SERÍA UN DERRAMAMIENTO DE SANGRE INÚTIL


M.8,857,866

57

En Santa Cruz de Tenerife, a veintisiete de Noviembre de mil novecientos treinta y seis.- A los fines prevenidos en la regla tercera del Artículo 643 del Código de Justicia Militar, el Señor Juez, acordó levantar la presente acta, y que comparecieran los testigos y encartados y habiendosele verificado.

SIXTO JUAN CONCEPCION,  el que advertido que iba a prestar declaración, exhortado a decir verdad é interrogado por las generales de la Ley, dijo; – Que se llama como queda expresado, ser de veintiocho años de edad, natural de Barlovento Isla de La Palma, provincia de Santa Cruz de Tenerife, casado, y su profesión librero, vecino y residente en esta Capital, en la Camino del Manicomio, y al que no le comprenden las demás generales de la Ley.-

PREGUNTADO CONVENIENTEMENTE, dijo; que el día diez y ocho de Julio próximo pasado, día que se inció el Glorioso Movimiento Nacional, fué a casa del dicente a las cinco de la tarde ANTONIO VIDAL ARABÍ, el cual invitó al declarante a ir a la carretera de Los Campitos, con objeto de asistir a una reunión con varios amigos, exponiendole durante el camino el motivo de la reunión, que era cambiar impresiones sobre el movimiento; que allí llegaron a reunirse ya oscurecido, ANTONIO VIDAL, PEPE EL GORDO o EL CATALAN, al que por primera vez, vio esa noche, ENRIQUE VILLAVERDE, no tiene seguridad que estuviese JORGE HERNANDEZ MORA, ni LEOCADIO VALENTIN, pero si estaba SANTIAGO GUERRA, ANTONIO PINTO no puede precisarlo, MODESTO CARBALLO SOSA, INOCENCIO DELGADO Y SU COMPAÑERA AMERICA, FRANCISCO INFANTE y otros mas que no recuerda, aun cuando cree que los que estaba eran los que ha dicho; que hace uso de la palabra, PEPE EL GORDO O EL CATALAN, el que dijo que, pero antes de expresarse algunos de los elementos de los reunidos, diciendo que las organizaciones no podían lanzarse a un movimiento de huelga, por no jugarse en esta contienda ningun asunto que les interesase a las organizaciones que a pesar de esas manifestaciones, dijo PEPE EL GORDO, que en caso que las organizaciones se decidiesen a lanzarse a la calle que ponía a su disposición, una determinada cantidad de pistolas, bombas y una carabina y que tenia material para cargar las bombas; que también pide un voto de confianza y por motivos de no haber número suficiente de concurrentes, que se volverían a reunir al día siguiente; que antes de esta, se cita como ejemplo el golpe que se trataba de adr, podría ser al destacamento de la Plaza de la Paz, pero que sería un derramamiento de sangre inutil; que estas palabras, les dijo PEPE EL GORDO; que el lunes dia veinte por la mañana fue a casa del declarante ANTONIO VIDAL, informandole que la noche anterior habian tenido una mueva reunión en la cual, se acordó aplazar toda clase de movimiento de huelga y que ese mismo a las dos de la tarde fue detenido.- Que no tiene mas que decir.-

La leyó, se afirmó y la firma.

                                           Sixto Concepción

 

Cfr.: ATMTQ 6229-201-9.- Primera Pieza de Causa 246 de 1936.- Folio 57.

 

DECLARACIÓN DE RODRIGO COELLO MARTIN


Seguidamente compareció el que advertido que iba a prestar declaración, exhortado a decir verdad é interrogado por las generales de la Ley, dijo que se llama

RODRIGO COELLO MARTIN

De treinta y un años, natural de esta Capital donde es vecino, y domicilio en la calle de Santa Isabel número nueve, casado, su oficio electricista, y al que no le comprenden las demás generales de la Ley, habiendo estado procesado por unos manifiestos, de lo cual salió absuelto.-

PREGUNTADO CONVENIENTEMENTE, dijo; Que el día diez y ocho de Julio último a las ocho y media o nueve de la noche, fue citado en la Rambla de Pulido por conducto de LUISA La tabaquera, a una reunión diciéndole que le estaban esperando unos compañeros en la carretera de Los Campitos, concurriendo el declarante encontrándose ya allí reunidos, PEPE EL GORDO O EL CATALAN, ANTONIO VIDAL ARABI, ENRIQUE VILLAVERDE, SIXTO CONCEPCION

M.8,857,851   58

SILVERIO DE ARMAS, SANTIAGO GUERRA, TERESOL GUERRA, SALVADOR FERNANDEZ VICENTE TALAVERA PACHA, MODESTO CARBALLO, LUISA LA TABAQUERA, que es la misma que le avisó; INOCENCIO DELGADO Y LA MUJER DE ESTE AMERICA, FRANCISCO INFANTE y otros mas que no recuerda sin poder precisar el número; que hizo uso de la palabra, pero que ya estaba terminando, oyendo decir el declarante que había que hacer otra reunión, por que había asistido poca gente; tambien hizo uso de la palabra PEPE EL CATALAN, diciendo que ponía a disposición de la organización cincuenta pistolas, una cantidad indeterminada de bómbas de mano, y dos cajas de dinamita; que debido al poco material con que se contaba, había que dar un golpe de audacia, que podía consistir en atacar al destacamento de la Plaza de La Paz, en donde se podían apoderar del armamento; que se le dio un voto de confianza en el sentido de organizar ese golpe; que se terminó dicha reunión; que al dia siguiente no se reunió el declarante en ninguna parte; que el declarante ostentaba el cargo de secretario de la Regional, y que formaban parte de dicha junta, MODESTO CARBALLO, MARCOS BAEZ, JOSE HERNANDEZ, JOSE CASA CUBAS, que por ser del junta, fue detenido el día veinte de julio en el trabajo.- Que no tiene mas que decir.-

La leyó, se afirmó y la firma. 

Rodrigo Coello

[Firma rubricada]

Cfr.:

Folios 57 vuelto y 58 de la 3ª Pieza Separada de la Causa 246 de 1936. [6229-202-1].

DECLARACIÓN DE SIXTO JUAN CONCEPCIÓN


 M.8,857,850

57

A C T A.-

En Santa Cruz de Tenerife, a veintisiete de Noviembre de mil novecientos treinta y seis.- A los fines prevenidos en la regla tercera del Artículo 643 del Código de Justicia Militar, el Señor Juez, acordó levantar la presente acta, y que comparecieran los testigos y encartados y habiéndolo verificado

SIXTO JUAN CONCEPCION,

el que advertido que iba a prestar declaración, exhortado a decir verdad é interrogado por las generales de la Ley, dijo;-

Que se llama como queda expresado, ser de veintiocho años de edad, natural de Barlovento isla de La Palma, provincia de Santa Cruz de Tenerife, casado, y su profesión librero, vecino y residente en esta Capital, en la Camino del Manicomio, y al que no le comprenden las demás generales de la Ley.-

PREGUNTADO CONVENIENTEMENTE, dijo; que el día diez y ocho de Julio próximo pasado, día que se inició el Glorioso Movimiento Nacional, fue a casa del dicente a las cinco de la tarde ANTONIO VIDAL ARABI, el cual invito al declarante a ir a la carretera de Los Campitos, con objeto de asistir a una reunión con varios amigos, exponiéndole durante el camino el motivo de la reunión, que era cambiar impresiones sobre el movimiento; que allí llegaron a reunirse ya oscurecido, ANTONIO VIDAL, PEPE EL GORDO O EL CATALAN, al que por primera vez, vio esa noche, ENRIQUE VILLAVERDE, no tiene seguridad que estuviese JORGE HERNANDEZ MORA, ni LEOCADIO VALENTIN, pero si estaba SANTIAGO HUERRA, ANTONIO PINTO no puede precisarlo, MODESTO CARBALLO SOSA, INOCENCIO DELGADO Y SU COMPAÑERA AMERICA, FRANCISCO INFANTE y otros mas que no recuerdo, aun cuando que los que estaba eran los que ha dicho; que hace uso de la palabra, PEPE EL GORDO O EL CATALAN, el que dijo que, pero antes de se expresaron algunos de los elementos de los reunidos diciendo que las organizaciones no podían lanzarse a un movimiento de huelga, por no jugarse en esta contienda ningun asunto que les interesase a las organizaciones; que a pesar de estas manifestaciones, dijo PEPE EL GORDO, que en el caso que las organizaciones se decidiesen a lanzarse a la calle que ponía a su disposición, una determinada cantidad de pistolas, bombas y una carabina y que tenía material para cargar las bombas; que tambien pidió un voto de confianza y por motivos de no haber número suficiente de concurrentes, que se volverían a reunir al dia siguiente; que antes de esto, se cito como ejemplo que el golpe que se trataba de adr, podría ser al destacamento de la Plaza de la Paz, pero que sería un derramamiento de sangre inútil: que estas palabras, las dijo PEPE EL GORDO; que el lunes dia veinte por la mañana fue a casa del declarante ANTONIO VIDAL, informándoles que la noche anterior habían tenido una nueva reunión en la cual, se acordó aplazar toda clase de movimiento de huelga y que ese mismo a las dos de la tarde fué detenido.- Que no tiene mas que decir.-

La leyó, se afirmó y la firma.

Sixto J. Concepción

[Firma rubricada]

Cfr.: Folio 57 de la 3ª Pieza Separada de la Causa 246 de 1936. [6229-202-1].