Se extiende la presente en cumplimiento de lo preceptuado en el articulo 585 del Actos Codigo para hacer constar:

Que en dicha fecha y siendo las ocho y treinta horas se reunio en la Sala de del Regimiento de Infanteria de Canarias Nº 39 de esta Plaza el Consejo de Guerra ordinario de Cuerpo para ver y fallar la causa instruida contra el procesado Artillero segundo de la Bateria de Montaña Antonio Rodriguez Hernandez por el presunto delito de excitación a la rebelion; dicho Tribunal se hallaba constituido por el Teniente Coronel de Artilleria Don Ernesto Pascual Lascuevas como Presidente; los Capitanes de Artilleria Don Ceferino Puey Perez Don Carlos Lobo Navascuez y Don Guillermo Sisos Pedros y los de igual empleo de Infanteria Don segunda Daniel Rodrigo Macias y Don Antonio Sarmiento Hernandez como Vocales;

Con asistencia del Ministerio Fiscal representado por el Alferez del Cuerpo Juridico Don Pablo Hurtado Izquierdo y del Capitan de Artilleria Don Luis Martinez Mateos como Defensor siendo Vocal ponente el Teniente Auditor de Movilizado Don Luis Piernavieja del Pozo y hallándose presente el procesado.

Leido el apuntamiento por el Instructor en que se dio cuenta de la causa, en Audiencia Publica el Ministerio Fiscal y la Defensa renunciaron a que se diese lectura a cualquier diligencia del sumario; interesando el Vocal Capitan Sisos se leyese la hoja de castigos del procesado.

Seguidamente tanto el Señor Fiscal como el Defensor renunciaron a la practica de cualquier otra diligencia de prueba.

A continuación hace uso de la palabra el Señor Fiscal diciendo que eleva a definitivas sus conclusiones provicionales, toda vez que la prueba de testigos practicada en la causa a instancia del acusado en nada desvirtua los cargos que se a este se imputan; hace la calificación jurídica de los hechos estimando que se hallan indudablemente comprendidos en el delito que define el articulo 240 del Codigo y termina solicitando que por la buena conducta del procesado se le imponga la pena de prisión mayor en su grado minimo o sean ocho años y un dia, con las accesorias legales.

Seguidamente hace uso de la palabra el Defensor quien se extiende en consideraciones acerca de la buena conducta que como militar y mientras sirvió a sus órdenes ha observado el procesado; examina las pruebas practicadas afirmando que cree que las palabras proferidas por el procesado no tuvieron la gravedad que se les achaca; habla de que el procesado se ofreció a marchar al frente cuando lo hizo la Bateria de Montaña, contradiciendo asi la aptitud que se le imputa y termina pidiendo al Tribunal que dicte sentencia con toda benevolencia que sea compatible con la disciplina militar.

Tanto el Fiscal como el Defensor renuncian a rectificar.

Preguntado el encartado por el Señor Presidente si tenia algo mas que exponer Dijo: que nó; quedando inmediatamente reunido el Consejo de Guerra en sección secreta para deliberar y dictar sentencia, de todo lo cual doy fé.

     Vº Bº,

El Presidente

[Firmas someramente rubricadas de ERNESTO PASCUAL LASCUEVAS y FRANCISCO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ.]

 

Cfr.: A-TMT5 – 12893-413-13 – Causa nº 205 de 1936.- Folio 28.

ORDEN PARA CONSEJO DE GUERRA CONTRA ANTONIO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ


M.8,855,476

25

-Comandancia General de Canarias                                 Secretaria de Justicia

Orden del día 22 de Octubre de 1936 en SANTA CRUZ DE TENERIFE

El próximo día 24 de los corrientes a las 8,30 horas se reunirá en la Sala de Actos del Cuartel del Regimiento Infantería Canarias 39 de

el Consejo de Guerra Ordinario de Cuerpo que ha de ver y fallar la causa seguida contra el Artillero 2º ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ en procedimiento sumarísimo por el delito de excitación a la rebelión.

              EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRÁ EN LA FORMA SIGUIENTE:

                                       PRESIDENTE

Teniente Coronel Sr. Don Ernesto Pascual Lascuevas.

                                    VOCALES-CAPITANES

NOMBRES DESTINO
Don Ceferino Perez Puey. Grupo Mixto Artilleria 3.
Carlos Lobo Navascues.     id.       id.      id.
  Guillermo Siso Pedros.     id.       id.      id.
Daniel Rodrigo Macias. Caja Recluta 60.
Antonio Sarmiento Hernandez. Infanteria movilizado.

                                      VOCAL PONENTE

El Teniente Auditor de 2ª movilizado D. Luis Piernavieja del Pozo.

                               VOCALES SUPLENTES

NOMBRES DESTINO
Don Antonio Alonso Estrada Grupo Mixto Artilleria Nº 4
Fernando Delgado Rius Grupo Ingenieros 4.

                                                        FISCAL

El Jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

                                                   DEFENSOR

Capitan de Artilleria Don Luis Martinez Mateos.

                                        JUEZ INSTRUCTOR

Alferez de Artilleria Don Francisco Hernandez Gonzalez.

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

El Comandante General

[Sin firma, sellado]

Cfr.: A-TMT5 – 12893-413-13 – Causa nº 205 de 1936.- Folio 25.

* * * * * * * * * * *

En la ceremonia de este Consejo de Guerra, actuaría como Fiscal el Alférez del Cuerpo Jurídico PABLO HURTADO IZQUIERDO, quien solicitó para el procesado ANTONIO RODRÍGUEZ HERNÁNDEZ la pena de prisión mayor de OCHO AÑOS Y UN DÍA, y accesorias legales.

DECRETANDO ELEVACIÓN A PLENARIO DE CAUSA 205 DE 1936


15

M.8,843,588

 

 

D E C R E T O . . .

En Las Palmas, a once de Septiembre de mil novecientos treinta y seis.

RESULTANDO que se instruye la presente causa número 205 de mil novecientos treinta y seis, con el carácter de sumarísimo, contra el artillero segundo ANTONIO RODRIGUEZ HERNANDEZ, por el delito de sedición

RESULTANDO que se han practicado las diligencias propias de esta clase de procedimientos.

CONSIDERANDO que a tenor de lo prevenido en los artículo 655 y 656 del Código de Justicia Militar en relación con el 533 del propio Cuerpo Legal, es pertinente la elevación a plenario de esta causa

SE DECRETA la elevación a plenario de este procedimiento de este procedimiento y la vista en fallo en Consejo de Guerra Ordinario de Cuerpo, continuando durante el nuevo periodo de tiempo el encartado en situación de prisión preventiva. Pasen las actuaciones con toda urgencia al Sr. Fiscal Jurídico Militar para que dentro del término de tres horas evacue el escrito de calificación, quien remitirá lo actuado directamente a su Instructor para que continúe la tramitación ulterior con arreglo a Derecho, é interese de la Autoridad Militar la designación del Personal que ha de constituir el Consejo de Guerra y local, día y hora de su celebración, nombrando como Vocal Ponente al Teniente Auditor de Segunda Movilizado Don Luis Piernavieja y del Pozo.

[Sello ovalado en tinta de la AUDITORÍA DE GUERRA DE CANARIASLAS PALMAS]

2194                EL AUDITOR.

[Firma de RAFAEL DÍAZ-LLANOS LECUONA, someramente rubricada]

 

Cfr.: A-TMT5 12893-413-13.- Causa 205 de 1936.- Folio 15.

EN DOS HORAS CUATRO CONSEJOS DE GUERRA SUCESIVOS


Juzgado

Comandancia General de las Islas Canarias.                       Estado Mayor

 

Orden General del día 15 de Marzo de 1938.- II AÑO TRIUNFAL.

 

CONSEJOS DE GUERRA

 

El próximo día 17 de los corrientes a las 15 horas se reunirá en el Palacio de la Mancomunidad de esta Capital el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza que ha de ver y fallar la causa seguida contra Ambrosio García Díaz por el delito de usurpación de funciones.

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRA EN LA FORMA SIGUIENTE:

P R E S I D E N T E

Teniente Coronel Sr. Don Aureliano Martínez Uribarry.

VOCALES-CAPITANES

D. Domingo Rodriguez Isidro Regimiento Infanteria Tenerife 38
  “ Jesús Ausocua Rodríguez Grupo M. de Ingenieros núm. 3
Rufino Castaño González Grupo Mixto Artillería núm. 2
Rafael Peña León Regimiento. Infantería Tenerife 38
Miguel Rueda Navarro id            idem           idem          idem

VOCAL PONENTE

El Oficial 1º del Cuerpo Jurídico D. Pedro Doblado Saez.

VOCALES SUPLENTES

D. Manuel Cabrera Marrero Regimiento Infantería Tenerife38
   “ Joaquín Machuca Daza Grupo Mixto Artillería núm. 2.

FISCAL

El jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

El Capitán de Infantería D. Juan Rumeu y García

JUEZ INSTRUCTOR

El Comandante de Caballería D. José Tártalo y Santamaría

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

 

El próximo día 17 de los corrientes a las 15’30 horas se reunirá en el Palacio de la Mancomunidad de esta Capital el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza que ha de ver y fallar la causa seguida contra Tomás García González por el delito de desobediencia grave a la Autoridad.

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRA EN LA FORMA SIGUIENTE:

P R E S I D E N T E

Teniente Coronel Sr. Don Aureliano Martínez Uribarry.

VOCALES-CAPITANES

D. Domingo Rodríguez Isidro Regimiento Infantería Tenerife38
   “ Jesús Ausocua Rodríguez Grupo M. de Ingenieros núm. 3
“  “ Rufino Castaño González Grupo Mixto Artillería núm. 2
   “ Rafael Peña León Regimiento. Infantería Tenerife38
“  “ Miguel Rueda Navarro id           idem          idem          idem

VOCAL PONENTE

El Oficial 1º del Cuerpo Jurídico D. Pedro Doblado Saez.

VOCALES SUPLENTES

D. Manuel Cabrera Marrero Regimiento Infantería Tenerife38
   “ Joaquín Machuca Daza Grupo Mixto Artillería núm. 2

FISCAL

El jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

El Teniente de Infantería D. Bernardo Barrera Fernández

JUEZ INSTRUCTOR

El Alférez Honorífico del especial Don Miguel Zerolo y Fuentes

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

 

40

El próximo día 17 de los corrientes a las 16 horas se reunirá en el Palacio de la Mancomunidad de esta Capital el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza que ha de ver y fallar la causa seguida contra Dolores Rodríguez Luis por el delito de injurias al Gobierno.

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRA EN LA FORMA SIGUIENTE:

P R E S I D E N T E

Teniente Coronel Sr. D. Aureliano Martínez Uribarry.

VOCALES-CAPITANES

D. Domingo Rodríguez Isidro Regimiento Infantería Tenerife38
   “

Jesús Ausocua Rodríguez

Grupo M. de Ingenieros núm. 3
“  “ Rufino Castaño González Grupo Mixto Artillería núm. 2
   “

Rafael Peña León

Regimiento. Infantería Tenerife 38

“   “ Miguel Rueda Navarro                 idem        idem

VOCAL PONENTE

El Oficial 1º del Cuerpo Jurídico D. Pedro Doblado Saez.

VOCALES SUPLENTES

D. Manuel Cabrera Marrero Regimiento Infantería Tenerife38
   “ Joaquín Machuca Daza Grupo Mixto Artillería núm. 2

FISCAL

El jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

El Teniente de Artillería D. Rizal Gutiérrez López

JUEZ INSTRUCTOR

El Capitán del Permanente, D. Justo Blanquez Izquierdo

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

 

El próximo día 17 de los corrientes a las 16’30 horas se reunirá en el Palacio de la Mancomunidad de esta Capital el Consejo de Guerra Ordinario de Plaza, por no poderse constituir como de Cuerpo que ha de ver y fallar la causa seguida contra el Cabo del Parque Central de Automovilismo Valentín Barroso Ravelo por el delito de sedición.

EL TRIBUNAL SE CONSTITUIRA EN LA FORMA SIGUIENTE:

P R E S I D E N T E

Teniente Coronel Sr. Don Aureliano Martínez Uribarry.

VOCALES-CAPITANES

D. Domingo Rodríguez Isidro Regimiento Infantería Tenerife38
   “ Jesús Ausocua Rodríguez Grupo M. de Ingenieros núm. 3
“  “ Rufino Castaño González Grupo Mixto Artillería núm. 2
   “ Rafael Peña León Regimiento Infantería Tenerife38
“  “ Miguel Rueda Navarro id            idem          idem          idem

VOCAL PONENTE

El Oficial 1º del Cuerpo Jurídico D. Pedro Doblado Saez.

VOCALES SUPLENTES

D. Manuel Cabrera Marrero Regimiento Infantería Tenerife38
   “ Joaquín Machuca Daza Grupo Mixto Artillería núm 2

FISCAL

El jurídico Militar de la Comandancia o el Oficial de la Fiscalía en quien delegue.

DEFENSOR

El Alférez de Artillería D. Alfonso Tabares Lugo

JUEZ INSTRUCTOR

El Comandante del Permanente D. Elisardo Edel Rodríguez

Se invita a los Señores Oficiales de la guarnición francos de servicio para asistir a dicho acto.

Lo que orden de S.E. en la general de este día para conocimiento y cumplimiento.

El Coronel Jefe de E.M.

Teódulo G. Peral

[Estampado en tinta el sello ovalado de la COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS  E.M.]

 

Cfr.: A-TMTQ 5229-174-23.- Causa 382/1937.- Folio 39 y 40.

* * * * * * * * * * * * * * * *

Cuatro consejos sucesivos, celebrados en dos horas, por el mismo tribunal, de cuatro causas diferentes.

CONTRA DOLORES RODRÍGUEZ LUIS (a) LA DIABLA


M.8,891,885

 

Nº 5229             Legº 171 – 3

 

PLAZA DE SANTACRUZ DE TENERIFE                         A ñ o    d e   1937

COMANDANCIA GENERAL DE CANARIAS

= == = = oooOooo = = = = =

JUZGADO    PERMANENTE

 

CAUSA SUMARISIMA NUMERO  382  instruída contra DOLORES RODRIGUEZ Luis (a) la Diabla, por el presunto delito de injurias al Gobierno.

 

&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&

&&&&&&&&&&&&&&&&&&&&

Ocurrió el hecho el día 9 de Julio de 1,937.

Dieron principio estas actuaciones el día 18 de Julio 1937.

Terminaron el  ____ de  _________________ de 193 ___.

  • Presa el 9 de Julio 1937 –

 

JUEZ INSTRUCTOR

SECRETARIO
El Alferez de Infantería Don Ma-

El Soldado de Infantería Adolfo González.

nuel Nuñez Lagos.

Cabrera

Otro: Capitán de igual Arma Don

El Cabo de Infanteria Don Gustavo Dorta

Juan Rumeu Garcia.

Hernandez

Otro: El de igual empleo y Arma

El de igual empleo y Arma DON JOSE GONZA

Don Justo Blanquez Izquierdo

LEZ ROJAS

El Soldado de Infantería Don Miguel Mora González

 

Cfr.: ATMTQ 5229-171-23.- Causa 410 de 1936.- Cubierta.

* * * * * * * * * * * * * * *

DOLORES RODRÍGUEZ LUIS (a) la Diabla, había sido detenida en la Guancha, por el falangista ANTONIO GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, quien la presentó en el puesto de la Guardia Civil de Icod.

Sería procesada y sometida a Consejo de Guerra celebrado el 17 de marzo de 1938, presidido por el Teniente Coronel AURELIANO MARTÍNEZ URIBARRY, que la condenó a CUATRO MESES DE ARRESTO y accesorias.

Cuando se hizo la liquidación de Condena de DOLORES RODRÍGUEZ LUIS, se verificó que ésta llevaba en prisión OCHO meses y 25 días, que le fueron abonados, constatando que ya había cumplida en exceso la pena impuesta.

 

Cfr.: A-TMTQ 5229174-23.- Causa 382/1937 contra DOLORES RODRÍGUEZ LUIS.